Resolución de 2 de enero de 2003 - Aprueba la forma, estructura y contenido del fichero del padrón catastral
صدر في 2003-01-02 · النص بتاريخ 2026-10-01
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RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2003, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral. Conforme establece el artículo 78.5 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción dada por el artículo 22 de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la misma, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se gestiona a partir de la información contenida en el Padrón catastral y en los demás documentos expresivos de sus variaciones elaborados al efecto por la Dirección General del Catastro. Dicho Padrón, que se formará anualmente para cada término municipal, contendrá la información relativa a los bienes inmuebles, separadamente para los de cada clase y será remitido a las entidades gestoras del impuesto antes del 1 de marzo de cada año. El artículo 5.º del Real Decreto 1390/1990, de 2 de noviembre, sobre colaboración de las Administraciones Públicas en materia de gestión catastral y tributaria e inspección catastral, indica que el intercambio de información correspondiente deberá llevarse a cabo, siempre que sea posible, a través de la utilización de medios y tecnologías informáticas, y en este sentido las Resoluciones de 18 de enero de 1998 y de 26 de enero de 2001 de la Dirección General del Catastro aprobaron la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, hasta ahora vigentes. Los formatos aprobados por ambas Resoluciones, y otros anteriores, han servido desde la creación del Impuesto de instrumento de normalización y homogeneización de estructuras de datos en el intercambio de información catastral. No obstante, la aprobación de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, ha introducido importantes modificaciones en la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tales como una nueva regulación del régimen de exenciones y bonificaciones, la creación de una nueva clase de bienes inmuebles de características especiales o la posibilidad de aprobar tipos de gravamen diferenciados por usos o grupos. Asimismo, la disposición final primera de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, establece la aplicación a los bienes inmuebles rústicos a partir del 1 de enero de 2003, de los artículos 50 y siguientes de la Ley 13/1996, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, que regula la obligación de incorporar la referencia catastral en las escrituras o documentos donde consten los actos o negocios de trascendencia real, relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. En su virtud, y previo informe técnico de la Federación Española de Municipios y Provincias, esta Dirección General ha tenido a bien disponer: Primero.-Las Gerencias Territoriales del Catastro remitirán el Padrón catastral a los Ayuntamientos y, en su caso, a las Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales que tengan delegada la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por aquéllos, mediante ficheros informáticos. Segundo.-Se aprueba la estructura, contenido y formato de los ficheros informáticos de remisión del Padrón catastral, para los bienes urbanos y de características especiales (PAD DGC) y rústicos (RUPAD-DGC) que figuran como anexos I y II de la presente Resolución. Tercero.-En el fichero PAD-DGC se incluirá la información de los grupos a que pertenecen cada uno de los bienes inmuebles de características especiales, para la aplicación de lo establecido en el apartado 2 del artículo 72 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con las claves detalladas en el cuadro 1 del anexo I, así como la de los usos establecidos para la valoración de las construcciones correspondientes a los bienes inmuebles urbanos, para la aplicación de lo establecido en el apartado 4 del artículo 72 y en la disposición transitoria décima de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con las claves detalladas en el cuadro 2 del anexo I. En el fichero RUPAD-DGC se incluirán los datos disponibles en las Gerencias Territoriales del Catastro sobre los beneficios fiscales de los bienes inmuebles rústicos, en la forma que refleja el anexo II, a efectos meramente informativos y sin perjuicio de la competencia de los Ayuntamientos establecida en el artículo 78.1 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto.-En lo sucesivo, no se remitirán en papel a los entes gestores del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los listados del Padrón catastral. La remisión de los ficheros aprobados por la presente Resolución se realizará utilizando medios telemáticos, a través de los mecanismos que se establezcan, que garantizarán la autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudio de los envíos. A tal efecto, las entidades locales que ejerzan la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles deberán disponer de una dirección de correo electrónico destinada a tal fin y acceso a Internet. En tanto no se implante este sistema se podrán realizar los envíos a través de soportes magnéticos convencionales de acuerdo con lo establecido en los anexos a la presente Resolución. Disposición derogatoria única. Quedan derogadas las Resoluciones de 18 de enero de 1998 y de 26 de enero de 2001 de la Dirección General del Catastro, por la que se aprobó la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y su adaptación al euro. Madrid, 2 de enero de 2003.-El Director general, Jesús Salvador Miranda Hita. ANEXO I (VER IMÁGENES, PÁGINAS 1731 A 1736). Fichero informático de remisión del Padrón catastral correspondiente a los bienes inmuebles urbanos y de características especiales Nombre genérico del fichero: PAD-DGC. Características de los soportes magnéticos: Tipo de soporte: Cinta magnética de carrete abierto. Densidad de grabación: 1.600 ó 6.250 bpi. Código de grabación: ASCII. Etiquetas: Sin etiquetas. Tipo de registros: Fijos bloqueados. Longitud de los registros: 720 caracteres. Factor de bloqueo: 10 registros por bloque. Estructura del fichero: Contendrá los siguientes tipos de registros: Tipo 01: Registro de cabecera. Existirá uno para todo el fichero independientemente del tamaño del Padrón catastral y de que el fichero recoja la información correspondiente a un solo municipio o varios. Tipo 50: Registro de Padrón catastral. Existirán tantos como bienes inmuebles urbanos o de características especiales estén incluidos en el Padrón catastral. Tipo 90: Registro de cola. Existirá uno para todo el fichero, incluso si éste contiene la información de Padrón catastral referente a varios municipios. Detalle de la estructura: (Ver imágenes páginas 1731 a 1736) Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cabecera Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (01). Datos de cabecera. 3 8 N Fecha de generación del fichero (formato (AAAAMMDD). 11 6 N Hora de generación del fichero (formato HHMMSS). 17 3 N Código de la entidad generadora del fichero. 20 30 X Procedencia del fichero. 50 40 X Descripción del contenido del fichero. 90 4 N Año del Padrón del IBI 94 627 X Relleno a espacios. Longitud: 720 Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de datos de Padrón Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (50). Identificación del bien inmueble. 3 2 N Código de Delegación del MEH. 5 1 N Código de la Gerencia. 6 3 N Código del municipio (según la Administración Tributaria del MEH). Referencia Catastral 9 7 X Primera parte: Identificación por coordenadas UTM de la manzana, y número secuencial de parcela. 16 7 X Segunda parte: posición de la manzana en la Hoja del Plano Parcelario en la que se ubica el centroide de la manzana. 23 4 N Número secuencial del bien inmueble fiscal (número de cargo) dentro de la parcela catastral. 27 1 X Primer carácter de control. 28 1 X Segundo carácter de control. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 29 8 N Número fijo del bien inmueble (asignado por la Gerencia Territorial). 37 1 X Carácter de control del número fijo del bien inmueble. 38 15 X Campo para la identificación del bien inmueble asignado por el Ayuntamiento. 53 5 N Coeficiente de participación (en caso de recibo separado, expresado con tres enteros y dos decimales). 58 2 N Código de provincia (INE). 60 3 N Código de municipio (INE). 63 2 N Distrito municipal, en caso de existir. 64 Domicilio tributario (localización del bien inmueble). 65 2 X Código de entidad menor, en caso de existir. 67 5 N Código de vía pública asignado por la D. G. del Catastro. 72 5 X Tipo de vía o sigla pública. 77 25 X Nombre de la vía pública. 102 4 N Primer número de la vía. 106 1 X Primera letra (carácter de duplicado). 107 4 N Segundo número en la vía. 111 1 X Segunda letra (carácter de duplicado). 112 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 117 4 X Bloque. 121 25 X Texto de dirección no estructurada. 146 5 N Código postal. 151 2 X Escalera. 153 3 X Planta. 156 3 X Puerta. 94 Identificación del titular. 159 8 X NIF. 167 1 X Carácter de control del DNI/NIF. 168 1 X Personalidad: F, J, E (física, jurídica, entidades). 169 60 X Primer apellido, segundo apellido, y nombre, o razón social. 70 Domicilio fiscal (del titular). 229 2 N Código de Delegación del MEH. 231 3 N Código del Municipio (DGC). 234 2 N Código de Provincia (INE). 236 3 N Código de Municipio (INE). 239 5 N Código de vía pública asignado por la D.G. del Catastro. 244 5 X Tipo de vía o sigla de vía pública. 249 25 X Nombre de la vía pública. 274 4 N Primer número de la vía. 278 1 X Primera letra (Carácter de duplicado). 279 4 N Segundo número en la vía. 283 1 X Segunda letra (Carácter de duplicado). 284 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 289 4 X Bloque. 293 25 X Texto de dirección no estructurada. 318 2 X Escalera. 320 3 X Planta. 323 3 X Puerta. 326 5 N Código postal. 331 5 N Apartado de correos. 336 25 X Nombre del país. 361 25 X Nombre de provincia. 386 25 X Nombre del municipio. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 182 Datos económicos del bien inmueble. 411 4 N Año del valor catastral y la base liquidable. 415 12 N Valor catastral. 427 12 N Valor catastral del Suelo. 439 12 N Valor catastral de la Construcción. 451 12 N Base liquidable. 463 1 X Clave de grupo de los bienes inmuebles de características especiales, o de uso de los bienes urbanos, según codificación establecida en los cuadros 1 y 2 que figuran al final de este anexo. 464 4 N Año de la última revisión o modificación de valores. 468 4 N Año de la última notificación de nuevo valor a efectos de liquidación. 472 6 N Número de la última notificación de nuevo valor a efectos de liquidación. 478 7 N Superficie del elemento o elementos constructivos asociados al cargo, en el caso de procedimientos de valoración de fincas construidas (en metros cuadrados). 485 7 N Superficie del elemento o elementos del suelo asociados al cargo, en el caso de procedimientos de valoración de solares (en metros cuadrados). 492 7 N Coeficiente de propiedad respecto a la finca (expresado con tres enteros y cuatro decimales). 88 Datos de la última alteración catastral. 499 8 N Fecha de alteración catastral (AAAAMMDD). 507 1 X Entidad origen de la alteración(Gerencia 'G', Entidad colaboradora 'E', Notario o Registrador, 'N'). 9 Relleno final. 509 211 X Relleno a espacios (filler). Longitud: 720 Grupo de datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cola Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (90) Datos de cola. 3 7 N Número total de registros de tipo igual a 50 (registros de datos de unidad fiscal/titular). 10 15 N Valor catastral total, como suma de los valores catastrales contenidos en los registros de unidad urbana. 25 15 N Valor catastral total del suelo, como suma de los valores catastrales del suelo contenidos en los registros de unidad urbana. 40 15 N Valor catastral total de la construcción, como suma de los valores catastrales de construcción contenidos en los registros de unidad urbana. 55 15 N Base liquidable total, como suma de las bases liquidables contenidas en los registros de unidad urbana. 70 651 X Relleno a espacios. Longitud: 720 CUADRO 1 Codificación de los grupos de los bienes inmuebles de características especiales Código Grupo según artículo 2.7 de la Ley del Catastro Inmobiliario 1 a) Inmuebles destinados a la producción de energía eléctrica y gas, al refino de petróleo y centrales nucleares. 2 b) Presas, saltos de agua y embalses. 3 c) Autopistas, carreteras y túneles de peaje. 4 d) Aeropuertos y puertos comerciales. CUADRO 2 Codificación de los usos de los bienes inmuebles urbanos Código Uso A Almacén-Estacionamiento. V Residencial. I Industrial. O Oficinas. C Comercial. K Deportivo. T Espectáculos. G Ocio y Hostelería. Y Sanidad y Beneficencia. E Cultural. R Religioso. Código Uso M Obras de urbanización y jardinería, suelos sin edificar. P Edificio singular. ANEXO II Fichero informático de remisión del Padrón catastral de bienes inmuebles rústicos Nombre genérico del fichero: RUPAD-DGC. Características de los soportes magnéticos: Tipo de soporte: Cinta magnética de carrete abierto. Densidad de grabación: 1.600 ó 6.250 bpi. Código de grabación: ASCII. Etiquetas: Sin etiquetas. Tipo de registros: Fijos bloqueados. Longitud de los registros: 720 caracteres. Factor de bloqueo: 10 registros por bloque. Estructura del fichero: Contendrá los siguientes tipos de registros: Tipo 01: Registro de cabecera. Existirá uno para todo el fichero independientemente del tamaño del Padrón catastral y de que el fichero recoja la información correspondiente a un solo municipio o varios. Tipo 60: Registro de Padrón catastral. Existirán tantos como combinaciones de parcela rústica/titular estén incluidos en el Padrón catastral. Tipo 90: Registro de cola. Existirá uno para todo el fichero, incluso si éste contiene la información de Padrón catastral referente a varios municipios. Detalle de la estructura: Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cabecera Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (01). Datos de cabecera. 3 8 N Fecha de generación del fichero (formato (AAAAMMDD). 11 6 N Hora de generación del fichero (formato HHMMSS). 17 3 N Código de Delegación + Gerencia (DGC). 20 30 X Nombre de la Gerencia Territorial. 50 40 X Descripción del contenido del fichero. 90 4 N Año del Padrón del IBI. 94 11 X Número de envío. Relleno final. 105 616 X Relleno con espacios. Longitud: 720 Registro de datos de parcela/titular Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (60). 3 2 N Código de Delegación (DGC). 5 1 N Código de la Gerencia. 6 3 N Código del Municipio (DGC). Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Referencia Catastral. 9 2 N Código de Delegación (DGC). 11 3 N Código del Municipio (DGC). 14 1 X Código de sector. 15 3 N Código del polígono catastral. 18 5 N Número de la parcela catastral. Número secuencial del bien inmueble fiscal. 23 4 N Dentro de la parcela catastral. 27 1 X Primer carácter de control. 28 1 X Segundo carácter de control. 29 7 N Número de orden de la unidad fiscal (titular individual o comunidad de bienes), asignado por la Gerencia dentro del municipio. 36 2 X Régimen de titularidad (PR: Propiedad, US: Usufructo, CA: Concesión administrativa, DS: Derecho de superficie). 38 5 N Coeficiente de participación (figurará un valor distinto del 100 por 100 sólo en caso de consignarse en Padrón distintos titulares para una misma parcela). 43 1 X Indicador de Comunidad de Bienes (S/N, sí/no). 44 3 N Número de componentes en caso de Comunidad de Bienes. 47 11 X Relleno con espacios. 55 Localización de parcela. 58 2 N Código de Provincia (INE). 60 3 N Código de Municipio (INE). 63 3 N Código del Municipio origen en caso de Agregación (DGC). 66 2 N Código de la zona de concentración. 68 3 N Código del polígono catastral. 71 5 N Número de la parcela catastral. 76 30 X Paraje. 106 53 Relleno con espacios. 101 Identificación del titular. 159 9 X NIF. 168 1 X Personalidad: F, J, E (Física, Jurídica, Entidades). 169 60 X Primer apellido, segundo apellido y nombre o razón social. 70 Domicilio fiscal (del titular). 229 2 N Código de Delegación de Economía y Hacienda. 231 3 N Código del Municipio (DGC). 234 2 N Código de Provincia (INE). 236 3 N Código de Municipio (INE). 239 5 N Código de vía pública asignado por la D.G. del Catastro. 244 5 X Tipo de vía o sigla de vía pública. 249 25 X Nombre de la vía pública. 274 4 N Primer número de la vía. 278 1 X Primera letra (Carácter de duplicado). 279 4 N Segundo número en la vía. 283 1 X Segunda letra (Carácter de duplicado). 284 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 289 4 X Bloque. 293 25 X Texto de dirección no estructurada. 318 2 X Escalera. 320 3 X Planta. 323 3 X Puerta. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 326 5 N Código Postal. 331 5 N Apartado de Correos. 336 25 X Nombre del País. 361 25 X Nombre de Provincia. 386 25 X Nombre del Municipio. 182 Datos económicos de la parcela. 411 10 N Superficie de la parcela en hectáreas (expresada con seis enteros y cuatro decimales). 421 12 N Valor catastral de la parcela (expresado en céntimos de euro). 433 12 N Valor condonado en el caso en que se aplique condonación (expresado en céntimos de euro). 445 12 N Importe del valor catastral afectado por bonificación/exención (expresado en céntimos de euro). 457 1 X Clave de la bonificación/exención aplicada: A, L, R, J, C, de acuerdo con la tabla que figura al final del presente anexo. 458 4 N Año de alta en Padrón. 51 Relleno final. 462 239 X Relleno con espacios. Longitud: 720 Registro de cola Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (90). Datos de cola. 3 7 N Número total de registros de tipo igual a 51 (registros de datos de unidad fiscal/titular). 10 15 N Valor catastral total, como suma de los valores catastrales de las diferentes parcelas rústicas. 22 Relleno final. 25 696 X Relleno con espacios. Longitud: 720 CLAVE DE LOS BENEFICIOS FISCALES APLICABLES Estado, CC. AA., Municipios, Iglesia, Asociaciones confesionales, Cruz Roja, Gobiernos extranjeros, Convenios internacionales. LRHL Artículo 63.1, apartados a, b, c, d y e. A Centros docentes concertados. LRHL Artículo 63.2, apartado a. Fundaciones. Ley 30/1994. Montes vecinales en mano común. LRHL Artículo 63.1, apartado b. Montes poblados con especies de crecimiento lento (madera y corcho). LRHL Artículo 63.1, apartado f. L Ley 19/1995. RD 378/93. RD 152/96. Repoblaciones forestales y tramos en regeneración de masas arboladas. LRHL Artículo 63.2, apartado c. R Monumentos y jardines históricos. Artículo 63.2, apartado b. J Cooperativas Agrarias Protegidas (bonificación del 95 por 100). Ley 20/1990. C