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قوانين الإكوادور

Resolución Nº 101 - NTE INEN 2 513 sobre requisitos para el desguace de vehículos

صدر في 2009-11-27 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Waste and hazardous substances
الكلمات المفتاحية
waste management, standards, waste non-domestic sources, solid waste, waste disposal, recycling/reuse

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النص

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  1. Resolución No. 101-2009 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACION Considerando: Que está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad del 2007-02-08, promulgado en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de Reglamentación, Normalización y Metrología, ha formulado la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 513 chatarra metálica. desguace de vehículos. requisitos; Que en su elaboración se ha seguido el trámite reglamentario; Que, el Directorio del INEN en las sesiones llevadas a cabo el 28 de agosto y 13 de octubre del 2009, respectivamente, conoció y aprobó la indicada norma; Que, por disposición del Directorio del INEN, el Presidente del Directorio debe proceder a la oficialización con el carácter de voluntaria, mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: Art. 1o. Oficializar con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 513 (Chatarra metálica. Desguace de vehículos. Requisitos), que establece los requisitos para el desguace de vehículos completos, abarcando los procesos necesarios para reciclar y/o procesar la mayor cantidad de sus componentes, aplicable a los centros de acopio y a toda persona natural o jurídica que realice el desguace de vehículos de transporte de personas y/o carga, equipo caminero y maquinaria agrícola. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 27 de noviembre del 2009. f.) Eco. Andrés Robalino, Presidente del Directorio. f.) Ing. Bolívar Aguilera, M.Sc., Secretario del Directorio. MIC.- Certifico que es fiel copia del original.- Archivo central.- f.) Ilegible.- 27 de noviembre del 2009.

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