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قوانين الإكوادور

Resolución Nº 136 - NTE INEN 1 334-1 sobre rotulado de productos alimenticios para consumo humano

صدر في 2011-05-20 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
agricultural commodities, packaging/labelling, standards

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  1. Resolución No. 11 136 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Considerando: Que está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad de 2007-02-08, promulgada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que de conformidad con la ley mencionada en el considerando anterior, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; Que con Acuerdo Ministerial No. 10 551 de 29 de diciembre del 2010, se delega a la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnología del MIPRO todas las atribuciones, deberes y obligaciones asignadas al Ministerio de Industrias y Productividad mediante Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad modificada por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; Que mediante Resolución No. 090-2008 de 2008-07-24, publicada en el Registro Oficial No. 403 de 2008-08-14, se oficializó con carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334 1 ROTULADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO HUMANO. PARTE 1. REQUISITOS (segunda revisión); http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com content&view=article&id=6259:registro-oficial-no-481-jueves-30-de-junio-de-2011&catid=349:junio&Itemid=610#N 11136NTEINEN13341 Que mediante Resolución No. 009-2010 de 2010-03-05, publicada en el Registro Oficial No. 152 del 2010-03-17, se cambió su carácter de OBLIGATORIA A VOLUNTARIA; Que la tercera revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario; Que la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica del Ministerio de Industrias y Productividad, conoció y aprobó la tercera revisión de la indicada norma; Que por disposición del Ministerio de Industrias y Productividad, el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica, debe proceder a la oficialización con el carácter de VOLUNTARIA, mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: ARTÍCULO 1.- Oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la tercera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334-1 (Rotulado de productos alimenticios para consumo humano. Parte 1. Requisitos), que establece los requisitos mínimos que deben cumplir los rótulos o etiquetas en los envases o empaques en que se expenden los productos alimenticios para consumo humano. Esta norma se aplica a todo producto alimenticio procesado, envasado y empaquetado que se ofrece como tal para la venta directa al consumidor y para fines de hostelería. ARTÍCULO 2.- Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334-1 (tercera revisión) reemplaza a la NTE INEN 1 334-1:2008 (segunda revisión) y entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 20 de mayo del 2011. f.) Mgs. Edgar Bayardo Flores Tapia, Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica. MIPRO, MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- Certifico.- Es fiel copia del original.- Archivo Central.- Firma: Ilegible.- Fecha: 20 de mayo del 2011.

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