Orden de 6 de septiembre de 1972 - Norma de calidad para cítricos destinados al mercado interior
صدر في 1972-09-06 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- إسبانيا
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant production, fruits/edible nuts, internal trade, international trade, packaging/labelling, transport/storage, certification, standards, hygiene/sanitary procedures
- الفئات
- *, agriculture
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16548 II septiembre 1972 B. O. del E.-N'um, 218 T. Disposiciones generales verde clare, rruto ,i;clllilre que PRESIDENCIA DEL GOBIERNO ORDEN de 6 de septiemore de lfJ72 par la que se oprueba 10 norma. de ca/idad para eurtccs de$ti ncdos 0.1 mercado interior. Excel€ntlsimos senores: De acuerdc can 10 dtspuestc en ("1 D€crelo 2.257/1~72, de 21 de tuuo. por el que se regula la normalizacl6n de productos aarrcoles en el mercado mtertor, como medio de corregtr deter minados detectcs de los etrouttos cornercleles. de garantizar e informar al cOlC'sumidor de Ie. caltdad de los produdOS que ad uutere y de oricntar 1£1. prcduccicn par ceuces cualitetivca, vis tas los ecuerecs del F,Q,R.P.P.A. y a propuesla de los Mlniste rios de Agricultura y Comercto. esta Presldendra de Gobierno ha tenido B. bien disponer: Articulo 1.0 Se aprueba la norma de caudad para crtrtcos destmedcs al mercado interior que a contmuactcn so transcribe, NoR."r.l DE CUIDAD PAIU CITRICOS 1. DeffniciOn del oroaucto La prosente norma se refiere a los trutos slguientes, conoc! dos bajo la denominaci6n genertce de crmcos. destlnacios a ser entregadoa a] eonsumrdor en estado fresco, exctcyendose los destinadcs a Ie transrormecion. Ltmonas, Frutos cuurvacos prccedentes de ta especle 'Ci trus lim6n ILl Burm. Mandertnes, ctemenunes. satsumas, wilkings: Frutos o;oul" tivados procedentes de Ie. especie Citrus reticulata. Blanco. Nare.njas: Frutos cultlvados procedentes de ia especie Ci tT'\l.9 sinensis, Osbeck, ;.... Pomelos: Frutos cultivados procedentes de Ie especie Ci trus paradlsL Mac Far],me, 11. Dbjeta de las normas Li,npios rpructicamcnte cxentcs de mnteri~s e~rr"l1i<l~ I'J. s;lJle,l. Sin otoree a sabores e~t,rafius, Sin humedad exterior anorroet. 2. Los rrutos dl3beran ser cuidatlosamcnte l"eco!ectados Y prcsentnr un desarrollo ji un e~lfldo de madurez ccnve mc.ues, as! como las caraceertsucae ttpicas de la varfedad. 3. Los rrutos deberan ester exentos de de"ecacion anormal y de hcridas a rozadu.ras oxtensas. [v. FQclarcs de cJ(lsfHcoci6r1 A erectos de una aclfl'cuada ctastncccrcnun diversas catego rtas s,: tendran en cu"nta los siguicmt"s Iactores 1. Coloraci6n.-I.a colorac;6n d'3 lcs Irutos debera ser In normal de la vartedad. No ohst",nt",. podre.n scr desverdizado,<, siempre y cuando tengan el dobido estado de madl,lr"z y ICl", demas caractercs org£lnolEpticos naturales no sur-an sHeraci0Jl Se constdera que un frulo presenta la cotoractcn ncrmal d,-.j npo varietal en los stguicutes casas: al Limones, Se ad mite una colorncton Jig(jramenle verde siempro que cumplan can el contoiudo minima en zumo. Los umcncs .Verdelli. podran tenet- color verdo srempre que no sea oscuro. bl Clementtnas. Monreales y satsumcs, Pre.<~ntar~n la co tcrectcn nptca. al menos en 1/3 de su superrtcie. Sin emu. ,;0. tonlenda en cuenta las caraclerislico.s de la. varledad Satsuma s las exigendas de algun mercado nactonal. que ecepte de huen grado su coloracion verdosa. ~e autortza su comercializaci6n can dicho color verdoso. cJ Mandartnas. Wilkings y otras vertodades. f'n's0nlarilll I~ coloracion npice de la variedad, et !llenos en 2/3 de su sup~r· ncre. d) Narames. Podran presenter una coloruclon slempre que 110 exceda de 1/5 de la superfici~ del e) Pomelos: Se admite una coloracion verdJsa, cumplan con et contenido minima de zumo. 2. Madurez.c-Se considera que los naranjas y maudar-inas han alcanzado el dBbido estado de madurcz euando lu relacion E/A es igual 0 superior fa 5.5" exeepto para las v£lri~dl'.(--IC'5 tar dlas. en cuyc case, el valor ulcanzadc par dtcha rebci6n sera igual 0 superior a. 6.5. Excepclcnalmente. se admitini que en la coteeorta III la rotacton E/A 5610 ajcance los valores 5 y 5 ell los des cases antenormonte conatderados. 3. Conterndc en zumo.--EI conlenido en zumo de los citri cos se expreeera en pcrcentaie rIel peso del zumo sobre el peso total del fruto. Para ella se toma una muestre suflcientemente representeuve de frutos y ae pesa. A contlnuad6n se cortan los frutos por su 6ecci6n C'cuatoria] en dos mitade5 y se extrae el zurno mediante una prensa de mana. Este zumo S€ filtra a travl'is de un tamiz de un milimctro de malla y se pesa, ex· pr<3sanctose ~5te peso en porcontaje sobre el peso total de los frulos de ]0. mueslI'S. Siguiendo este metodo. los pOI'centajes minimo!: exigidos de eontenido en zumo son los siguientes: cl Clcmcntinll.s .... d) Mamlarinas, Monreales. Salsumas. Wilkings y otras varledades . e) Pomelas . Verdelli y Real La,,, demas ". Navel Thomson Las demas del grupo Otras vsriedadc~ b) Limones: La presenle norma tiene par objeto definir las caracterfstiGas de calidad (envasada y proaentaclon que deben reunir los d tricos, despues de su acandicionamiento y manlpulflcl6n para eu comerciflJjZtlcion en el mercado interior. lll. CaracteristiCQ.\ min-rmGs de caltdad 1. Los citricos destinado~ al consumo en su estado fresco deberiin ostar, Enteros. Sanes {bajo reserva de las dlsposiciones partinliares ad· mltidas para cada categorial. ;.... Desprovistos de danos 0 aHerociones externas producidas por el frio. " Naranj;ls: Navel :30 % :33 % 35 % 20 % 25 % 40 % 33 %' 35 'X. B. O. del E.-Num. 218 11 senitembre 1972 C"libros Diametros El calibrB 9 se admitini ex",epcionalmenlo solo en Ie. cete eorta Ill. til Pomclos. 10(1 Y + 100-11(1 93-110 88·102 84- 97 81· 93 77- 89 73- 65 70- 80 MHimetros , a a, s o, a e Conformacion cetectuosa. Cortezll rugosa 0 de espesor exc8sivD. CQrteza bufada' a sepllrada. de Ja pulpa. Cort!?za .estampada 0 -ctareta-. Coloracion defactuosa. Manchus. Hertdas y rozadures cicatrtzadas y magunHduras en In plel, ligeras 0 profundas. Aueracrones de In ptel por ataques de Iusectos 0 en fer medadcs. Falla de ccnstejencte ([ruto censecor. Ausencia de cane. 4 ucrectos.c-se constderara para la clastficaclon eJ gmdo de presencia de los stgutentes defectos. 5 CaJibrado.-EI calibrado de los frutos citricos vendra de terminado por "I d,ametro maximo de su scccton ecuetorser. Las escares de calibres aomtttdas son tas sururentee. ~~o= e) Calibres minim os. Se excluyen los rrutos cuyos dlametros sean Infertcres a los stacientes. Calib~s Dj"m~t,-os ==~-=.. 48 mm. 53 mm. 35 mm. 45 mm. 40 mm. m mrn. Orupo de vanedsdes Sanguf nas , . Otras nuranjus ,.•,....• , . Clementinas ....................•.. Sl'll~umas. Monreales, Wilkings y aLms mandarlnas . Ltmones .. .. pometcs .. , . L carecone extra, 6. Ernbatejc y presentaci6n.-La presentectsn. sesun ttpo de envases. la disposicl6n da los rrutcs dentro de 109 mrsmcs, Ia homogenefded y todo aquello que contrtbuye a un especto mas atrayente de Ia mercancre, sera tenido en cuente en la cleslfl cadon. segun sa espectnce mas adelante. En cuanto a envasea, conviene resaltar Ie evojucfcn del 0(} mercia hacta el usa, cada vez mas estenctdo, de los envases de ttpo perdido. No obstante, en las actuales ctrcuostancies, axis lira lib8rlad en la elecd6n de envases y presentscten para los frulos en-tees, dentro de 105 uses y costumbres eetabjectdoe y sternpre que no se oponga a las limltaciones rueuee en la pre sentc drscosrcton 0 las que mas adelante puedan esteblecerse. Los papeles y otros matertales empleedos en el eccnctcrcne rme nto de los rruros seran nuevos y no noctvce para la salud humana. V. Clasificllciol1 para la cctcgo 100 Y + S7·1OG B4. £It; 81- 92 77- 88 is- 8.. 70- 80 67- 76 64- 73 62- 70 60- ea 58- 66 56- 113 53- 6G 4.8- 55 Mitimel.res c r a, • 5,, e s ro H ia ia H EI calibre 14, lie admite excepclonalmente ria 1II del gr<.lpo de variedlldes sensuroes. ):,) Cletuantlnaa, Monreales, Satsumaa, Wilklngs y otras man';'.ur'l1as; Calibres DBmetros .. eo ""., 61 '"'" Dlllmetros " Los frules clasificados en esta categone seren de caltdad su perior y presenteran Ia coloracion normal de la vertedad, tal como SB ha definido entertcrmente. Cada envese 5610 contendra fr ~tLS de 1a mtsma vaetedad. del mtsmo calibre y de coicrecten nomoxenea Estnran exentcs de todo derecto que modJflque su especto extcrnc 0 sus cerecteneuces orgenorepucee. No ee consrcere-. ran como defectos las aHeraclones supernctetes muy Iigerss de Ia epidermis. El cattorado eli obligatorio segu n las escalas fijadas. Los diiLlllelros mexrmos y minimos admitidos en esta categoria son 10., siguientes: Grupe Navel "" .. Otras naruujas . Ctementtnas . . Otras mandannas Limon~s , ., . Pamelo;; .. Para Bsta categoria 8S obllgatorio que los frutos vayan diS puesto~ en capas regularE's y su presentacion sea muy cuidnda "n todos sus aspectos. incluido e1 6nvMe. 2, Categoria I. Los frutos clasiikados en esta categorla serlin de buena l;:S lidad y presentaTlln la coloraci6n normal de la variedad. Gada eavase solo o::ontendra fcutos de is misma variedad. .. . -------------83 Y +72- 83 6t!· 7lJ 63- 72 f>lI- 6',' 5.1- 112 4il- ,'i1 45- 1i2 42· 49 4(]-47 7R Y + til· ,Ii "'3- 74 58- 6(. .)4- 134 50- 60 413- C:>6 43- 5<: 11- ·18 3~- 46 :n· 44 35- 42 Diilm~!t'09 Milimetlus 1I.·j,ll"ao!ros I-XXX I·XX ,~X a a, .>,, a s to o,,, •5,,,, c) Limones: 16550' 11 sentrembre 1972 B. O. del E.-Num. 218 =:.::-=--=--.::"~=--=--=---=- .. - . ~.- a) Idcntlftcacicn. 2, 'rorerancras de calibre, "so :,)4 "'"et ~lili,,,('!.l·O" Wilkings y otras rnandartnas. SanguinasGrupo de vartcdades On-as naranjas Clementinas .. Salsuma". Monreales, Limones Pomdos. Categol"b. Calibre (,~n su caROl. e) Pc~:o TIeto aproxirnado. Art. 2.." La prescnte Clorma de calidftd enlTara ~n vigor e] 1 de octubr0 de t974. Mientr>t5 tanto. tendn\ la comideracioa de norma recomendada" Art, 3,0 Los agrlcuitorcs 0 sus asociaciacionus que vendan direclamente a! publico 0 a detallista-~ y los comcrciantcs rna· yoristas y detallistas dcbertm apiicar los requisitos de clasi I'lcaci6n, elH'a5ado y presentaci6n y mllrcado que> figurall en Ia norma. exc"ptuancosc. hasta nueva disposici6n, las ventas r<'alizadas en municipios de ml'''8S de Sll.llOO habit"nt"s que n~ sean capitales de provincia. Art. 4.0 Para EU progresiva venia al publico, los dcll\llistas Dodran disponer do los dtricos en sua €'<WlIses rcghmelltarios. colocando un rotulo en posicion bien visible en donci" figuren los datos de la v!lriedad, c!ltegoria., calibre. que dobera.n corres ponderse con la mercuncJa exhibida. Cuando sa dispongan fue ra de los cnvases reglamentarios, habra. una separacion neta entre los frutes de distinta oatcgorin. variedad y calibre y ade mas se han'!. constar en caracteres bien lllgibles, en un9. ta c1 Orip:en del pcc)duolo. ~ ncstcnncion do to especie y de b varkd'IJ. bl Naturalozu del prcducto. Nombre y di,rccion del emlmlador (l expcdtdcr. Outuce por crcnto en nurnero 0 en p<:,so de frulos que no correspondan tl. las ceractcrrauces de la clll.egOl·ia pC'w que sean europiatics para el C(>rJ,,\lmo. muximo. lin :) por 100 de los frutos podran preseor,o- jig-en,s hertdas superffciales no cicatrizadas y secas (sc exdt'yc cuctl quier traza de podredumorel 0 e,tQr blandos 0 marcllil.·"" Ifrutos consadosl. Indcpcndienlemente SE' ad mite un 35 por 100 d8 frulos dcsprovtstos de su cauz. dl Calogoria Ill. ~ Numl)re de 1a locaJidad 0 zona de jJ!·oduccion. d) Caracteri~ti,as cUlncrciales. Se ad mite una toleraucia maxima del 10 por 100 en numero de frutes que corespondan al cattbrc inmediuta.nente infer-ior y/o sup"rior al mencionado rQ a los mencionados en <,1 case de agrupacion de trescolibresl en el marcado. POI' debajo de los calibres minimos de las escalas fiiadas la tolerancia del 10 per lOO se apltcara a fr-utos cuyos dtamotrcs no sean tntertores /I los mtrumos stguienta, 1. Para los productos prcscumdos en envases, cad", uno de enos debe Ilevar en el exterior, en carectcres Jcgihks e Indefe, bles, las indicaclones mas abajo mencionad"s, Agrup"das en uno de los lades del envase 0 'en Ie. tapa. a. Para, los productos prcsentados en mattes. dichBs indica. clones ftguraran en una ettqueta co;ocada de modo que no pueda desprenderse y que sea bien visible. 3. Para los productos prosentecce a gmnet en un medio de transporte. dichas lndlcacioncs f:guranin en un d'"cum"nto que ecompene a la rncrcancra. 4. Indicaciones. vr. To{ercmcif1s Defecto de coloracion. Defecto de forma. Corteza rugosa. Alteraciones eptdermfeas succrrscrutco cjcatrjzadas. Seperecron parcial del pertcarpio para las naronjee (ost., desprendimiento es normal para el grupo de mandarmast v -ctareta-. Falta de calix. El calibrado no es obliglltorio. pero sc> exig'e el cumplimi~n:o de 10 dispuesto en cuanto a cOllibres minimos. Se admito el granel en un medio de ti"llnSporte sieWpl"e que la altura de carga no supere a un metro. 4. Categoria Ill. Los rrutcs clasificados en esta calegoria deberaCi responder a las caracterfstrcas minlmas de calidad anteriormente definidas. Podran presentarse los stgujentes def.,o:;t.os, 3. Cateeorra IT. Esta cetegorte incluye frutos de ccucac comerclal que cum plan con las caracteristicas nuntmas antertormcnte defhidus. Podrfm presentar los siguientes dorectos, siempre que no p"r [udiquen de forma tmportente al uspecto general nl a Ia con tiervaci6n de un lote deter-rriinado: Defecto de coloracion. Defecto de forma. Corteza rugosa. Alteraciones eptdermtcas superrictaies ckatrlzadas senerecron ueera y. parcial del perfcnrp!o para las naran tes teste desprendimtento es normal para el grupo rte mendertnesr y -clareta•. EI calibrado es obligatorlo Sl?gun las oscalas rttaces, admtuen dose Ia agrupaci6n de basta tres calibres consecutrvos. La prescntaci6n sera la couventente. admltlendose el granel en un medio de transporte siempra que In altura de carga no Ilupere Q n.a metros y se respeten tanto los calibres mlnlmos (lorna et intarvalo maximo correspondlente a Ia agrupaclcn de tree calibres consecutivos. 1. 'I'olprancias de calidad. En. cada 'bulto 0 lole a granel SP admitiran t()leranda~ de caUdad y calibre para los frutos que no se ajusten a las con diciones establecidas. Los rrutos podnln presontar los slgnl-ntr-s ctd0ctOS. sicm!l!'(' Clue no arecten al aspccto general m " la cC>!l.,er\i\C;on de un lote determinado: Llgerc defecto de coloracion. Ligero defocto de forma. Ligeras atternciones do Ia picl pOT al"'luo dO' tnscctos 0 enfermedadcs. Ltgeras her-idas 0 rozadurEls ciCIlt.rjzadll~ 0 m,\gulladllra$ debidas todas elias a causes meciLnkas E\ cnltbrudo es obligtltorio segun las escalas ruettos. aclrni ueoeose la agrupacicn de hast" trcs ccubrcs consccuuvcs en el caso del envasadc en mallas. El onvasado sera obligator-io y la presontaclon cntoadose. no edmitiendose ~I traCisporte a. granet pan, frutos sucuos 0 ('I" mallas. 8) Categoria <:lxtra. Cinco por ciento en numero 0 en Pi'S,., de trutas que no c:orrespondan u las Cllracteristicas de esta c£l(egorill. pero qu., estt"n de acuerdo con las de Ill. catcgoria L Ind,~pl'!lcticntemenle 6e "dmitin'!. un 10 por toll de £rutos que hayan perdido su cli!iz. bl Categoria I. Diez por ciento en nllmero 0 en peso de fl·uLo~ quc no corres pond'ln a lD.s caracteris!.icas de e51.'! cal"~·:ll'i" pom C!j.Ie cstE'll de acuerdo Can las de la oategoria II h,d,'p~nr]ient('m['llte se admite un :/.ll por 100 de frutos dE'.c,provislos de su cilliz. d Categorja IT. Diez por ciento en nume.ro 0 en peso de frutas que no corres pondan a lns caracteristicas de 1£1. categoria pero que sean apmpiadol> para el consumo. Dentro de esta toleranda, como B'. O. Gel E.-Nom. 218 'II septlemfire 1972" 't6551 bntta. los rnenclcnedos datos de vcneded, calibre y cetegorre. La par-te de La mercancta oxpuesta al publtco sera represcn tanve. on tamano y oelldad, del conjunto del Iota. Art, ".' De acuerdo con 10 dispuesto on el articulo Cll'-lrto. apurtado "I, dol Decreto 2257/197«. de 21 de julio, IQ~ cvlor"~ de Ius et.quctus unnzaccs ell ,",,),(1)1. catexcrre Beran los st gU1Cl1\,'S' RaiD para 101. catcgoda extra, Vl'tlk p",r,,- 1,,- categoria I. Amarfilo pam la categoriu U. WalleD para III categorra HI. Arl 6," El control, comprobaclon y vigilancia de 10 dlspucs!c en b pr~scnte Orden sera compctenciu de los jI.·finistcrios de J\l':r;'~tlltlin. y Comerclc, a rreves de los organos adminhtrativos GOnr~p{)"dicntcs. I,,) que cr;muniCD a VV. EE. para su CO:10cirniento y d"mfls erc-u.s. n.os gollarde a VV. EE. !;ladrid 6 de septiembre de 1972. CARRERO Excmos. Sr"s. '\1inistros de Agricultura y df; ccmercro.