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قوانين الإكوادور

Acuerdo Nº 654 - NTE INEN 2 389 sobre requisitos del grano amargo de chocho

صدر في 2005-08-31 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
food safety and quality, vegetables/legumes, internal trade

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النص

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  1. Acuerdo No. 05 654 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y COMPETITIVIDAD Considerando: Que, el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad adscrita a esta Secretaría de Estado ha formulado la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 389 LEGUMINOSAS. GRANO AMARGO DE CHOCHO. REQUISITOS; Que, en su elaboración se ha seguido el trámite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN; Que, esta norma técnica racionaliza la producción y la comercialización de, grano amargo de chocho, de manera que exista un justo equilibrio de intereses entre productores, consumidores y público en general; Vista la recomendación del Consejo Directivo del INEN, constante en el informe correspondiente, en el sentido de que esta norma sea oficializada con el carácter de voluntaria, en virtud del interés del país; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 del Decreto Supremo No. 357 del 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 del 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. 1º.- Oficializar con el carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 389 (Leguminosas. Grano amargo de chocho. Requisitos), que establece los requisitos que debe cumplir el grano de chocho para su comercialización. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 31 de agosto del 2005. f.) Dr. Oswaldo Molestina Zavala, Ministro de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad. MICIP.- Dirección de Desarrollo del Talento Humano, Administración de Servicios e Imagen Institucional.- Es copia.- Lo certifico.- f.) Ilegible.- 31 de agosto del 2005.

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