تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين الإكوادور

Acuerdo Nº MAP-SRP-2018-0102-A ─ Plan Nacional de Control de Recursos Pesqueros

صدر في 2018-05-11 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
policy/planning, marine fisheries, legal proceedings/administrative proceedings, fishing authorization, prohibited fishing area, cartilaginous fishes, port State measures, data collection/reporting, bycatch, fish products, fishery management and conservation, high seas, foreign fishing, Illegal unreported and unregulated fishing (IUU fishing), authorization/permit, maritime zone

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. “las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución” Que, “el Ministro del ramo queda facultado para resolver y reglamentar los casos especiales y los no previstos que se suscitaren en la aplicación de esta ley”; el Ministerio del ramo será el encargado de dirigir y ejecutar la política pesquera del país, a través de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros”; “Las actividades de la pesca, en cualquiera de sus fases, podrán ser prohibidas, limitadas o condicionadas mediante acuerdo expedido por el Ministro del ramo cuando los intereses nacionales así lo exijan” (...) El Ministerio de Acuacultura y Pesca, en su calidad de Ministerio Sectorial, será el rector y ejecutor de la política de acuacultura y pesca, en tal virtud, el encargado de formular, plani car, dirigir, gestionar y coordinar, la aplicación de directrices, planes, programas y proyectos de dichos sectores”. Expedir el Plan de Acción Nacional, Ecuador para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada, bajo los principios establecidos en el ordenamiento jurídico nacional, del cual forman parte las normas de ordenamiento pesquero emitidas por los organismos internacionales del cual Ecuador es parte “Informe de Pertinencia sobre la elaboración del Plan Nacional de Control Pesquero” la Dirección de Control Pesquero, considera procedente la elaboración del Acuerdo ministerial que expida el Plan Nacional de Control Pesquero, con el objetivo principal de prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR a través de la ejecución de actividades que incorporan la gestión de control a partir de la trazabilidad, vigilancia, seguimiento y operativos, teniendo como marco la normativa pesquera vigente, tomando como referencia lo estipulado en el Plan de Acción Nacional, Ecuador para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada. Informe de Pertinencia Plan Nacional de Control Pesquero” “ “la implementación de Plan Nacional de Control Pesquero”. do calidad de Ministerio Sect de la política de acuacul gado de formu ar, la apli oyecto de la n ser proh ante acuerdo expe los intereses nacion El Ministerio dad de Ministerio Sectorial, se política de acuacultura y pesca, formular, plani car, dirig d did onales El Minis ades de drán dian lo isterio de Acua d de Ministerio Sectorial, mita r el M sí lo exi das o nistro ra a el erso cerán an atrib coordin efectivo la Constitu Ministro del ntar l “las institu dencias, las servi onas que actúen en vi solamente las comp uidas en la Consti nar acciones para el cumplim o el goce y ejercicio ons do virtud mpetencias stitución y la r acciones para el cump el goce y ejerc “ nden son s bu inar acciones para el cumplimien ivo el goce y ejercicio de los d stitución” sta o serv una pote facu o, sus idores el ultad Tendrán de sus s d pesca i Ecu ilegal ren ador la no cia lo a, segu ormati es con imien iv ció trol s Per inenc a p clarada a sobre ro” ón de Control Pesque oración del Ac cional de C e prev os int e la elaboración del P de Control Pesquero, consid del Acuerdo ministerial q a elaboración d mas de nismos re la elaboración del Plan Naci l al nforme e Documento rmado electrónicamente rma o el óniccam nte MINISTERIO e: ACUACUL TURA Y PESCA SUBSECRETARIA O RECURSOS PESQUEROS ~~ PLAN NACIONAL DE CONTROL PESQ ERO ~~<S◊'v90~ Jo ~se<>~ Versión Nº O ) Contenido PRÓLOGO ESQUEMA GENERAL DE CONTROL DE LOS RECURSOS PESQUEROS 1. ANTECEDENTES ~ CONTEXTO, MARCO NORMATIVO '\.-~ :\.<\.-~ ,<'\o 2. PROPÓSITO ~\., ~y 3. OBJETIVOS a -:S. s r\J ~ 7 OBJETIVO GENERAL ~ o'\'." ,ó V OBJETIVOSESPECIFICOS -<",<;..~ V 4. LCANC ')V 5. AUTORTDADES MINISTERIO D,E ACUACUL TURA Y PESCA: GESTIÓN DE RECURSOS PESQUEROS GESTIÓN DE CONTROL DE RECURSOS PESQUEROS. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y NIVELES DE PRIORIDAD RECURSOS Y ACTIVIDADES PARA EL CONTROL DE LOS R CURSOS PESQUEROS 6. RECURSOS PARA EL CONTROL, MONITOREO Y VIGILANCIA DE LA ESCA RECURSOS H MANOS ~ <\., '\ ~ 7. MEDIOS LOGISTICOS DE CONTROL 8. CALIFICACIÓN DE INSPECTORES Y OBSERVADORES DE CONTROL 9. CONTROL DE ACTIVIDADES ESTRATEGIAS PARA EL CONTROL D,E LOS R CURSOS PESQUEROS 10. OBJETI OS Y-PRIORIDADES 11. PUNTOS DE REFERENCIA FASES DE LA ACTIVIDAD PESQUERA. DEFINICIÓN DE PESQUERÍA: DEFINICIÓN, CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS ARTES DE PESCA UTILIZADAS EN EL ECUADOR: PUERTOS AUTORIZADOS PARA t DESE BARQUE D ,RECURSOS PESQUEROS. EVALUACIÓN Y DIRECCIÓN 12. REVISIÓN OPIACIÓN PRÓLOGO El Plan Nacional de Control Pesquero del Ecuador (PNCP1Ec) contiene los mecanismos necesarios para fortalecer la eficienct de1 con rol de la actividad pesquera en Ecuador y coadyuva a ptimizar el-aprovechamiento de los recursos pioacuátic0s e as fases e extracoió 1 procesamiento y comercialización, minimizando los impactos I ecosístema y facilitando el acceso ordenado a la pesca artesa al e industrial. L: im orta□cia téeníca y de gestión del P CP-Ec radica en el mejoramiento del esem eño el control y el ordenamiento de las prácticas en pesca ajustados a las normativas vigentes, que incluye la responsabilidad del país en la suscripción de Acuerdos Internacionales, así mismo, la coherencia y correspondencia con los documentos rectores del desempeño del Estado y sus organismos, contenidos en el Plan Nacional del BueQ Vi ir objetivos 2 y 1 O y cuyas metas hacen relación a la erradicació de ~a pobreza, la.garantía de acceso a la soberanía alimentar1p, wese ac19n esta6 e de las fuentes hidrológicas y el a arte al e mbi de la ma riz productiva. Apunta a estructurar de m é1o duradero, el sistema de control en vías y espacios acuáticos, emb caciones uertos, fronteras y plantas procesadoras. El Ecuador requiere profundizar el trabajo contra la pesca ilegal, ent ndida como una práctica desleal, cuyo castigo implica prohibición de la entrada de nuestros productos en el mercado mundial; sin embargo, nuestros esfuerzos como país en el cumplimiento de normativas internas, acuerdos y convenios internacionales, deben ser fortalecido , solo así podremos aportar al desarrollo económico sostenible el PNCP-Ec aplicado consecuentemente- es una herramieota útil para tal pr-0pósito: la sustentabilida del recurso. Por eso enfatizamos las dos líneas.--que pan direcci nalidad y rumbo a la gestión del PNCP-Ec: "El ordenamiento para promover la pesca como ~cti i ad sustentab~ para la conservac1óp de nuestros recursos acuáticos y el contrnl, monitoreo y trazabilidad para prevenir, desalentar y e irrnnar la pesca ilegal". ESQUEMA GENERAL E 6NTR RECURSOS PESQUEROS "" 1. A TE EDENTES El Ecuador es yn país responsable en el manejo y conservación de los recurso vivos y sus ecosistemas la preocupación de la pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR), así como por sus efectos adversos sobre las pobla iones de peces, los ecosistemas mar1inos, los medios de vida de los pescadores legalmente registrados y la creciente necesrdad de seguridad alimentaria a nivel gl.obal de garantizar qu as personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la a · osuficiencia de alimentos sanos y culturalmente aprop·ados de f • a ermanente. El Ecuador, en la obli~aciólil de establ.ece y aplicar medidas de precaución y restri ción para las actividades que pueden conducir a la extinción de especies, 1 destrucción de los ecosis emas o la alteración permanente de los ciclos naturales que garanticen la autosuficiencia de alimento sano y culturalmente apropiado de forma permanente, adopta lo establecido en el numeral 25 der Plan de Acción Internacional - INDNR y desarrolla el Plan de Acción Nacional para Prevenir, Desalentar y Eflminar la Pesca Ilegal No Decl:arada y No Reglamentada, (PAN-INDNR). CONTEXTO, . ARCO NORMATJ O La administración de las Pescfu rías y Acúic ultura e11 Ecuador se rige por la Ley de Pesca y Desarrollo Resquero, mitida ,e 1 nte Decreto Ley 178 y publicada en el Registro Oficial 497 del 1 de febrero de 1'974 y sus modificaciones posteriores publica, das ,en el Registro Oficial 252 el 19 de agosto de 1985. La Ley Orgánica del Régimen Especial de <Balápagos (LOREG) es el marco legal establecido para el áreá de, Galápagos incluyendo su Reserva Marina. a. Constitución de la Repúb: lica del E,c1..1 '\ La Constitución de la Repó:b ica señala: ículo 14 "Se reconoo el derecho de rd población a vivir en un ambiente sano y ecológioamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el Buen Vivir. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrim n ·o genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espadas naturales degradados. " Artículo 73: 'El Estado aplicará medidas de precaución y restric ión para las actividades que puedan conducir a la extinción d · species, la destrucción de ecosístemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material rgán ico e inorgánico que puedan alterar de manera deflniti a el patrimonio genético nacional." · ículo 406: "El Estado egulara la conservación, manejo y uso sustentable, recuperació , y limitaciones e dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; en re ot os, /os páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales ecos y húmedos y manglares, ecosistemas--marinos y marinos-costeros." b. Convenios Internacionales. Ecuador es miembro cooperante y es miembro no cooperante e los siguientes Convenios Internacionales: • La Convención de las Naciones Unidas sobe e Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982. - Adherido • Acuerdo de Nueva Yo(k (Acue do sobr la 9plicación de las disposidones e la C<,mvenciq de l~s Na iones Unidas sobre el derech del mar de 1 O ae diciembre de 1982, rel:ativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migrntorfos). Adherido • Código de Conducta para la nsable. - Cooperante • Convención sobre el C-qmercio lnte nacional de Especies Amenazadas de Rauna y Flora Sili;,estres (CITES). - Adherido Conven íón sobre la Conservac'ón e las Especies Migratorias de Animale s Silvestres (CM~. Ad erido • Acuer:do sobre la Conservapíón de Albatros y Petreles. - Adherido • Convención lnteramericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT). -Adherido • Organización Mundial del Comercio (OMC). - Adherido • Comisión lnteramericana del Atún Tropical (CIAT)v- Miembro • Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Centra (W ?FC). Cooperante • Organización para el Ordenami nto · es uero el Pacífico Sur (SPRFMO). - Miembro APICD. - Miembro c. Leyes y Regramentos Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero: Tiene por objeto regular el sector pesquero y de acuacultura a través de disposiciones que permitan al Estado, fomentar, promover, desarrollar y regular las aotiviúades de pesca, la acuicultura y actividades conexas, basad,0 en los ¡:¡rincipios rectores que aseguren la producci n, la conservación, e con rol, la adminis ración, el fomento, la · vestigacrón y el a~rovechamiento responsable y sostenible de los recursos. espe-cto a la institucionalidad sectorial y resp0nsabilidades establece: Artículo 3.~ "Para efectos de la investigación, explotación conservación y protección de los recursos bioacuáticos se estará a los e tablecido en esta Ley, en los Convenios Internacionales de los qu ea parte el Ecuador y en los principios g e- Cooperación te nacional". Reglamento a la Le de Pesca y Desarr9ll0 Pesq ero, del 24 de octubre del 2002, y reform do eJ l9 de fe ero del 2016 Cabe menc·onar que as nor atívas e Ecuador emita y la adhesión a los Convenios y T atados Internacionales., 'relacionadas a la actividad pesquera, des ues de la publicación del lan Nacional de Control Pesquero, serán consideradas como herramientas para su aplicación. 2. PROPÓSITO El Ministerio de Acuacultura y Pesca, a través de la Subseoretaría de Recursos Pesqueros (SRP) y sus direcciones téc icas e encargan de controlar la actividad pesquera en cad una de tfs fases. El Plan N cional de Control Pesquero .,del ,Ecuador (PNC propósito de establecer directtices para gara tizar fo trazabilidad de los pr duetos pesqueros y condotar de aner más eficiente a todos los actores vinculados con la actividad pesquera esta leciendo sitios de descarga que serán con rolados por los inspecto es de pesca a nivel nacional, utilizando herramientas tecnológicas como el Sistema Integrado de Acuacultura y Pesca (SIAP), Centro de Monitoreo Satelital (CMS), manuales de procesos adecuados para real izar acciones estandarizadas, actualizaciones de normativas pesqueras que ayudan a prevenir, desalentar y elí inar la pesca INDNR, asegurando la protección, conseNación, a rovechamiento sustentable de los recursos hidrobiológicos en toao el territorío nacional. 3. OBJETIVO OBJETIVO GENERAL Prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR a través de la ejec ución de actividades que incorporan la gestión de control a partir de la, trazabilidad, vigilancia, seguimiento y operativos, teniendo corno reo la normativa pesquera vigente. OBJETIVOS ESPECÍFI 1. :Stablecer acciones dirigidas -a prevenir, mitigar e interrumpir, eventos que afecten a la actividad pesquera. 2. Apeyar y acilitar el cumplimiento de la normativa pesquera vigente, a través de campañas de socialización de las medida~ de ordenamiento, normas y procedimientos pesqueros. 3. Fortalecer el modelo sistémico de trazabilidad como parte de la estrategia de control a los actores pesqueros. 4. Autorizar los puertos y fac·lídades que erán destinadas para la descarga de productos pesquems e todo el territorio ecuatoriano, con la finalidad preveni activrqades ligadas a la pesca INDNR. El Plan Nacionfl) de Control Pesquero es de aplicación a la actividad pesquera y sus actividades conexas, realizadas en el territorio ecuatoriano. Es de aplicación también para embarcaciones de baq e a nacional involucradas en actividades de pesca e investigación, realizadas en alta mar y/o con licencia para operar en aguas suj'etas a Já jur[saic ·ón de otros Estados. Así mismo aplica para e barca ione cL tercero pais-es involucrados en actividades pesqueras y que des . en o, erar en agl.Jas jurisdiccionales del Ecuador. 5. AUTORIDADES MINISTERIO DE ACUACUL TURA Y PESCA: El Ministerio de Acuacultura y Pesca fue creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 6, emitida por el Presiden e coh fecha 24 de mayo 2017; y mediante Acuerdo Ministe ial Nº 013 emitido por la Ministra con fecha 25 de agosto 2016, se crea e Estatuto Orgá ico de G stión Organizacional por Procesos del MAP, e el cual.-se encuentran las responsabilidades y atribuciones de la Ges ión de Control Pesquero. GESTIÓN DE RECURSOS PESQUEROS Responsable: Subsecretario/a de Recursos Pesqueros. Misión: Desarrollar, direccionar, articular y promover la gestió estratégica para la elaboración aplicación de las políticas, planes y programas, para la regulación , fomento y aprovechamiento susten\able de as pesquerías naciona'les. en todas las fases, en pro de fortalecer los hLveles de vida del sector, esquero y el desarrollo plepo de 1a industria, generando productos del alto valor agregado y cálida,d, entabilidad económica y social. GC:STIÓN DE CONTROL DE.RECURSOS PESQUEROS. Responsable: Director/a de Control de Recursos Pesqueros. Misión: Controlar la actividad pesquera en cada una de sus fases, mediante el cumplimiento permanente de las leyes, reglamentos, normas, políticas pesqueras y ambientales vigentes, para garantiza la protección, conservación y aprovechamiento sustentable de los recu sos hidrobiológicos en todo el territorio nacional. > • Líder de lnspectoría: Recurso humano dedicado a coordinar el trabajo de los Inspectores de Pesca. • Inspector de Pesca: Es el recurso humano edicado a efectivizar el cumplimiento de I s normativas or enamiento de la actividad pesquera, a través del monítoreo y control. GESTIÓN DE POLÍTICAS Y ORDENAMIENTO PESQUERO. Responsable: Director/a de Políticas y Ordenamiento Pesquero. ,; Misión: Diseñar propuestas de políticas, estrategias, normas e ihstrumentos técnicos que contribuyan a garantizar el aprovechamie o y la explotación de los recursos pesqueros por parte d a flota pesquera e ndustria nacional 1 de forma sostenible y res onsabl . GESTIÓN DE PESCA ARTE AN Res onsabíe: Director/a de Pesca Arte -anal Misión: Desarrollar y ejecutar planes, programas, proyectos y asistencia técnica para fortalecer la actividad pesquera con valor agregado a la pesca, alternativas de producción, estrategias de comercialización, formalización y regularizaeión al sector pesquero artesanal 1 mejorando las capacidades tecnica y micro empresariales de los actores de la pesca y su núcleo familiar, contribuyendo el crecimiento socioeconómico y cultural de d1cho s,ector. Gº ~~ e<>~ G~~~~ \) ~~\,> ,,,, '\)e'º* GESTIÓN DE PESCA INDUSTRIAL ~◊ 90 Responsable: Director/a de F>esca Industrial'. ~ :\ ~ Misión: Gestionar el desarrollo de !la actividad pesquera industrial mediante la validacjó verificación de la informac'ón técnica relativa a la autorización y operación de I flota pesquera industríal ecuatoriana, la certificación de la legalidad de la pesca capturada, así como la verificación y certificación de la trazabilidad en ra cadena de transformación de los productos pesqueros y su posterior comercialización a los mercados internos e internacionales, impulsando el manejo sustentable de los recursos pesqueros así como el cumplimiento de las normativas y regulaciones pesqueras nacionales e Jntern cionales. RELACIONAMIENTO INSTERINSTITUCIQ.NAL El relacionamiento inte institucional (co.n Otras autor·dades del estado, territorio u organismos internacionales) y en referencia, al control, se da con entidades estatales como DIRNEA (6ireccióh Nacional e Espacios Acuáticos) respecto a controles Marítimos; con la Unidad e Protección Ambiental de 1:a PN (Policía Nacional) y autoridades de controles de tránsito (Comisión de Tránsito del Ecuador, Policía Nacional y los Gobiernos Descentralizados) en los controles terrestres; con la Fiscalía General del Estado en la gestión frente a delitos, relacionado a su vez con el tratamiento de los delitos del mar con el cual se coordina además acciones de protección en ~onas de reserva y delitos contra la naturaleza; Servicio Nacional de Adu , a del E ador (SEN'A~)1 respecto al comercio exterior de productos pesqueros, con organismos 1nternacio11ales en la aplicación de políticas y normativa técnicas; y con el sector, según se muestra en el sig iente esquema: FISCALIA GENERAL DEL ESTADO Es una institución de derecho público en Ecuador. Tiene como ,nísión dirigir con objetividad y ética la investigación del delito y acusa a $US responsables, proteger a las víctimas y garantizar los d re hos human s. · DIRECCIÓN NACION L .DE ESPACIOS CUÁTICOS (DIRNEA) Institución encargada del control de la naves, personal mercante y las zonas de playas y b:ahías~ POLICÍA NACIONAL Es una institución estatal de carácter civil , armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del ter itorro. UNIDAD DE PROTECClÓ DE MEDíO AMBIENTE (UPMA) Es la dependencia de la Su dfrección de Servic'os Especiales encargada de co'Ordin~r, dirigir, orientar, apoyar, upervisar evaluar a nivel nacional, el cumprml nto del proceso de protección ambiente y a los recursos naturales, prestado medí n e la especialidad po icial ambiental y ecológica como apoyo a las autoridades ambientales en la protección de los recursos naturales y el ambiente y de acuerdo con lo ordenado en la leyes vigentes sobre la materia, para de esta manera contribuir al proceso misional institucional de convivencia y seguridad ciudadana. AGENCIA NACIONAL DE TRANSITO ernamental encar ada e planifi r, regular y controlar la gestión del transporte terrestre, tránsito y se uridad vial e el territorio nacional, a fin de garantizar la libre y segura movilidad terrestre, restando se "cios de cálidad que satisfagan la demanda ciudadana. SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR (.SENAE) Control eficiente al Comercio Exterior que promueva una.competencia justa en los sectores económicos; tentendo como base un ecurso Humano honesto y producfvo, una tecnología adecuada y u en oque a la mejora permanente de nuestros servicios. Gráfico 1. RELACIONAMIENTO PARA LA GESTIÓN DE CONTROL ~ º~~ e~* 90 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y NIVELES D PRIORIDAD Con la finalidad de cumplir con los objetivos del Plan Nacronal -de Control Pesquero, es necesario identificar los r·esgos más frecuentes que ,afectan de manera directa o i directa a la actividad pesquera. Enmare dos en la nor ativa pesquer ega aplicable, se inició la identificación de ciertos riesgos de acuerdo a I probabilidad 'd,e e rrencia, la frecuencia con que s pr sentan y el grado de afectación a la actividad pesquera, con el fin de tomar cc·one dirigraas a evitar jmpac os negativos en el Ecuador; estos eventos serán valuados frecuentemente para comprobar que las acciones correctivas ornadas sean las adecuadas. Teniendo conocimiento que la dinámica de la actividad pesquera es ca biante se vuelve imperativo mantener la identificación constante de nuevos riesgos, estableciendo las acciones correctivas oportunas. FACTOR EXPOSICION (E) Frecuenqip con la que se presente el riesgo 'dentlficado. CONSECU NCIA (C} Efecto que causarla a nivel pals, si el riesgo ocurre. PROBABILIDAD (P) Que tan posible es que los riesgos identificados, ocurran. CLASJFICAC IÓN Remotamente: · qúe haya o 1 sucedió hace mes. Coñtinuamente: Suce todos los días. Triv~al: Cuando el srado de afectación es a interés ersonal no al interés del als. Tolerable: Cuando el grado de afectación es mínimo y es al interés local no al interés aís. Importante: Causa la afectación es al interés del sector y no al interés del paf s. Intolerable: Causa afectación directa sobre el interés del país Raro: No ha sucedido en muchos años, ero puede ocurrir Poco probable: Sería un coincidencia remotamen e, Casi seguro: Completamente-poslbJ.e,que ocurra VALOR NUMERICO 2 3 4 1 2 3 4 2 3 4 Realizando una fórmula matemática, se estable el nivel de priorid d deJ riesgo: Donde: NP = ivel de prioricia d E = Exposición P = Probabilidad C = Consecuencia Bajo: 1-9 Medio: 10-22 Alto: 23- 39 Extremo: 40-64 Identificados los riesgos y establecido el nivel de prioridad, mediante la siguiente la tabla se muestran las acciones correctivas a tomar frente al riesgo. NIVEL DE PRIORIDAD Altq: 23 -39 Extremo: 40-64 ACCIONES CORRECTIVAS Asumir el riesgo r. Control, Preventivo: Accíon dirig das a prevenir la probabilidad de impacto de los riesgos bajos en 'a actividad pesquera Control reventivo: Acci nes dirigidas a prevenir la probabilidad de impacto de los riesgos bajos en la actividad pesquera. Control Mitigador: Acciones dirigidas a mitigar la probabilidad de impacto de los riesgos medios y altos en la actividad pesquera. Control Preventivo: Acciones dirigidas a prevenir la pro abilidad de impacto de los riesgos bajos en la actividad pesquera. Control Mitigador: Acciones dlrikidas a mitiga1 1a pr-obabiliaad-de impacto de los riesgos medí y altos en la actfvidad pesquera. Control Correcffvo: Acc1ónes dír1 idas a interrumpir la probabilidad de impacto de lo riesgos extrétrJos en la actividad pesquera. REACCIÓN AL RIESGO o (¿ ó~ o~~~ Acciones dirigidas a ACCIÓN Monitoreo y control marítimo Seguimiento y certificación del origen de los productos pesqueros. Evaluación del stock de los recursos pesqueros. Fomentar la regularización mediante campañas de.socializacion de la normativa vigente. RESPONSABLES CMS/DIRNEA MAP-SRP INP MAP-SRP prevenir la probabilidad ------------~-----------------+-, -· - ........ ◄ Cohtrol Preventivo: de impacto de los riesgos bajos en la "-'"O '~I actividad pesquera 6- t 1/' Ejecutar progra..mas de capacitación, transferencia tecnológica e innovación. Regularizar la actividactpesquera bajo la normativa vigente en la fase de extracción, procesamiento y comercialización. MAP-SRP MAP-SRP ~ , Coordinar las actividades. interinstitucionales en pro del I MAP-SRP '( v desan:oUo inte¡:¡ral del sector. ~ / Coordinar acciones del sector público ,pesquero con el sector MAP-SRP r r / '-.. pesquero privatl o. ' Q óqo ~ ~ Control Mitigador: Acciones dirigidas a disminuir la probabilidad de impacto de los riesgos medios y altos en la actividad pesquera. ¿ O Observar y registrar información pesquera, biológica, oceanpgráfica, meteorológica y de las embarcaciones pesqueras y sus artes durante las faenas de pesca. Planificar y ejecutar operativos de control terrestre, marítimo y fluvial. Ejecutar control de verificación de la trazabilidad de origen de los productos pesqueros. Formular y ejecuta( poHtjcas públicas y de regulao(6n para el sector pesquero. Ejecu!ar proées os de decomisos de productos pesque.ros Ejecutar procesos-de decomisos de artes, aparejos y sistemas de pesca. Formular y ejecutar políticas para regular la extracción de éspecies bioacuátiicas. Coordinar con los organismos gubernamentales y no gubernamentales para potencializar los sistemas de control. INP / MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP Mh.P-SRP MAP-SRP MAP-SRP < Q óc¿9p~ ~.~~\ ~ci~~ Control Correctivo: Acciones dirigidas a interrumpir la p'r-0babilidad de impactq de los riesgos extremos en la activfdáo-pesq uera. Suspensiones temporales de actividades pesqueras Disponer la ejecución de trámites administrativos a quienes infrinjan las disposiciones legal~s. reglamentarias y de otra índole en el ámbito pesquero y de sus actividades conexas. \ Crear mecanismos de control para el ingreso y salida del país Qe productos pesqueros. ' . Ejecuta( Programas de sistemas, control y vigilancia para optími~r la físcalízacíón de la aotivi<iád pesq\Jera en cualquiera de sus fases. Establecer y éjecufar medidas de prohibiciones para ejercer' la actividad pesquera. Ejecutar procesos de decomisos de productos pesqueros Ejecutar procesos de·dElcornisos de artes, aparejos y sistemas de pésGa Suspensiones definitivas de actividades pesqueras ' MAP-SRP MAP-SRP MAP~SRP/ SENAE/ DIRNEA MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP MAP-SRP RECURSOS Y ACTIVIDADES PARA EL CONTROL DE LOS RECURSOS PESQUEROS l.J . 6. RECURSOS PARA EL CONTf30L, ONITOREÓ Y VIGILANCIA DE LA PESCA ),,. El control de los recursos pesqu os del Ecuador ha presentado grandes ava ces durante los últimos años, manteniendo presencia activa ,en la may ria de las comunidades de pesca a nivel nacional; esta presencia se encuentra representada por un fuerte contingente humano, el cual está respalda por la correspondiente estructura física (inspectorías) y medios de control (vehículos, embarcaciones, entre otros). RECURSOS HUMANOS INSPECTOR DE PESCA. • Re,present nte de la Autori'dad de pesca, encargado de supervisar y controlar la aplividad pesquera en cualquiera de sus ases, así co o sus actiyid des conexas. Los inspectores de pesca son parte de la Dirección de Control de R cursos Pesqueros (DCRP) y están distribtJ1dos e territorio a nivel naeiona . Actividades ■ Control del desembarque, de descarga in situ respecto de las diferentes pesquerías, a las embarcaciones artesanales e industriales, en los diferentes puertos pesqueros y lugares habilitados del Ecuador. ■ Verificación de la documentación Lle perroite ejercer las actividades de pesca de los recursos bioacuáticos, artes y aparejos empleados en la pesca para certificar el roducto capturado. • Control de pesca con métodos ilícitos ( como el empleo de materiales tóxicos, explosivos y otras cuya naturaleza entrañe peligro para I vida humana o a los recursos bioacuáticos, así como llevar tales ma eriales a bordo). ■ Control y erificación de las embarcacionesJ qu no lle en ardo o em leen aparejos o siste as de pesca diferentes. a los permitidos. ■ Control de la milla de reserva marina {hacer .cumplir la prohibición de realizar faenas de pes ca con todo arte de captura masiva dentro de la milla áutica). ■ Control de las áreas de pesca de acuerdo a la normativa establecida. ■ Control de veda de los recursos bioacuáticos (hacer cumplir los periodos de veda tanto de la talla, muda y reproducción). ■ Control del trasbordo en puertos autorizados. ■ Controlar que los recursos pesqueros sean transportados en vehículos debidamente autorizados por I s ~utoridad s ompetentes. ■ Verificar la razabilídad de los fe,cursos pesqueros, sollcitandó la documentación res ectiv que avala el 0 ige de los ismos. ■ Constatar que las personas natwales o e presas que movilizan prod1,1ctos esqueros de un lugar a otro, se encuentren debidamente autor~za dos por el Ministerio del r rno. ■ Verificacion del cumplimiento de la normativa legal vigente, de las empresas que ejercen la actividad pesquera entre ellas la autorización de funcionamiento. • Inspecciones en restaurantes, y establecimientos de expendio de productos pesqueros. • Control de recursos bioacuáticos en periodos de veda temporal o indefinida, eté. • Inspección de otros secta es vinclllados con la actvida pesquera. • Controles y difusiones de vedas, así como otras megidas de ordenamiento pesquero. • Emisión de informes técnicos. OBSERVADOR DE PESCA. - Es n profesional competen e para la toma de información biológica y de las ctivida:des de pes a, que se realizan a bordo e las embarcaciones pesqueras. ~ Acfivicfades ------- ~ V • Abordar y ser parte de cruceros de pesca de las embarcaciones asignadas. ■ Informar las actividades realizadas a bordo, de manera específica y detallada cuando las embarcaciones pesqueras no cumplan con lo establecido en la normativa pesquera vigente. La Autoridad Pesquera cu nt con observadores de pesca a través de la Dirección de Control de R ec rso -pesqueros (@G P) y adicionalmente e 'ste un programa con la CI~ y la FU DACIÓN PROBECUADOR, u otros programa - autorizados. OPERADQRES DEL CENTRO DE MONITO,REO SATELITAL (CMS) • Funcionario que se encarga del monitoreo satelital de las embarcaciones pesqueras a través del funcionamiento y , pe atívidad del DMS .. • El Centro de Monitoreo Satelital (CMS) ejerce su controJ las 24 horas de día. Actividades • Proporcionar información sobre la posición, situación e id ntidad de un buque pesquero. , • Detectar y notificar sobre situac·a s de obse infracción detectadas en la o la s embarcacione protegida de pesca o ~n vedas. "' alarma e na zona • rindar información geográfica de tas zo as de control pesquero con veda permanente y con veda transit ·ria. • Pro orcionaF información de ar iboS y zarpes realizados por las embarcaciones pesqueras. • Veriricar I funcionamiento y operatividad del DMS de las embarcaciones. • Elaboración y análisis de tracking o recorrido de las embar nes dentro de un rango de fechas determinadas y det ctar con herramientas geográficas las actividades de pesca. • Elaborar informes de infracciones generados a través del sistema del CMS. • Atender y despachar todas las sQJ1citudes generadas a través del sJstema del CMS en cada tu o y de ectat si es motivo o no de • latear puntos de acuerdo a coordenadas geográficas de latitud y longitud n UTM en herramientas Gis. • Prepara archivos en Excel con coordenadas geográficas y realizar análisis de recorrido, rumbo y velocidad por diferentes tipos e pesquerías y distancia en millas náuticas del perfil coste.ca más cercano. • Generar reportes de análisis y estadísticos generadas a través del sistema del CMS. u -~'? e<>~ G~~~~ \) cciones Funcionarios de oficina. - Los funcionarios de oficina directamente relacionados con la gestión de control, tienen las -si ientes responsabilidades: abla 1. RESPONSABILIDADES DE-.. NCIONAR OS OE OFICINA RELACIONADOS ,AL C.PN ROL LIDERES DE INSPECTORÍAS COORDINADOR CENTRO DE MONITOR O ATE-LITAL CMS • Desar Ua estrategias para la solución de la p ob1ematica pesquera en las diferentes calétas. • Realizar el seguimiento y supervisar el cumplimiento de leyes, decretos, acuerdos y regulaciones establecidas para el control ae la actividad pesquera. • Entrenar a los Inspectores q,e Pesca para el adecuado desarrollo de lqs pro edimientos. • Seguimie to a la ·nform;:iei6n gene ada por con epto de recom os trae ng en períodos so 1c tados. Los ecorridos son analizados a tes e $Sr envi dos al Director}. • Segui iento y Vqluación de la actividad pesquer de la flota pesquera nacional. (Segu miento a irregularidades cometidas por la ijo a e embarcaciones pesqueras y emisión de informes respectivos). • Realizar el seguimiento y supervisar el cumplimiento de leyes, decretos, acuerdos y regulaciones establecidas para el control de la actividad pesquera. ASISTE TE DE INSPECTORES • Elaboración de informes de ins ec9ones a embarcaciones industrial s y rtesanales previo la emisión del P, rm·s e pesca. • Elaboración de iñfo · mes de · fracciones 1 e$queras cio es, plantas pro,J:esadoras, ,Personas ajurales y jurídicas. • Elabai aci · n de 1nfo mes técnicos para el ejer icro de la actividad pesquera (plantas rocesadoras, comercializadoras y embarcapiones). • El !loración de informes previo el levantamíento de acta de producción efectiva. • Verificación de informes previo autorización de aletas de tiburón, mediante VUE. • Consolidar y mantener al día la base efe datos de los inspectores de pesca, en elación a las actividades realizadas nftolts terrestres, controles marítimos, c ntróles de veda, insi:1ecciones, difusion s,-de veda etc.) • !,mentar y actualizar cons aotemente la base /" de d ta s d Comercian es Mayoristas y Minoristas, empresas pesqueras, emb~rcaciones esanales (fibras de vidrio y a cos nodrJza), embarcaciones industriales ( feos hodrizas, chinchorreros, atuneros, po ivalentes, anguileros, etc. • Consolidar base de datos de embarcaciones, empresas, centros de acopios, etc. que hayan cometido infracciones, con la finalidad de darle seguimiento a las reincidencias. 7. MEDIOS OGÍSTICOS DE C Embarcaciones. - Para el control efectivo e la acti iqad,. pesquera en aguas jurisdiccionales del Ecuador, co tarnos con emb lanchas, distribuidas estratégicamente a I larg Vehículos. - Con la finalidad de movilizar al personal que ejerce e trol de la actividad pesquera, se cuenta con varios vehículos distribuidos a n· el nacional. Centro de Monitoreo Satelital {CMS). • 'Área q e- permite a recopilación, registro y análisis de los datos pro qrcionpdos a través e los equipos y/o disposí~i os de manito eo sat lital instaládos en las embarcaciones, permitiendo la localización de las mismas, as· ca o el contr Lde las actividades marítimas durante sus-vtajes de pesca (mareas y cd!)trtbuye a la neutralización de actos ilícitos, como la pesca INDNR, basán ose en la normativa nacional vigente. Sistema Integrado de Acuacultura y Pesca (SIAP). - Plataforma tecnológica que permite la gestión continua de la información desde la descarga, 1ransporte, procesamiento y comercialización con la finalidad de asegurar I tr bilidad de los productos durante toda la cadena productiva. J El CMS interopera con el SIAP, permitien verificar la !fazabHida,d de operación de las embarcaciones, así mismo e enlaza con oS>sist mas de gestión marítima (DIRN6A), logrando un control y a áUs·s dejas zonas protegidas a nivel nacional, de tas Zonas Económicas Exclusivas e te ceros países y de las áreas marítimas de las FAO y etras Organizaciones"Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP). 8. CALIFICACIÓN DE INSPECTORES Y OBSERVADORES DE CONTROL: El proceso de selección y contratación de los inspectores d$ pe ca, se lo realiza de acuerdo a la normativa estableci a por el Mipisterio de ·· raba jo y procedimientos del Ministerio de Acu cultura y P~sca (MAP). Criterios de designación. • Nivel de conocimíento del aspirante sobre el sector pesquero· utiliza do pruebas de conocimientos y competencias. • No haber sido cesado en un cargo público como obtenido una calificación deficien e, o por aplicación de una medida disciplinaria, salvo que h'3yan tr~nscurridos más de qinco años desde la fecha de expiración de Juncia es, circurtstancia que se acreditará mediante declaración jurada sim¡';)le, ademá,s no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos pú Jico , ni hallarse condenado por crimen o simple delito, o que será comprobado por la institución. • Con experiencia de preferencia en el sector público o privado pesquero. • Estudios Universitarios. ■ Contar con título profesional , a la fecha de su postulación, wo es1órí que deberá ser relacionada con Ciencias del Mar, la Biología y arítima, o carreras afines; otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. ,,.. • Contar con capacitació en materias rel ciona as cb el sector pesquero en general • Calificació e los inspecto es, control y uncionarios de oficina, la cual se reali;zar · a través de la evalua 1ón de desempeño estipulada por la Ley. 9. CONTROL DE ACTIVIDADES El control de las actividades pesqueras para el aprovechamientc de los recursos hidrobiológicos en cualquiera de sus fases, así éblTJO las demás actividades conexas, se realizará a través de los Inspectores de Pesca distribuidos en territorio a nivel nacional, 'qutenes a efecto del control deberán regirse a los manuales de p ocesos de las DCRP y sus jnstructivos. Para mayor efectividad del control se uti izará la si uiente documentación: ■ Certificados de monitoreo y control e desembarque de pesca (CMCDP). ■ Guías de movilización de productos pesqueros de barcos atuneros. • Guías de movilización de productos pesqueros (GMPP), • Guías de movilización de pesca incidental de tib rones (GPM T). ■ Formulario de Inspección Pesq era. ':\..~ , ~ • lnfo me de Tracking. '?;J "\,",. '\ ~Y • Bitácoras de Pesca. J ')~ (;'v Normativa pesquera Vigente. ;\,..> ~ 'Y~ ESTRATEGIAS PARA EL CO. NTROL DE LOb. ~\ ; RECURSOS PESQUEROS \ 0'\'." 10. OBJETIVOS Y PRIORIDADES \ e ~ La estrategia para el control de los recursos pesqueros1..se basa en los principios del derecho internacional, para prevenir, des lentar y elíminJ:lr la pesca ilegal no declarada no reglam · ntada (INDNR). Objetivo: Controla y evaluar el nivel cumplimiento el marco legal nacional e internacional, así como las medidas de conservación y ordenación pesquera aplicable a los recursos pesqueros capturados por las embarcaciones nacionales y de las embarcaciones extranjeras que deseen descargar sus productos pesqueros en puertos del Ecuador. Prioridades: Para el efecto del cumplimiento de los ob,je ivos de la estra egia se aplica lo establecido en los Manuales de Proced· ientos, Plan de Acción ar Prevenir la Pesca {INDNR), Guía Referencia para el Sistema e Ce ificac1on de Captura y Refren~ación de Doc mentas ara D~salentar, Ptevenir y Eliminar la Pesca Ilegal, o Declarada y No Réglamentada, GÚla Referencial para la Descarga de Pescado procedente del extranjero en Puertos Ecuatorianos, además del fortalecim·ento del Sistema de Control y la Gestión del Manual de Formación Profesional (que incluye el Plan de Capacitación y Programa de Capacitación); para la aplicación efectiva de lo expuesto se estructuran dos prioridades a efectos de la actividad de control: > '\e\,º 11. PUNTOS DE REFERENCIA "' FASES DE LA A'CTIVIDAD PESQUERA. ,. En e Ecuador se entiende por actividad pesquera la realizada para el aprovecllamjento de los recursos hidrob'ológicos en cualquiera de sus fas s. extracción, c ltivo, procesamiento y co ercialización, así como las demás ctivicfades co exas contempladas en la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero y su Reglamento. ~~\,> La pes~a en ::~~a:::::::tasffica en: e' o 11. Pesca industrial. r\ ~ ~--() O~ 111. Pesca deportiva. * s<'\-'- ~ IV. Pesca de ihvesti1¡ación. ~ c"0 . v) DEFINICIÓN DE e SQUER(A: Según FAO) se define a la pesquería como la 1 Actividad de captura de pescado, de na o más poblaciones de peces, que puede tratarse como una unidad a los fines de la conservación y la ordenación y que se identi tea sobre la base de características geográficas, científicas, técnicas, recreativas, sociales o económicas y/o el método de captura". y ~ Tipos de Pesquerías en Ecuador: r'\. O , Pesquería de camarón pomada /. ~"0 V O~ : ::::":;:: :: :úc:s pelágicos pequeños , \ "0 ~ ~ AG ■ Pesquería de ~ún con caña ■ P squería de pelá Leos grancl-e·s con palangre ■ Pesquería de recoJección J • Pesquería de red de enmalle artesanal (galleras) ■ Pesquería de peces demersales. ■ Pesquería de lineal empate y arrastre (trolling) ■ Pesquería de calamar gigante • Pesquería de medusa ■ Pesquería de. anguila ■ Pesquería expe imental de bacalao • Pesquería experimental polivalente (merluza y camarón de aguas someras) DEFINICIÓN, CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS AR TE DE PESCA UTILIZADAS EN EL ECUADOR: y Clasificación según la forma de operación. Pasivos. - Permanecen estáticos, es'J:)era}ldo úe los recursos se enmallen, se enganche o se quede encerrada en ellos: -< , ),,. ■ fnea de Mano \- G V N sasotra pas tJ ;\..> ~ • aangr~s J~ ■ Estacadas (-Redes caleteras) ■ Red e en alle Acf vos. - Mediante operaciones manuales o mecanismos maoiobracllos desde la embarcación, van en busca de los recursos: e • Arpón ~ ~ • Caña de pescar Ó~ 1Ó, 90 ■ Currican (líneas de arrastre) ¿ ~ "'\. ~ • R d de cerco de playa (chinchorro}. -ó G'-> • ed de arrastre -ó y V • Red de cerco '\) V Clasificación según el hábitat de la especie objetivo: De supeñicie. • Para capturar especies en la zona pelágica, e· rea · e la superficie del mar. ,, De media agua.• Para capturar especies en zonas semi- elágicas que viven a media agua), es decir masas de agua i termerJias, entre la superfic e y el fondo del mar. De fondo. - Para capturar esrJec1es emersa/es (cerca del fondo) y bentónicas (so re e fondo marino). Clasificadó según el material de const cción: Artes de línea ... Se construyen con anzuelos y líneas (cabos): • Linea de mano • Caña de pescar • Curricán • Palan • Redes de nmalle • Redes de Arrastre • Redes de cerco ~~\) PUERTOS AUTORIZADOS PARA EL DESE"BARQUE DE RECURSOS PESQUE ÓS. (" Las embarcaciones pesqueras, tienen la obligación de escargar su pesca en las facili ades pesque as destinadas pa a el efecto o en los puertos debidamente autorizaaos por el Ministerio de Acuacult ra y P sea. Para o aual la Auto ·dad competente · ff nd'rá y mantendrá actualizada la lista de los puerto y zonas autorizadas para esembarque en Ecuador. EVALUACIÓN Y DIRECCIÓN El PNCP-Ec será evaluado bíanualmente por la Dirección de Riesgos Sectoriales, y los resultados se reflejarán en el INFORME BIANUAL DE[ LAN NACIONAL DE CONTROL PESQUERO, mismo que permitirá confrontar la situación inicial del control pesquero en el país con la realidad al momento de la evaluación. 12. REVISIÓN e Bianual del Plan Nacional de G-ontrol de Recursos Pesqueros será revisa o por el Subsecretar'o de R,ec rsos esqueros o a quien designe para tal A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión (…) Cuando la importancia económica o geográ ca de la zona o la conveniencia institucional lo requiera los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u o cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones (…) “Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se re ere este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro O cial. El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus funciones responderá directamente de los actos realizados en ejercicio de tal delegación”. “Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentran prohibidas por Ley o Decreto. La delegación será publicada en el Registro O cial (…)”. “Artículo 1.- Escíndase del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, el Viceministerio de Minas y créase el Ministerio de Minería, como organismo de derecho público, con personería jurídica, patrimonio y régimen administrativo y nanciero propio, con sede en la ciudad de Quito”. “realizar las gestiones necesarias para la nalización del encargo a la abogada Andrea Tamara Ramos con fecha 20 de abril de 2018 y emitir el Nombramiento de Libre Remoción al ingeniero Enrique Alejandro Joniaux Blum, como Subsecretario Zonal de Minería del Litoral, a partir del 23 de abril de 2018.”. geog al lo r es del E ean ne on comp nhe Cu grá ca de la zona equiera los máximo Estado dictarán acuerdos, r ecesarios para delegar sus “L and a o la mos perso acuerdos, re esarios para delegar s ogr re E necesarios para delegar sus atri impor convenie tancia M de d rég de la iones u ciones s udad en de Q o pú admi uit e el público, istra s N Minis ul o R er o 1.- E Renov Esc vo y n ersone nanci de Mi ería ju n las Las d e artíc mediant conocim Pública y publicado en el Re uien el Mini directamente gación”. ciones Despacho Mi iones, atribucione leyes y reglamentos elegaciones ministe ulo serán otorgadas por te acuerdo ministerial, e miento del Secroc ca y publicado en el Registro O l Ministro hubiere delegado s e de los actos realiz s y s tenga steriales a rgadas por lo e acuerdo ministeria d cuando legacio el De ncio s le de culo serán otorgadas por los nte acuerdo ministerial, el mis ocimiento del Secretario Genera y publicado en el Reg odo gaciones l funcion llo sin es que en que s inistros o qu e la emi Enr esar drea T r e ias pa T efecto; a través de esta revisión se permite adaptar las prioridades, objetivos, puntos de referencia y asignación de los medios de control de las acttvjdades. APROPIAelóN ,, " La estrategia política del PNCP-Ec de ~ ser socializada tr'avés de los mecanismos de comunicación institucionales, -con los actores vinculados al sector pe quera.

Acuerdo Nº MAP-SRP-2018-0102-A ─ Plan Nacional de Control de Recursos Pesqueros · Nelum