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قوانين الإكوادور

Resolución Nº 8 - Modifica la Resolución Nº 1, NTE INEN 935 sobre requisitos de la gasolina

صدر في 2010-01-29 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
oil, environmental standards, transport/storage, internal trade, standards, protection of environment
الفئات
energy

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النص

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  1. Resolución No. 008-2010 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACION Considerando: Que, está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad de 2007-02-08, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que, el Directorio del INEN, por recomendación del Subcomité Técnico de productos derivados del petróleo “Gasolina” y, a instancias de la Dirección Nacional de Hidrocarburos, PETROINDUSTRIAL y PETROCOMERCIAL se aprobó con el carácter de obligatorio con vigencia inmediata la NTE INEN 935 Gasolina. Requisitos (séptima revisión). Que, mediante Resolución No. 001-2010 de 2010-01-12, publicada en el Registro Oficial No. 118 de 2010-01-28, se oficializó con carácter de obligatoria con vigencia inmediata la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 935 GASOLINA. REQUISITOS (séptima revisión); Que, el Vicepresidente de PETROINDUSTRIAL, mediante oficio No. 0439 PIN-GOP-2010 de 2010- 01-29 dirigido al Presidente del Directorio del INEN indica que PETROINDUSTRIAL y PETROECUADOR no consideraron algunos detalles operativos y logísticos necesarios para la aplicación inmediata de la NTE INEN 935:2010 Gasolina. Requisitos (séptima revisión); Que de conformidad con la información proporcionada por la Dirección Nacional de Hidrocarburos y PETROECUADOR, para el caso de la gasolina extra y super sin adición de etanol, se requiere de al menos 60 días para adecuar las instalaciones de las refinerías y terminales; Que, existiría el riesgo de desabastecimiento de combustibles si no se prorroga la vigencia de la referida norma; Que, el Directorio del INEN en la sesión llevada a cabo el 29 de enero de 2010, luego de conocer la solicitud anteriormente indicada, y con la finalidad de evitar el desabastecimiento del combustible; y En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: Art. 1°.- Prorrogar la entrada en vigencia de la NTE INEN 935 (séptima revisión) Gasolina. Requisitos; al 1 de abril del 2010. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 29 de enero del 2010. f.) Dra. Verónica Flor, M.Sc., Presidenta del Directorio (E). f.) Ing. Bolívar Aguilera, M.Sc., Secretario del Directorio.

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