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قوانين الإكوادور

Resolución Nº 179 - Acta de retención de productos forestales, equipos, herramientas, medios de transporte y productos diferentes de la madera

صدر في 2008-09-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
forestry protection measures, timber extraction/logging, timber, non-wood forest products, offences/penalties, legal proceedings/administrative proceedings, data collection/reporting, forest management/forest conservation

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  1. Resolución No. 179 EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Considerando: Que, de conformidad al artículo 5 literal d) de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y de vida Silvestre, se establece como uno de los objetivos del Ministerio del Ambiente, el fomentar y ejecutar las políticas relativas a la conservación, fomento, protección, investigación, manejo, industrialización y comercialización del producto forestal a si como de las áreas naturales y de vida silvestre; Que, el artículo 43 de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre señala que esta Cartera de Estado supervigilará todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización de materias primas forestales; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1186, publicado en el Registro Oficial No. 384 de fecha 18 de julio del 2008, se expidió la reforma al Libro III del Régimen Forestal del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3516, publicado en el Registro Oficial No. E-2 del 31 de marzo del 2003; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 223 del decreto antes señalado, el contenido del acta de retención será establecido por la Dirección Nacional Forestal; Que, la Dirección Nacional Forestal ha remitido el formato de Acta de Retención de productos forestales, equipos, herramientas, medios de transporte y productos diferentes a la madera; y, En ejercicio de sus atribuciones descritas en el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política del Estado y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Resuelve: Art. 1.- Expedir el acta de retención de productos forestales, equipos, herramientas, medios de transporte y productos diferentes de la madera constante en el Anexo 1 de esta resolución. Art. 2.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a la Dirección Nacional Forestal y distritos regionales del Ministerio del Ambiente. Comuníquese y publíquese. Dado en Quito, a 19 de septiembre del 2008. f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente. ANEXO 1 ACTA DE RETENCION DE PRODUCTOS FORESTALES, MEDIOS DE TRANSPORTE, EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y PRODUCTOS DIFERENTES A LA MADERA N°................. En...........a los.........días del mes de.............de.............a las...........horas, los suscritos............................................................., nos constituimos en el sitio............parroquia.............., cantón............, provincia............, con el objeto de proceder a la retención de: 1.- Productos forestales y/o productos diferentes de la madera Producto Especie Dimensiones(cm) N° Piezas Volumen Movilizado m3 Largo Ancho Espesor Total 2.- Medios de transporte, equipos y herramientas Marca Modelo/año Color Estado Placa Propietario Chasis/serie/ motor Los bienes detallados, en los anteriores cuadros se encontraban en poder del señor/es..............., con cédula de ciudadanía ......................, en circunstancias que estaban siendo: .........................………………………………………………............…… 3.- El motivo de la retención: ……………………………………………………......................................................................... ……………………………………………………………………………………………………… ………………….............… En contravención a las disposiciones pertinentes de la Ley Forestal, al Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, y demás normativas vinculantes. 4.- Los bienes retenidos permanecerán en............................, bajo la custodia de............................., hasta que el Jefe del Distrito Regional-Forestal...................................resuelva su custodio permanente, mientras dura el proceso hasta su resolución. 5.-Nombres y Firmas de Responsabilidad Supervisor o Guardia Forestal Custodio Transportista o Responsable UPMA o FF.AA UPMA o FF.AA UPMA o FF.AA 6.- Procedimiento de Cubicación Volumen estéreo y/o sólido l = h = a = Volumen de trozas D = d = l = F = Factor de conversión Volumen total Observaciones Nombre y firma responsable

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