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قوانين إسبانيا

Orden de 5 de octubre de 1998 - Modifica el Real Decreto Nº 363/1995, Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas

صدر في 2000-10-05 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
إسبانيا
الموضوعات
Waste and hazardous substances
الكلمات المفتاحية
pollution control, hazardous substances, packaging/labelling, classification/declassification, access-to-information

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  1. ORDEN de 5 de octubre de 2000 por la que se modifican los anexos I, III, IV y VI del Reglamento sobre notificaci�n de sustancias nuevas y clasificaci�n, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo. El Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, aprob� el Reglamento sobre notificaci�n de sustancias nuevas y clasificaci�n, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Esta disposici�n se dict� de acuerdo con las normas comunitarias reguladoras de la materia, constituidas b�sicamente por la Directiva del Consejo 67/548/CEE, relativa a la aproximaci�n de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificaci�n, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Con posterioridad, las �rdenes de 13 de septiembre de 1995, de 21 de febrero de 1997, de 30 de junio de 1998, de 11 de septiembre de 1998, y de 16 de julio de 1999, han modificado los anexos I, III, V y VI del citado Reglamento, con el fin de incorporar a nuestro derecho interno las Directivas de la Comisi�n 93/101/CEE, 94/69/CE, 96/54/CE, 97/69/CE y 98/73/CE, respectivamente, que adaptan al progreso t�cnico la Directiva marco 67/548/CEE, antes citada, modificando sus anexos. La publicaci�n de la Directiva 98/98/CE, de la Comisi�n, de 15 de diciembre de 1998, por la que se adapta por vig�simo quinta vez al progreso t�cnico la Directiva 67/548/CEE del Consejo, relativa a la aproximaci�n de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, en materia de clasificaci�n, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas, hace necesario proceder a su transposici�n al ordenamiento jur�dico espa�ol lo que se lleva a cabo mediante la presente Orden, que se dicta de acuerdo con la habilitaci�n prevista en la disposici�n final primera del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo. En su virtud, a propuesta de las Ministras de Sanidad y Consumo, y de Ciencia y Tecnolog�a, o�dos los sectores afectados, dispongo: Art�culo 1. El anexo I del Reglamento sobre notificaci�n de sustancias nuevas y clasificaci�n, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, queda modificado en la forma siguiente: "a) El texto del pr�logo queda sustituido por el texto que figura en la parte I del anexo A de la presente Orden. b) Se sustituyen las correspondientes entradas por las que aparecen en la parte II del anexo A de la presente Orden. c) Se a�aden las entradas que figuran en la parte III del anexo A de la presente Orden. d) Se suprimen las entradas que figuran en la parte IV del anexo A de la presente Orden." Art�culo 2. Se a�aden dos nuevas frases de riesgos espec�ficas al anexo III (Naturaleza de los riesgos espec�ficos atribuidos a las sustancias y preparados peligrosos) del Reglamento citado en el art�culo 1, con la siguiente redacci�n: "R66. La exposici�n repetida puede provocar sequedad o formaci�n de grietas en la piel. R67. La inhalaci�n de vapores puede provocar somnolencia y v�rtigo." Art�culo 3. Se modifica el anexo IV (Consejos de prudencia relativos a las sustancias y preparados peligrosos) del Reglamento citado en el art�culo 1, de la forma siguiente: "a) Se a�aden dos nuevos consejos de prudencia con la siguiente redacci�n: S63. En caso de accidente por inhalaci�n, alejar a la v�ctima fuera de la zona contaminada y mantenerla en reposo. S64. En caso de ingesti�n, lavar la boca con agua (solamente si la persona est� consciente)." b) Se a�aden dos nuevas frases combinadas de consejos de prudencia, con la siguiente redacci�n: "S27/28 Despu�s del contacto con la piel, qu�tese inmediatamente toda la ropa manchada o salpicada y l�vese inmediata y abundantemente con... (productos a especificar por el fabricante). S29/35 No tirar los residuos por el desag�e; elim�nense los residuos de producto y sus recipientes con todas las precauciones posibles." Art�culo 4. Las modificaciones que establece el anexo B de la presente Orden, se introducir�n en el anexo VI (Criterios generales de clasificaci�n y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos), del Reglamento citado en el art�culo 1 de esta Orden. Disposici�n final �nica. La presente Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 5 de octubre de 2000. RAJOY BREY Excmas. Sras. Ministra de Sanidad y Consumo y de Ciencia y Tecnolog�a. (En suplemento aparte se publican los anexos que se citan)

Orden de 5 de octubre de 1998 - Modifica el Real Decreto Nº 363/1995, Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas · Nelum