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Acuerdo Ministerial Nº 203-2007: Acuérdase crear el Programa Nacional de Monitoreo para la Detección de Contaminantes Nocivos a la Salud Humana en Ecosistemas Acuáticos Asociados a la Producción de Camarones Peneidos

صدر في 2007-03-29 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
غواتيمالا
الموضوعات
Food and nutrition, Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
aquaculture, mariculture, crustaceans, aquatic animals, food safety and quality, toxicity/poisoning

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  1. NUMERO 82 DIARIO de CENTRO AMERICA 1~ Guatemal6; JUEVESi'l id~ mayod~'2067'-) 3 ..... CREAR ELPROGRAMA NACIONAL DE'MONrrOREO PARA LA DETECCI6N DE • CONTAMINANTES NOCIVOS A LA SALUD HUMANA EN ECOSISTEMAS ACUAnCOS ASOCIADOS A LAPRODUCCI6N DE CAMARONES PENEIDOS. CONSIDERANDO: .~ue en el pasado algunos poises utilizaron cloranfenicol en 10 producci6n de camarones de cultivo para el control de enfermedades. por ser e~te un antibacteriano de amplio espedro y de bajo costo. ACUERDA: ",.. CONSIDERANDO: Que 10 mayorfa de poises ha prohibido el uso de c1oranf,,:nicol y n~trofuranos (antibacterianos) y nitroimidozoles {antibacteriano y ~ntlprotozoa~oJ en 10. producci6n de animales para el consumo humane debldo. a suo toxlcldod, EI Cloranfenicol puede cousar anemia apl6stica fatal y leucemia. mlentros que los nitrofuranos y los nitroimidazoles son substancias corclnoqenlcos. PORTANTO: Articulo 1. Objeto: Se crea el "Programa Nacional de Monitoreo para la Detecci6n de Contaminantes Nocivos a la Salud Humana en Ecosistemas Acu6ticos Asociados a la Producci6n de Camarones Peneidos" con el objeto de vigilar que lasaguas que se utilizan.en operaciones de camaronicultura Y. en donde se pescan camarones peneidos no constituyan un riesgopara la salud del consumidol humano.• Articulo 2. Ecoslstemas: Ser6n objeto de monitoreo del presente Programa los ' ecosistemas acu6ticos estrechamente vinculados con la camaronicultura y la zona maritima comprendida entre la linea costera hasta una (1) milia mar adentro. donde serealizan las faenas de pesca de cornorones peneidos. ACUERDA: (E·406· 2007)-17-'Payo ArtIculo 10. ,-,celones: Cuando los resultados de los an6lisis de laboratorio indiquen que se han excedido los LMP de uno 0 m6s par6metros del Programa. 10 UNR tornoro las siguientes medidas: 1) Circunscripci6n de 10 medida. de mitigaci6n 01 6rea geogr6fica en donde se identific6el par6metro excedido del LMP: 2) Toma de una segunda muestra de agua y an6lisis del par6metro excedido como muestra confirmatoria. ArtIculo 7. frecuencla de Muestreo: Las muestras de agua deber6n ser tomados dos veces 01 ano. una en la estaci6n seca y otra en la estaci6n lIuvioso. Articulo 4. Marco Conceptual del Programa: EI Marco Conceptual del "Programa Nacional de Monitoreo para la Detecci6n de Contaminantes Nocivos a 10 Salud Humana en Ecosistemas Acu6ticos Asociados a la .f'roducci6n de Camarones Peneidos" elaborado por 10 UNR. contiene especitlcoclones sobre los siguientes aspectos: justificaci6n. objetivos. substancias a ser analizadas. caracterfsticas de las muestras. numero de muestras. frecuencia de muestreo. personalresponsable de la toma y envio de las muestras. laboratorios responsables de losan6lisis. sitios .Q ser monitoreados y cronograma de muestreo. Este Programa estero sujeto a una revlslon yactualizaci6n por parte de la UNR en forma onuol, de acuerdo a losresultadosy necesidades del mismo. Sila segundo muestra confirma el pcrcrnetro excedido del LMP.la UNR lIevar6 a cobo las siguientes acciones: toma de muestras de camar6n enla finca 0 fincas que utilizanel agua donde se identific6 el par6metro excedidodel LMP y en losbarcos de pesca de camar6n que faenan en el 6rea identificada con el para metro excedido del LIvIP. para realizar el an6lisis de laboratorio. Asimismo. implementar6 las medidas pertinentes de conformidad con las regulaciones aplicables si los resultados de laboratorio del par6metro en cuesti6n demuestran concentraciones superiores a los LMP en carne de camar6n. Articulo 9. An611sls de Resultados: La UNR analizar6 los resultados obtenidos de las muestras de agua analizadas por el laboratorio. y cuando se observe uno 0 m6s. par6metros que excedan los Limites M6ximos Permisibles -LMP- de agua. la UNR dictar6 las medidas de control correspondientes para mitigar los efectos nocivos de loscontaminantes Identlflcodos, en 10 carne de camar6n. COMUNrQUESE. Articulo 11. Inf«me de Resultados: La UN'R elaborar6 anualmente un informe oficial del Programa. conteniendo los resultados obtenidos por el laboratorio de los an6lisis de loscontaminantes de las muesfrosde agua tomodos, ArtIculo 8. PersonalResponsable: EI responsable de la tome y envio de las muestras al laboratorio correspondientes a este Programa ser6 el personal de la UNR. Articulo 12: Sanclones: EI incumplimiento a 10 dispuesto en este Acuerdo ser6 sancionado conforme a 10 establecido en el C6digo de Salud. Decreto 90-97 del Congreso de la Republica, sin pe~uicio de las penas que correspanda imponer a los tribunalesde justicia cuando sean constitutivasde delito. Articulo 13.' Vigencla: EI presente Acuerdo entrar6 en vigencia al siguiente dia de su publicaci6n 'en el Diario de Centro America. Artrculo 5. Substanclas:Lassubstanciasa seranalizadas dentro de este Programa son lassiguientes: DDT. DDE. TOE. PC8s. mercurio. plomo y cadmio. ,Articulo 6. SltIos de Muestreo: Las muestrasde agua objeto de este Programa ser6n tomadas de los ecosistemas acu6ticos vinculadostf las 6reas de producci6n de las fincas camaroneras; y de puntos fios de muestreo en el mar a una (1) milia frente a Las llsos.Puerto Quelzal y Puerto de Champerico. . , ArtIculo 3. Responsable: La Unidad de Normasy Regulaciones-UNR-'del MAGA ser6 la responsablede implementar estePrograma. ,I (E·408·2007)-17-mayo Lie. GusIavo A. Mendiz6bal tulvez YICEMlIIlS110 DE GANAD£IIA hc HidIollloIOgIcos y Allmenloc16n ,MINISTI;RIO DE AGRICULTURA, '. . GANADERIAY ALIMENTACION Acuerdase CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE MONITOREO PARA LA DETECCION DE CONTAMINANTESNOCIVOS A LASALUD HUMANA EN ECOSISTEMAS AcuATICOS ASOCIADOS A LA PRODUCCION DE CAMARONES PENEIDOS... ~ . ACUERDO MINISTERIAL No. 203-2007 CONSIDERANDO: Que corresponde al'Ministerio de Agrlcultura. Ganaderla y Alimentaci6n -MAGA prevenir problemas de inocuidad ~ la producci6n de camarones peneidos causados por la presencia de contaminantes nocivos a la salud humana en los ecos!ste~as acu6ticos. que pueden transferlrse a la carne de camar6n. EL MINISTRO DE AGRICULTURA. GANADERrA Y AUMENTACI6N CONSIDERANDO: Que corresponde 01 Ministerlo de Agricultura. Ganaderla y Alimentaci6n de conformidad con la ley. como una de las instituciones especializadas del Estado. velar par la Inocuidad de losalimentos no procesados para el consumo humano. En ejercicio de las funciones que Ie confieren los articuJos 194 de 10 Constituci6n Politico de 10 Republica de Guatemala; 27 y 29 de 10 Ley del Organismo Ejecutivo. Decreto 114-97del Congreso de 10 Republica; y con bose en 10 que estoblece el articulo 61 de 10 Ley de Sonidad Vegetal y Animal. Decreto 36-'98 del Congreso de 10 Republica. ARTICULO 1. PROHIBICI6N. Se prohfbe el registro. el uso y 10 comercializaci6n de c1oranfenicol. nitrofuranos y nitroimidazoles en el cultivo de ~amar6n.' ART(CULO 2. CUMPUMIENTO. La Unidad de Normas y Regulociones del Ministerio de Agricultura. Ganaderia y Alimentaci6n velar6 por. e~ cu.mplimiento de 10 prohibici6n deestos productos. tanto de 10 comerclal~za.cI6.n. a troves del Programa de Supervisi6n y Auditorfa Tecnica a Empresas Dls~nbuldoras; como del uso en fincas de camaronicultura. a troves del Plan Nocionol de Control de Residuos en Camarones de Cultivo. ARTICULO 3. SANCIONES. EI incumplimiento a 10 dispuesto en este ACuerdo sere soncionodo conforme a 10 establecido en 10 Ley de Sanidad Vegetal y Animal. Decreto 36-'98 del Congreso de 10 Republica y su Reglamento. ARTICULO 4. VIGENCIA. EI presente Acuerdo entrar6 en vigencia 01 siguiente dia de su publlcocion en el Diorio de Centro America. COMUN(QUESE. PORTANTO: Edificio Monja Blanca: Guatemala. 29 de Marzo de 2007 En ejerciciode las funciones establecidas en los articulos 194 de la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala; 22.27 y 29 de laLey del Organismo Ejecutivo. .Decreto 114-97 del Congreso de la Republica y sus reformas; 130inciso b) del C6!=ligo de Salud. Decreto 90-97del Congreso de la Republica; 60. del Reglamento Org6nico Interno del Ministeriode Agricultura. Ganaderia y Alimentaci6n. Acuerdo Gubernativo 278-98. y sus'reformas; y el Reglamento para 10 Inocuidad de los Alimentos. Acuerdo Gubernativo 969-99.

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