Resolución Nº 330 - NTE INEN 276 sobre requisitos de la margarina de mesa
صدر في 2012-12-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, oils/oilseeds/fats, processing/handling, agricultural commodities
- الفئات
- agriculture, softs
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Resolución No. 12 330 SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características”; Que mediante Ley No. 2007-76, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero de 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: “i) Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana”; Que mediante Resolución No. 11378 del 26 de diciembre de 2011, publicada en el Registro Oficial No. 623 del 20 de enero de 2012, se oficializó con carácter de Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 276 MARGARINA DE MESA. REQUISITOS (Tercera revisión): Que la Cuarta revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario; Que mediante Informe Técnico Jurídico contenido en la Matriz de revisión No. 182-ITJ-2012-N de fecha 28 de diciembre de 2012, se sugirió proceder a la aprobación y oficialización de la Cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 276 MARGARINA DE MESA. REQUISITOS; Que de conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad. En consecuencia, es competente para aprobar y oficializar con el carácter de OBLIGATORIA la Cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 276 MARGARINA DE MESA. REQUISITOS, mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la facultad de aprobar y oficializar las propuestas de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento general; y, En ejercicio de las facultades que le concede la Ley, Resuelve: ARTÍCULO 1.- Aprobar y oficializar con el carácter de OBLIGATORIA la Cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 276 (Margarina de mesa. Requisitos), que establece los requisitos que deben cumplir las margarinas de mesa destinadas a consumo humano directo. ARTÍCULO 2.- Las personas naturales o jurídicas que no cumplan con lo que establece la mencionada norma, serán sancionadas de conformidad con la ley. ARTÍCULO 3.- Disponer al Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 11 256 del 15 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 http://www.derechoecuador.com/2011/07%20julio%202011/REG.%20OF.%20julio%2026%20No.%20499-2011.doc#No11256 del 26 de julio de 2011, publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 276 (Cuarta revisión), en la página web de esa institución, www.inen.gob.ec. ARTÍCULO 4.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE INEN 276 (Cuarta revisión) reemplaza a la NTE INEN 276:2012 (Tercera revisión) y entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 28 de diciembre de 2012. f.) Mgs. Ana Elizabeth Cox Vásconez, Subsecretaria de la Calidad. MIPRO.- MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- Certifico es fiel copia del original.- Firma: Ilegible.- Fecha: 11 de enero del 2013. http://www.derechoecuador.com/2011/07%20julio%202011/REG.%20OF.%20julio%2026%20No.%20499-2011.doc#No11256 http://www.inen.gob.ec/