Resolución Nº 74 - NTE INEN 2 337 sobre requisitos de los jugos, pulpas, concentrados, néctares y bebidas de frutas y vegetales
صدر في 2008-05-19 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, fruits/edible nuts, vegetables/legumes, processing/handling, beverages
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Resolución N° 074-2008 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACION Considerando: Que, está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad de 2007-02-08, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que, el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de Reglamentación, Normalización y Metrología, ha formulado la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 337 JUGOS, PULPAS, CONCENTRADOS, NECTARES, BEBIDAS DE FRUTAS Y VEGETALES. REQUISITOS Que, en su elaboración se ha seguido el trámite reglamentario; Que, el Directorio del INEN en las sesiones llevadas a cabo el 14 y 28 de marzo del 2008, respectivamente, conoció y aprobó la indicada norma; Que, por disposición del Directorio del INEN, el Presidente del Directorio debe proceder a la oficialización con el carácter de VOLUNTARIA, mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: Art. 1o. Oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 337 (Jugos, pulpas, concentrados, néctares bebidas de frutas y vegetales. Requisitos), que establece los requisitos que deben cumplir los jugos, pulpas, concentrados, néctares, bebidas de frutas y vegetales para consumo directo. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 19 de mayo del 2008. f.) Ing. Marco Peñaherrera, Presidente del Directorio. f.) Felipe Urresta, Ing. Civil, M. Sc., Secretario del Directorio. MIC.- Certifico.- Es fiel copia del original.- Archivo Central.- f.) Ilegible.- 27 de mayo del 2008.