Acuerdo Gubernativo Nº 32-2012: Disposiciones para regular las exportaciones de desperdicios y desechos de metal
صدر في 2012-01-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- غواتيمالا
- الموضوعات
- Waste and hazardous substances
- الكلمات المفتاحية
- solid waste, international trade, authorization/permit, waste management
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,, ¡ L 1 • 1 ;t'unbabo tn 1880 • • bt ÚRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A. Sumario ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMIA Acuérdose REFORMAR El ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 44-2011 QUE CONTIENE lAS DISPOSICIONES PARA REGULAR lAS EXPORTACIONES DE DESPERCICIOS Y DESECHOS DE METAL. MINISTERIO DE FINANZAS PÚBUCAS Acuérdese unificar las fincas rústico y urbanos inscritas en el Registro General de lo Propiedad de la Zona Central, bajo los números 101282, 639 y 1 0841, folios 122, 160 y 150 de los libros 1290, 1870, y 716 todos de Guatemala, Acuérdese adscribir a favor del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la ftnca rústico insCrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Centro!, ubicada en el cantón El AsHIIero; aldea Papaturro, municipio de Guozacop6n, deporiomento de Santa Rosa. Acuérdese aceptar la donación que a ntulo grotuna, hace la municipalidad de Palencia, departamento de Guatemala y aprobar las diligencias de inscripción de la posesión a favor del Estodo, sobre un inmueble carente de inscripción registra!, ubicada en la aldea Sansur, municipio de Po~encia, departamento de Guatemala. AcÚérdase aceptar la donación que a titulo grotuoo, hace la municipalidad de Rabino!, deportOmento de Boja Veropoz y aprobar las diligencias de inscripción de la p<>sesión a favor del Estado, sobre un inmueble carente de inscripción registra!, ubicado en lo 4a. ovenkla 2-81, zon~ 3 de esa jurisdicción municipal. Acuérdese desmembror o favor del mismo Estado una frocción de terreno de 14,5 71 . 9567 metros cuadrodos, que formo porte de la ftnco urbana inscrito en el Registro Genero! de la Propiedad de la Zona Centro!, ubicada en la 7a. avenida 12-90, zona 13, Ediftcio Monja Blanca, departamento d" Guatemala. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERfA Y ALIMENTACIÓN Acuérdese modificar el Ortfculo 2 del Acuerdo Ministerial número cien1o noverrta y nueve guión dos mil once (199-2011) de lecha 24 de agosto de 2011. MINISTERIO DE GOB~ACIÓN Acuérdose reconocer la personalidad jurfdica y aprobar las bases constituHvas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA TABERNACULÓ DE AVIVAMIENTO El LIBERTADOR, DE LA ALDEA SÜBCHAL, MUNICI~IO DE SAN MIGUELIXTAHUACÁN, SAN MARCOS. ~Acuérdese reconocer lo personalidad juridlca y aprobar los estatutos de la "FUNDACIÓN· PARAEL DESARROLLO EDIFICA", la cual se podró abreviar "FUNDACIÓN EDIFICA". Acuérdese reconocer la personalidad jurfdica y aprobar los estatutos de la FUNDACIÓN PESCANOVA que se abrevia FUNDANOVA. PUBLICACIONES VARIAS INstiTUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL DIRECCIÓN GENERAL LIBRO DE ACUERDOS ACUERDO No. 001-2012 MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL EN CUMPLIMIENTO Al CONTENIDO DEL ARTÍCULO 1 O, NUMERAL 26 DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DECRETO 57-2008. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Acuérdose aprobar la Reforma Parcial de los Articulas 1 al 39 ocordada en la Asamblea Generol Extraordinaria celebrado el día vein1icuatro de octubre de dos mil nueve. MUNICIPALIDAD DE CHIQUIMULA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA Acuérdose crear el Cuerpo de inspectores de T r6nsi1o Municipal, comandados por un Coordinador Gen..rol, a través de un acuerdo Municipal. Acuérdese EMITIR EL SIGUIENTE PLAN DE TASAS, RENTAS, PRECIOS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE CHIQUIMULA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA. Acuérdase emiflr el siguiente: REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y ESTACIONAMIENTO PARA El MUNICIPIO DE CHIQUIMULA. Acuérdase emitir el siguiente: REGLAMENTO DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PARA El MUNICIPIO DE CHIQUIMULA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA. Acuérdese emitir el siguiente: REGLAMENTO DE ORGANiZACIÓN, DISCIPLINARIO Y FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE TRANSITO MUNICIPAL ANUNCIOS VARIOS --~-. Matrimonios • Uneas i de Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de Sociedad • Patentes de Invención • Registfo de Morcas • Titulas Supletorios • Edictos • Remátes • ORGANISMO EJECUTIVO w MINISTERIO DE ECONOMÍA Acuérdese REFORMAR ELACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 44-2011 QUE CONTIENE LAS DISPOSICIONES PARA REGULAR LAS EXPORTACIONES DE DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METAL. ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 32-2012 Guatemala, 13 de enero del 2012 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la COnstitución Política de la República de Guatemala establece que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ·económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades industriales, asf como promover el desarrol1o ordenado y eficiente del comercio interior y exterior del pafs, fomentando mercados para los productos nacionales. Que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio {GATT de 1994), estipula que los parses podrán adoptar o aplicar medidas que impliquen restricciones Impuestas a la exportación de materias primas nacionales, que sean necesarias para asegurar a una Industria nacional de transformación del suministro de las cantidades indispensables de las mismas, dürante los perfodos en que el precio nacional sea mantenido a un nivel Inferior al del precio mundial. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Acuerdo Gubernativo Número ~2011 de fecha 8 de febrero de 2011, el Organismo Ejecutivo emitió la disposición administrativa que regula las exportaciones de desperdicios y desechos de metal, relacionadas con el acopio de los desperdicios y desechos de metal, lo que constituye una importante fuente generadora de empleo directo e Indirecto, contribuyendo esta medida, a la economfa del pafs e efecto de reducir el hurto y otros hechos ilfcitos derivados. de la demanda que dichas mercancías tienen en el mercado internacional; y para efecto de establecer dichas cuotas de forma anual, resulta necesario emitir la presente disposición legal, que reforma el referido Acuerdo. POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le asigna el Artículo 183, literal e) de la Constitución Potrtica de la República de Guatemala, ACUERDA: REFORMAR EL ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 44-2011" QUE CONnENE LAS DISPOSIOONES PARA·REGULAR LAS EXPORTAOONES DE DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METAL ARTfaJLO 1. se reforma el Articulo 1 del Acuerdo Gubernativo No. 44-2011, el cual queda de la mañera siguiente: •AimcuLO 1. Se establece un sistema de cuotas, mediante la emisión de licencias para la exportación de desperdicios y desechos de metal. Estas licencias no tendrán ningún costo para los exportadores y quedarán de la forma siguiente: 1. Una cuota total anual de treinta mil (30,000) toneladas m~tricas, del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada afio, para la exportación de desperdicios y desechos de metal, que cubre la totalidad de los códlgos arancelarios clasificados en el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) siguientes: Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Co ng re so de la R ep úb lic a 2 Guatemala, MIÉRCOLES 18 de enero 2012 DIARJO de CENTRO AMÉRICA NÚMER069 l ~~o ~elarlo ¡72.04 !7204.10.00 Oescripdón DESPERDICIOS Y DESECHOS (CHATARRA), DE FUNDfOÓN, HIERRO O ACERO; LINGOTES DE CHATARAA DE HIERRO O' ACERO Desperdicios v de.~ethos, de fundición De.sperdidos y de.~echos, de aceros aleados: ¡ 7204.21.00 • • De acero lnoxldabte j7204.29.00 -·Los demás j 7204.30.00 - Desperdicios y de.~echos, de hierro o acero esta !'lados ¡ 7204.4 - Los demals desperdicios y desechos: ~ l -. Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y 7204·41·00 recortes de estampado o de corte, Incluso en paquetes ~~~~--~~------------~----~ ! 7204.49.00 • - Los demás 2. Una cupta to131 anual de dos mil quinientas (2,500) toneladas mftrlals para la exportación de desperdicios y desechos de otros metales, que cubra la totalidad de los códigos arancelarios clasificados en el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) sleulente.s: !Código l:=:nc:elarlo l)escrlpción 7503.00.00 DESPERDfOOS Y DESECHOS,.DE NIQUEL 7902.00.00 DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE CtNC ;8002.00.00 DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE ESTA~O 1 VOLFRAMIO (TUNGSTENO) Y SUS Mp.NUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPEROIOOS \81.01 Y DESECHOS ! 8101.97.00 - • Desperdicios v desechos 81.02 MOUBDENO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS 8102.97.00 - • Desperdicios y desechos 81.03 TANTALIO Y SUS MANUFACTURAS, INClUIDOS t.OSDESPERDfCIOS Y DESECHOS 8103.30.00 - Desperdicios y desechos 81.04 MAGNESIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DEPERDIOOS Y DESECHOS 8104.20.00 - Desperdicios y desechos MATAS DE COBALTO Y DEMAS PRODUCTOS INTERMEDIOS DE I.A METALURGIA !81.05 DEL COBALTO; COBALTO Y SUS MANUFACTURAS, INCl-UIDOS LOS DESPERDtC.:IOS Y. DESECHOS 8105.30.00 - Desperdicios y desechos 8106.00.00 BISMUTO V SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHos 181.07. CADMIO Y SUS M~NUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y I)ESECHOS 8107.30.00 - Desperdicios y desechos ai:os ITrrANiOYSUSMANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS y DESECHOS 8108.30.00 - Desperdicios y desechos 81.09 CIRCONIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIOOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS 8109.30.00 • Desperdlck,ls v desechos 81.10 ANTIMONIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS 8110.20.00 • Desperdicios v desechos 8111.00.00 MANG~NESO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DEPERDICIOS Y DESECHOS BERILIO, CROMO, GERMANIO, VANADIO, GALIO, HAFNIO (CELTlO), INDIO, NIOBIO 181.12 (COLOM810), RENIO Y TALIO, ASI COMO l.AS MANUFACTURAS DE ESTOS METALES, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS 18112.1 j- Serillo: 18112.13.00 j. ·Desperdicios v desecho.s !8112.2 j-cromo: [8112.22.00 --Desperdicios y de.~echos 8112.5. -Talio: 8112.52.00 • • Detperdiclos y desechos 18112.9 1- los demás: 8112.92.00 • - En bruto; desperdicios y desechos; polvo f8113.00.00 CERMET Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS lOS DESPERDICIOS Y DESECHOS . ARTICULO 2. las demás dl$posiciones del Acuerdo Gubernativo No. 44·2011 del 8 de febrero de 2011, quedan vigentes. ARTICULO a. El presente Acuerdo empetaril· a re¡ir el dla siguiente de su publicación en el Diañode Centro América. # LUI$ VELASQUEZ QUtROA MINISTRO Da ECONOMfA COMUNfQUESE. ~~ MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase unificar las fincas rústica y urbanas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo los números 1 O 1282, 639 y 10841, folios 122, 160 y 150 de los libros 1290, 187-0, y 716 todos de Guatemala. ACUERDO GUBERNATIVO No. 24-2012 Guatemala, 11 de enero del 2012 EL PRESIDENTE DE LA .REPÚBLICA CONS.JDER.ANDO Que la Constitución Polftica de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros los de dominio público. Asimismo. al Ministerio de Finan:.~:as Públicas le corresponde cumplir y h~cer cumpli.r todo lo relativo al régimen juridico hacendario del Est-.do, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen. el patrimonio del Estad~.. , .· CÓNSII)ERANDO Que la Dirección ele Bienes del Estado a .través del expediente M-571-2008 opi,nó de manera favorable la unificación de las :fincas rústica y urbanas números 101282, 639 y 10841. folios 122. 160, y 150 de los. libros 1290, 1870, y 716, todos de Guatemala, pt'opiedad del Eatado. y un área de 5.433.1372 metros cuad.rados que deberán desmembrarse de la finca r6stica n6mero 8925, folio 220 del libro 109 de Guatemala. a favor del Estado, y la finca que se forme unificarla óon las otras fincas, que forman un- polfgono gener.al con un área de 166,64 i .6300 metros cuadrados. la cual al momento de su inscripción en el Regiatro General de la Propiedad de la Zona Central, deberá formar finca nueva a favor del Estado, en virtud que se estableció que los inmuebles anteriormente citados forman un solo cuerpo, perfectamente determinado; asimismo de la finca que se forme, deberá adscribirse al. Ministerio de Gobernación. un área de 165,768.7840 metros cuadrados ya que dentro -de la misma se encuentran funcionando vairias dependencias de la Policfa Nacional Civil, en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Eatado. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183 literales e) y q) de la. Constitución Política de la República de Guatemala.; y con fundamento en los articulas 35 literal m) del Dccreto.número 114-97 del Congreso de la Reptíblica, Ley del Organisllldlli Ejecutivo. ACUERDA ARTÍCULO 1. Unificar las fincas rústica y urbanas inscritas en el Registro General de la Propied·ad ; de la Zona Central, bajo los números 101282, 639 y 10841, folios 122, 160 y 150 ele los libros 1290, 1870, y 716, todos de Guatemala, propiedad del Estado y un área de 5,433.1372 metros cuadrados que deberán desmembrarse de la f'inca rtística número 8925, folio 220 del libro 109 de Guatemala, a favor del Estadq, y la finca que se forme unifica.rla con las otras fincas, ubicadas entre 20 y 21 avenidas, zona 6, municipio y departamento de Guate.mala, las cuales al ser unificadas pasarán a formar finca nueva a favor del Estado, con un área de 166,641.6300 metros cuadrados, con las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación O al punto observado l con rumbo 82"51 '00'' noreste y di'stancia ·ele 13:71 metros, <:olinda .con Colonia "Los Cipresales", 14 calle "B ... de. por medio; de la estación 1 al punto observado 2 con rumbo 73°19'42" sureste y distancia de 24.75 tnetros, colinda con Colonia "Los Cipresales". 14 calle "B" ·ele por medio; de la estación 2 al punto observado 3 con rumbo 83°06'26' • sureste y distancia· de 12.26 metros, colinda con Colonia "Los Cipresales", 14 calle ''B" de por medio; de la estación 3 al punto observado 4 con rumbo 89"31'49" noreste y distancia de 35.24 metros, colinda con Colonia .. Los Cipresales". 14 calle .. B" de por medio; ele la estación 4 al punto observado 5 con rumbo 69°29' 58'' noreste y distancia de 11.75 metros. colinda con Colonia .. Los Cipresales''. 14 <:.aue "B .. de por medio; de ta estación S al punto observado 6 con rumbo 52"25 '22 • • noreste y distancia -de 29.77 metros, colinda con Colonia "Los Cipresales", 14 calle .. B .. de pór medio; de la estación 6 al punto observado 7 con rumbo 59"08'32" sureste y distancia de 51.27 metros, colinda con Colonia ;.Los Cipresates••, 14 calle .. B ... de por medio; de la estación 7 al punto observado· 8 con rumbo 57"23'23" sureste y distancia de 7.5 metros, colirida con Colonia "Los Cipresal~s", 14 calle "B" de por medio; de la estación 8 al punto observado 9 con rumbo 89"57'30" sur.este y distancia de 94-.76 metros, colin.da con Colonia "Los Cipresa)es", 14 calle ''B" de por medio; de la estación 9 al t>unto observado 10 con rumbo 68"50'24" noreste y distancia de 1.92 metros, colinda con Colonia "Los Cipresale.s .... 14·. calle "B" de por n'ledio; de la C:Hlltación 10 al punto obsel'vado 11 cori rumbo 01"14'06" suroeste y distancia de 31.83 metros, colinda con Colonia "Los Cipresales .. , 14 calle "B" de por medio;- de Iá estación 11 al punto observado 12 con' rumbo 43"11'12'' suroeste y distancia de 26.09 metros, coli.nda con 14 calle "B,. Y casas particulares; de la estación 12 al punto observado 13 con Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Co ng re so de la R ep úb lic a