Acuerdo Nº 819 - Modifica el Acuerdo Nº 359, que determina los campos de intervención del Programa Aliméntate Ecuador (AE)
صدر في 2008-06-27 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- institution, food security, nutrition, right to food, food sovereignty, human rights, governance
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Acuerdo N° 0819 Econ. Jeannette Sánchez Zurita MINISTRA DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL Considerando: Que, el Decreto Supremo Nº 3815 de 7 de agosto de 1979, promulgado en el Registro Oficial Nº 208 de 12 de junio de 1980, dispone la creación del Ministerio de Bienestar Social, como organismo responsable de formular, dirigir y ejecutar la política estatal en materia de bienestar social; Que, el señor Presidente Constitucional de la República, Econ. Rafael Correa Delgado, con Decreto Ejecutivo No. 580 de 23 de agosto del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 158 de 29 de agosto del 2007, denominó al Ministerio de Bienestar Social como Ministerio de Inclusión Económica y Social -MIES-, reformando el ámbito de sus intervenciones; Que, el Acuerdo Ministerial Nº 359 de 14 de mayo del 2007, redimensiona las funciones del Programa Aliméntate Ecuador; Que, el Ministerio de Inclusión Económica y Social impulsa proyectos referidos al desarrollo social y mejoramiento de las condiciones de vida, en base a su misión y objetivos institucionales; Que, es obligación del Estado garantizar el derecho a la alimentación y nutrición, a través de un ordenamiento jurídico que procure el autoabastecimiento de las necesida-des alimentarías de la población, regulando para el efecto la participación de organismos nacionales en coordinación con las agencias internacionales de cooperación; Que, es necesario optimizar la gestión social, concibiendo al Programa Aliméntate Ecuador como organismo que promueva una participación social activa sobre el asisten-cialismo y privilegie a los sectores poblacionales afectados por la inseguridad alimentaría y la desnutrición; y, En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 179, numerales 1 y 6 de la Constitución Política de la República; y, artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: ARTICULO PRIMERO.- Sustitúyase el artículo segundo del Acuerdo Ministerial No. 359 de 14 de mayo del 2007, por el siguiente: ARTICULO SEGUNDO.- En su gestión el Programa Aliméntate Ecuador, tendrá los siguientes campos de intervención: 2.1 Formación en alimentación saludable.- Referido al mejoramiento de la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad alimentaria-nutricional mediante información, sensibilización, capacitación y educación para cambios de comportamiento hacia una alimentación saludable y fortalezas en temas de soberanía alimentaria, a través de participación ciudadana y apoyo institucional. 2.2 Protección alimentaria e inclusión económica.- Referido a la reducción del hambre de los grupos vulnerabilizados y en riesgo. Tendrá por objeto la entrega periódica de raciones alimenticias diversificadas a la población objetivo determinada en la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional. 2.3 Gestión para la nutrición.- Referido a la provisión de complementos nutricionales fortificados, acompañados de consejería nutricional para su uso adecuado y el fomento de la salud en torno a una alimentación saludable. 2.4. Gestión del adulto mayor.- Referido a la reducción del riesgo nutricional de adultos mayores vulnerabilizados. Para atender los campos de intervención el Programa Aliméntate Ecuador organizará y ejecutará los eventos, planes y proyectos que correspondan con sujeción al artículo cuarto del Acuerdo Ministerial No. 359 de 14 de mayo del 2007. ARTICULO TERCERO.- El presente acuerdo ministerial, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de junio del 2008. f.) Jeannette Sánchez Zurita, Ministra de Inclusión Económica y Social. MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C.P.A., Sandra Cárdenas V., Secretaria General.