Ley Nº 73 - Modifica la Ley reformatoria de la Ley de régimen del sector eléctrico
صدر في 2007-01-05 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, contracts, institution, legal proceedings/administrative proceedings, non-governmental entity, policy/planning, governance
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النص
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1. Tres representantes del Presidente de la República, uno de los cuales presidirá el Directorio, según decida el Presidente de la República;
2. El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, o su delegado;
3. El Secretario General de la SENPLADES;
4. Un representante de las Cámaras de la Producción, que contará con su respectivo suplente; y,
5. Un representante de los trabajadores del sector eléctrico, que contará con su respectivo suplente. Este Directorio estará en funciones hasta ser reemplazado por el nuevo Directorio seleccionado de conformidad con esta Ley. OCTAVA.- Una vez que esté integrado y posesionado el nuevo Directorio del CONELEC, en forma inmediata procederá a elaborar y aprobar el Reglamento señalado en el artículo 7, primer inciso de esta Ley; la elaboración y aprobación de dicho Reglamento no podrá superar el plazo de treinta días a partir de la fecha de su posesión. Aprobado el Reglamento interno señalado precedentemente, el proceso de selección, designación y posesión del nuevo Director Ejecutivo, concluirá en un plazo máximo de sesenta días. Mientras dure el proceso de selección, designación y posesión del nuevo Director Ejecutivo del CONELEC, el directorio provisional al que se refiere la séptima disposición transitoria, designará a un Director Ejecutivo Interino.". Art. 2.-¬ La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Dada, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis. f.) Dr. Wilfrido Lucero Bolaños, Presidente f.) Dr. Daniel Granda Arciniegas, Secretario General. Palacio Nacional, en Quito, a cinco de enero de dos mil siete. Promúlguese: f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional de la República. Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO. f.) Dr. Diego Regalado Almeida, Subsecretario General de la Administración Pública.