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قوانين الإكوادور

Resolución Nº 9 - Estructura orgánica del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (ECORAE)

صدر في 2002-11-22 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Environment, Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
institution, ecosystem conservation, agricultural development, protected area, ecofriendly products/ecofriendly processes, biosphere reserves, governance

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  1. Resolución Nº 0009 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO PARA EL ECODESARROLLO REGIONAL AMAZONICO Considerando: Que mediante Ley 200-82 se reformó la Ley 010 que crea el Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónico y de Fortalecimiento de sus organismos; Que el artículo 6 del Reglamento del Directorio del ECORAE establece en su literal a) que son funciones del ECORAE, aprobar las políticas del organismo y el programa general de trabajo, las mismas que deberán ser propuestas por el Secretario Ejecutivo del instituto; Que el Art. 77 literal e) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, dispone que a las máximas autoridades de las instituciones del Estado les corresponde dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones; Que con fecha 21 de noviembre de 2002 el Secretario Ejecutivo presentó a consideración del Directorio del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico el documento base para la reingeniería institucional del ECORAE, mismo que fue aprobado y dispuesto la implementación del mismo; Que es necesario dictar la reglamentación adecuada para el desenvolvimiento de la institución; y, Que en uso de sus atribuciones legales, Resuelve: Expedir la siguiente Estructura Orgánica del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico -ECORAE-. TITULO PRIMERO MISION, VISION Y OBJETIVOS Art. 1.- MISION.- Diseñar y ejecutar una estrategia consensuada con los actores locales, nacionales e internacionales, basada en un sistema de evaluación y rendición de cuentas, para alcanzar el desarrollo humano sustentable de la Región Amazónica ecuatoriana. Art. 2.- VISION.- Ser un organismo líder, transparente y participativo que promueva con identidad amazónica el desarrollo humano sustentable de la región, fortaleciendo su integración al país y la cuenca, en un marco competitivo y descentralizado. Art. 3.- OBJETIVOS ESTRATEGICOS: · Propender que fracción del producto de las rentas generadas por la explotación petrolera se reinvierta a favor de las organizaciones sociales y la región, dentro de un marco de respeto al uso de los recursos naturales y a la inversión. · Promover una estrategia de integración de las redes fluvial, terrestre y aérea en la Región y Cuenca Amazónica para el fomento del comercio inter, intraregional e internacional. · Identificar la demanda turística nacional e internacional para promocionar y constituir a la Región Amazónica como destino turístico con participación empresarial y comunitaria. · Propender a mejorar la productividad y los canales de comercialización de los productos agrícolas, forestales y pecuarios aprovechando sus ventajas competitivas, mediante el uso adecuado del territorio amazónico. · Coordinar con los gobiernos locales la implantación de una estrategia integral de manejo de desechos sólidos, líquidos y provisión de agua segura en la Región Amazónica ecuatoriana. TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Art. 4.- Para el cumplimiento de la misión, visión y objetivos, el ECORAE estará integrado por los siguientes niveles: ß Directivo. ß Asesor. ß Apoyo. ß Técnico. CAPITULO I NIVEL DIRECTIVO Art. 5.- El Directivo estará integrado por: ß Directorio. ß Secretario Ejecutivo. CAPITULO II NIVEL ASESOR Art. 6.- El Nivel Asesor estará conformado por: ß Servicios de asesoría. CAPITULO III NIVEL DE APOYO Art. 7.- El Nivel de Apoyo, estará conformado por: ß Gerencia Financiera-Administrativa. CAPITULO IV NIVEL TECNICO Art. 8.- El Nivel Técnico estará conformado por: ß Gerencia de Planificación y Proyectos. ß Gerencia de Tecnología de la Información. ß Secretarias técnicas provinciales. DISPOSICION TRANSITORIA Art. 9.- La Secretaría Ejecutiva de la institución y el respectivo organismo competente, elaborarán y aprobarán el Estatuto Orgánico por Procesos. DISPOSICIONES FINALES Art. 10.- Déjase sin efecto la Estructura Orgánica, publicada en Registro Oficial No. 435 del 6 de mayo de 1994. Art. 11.- La Estructura Orgánica expedida mediante la presente resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en Registro Oficial. De la ejecución de la presente resolución, encárguese al Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico. Dado en la ciudad de Quito, a los veinte y dos días del mes de noviembre de 2002. Comuníquese y cúmplase. f.) Lourdes Luque de Jaramillo, Ministra del Ambiente, Presidenta del Directorio del ECORAE.

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