Acuerdo Nº 310/99 - Crea la Comisión Ejecutiva del Susector Lechero
صدر في 1999-05-19 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- غواتيمالا
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- institution, animal production, cattle, governance
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ORGANISMO EdECUTIVO MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION • Acuerdase crear la Comisi6n Ejecutiva del Subsector Lechero, adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n. ACUERDO GUBERNATIVO No. 310-99 Guatem~la, 19 de mayo de 1999. EI Presidente de la Republica, CONSIDERANDO: Que la politica trazada par el Gobierno de la Republi ca se encamina a estimular la producci6n de alimentos agropecuarios que garanticen la seguridad alimentaria de la poblaci6n, facilitando la participaci6n de todos los grupos y entes vinculados en el analisis, identificaci6n y ejecuci6n de programas de desarrollo productivo econo mica y social; CONSIDERANDO: Que el Ministerio .de Agricultura, Ganaderia y Ali mentaci6n, ejecuta un nuevo estilo de gesti6n para las politieas de este sector, basado en la participaci6n activa y otras organizaciones de agricultores, cooperativas y otras instituciones del sector agricola no gubernamen tal, de representatividad a de servicios, que se viriculen a las cadenas productivas; CONSIDERANDO: Que en el contexto de esta politica, para contribuir a la seguridad alimentaria del pais, es necesario fortalecer y reactivar el desarrollo sostenible de la producci6n lechera, facilitando y propiciando la inversi6n y la .inno vaci6n en toda la cadena productiva, asi como incenti vando el consumo de leche y derivados, PORTANTO, En ejercicio de las funciones que Ie asigna el Articulo 183, literal e) de la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, ACUERDA Articulo 10.-Se' crea la COMISION EJECUTIVA DEL SUBSECTOR LECHERO, adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, que 'para los efectos delpresente Acuerdo se denominara la COMI- . SION, como el ente encargado de promover, proponer y . ejecutar programas, proyectos y acciones que permitan el desarrollo sostenible de la producci6n, transformaci6n y comercializaci6n de la leche y sus derivados, fortale ciendo las relaciones y alianzas estrategicas entre los integrantes de la cadena productiva de la leche. Articulozo.c-Son objetivos de la COMISION los si guientes: . a). Propiciar el proceso de reconversi6n de las empre sas en todos los segmentos de lacadena productive de la lcche, en zonas can condiciones agroecol6gicas favorables, can el prop6sito de hacerlas competiti vas y comprometerlas can la conservacion de los recursos naturales y el media ambiente; b) Apoyar la transformaci6n de las organizaciones del subsectorvinculadas a la cadena productiva de la leche, desarrollando capacidad empresarial y asi poder cumplir un papel renovado y congruente can los cambios institucionales; c) Participar efectivamente en las negociaciones co merciales nacionales e internacionales en que se involucre el subsector lechero; d) Acordar can los actores de la cadena productiva, la ejecuci6n de mecanismos que procuren la capta ci6n de recursos que apoyen los planes de reactiva ci6n y desarrollo lechero; e) Coordinar can el Ministerio de Agricultura, Gana deria y Alimentaci6n, la instrumentaci6n de poli ticas, la ejecucion de programas, proyectos y accio nes que promuevan el desarrollo sostenible de la cadenaproductiva de la leche. ArtfculoSo.o-La COMISION se integra de la siguien te manera: a) Un representante de la Asociaci6n de Criadores de Ganado Jersey; b) Un representante de la Asociaci6n de Criadores de Ganado Holstein; c) Un representante de la Camara Nacional de Pro ductores de Leche; d) Un representante del Grupo de Cooperativas Le cheras; e) Dos representantes de Ia Industria Lechera; D Un representante del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, quien la presidira; y g) Un representante del Ministerio de Economia. Cada entidad representada debera nombrar y acredi tar un suplente ante la COMISION par cada represen tante titular. Articulo 40.-La COMISION para su funcionamien to, podra gestionar recursos financieros provenientes de la cooperaci6n internacional, apoyo nacional y aporte propio. Articulo 50.-La COMISION, debera proponer para aprobaci6n del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, en los treinta dias siguientes a su integra cion, el proyecto de reglamento interno que norme su funcionamiento. Articulo 60.~Para el desarrollo de los programas y proyectos a cargo de la COMISION, el Ministerio de Agricultura, Ganaderiay Alimentaci6n, destinara de su presupuesto para el presente ana UN MILLON DE QUETZALES (Q.l.OOO,OOO.OO), para 10cual identificara . la fuente de financiamiento. Durante los afios 2,000 y 2,001, el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, solicitara en su .respectivo anteproyecto de Presupuesto el manto nece sario para el cumplimiento de los fines indicados en el Articulo 1ro. del presente Acuerdo. Articulo 7o.-Se deroga toda disposici6n que se opon ga al presente Acuerdo. Articulo 80.-EI presente Acuerdo empieza a regir el dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficia!. Comuniquese. . ALVAROARZUIRIGOYEN MARIANO VENTURA ZAMORA, Min;.otrn np. Azricultura, Ganaderia y Alimentaci6n. PEDRO MIGUEL LAMPORT K. Ministro de Finanzas Publicae. Licda. ROSAMARIA CABRERA ORTIZ, Subsecretaria.General Presidencia de la Republica, Encargada del Despacho.