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قوانين إسبانيا

Orden de 3 de marzo de 2000 - Modifica la Orden de 13 de junio de 1997, que regula las ayudas al sector cañero azucarero autorizadas por la Unión Europea

صدر في 2000-03-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
إسبانيا
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
subsidy/incentive
الفئات
agriculture

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  1. ORDEN de 3 de marzo de 2000 por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 1997 por la que se regulan las ayudas al sector ca�ero azucarero autorizadas por la Uni�n Europea. La Orden de 13 de junio de 1997, por la que se regulan las ayudas al sector ca�ero azucarero autorizadas por la Uni�n Europea, en su art�culo 5, fija las cuant�as m�ximas de subvenci�n para el cultivo de ca�a azucarera, dentro del l�mite fijado por la Uni�n Europea de 7,25 ecus por cada 100 kilogramos, establecido a su vez, en el art�culo 53.8, letra b), del Reglamento (CE) 2038/1999, del Consejo, de 13 de septiembre, por el que se establece la Organizaci�n de Mercados en el sector az�car. No obstante, al producirse alteraciones en las condiciones del mercado azucarero, se ha de proceder a aumentar la cuant�a m�xima de esta subvenci�n. Por otra parte, y tras la entrada en vigor de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que �nicamente reconoce potestad reglamentaria al Gobierno y a los Ministros, es preciso modificar la citada Orden de 1997. En el procedimiento de elaboraci�n de la presente disposici�n, han sido consultadas las Comunidades Aut�nomas y los sectores afectados. Esta Orden se dicta al amparo del art�culo 149.1.13.a de la Constituci�n, que atribuye al Estado, la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci�n de la planificaci�n general de la actividad econ�mica. En su virtud, dispongo: Art�culo �nico. Modificaci�n de la Orden de 13 de junio de 1997. 1. El art�culo 5 se sustituye por el texto siguiente: "Desde la zafra del a�o 2000 (campa�a azucarera 1999/2000) hasta la zafra del a�o 2001, inclusive (campa�a azucarera 2000/2001), la cuant�a m�xima de la ayuda, sin perjuicio de nuevas alteraciones, ser�: A las primeras 9.000 Tm: Hasta 660 pts/100 kg de az�car blanco o su equivalente. Entre 9.001 Tm y 15.000 Tm: Hasta 330 pts/100 kg de az�car blanco o su equivalente." 2. La disposici�n final primera se sustituye por el texto siguiente: "Se faculta a la Direcci�n General de Alimentaci�n para adoptar las medidas necesarias y dictar en el �mbito de sus atribuciones las resoluciones para el cumplimiento de lo establecido en la presente Orden." Disposici�n final �nica. Entrada en vigor. La presente Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 3 de marzo de 2000. POSADA MORENO Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentaci�n, Secretario general de Agricultura y Alimentaci�n y Director general de Alimentaci�n.

Orden de 3 de marzo de 2000 - Modifica la Orden de 13 de junio de 1997, que regula las ayudas al sector cañero azucarero autorizadas por la Unión Europea · Nelum