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Decreto Número 6-2023 – Aprueba el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables

صدر في 2023-03-01 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
الدولة
غواتيمالا
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, renewable energy, ratification

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  1. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa ----------Fundadoen1880----------- .~ • Diariode Centro ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A. enca MARTES 14 de MARZO de 2023 No. 86 Torno CCCXXI Directora General: Silvia Lanuza www.dca.gob.gt EN ESTA EDICION ENCONTRARA: ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETONUMERO6-2023 CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Pagina 1 DECRETONUMERO 6-2023 ORGANISMO EJECUTIVO EL CONGRESO DE LA REPUBLICA. DE GUATEMALA MINISTERIO DE GOBERNACION CONSIDERANDO: ACUERDO GUBERNATIVONUMERO43-2023 Pagino 2 Que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, regula en el articulo 1 que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la ACUERDO MINISTERIAL NUMERO81-2023 realizaci6n del bien comun. Pagino 2 CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL NUMERO96-2023 Pagino 3 Que el articulo 149 de la Constituci6n Polftica de la Republica, establece que Guatemala normara sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y practicas PUBLICACIONES VARIAS intemacionales con el prop6sito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democraticos e instituciones intemacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo de los Estados. CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD CONSIDERANDO: EXPEDIENTE 607-2023 Pagino 3 Que el Estatuto de la Agencia Internacional de Energias Renovables (IRENA), tambien denominado Tratado Fundacional o Convenio Constitutive de la Agencia Internacional de MUNICIPALIDAD DE TECPAN GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO Energias Renovables, entr6 en vigor a _nivel intemacional el 8 de julio de 2010. Este tiene come objeto. que los miembros promuevan la implantaci6n generalizada y reforzada y el uso ACTA No. 02-2023 PUNTO OCTAVO sostenible de todas las formas de energia renovable, tomando en cuenta las prioridades Pagino 4 nacionales. PORTANTO: MUNICIPALIDAD DE LA UNION, DEPARTAMENTO DE ZACAPA En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literal I) de la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, ACTA No. 003-2023 PUNTO SEXTO Pagino 5 DECRETA:

  2. ACTA No. 009-2023 PUNTO QUINTO Articulo 1. Se aprueba el ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGiAS Pagina 7 RENOVABLES. • MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN COTZAL, Articulo 2. Vigencia. El presente Decreto entrara en vigor ocho dias despues de su DEPARTAMENTO DE QUICHE publicaci6n en el Diario Oficial. ACTA NUMERO08-2023 PUNTO CUARTO REMiTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Pagina 8 PROMULGACION Y PUBLICACION. MUNICIPALIDAD DE SAN LUCAS SACATEPEQUEZ, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL u·No DE MARZO DE DOS v~..,..._, RES. ACTA NUMERO 16-2023 PUNTOTERCERO Pagina 11 MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE PINULA, C ~- DEPARTAMENTO DE GUATEMALA ACTA NUMERO016-2023 ---.,/:··" ~// ~..,, ; . ·<-i:~~-fii-?1 , ...•• ,,- ............ !' ; • ~~ ;(✓ /j11i. ~. ff:'''\ , ;. PUNTOVARIOPRIMERO 7 · -~ ,~.-; ··,r .. :1,·-'~; r•.) • Pagina 11 SHIRLEY JO~N'NARIVERA ZALDANA g ; ,:_:;, .. .,,., ~~jfJJ•·/t.. ,. \J ~;) ..• PRESIDENT A •. \~\ '.:.~(;)::~[(') ~/·~-: ANUNCIOS VARIOS --~--------,, ,.... ,,......._., ___... •\."1/ .,. ...... •...../?/vJj\ • i' ,>./ •(......... _...... - Matrimonies Pagina 12 ...... -~:._·}:·~~- - Nacionalidades Pagina 12 - Tftulos Supletorios Pagina 12 - Edictos Pagina 14 - Ramales Pagina 18 - Convocalorias Pagina 22 LEOPOLDO SALAZAR SAMAYOA SECRET ARIO

  3. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa 2 Guatemala, MARTES 14 de marzo de 2023 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 86 PALACIO NACIONAL: Guatemala, diez de marzo del aiio dos mil veintitres. COMUNiQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE Davitl Nap11l~6nBarrientos Gi#6tl .Lld4(':7. ~ 7!-.u,S~ S£CRETARIA OENERAL Ni11istro de Gtlli,cr114oil!J,a OE RESmENCIA DE LA REPUBLICA (E-293-2023)-14-rnorzo ·---/ (270688-2)-14-mor.:o ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION MINISTERIO DE GOBERNACION ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 81-2023 Guatemala, 31 de enero de 2023 ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 43-2023 EL MINISTRO DE GOBERNACI6N Guatemala, 10 de marzo de 2023 CONSIDERANDO Que de conformidad con la Constituci6n Pol.itica de la Republica de Guatemala, el derecho de toda EL PRESIDENTE DE LA RErUBLICA persona a practicar su religion o creencia se encuentra garantizado, asi mismo el Estado reconoce la persor.alidad juridica de la Iglesia Cat6lica, y preceptua que, las otras iglesias, cultos, entidades y asociaciones de canicter religioso, obtendnin el reconocimiento de su personalidad juridica co.nfonne las CONSIDERANDO reglas de su instituci6n y que el Gobiemo no podrii uegarlo si no fuese por raz.onesde orden publico. CONSIDERANDO Que a este Ministerio se present6 solicitud para obteuer el reconocimiento de la personalidad juridica y Que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala establece que aprobaciou de bases constitutivas de la iglesia evangelica denominada IGLESIA EV ANGELICA DE es deber del Estado garantizar a los habitantes de la Republica la vida, la JESUCRISTO REY EXALTADO;lque la Direcci6n de Asuntos Jurid.icos de este Ministerio emiti6 dicta.men favorable opinando que es procedente reconocerle la personalidad jurid.ica, y que d.icho libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo de la persona. dicta.men obtuvo el visto bueno de la Procuraduria General de la Naci6n, por lo que corresponde al Ministerio de Gobernaci6n emitir la disposici6n legal correspondiente.

  4. CONSIDERANDO PORTANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 194 literal t) de la Constituci6n Politica de la Republics de Guatemala; y con fundamento en los articulos 15 numeral 1, 16 y 17 del C6digo Civil, Que, derivado de los resultados positivos en la gesti6n por parte de la D=to Ley Numero 106; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley de! Oiganismo Ejecutivo, Decreto Numero 114-97 del Congreso de la Republica de Guatemala; 2 de! Acuerdo Gubemativo Numero 263- Comisi6n Presidencial de Asuntos Municipales, la cual es un 6rgano de 2006 de! Presidente de la Republica, Disposiciones para la Obtenci6n del Reconocimiento de la caracter temporal, es importante ampliar su plazo de vigencia por dos Personalidad Juridica de las Iglesias Evaogelicas; y, 4 y 7 de! Acuerdo Gubernativo Numero 635-2007 del Presidente de la Republica, Reglamento Organico Intemo de! Minisrerio de Gobernaci6n. afi.os, con el objeto de continuar desarrollando acciones en el marco del fortalecimiento de los mecanismos de comunicaci6n y coordinaci6n de ACUERDA ArticuJo 1. Reconocer la perso~dad juridica y aprobar las bases constitutivas de}a iglesia evangelica acciones entre las dependencias del Organismo Ejecutivo y los gobiemos denominada IGLESIA EVANGELICA DE JESUCRISTO REY E~TADO/4onstituida por medio municipales. de la escritura publica NUD.1ero 282 de fecha 16 de agosto de 2022./aclarada mediante escritura publica Numero 359 de fecha 8 de ocrubre de 2022/4bas au1orizadas en la aldea San Miguel Milpas Altas, del municipio de Magdalena Milpas Altas, del departamento de Sacatepequez., por el Notario Boris Omar Salaz,arHerrera/ "PORTANTO Articulo 2. Para el fomento de proyectos cristianos, educativos, culturales, benefices y de asistencia social compatibles con su na~eza, objeto. fines y la realidad nacional. La, iglesia evangelic a En el ejercicio de las funciones que le confiere el Articulo 183 literal e) de denominada IGLESIA EV A.."N"GELICA DE JESUCRISTO REY EXALTADOfiebera coutar con la autorizacion gubemamental correspondiente. la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala; y con fundamento en el Articulo 5 del Decreto Numero 114-97 del Congreso de la Republica Articulo 3. El presente Acuerdo entra en vigencia al d.ia siguiente de su publicaci6n en el Diario de Centro Am.erica. de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.

  5. ACUERDA Emitir la siguiente: REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 42-2020 DE FECHA'l8 DE MARZO DE 2020. ARTiCULO 1. Se reforma el Articulo 9, el cual queda asi: "ARTiCULO 9. Plazo. El plazo de la Comisi6n sera de seis afios, el cual concluye el 19 de marzo de 2026". ARTiCULO 2. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir al d~a iodeGo • aci - siguiente de su publicacion en el Diario de Centro America. ..., (270379-2)-14-mor.:o

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