Orden APA/91/2002 - Modifica la Orden de 5 de diciembre de 2001, sobre medidas cautelares en relación con la sospecha de peste porcina clásica en Cataluña
صدر في 2002-01-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- إسبانيا
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- animal health, swine, pests/diseases, hygiene/sanitary procedures, transport/storage
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ORDEN APA/91/2002, de 24 de enero, por la que se modifica la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a. La notificaci�n de una sospecha de peste porcina cl�sica en la provincia de Barcelona hizo necesario adoptar, como medida cautelar, la prohibici�n del movimiento de animales de la especie porcina originarios de la Comunidad Aut�noma de Catalu�a, mediante la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a. La Comisi�n Europea, mediante las Decisiones 2001/863/CE y 2001/925/CE, ha adoptado las correspondientes medidas de protecci�n contra la peste porcina cl�sica. En estos momentos, de acuerdo con lo dispuesto en la Decisi�n 2002/31/CE, de la Comisi�n, de 14 de enero, relativa a determinadas medidas de protecci�n contra la peste porcina cl�sica en Espa�a y por la que se modifica la Decisi�n 2001/925/CE, las zonas afectadas son �nicamente las provincias de Barcelona y Girona, en la Comunidad Aut�noma de Catalu�a, por lo que debe modificarse en consecuencia el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2001. En consecuencia, se dicta la presente Orden de acuerdo con lo establecido en el art�culo 149.1.16.a de la Constituci�n, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci�n general de la sanidad. En su virtud, dispongo: Art�culo �nico. Modificaci�n de la Orden de 5 de diciembre de 2001. El texto del anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2001 por la que se establecen medidas cautelares en relaci�n con la sospecha de peste porcina cl�sica en Catalu�a, se sustituye por el siguiente: "ANEXO Zonas afectadas por la prohibici�n de movimiento Las provincias de Barcelona y Girona." Disposici�n final �nica. Entrada en vigor y aplicaci�n. La presente Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado" y ser� de aplicaci�n desde el d�a 16 de enero de 2002. Madrid, 24 de enero de 2002. ARIAS CA�ETE