Acuerdo Nº 82 - Especificaciones para los sustitutos de leche para alimentación animal
صدر في 2004-03-31 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- animal production, animal feed/feedstuffs, standards
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النص
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Acuerdo No 082 El MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Considerando: Que es deber del Estado, velar por la salud pública procurando se consuman alimentos en óptimas condiciones; Que actualmente se utilizan sustitutos de leche para el consumo de los animales jóvenes; Que el sustituto de leche se lo fabrica utilizando subproductos de lechería y determinados componentes vegetales; Que el sustituto de leche está adulterándose y mezclándose con otros productos que puedan alterar su calidad; y, En ejercicio de las atribuciones que le compete, Acuerda: Art. 1.- Disponer que los sustitutos de leche para alimentación animal, cumplan con las especificaciones declaradas para obtener el registro en el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria y añada a su composición un colorante inocuo natural de color verde, soluble en agua y de fácil identificación visual. Art. 2.- El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo a lo establecido en la Ley de Sanidad Animal y el Decreto 2313, publicados en los registros oficiales Nos. 408 del 31 de mayo de 1981 y 618 del 14 de noviembre de 1983, respectivamente. Art. 3.- Derógase el Acuerdo Ministerial No 172 de 10 de junio del 2002. Art. 4.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese.- Dado en Quito, a 31 de marzo del 2004. f.) Salomón F. Larrea R., Ministro de Agricultura y Ganadería. Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copia del original, lo certifico.- f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.- Ing. Emilio Barriga A.- M.A.G. Fecha: 5 de abril del 2004.