Decreto Nº 1.681 - Recambio a tecnologías eficientes en iluminación en la Administración Pública
صدر في 2009-04-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, environmental standards, ecofriendly products/ecofriendly processes, environmental impact assessment (EIA), standards, protection of environment
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النص
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Art. 1.- Las entidades y organismos que conforman la Administración Pública Central e institucional de la Función Ejecutiva realizarán el recambio a tecnologías eficientes en iluminación. Para el efecto, estructurarán e implementarán programas de difusión, dirigidos a todo su personal, para enseñar la buena práctica diaria del uso racional de la energía.
Art. 2.- En todas las entidades y organismos que conforman la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva se conformará un Comité de Eficiencia Energética, que será presidido por el funcionario administrativo de más alto rango, con la finalidad de organizar e implementar medidas de ahorro energético y estará en coordinación con la Dirección Nacional de Eficiencia Energética del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable.
Art. 3.- El costo de implementación y ejecución de las medidas de eficiencia energética serán aplicados a los correspondientes presupuestos institucionales de cada entidad. Disposición Transitoria.- Se establece como tiempo límite para la implementación total de lo dispuesto en el presente decreto ejecutivo, de doce meses a partir de su vigencia, para lo cual, el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable emitirá los lineamientos técnicos necesarios para la implementación de los programas de eficiencia energética. Art. Final.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese al Ministro de Electricidad y Energía Renovable. Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de abril del 2009. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. f.) Alecksey Mosquera Rodríguez, Ministro de Electricidad y Energía Renovable. Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 21 de abril del 2009. f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.