Decreto Nº 1.470 - Modifica el Decreto Nº 338, Reglamento sustitutivo para la regulación de los precios de los derivados de hidrocarburos
صدر في 2008-12-03 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- oil, internal trade, legal proceedings/administrative proceedings, energy conservation/energy production, fees/royalties, transport/storage
- الفئات
- energy
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Decreto Nº 1470 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Considerando: Que de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Hidrocarburos le corresponde al Presidente de la República regular los precios de venta al consumidor de los derivados de los hidrocarburos; Que mediante Decreto Ejecutivo No. 338, publicado en el Registro Oficial No. 73 de 2 de agosto del 2005, se expidió el Reglamento sustitutivo para la regulación de los precios de los derivados de hidrocarburos; y, En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 72 de la Ley de Hidrocarburos, en concordancia con el numeral 5 del artículo 147 de la Constitución de la República; y, la letra f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Decreta: Expedir la siguiente reforma al “REGLAMENTO SUSTITUTIVO PARA LA REGULACION DE LOS PRECIOS DE LOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS” expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 338 de julio 25 del 2005, publicado en el Registro Oficial No. 73 del 2 de agosto del 2005. Art. 1.- Luego del artículo 8, agréguese el siguiente artículo innumerado: “Art. ...- Las embarcaciones privadas para uso particular y de pesca deportiva, a nivel nacional, de bandera nacional o extranjera, deberán pagar los precios del mercado internacional.”. Art. Final.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 3 de diciembre del 2008. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. f.) María Elsa Viteri Acaiturri, Ministra de Finanzas. f.) Derlis Palacios Guerrero, Ministro de Minas y Petróleos. Es fiel copia del original.- Lo certifico. Quito, 4 de diciembre del 2008. f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.