Resolución Nº 135 - NTE INEN 1 108 sobre requisitos del agua potable
صدر في 2011-05-20 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Food and nutrition, Water
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, potable water, transport/storage, water supply
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Resolución No. 11 135 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Considerando: Que está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad de 2007-02-08, promulgada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que de conformidad con la ley mencionada en el considerando anterior, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; Que con Acuerdo Ministerial No. 10 551 de 29 de diciembre del 2010, se delega a la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnología del MIPRO todas las atribuciones, deberes y obligaciones asignadas al Ministerio de Industrias y Productividad mediante Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad modificada por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; Que mediante Resolución No. 111-2009 de 2009-11-27, publicada en el Registro Oficial No. 111 de 2010-01-19, se oficializó con carácter de obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 108 AGUA POTABLE. REQUISITOS (tercera revisión); http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com content&view=article&id=6259:registro-oficial-no-481-jueves-30-de-junio-de-2011&catid=349:junio&Itemid=610#N 11135NTEINEN1108 Que mediante Resolución No. 009-2010 de 2010-03-05, publicada en el Registro Oficial No. 152 del 2010-03-17, se cambió su carácter de OBLIGATORIA A VOLUNTARIA; Que la cuarta revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario; Que la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica del Ministerio de Industrias y Productividad, conoció y aprobó la cuarta revisión de la indicada norma; Que por disposición del Ministerio de Industrias y Productividad, el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica, debe proceder a la oficialización con el carácter de VOLUNTARIA, mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: ARTÍCULO 1.- Oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la cuarta revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 108 (Agua potable. Requisitos), que establece los requisitos que debe cumplir el agua potable para consumo humano. Esta norma se aplica al agua potable de los sistemas de abastecimiento públicos y privados a través de redes de distribución y tanqueros. ARTÍCULO 2.- Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 108 (cuarta revisión) reemplaza a la NTE INEN 1 108:2010 (tercera revisión) y entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 20 de mayo del 2011. f.) Mgs. Edgar Bayardo Flores Tapia, Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica. MIPRO, MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- Certifico.- Es fiel copia del original.- Archivo Central.- Firma: Ilegible.- Fecha: 20 de mayo del 2011.