Acuerdo Nº 46/A - Crea la Unidad Técnico-Operativa de Seguro Agrícola (UNISA)
صدر في 2009-03-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, financial agricultural measures, subsidy/incentive, food sovereignty, governance, insurance, agricultural development
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Acuerdo Nº 046-A EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que el Art. 410 de la Constitución de la República establece que el Estado brindará a los agricultores y a las comunidades rurales apoyo para la conservación y restauración de los suelos, así como para el desarrollo de prácticas agrícolas que los protejan y promuevan la soberanía alimentaria; Que la actividad agropecuaria está permanentemente expuesta a riesgos exógenos regulares fundamentalmente originados en la presencia de fenómenos climáticos aleatorios comportamientos de mercado; Que dieciocho de cada cien habitantes del área rural son productores agropecuarios cuyos hogares se conforman de 3,6 personas en promedio y aproximadamente el 65% de la población rural ecuatoriana depende directa o indirectamente de la agricultura; Que según las más recientes estimaciones que datan del año 2006, entre el 60% y el 80% de la población rural vive en situación de pobreza y el 27% en indigencia, siendo una de las principales causales la ausencia de seguros en el mercado, que permitan manejar apropiadamente los riesgos imprevisibles que amenazan a los cultivos agrícolas; Que el Art. 5 del Mandato Constituyente Nº 16, expedido el 23 de julio del 2008 por el Pleno de la Asamblea Constituyente, dispone que para mitigar los riesgos de la naturaleza sobre la agricultura de los/las productores/as agrícolas, el Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social, MCDS; y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP, diseñarán e implementarán un Sistema de Seguro Agrícola para lo cual el Ministerio de Finanzas, MF, asignará los recursos respectivos; Que para la implementación de un sistema de seguro agrícola es indispensable la creación de una unidad administrativa en el MAGAP; Que la Directora de Desarrollo Organizacional del MAGAP emitió criterio favorable con memorando Nº 975 de 24 de marzo del 2009; y, En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, Acuerda: Art. 1.- Crear la Unidad Técnico-Operativa de Seguro Agrícola UNISA como una dependencia del Despacho del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Art. 2.- El Centro de Estudios y Políticas para el Agro CEPA conjuntamente con la Dirección del Sistema de Información Geográfico y del Agro, SIGAGRO, se encargarán de la implementación del Seguro Agrícola. Art. 3.- Aprobar el Reglamento de la Unidad de Seguro Agrícola, UNISA, cuyo texto adjunto forma parte del presente acuerdo. Art. 4.- Que para efecto de su implementación, el Ministerio de Finanzas asignará el financiamiento necesario conforme lo establece el Art. 5 del Mandato 16, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nº 393 de 31 de julio del 2008. Art. 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción del mismo, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 24 de marzo del 2009. f.) Econ. Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) “Secretario General” MAGAP.- Fecha: 14 de mayo del 2009. REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE SEGURO AGRICOLA, UNISA CAPITULO 1 NATURALEZA, OBJETIVO Y FUNCIONES DE LA UNISA Art. 1.- La Unidad de Seguro Agrícola, es un organismo permanente dependiente del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP). Tiene como objetivo principal desarrollar el Sistema Nacional de Seguro Agrícola en el país. El Centro de Estudios y Políticas para el Agro, CEPA, conjuntamente con la Dirección de Sistema de Información Geográfico para el Agro, SIGAGRO, coordinarán la implementación del Seguro Agrícola. El Sistema Nacional de Seguro Agrícola comprenderá en su funcionalidad temas relacionados con otro tipo de administración de riesgos que impactan en las actividades productivas del medio rural. Art. 2.- Para efectos de este reglamento se entenderá como seguro agrícola a todas aquellas coberturas de aseguramiento, proporcionadas por compañías e instituciones de seguros, que beneficien a la actividad agrícola, ganadera y acuícola del Ecuador. Art. 3.- Son funciones de la UNISA las siguientes: a) Coordinar el diseño y operación del Sistema Nacional del Seguro Agrícola, evaluar el cumplimiento de sus objetivos y en su caso, proponer ajustes y mejoras a su esquema de funcionamiento. Contemplará entre otros aspectos, lo siguiente: ▪ Las instituciones y organizaciones públicas y privadas participantes. ▪ Sus objetivos específicos. ▪ Las políticas e instrumentos de fomento al seguro agrícola del país. ▪ Los esquemas de coordinación y participación conjunta de los sectores público y privado. ▪ Los mecanismos de seguimiento, evaluación y control; b) Proponer, gestionar y administrar el Fondo de Riesgo y Seguro Agrícola en el marco de los esquemas de coordinación entre los sectores público y privado previstos en el Sistema Nacional de Seguro Agrícola; c) Establecer lineamientos, guías y herramientas para el establecimiento del seguro agrícola y su sostenibilidad; d) Promocionar y difundir el seguro agrícola mediante procesos de capacitación a los potenciales usuarios para enfrentar riesgos catastróficos y de producción por efectos de eventos climáticos, plagas y/o enfermedades; e) Proveer información básica actualizada sobre riesgos, precios, mercados, primas e índices respecto al comportamiento de los denominados forzantes climáticos; y, f) Dar el seguimiento y control al seguro agrícola a nivel nacional. CAPITULO 2 DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Art. 4.- Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones la UNISA contará con la siguiente estructura básica: a) Coordinación General; b) Administración del Fondo de Riesgo y Seguro Agrícola; c) Análisis de Riesgos Climáticos y Biológicos; d) Análisis de Riesgos de Mercado; y, e) Promoción y Capacitación. Art. 5.- Son funciones de la Coordinación General las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento y gestión de la UNISA para la implementación del Seguro Agrícola en el país, así como gestionar su financiamiento; b) Actuar como contraparte técnica en representación del MAGAP en los estudios y análisis a efectuarse mediante la contratación de asistencia técnica para la implementación y desarrollo del seguro agrícola, incluyendo el análisis de la información disponible, gestión de mercado de seguros y procesos de promoción y capacitación; c) Dirigir la elaboración y ejecución del Plan Operativo Anual, articular y monitorear el cumplimiento de las tareas establecidas; d) Coordinar las acciones necesarias para ampliar la promoción y capacitación de los agricultores respecto al uso de la información de riesgo agrícola y del mercado de seguros; e) Preparar los informes solicitados por las autoridades del MAGAP respecto a los temas de su competencia; f) Participación en representación de UNISA y la que en su caso le sea asignada por las autoridades del MAGAP, ante el Sistema Nacional de Seguro Agrícola; y, g) Cumplir con las demás disposiciones que emane de la autoridad superior. Art. 6.- Son funciones del Area de Administración del Fondo de Riesgo y Seguro Agrícola: a) Proponer y gestionar líneas de financiamiento y capitalización del Fondo de Riesgo y Seguro Agrícola con recursos del Gobierno Central, gobiernos locales, organismos internacionales y cooperación externa; b) Administrar y dar seguimiento a la aplicación de los recursos financieros del Fondo de Riesgo y Seguro Agrícola, de conformidad con las disposiciones que al respecto sean tomadas por el MAGAP y autoridades que correspondan, en el marco del Sistema Nacional del Seguro Agrícola; c) Estudiar y proponer índices y normas para el establecimiento de primas del seguro agrícola; d) Elaborar el plan operativo anual de la unidad y proponerlo a la Coordinación General; e) Dar seguimiento a las entidades crediticias y aseguradoras que trabajan con el seguro agropecuario sobre el buen funcionamiento del servicio; f) Receptar, asesorar y canalizar reclamos de las partes sobre el funcionamiento del seguro agropecuario; g) Elaboración del plan de mejoramiento de la unidad y del seguro; y, h) Cumplir con las demás disposiciones que emane de la Coordinación General de la UNISA. Art. 7.- Son funciones del Area de Análisis sobre Riesgo Climático y Biológico: a) Diseñar e implementar un sistema integrado de información y análisis sobre clima, zonas homogéneas de capacidad productiva, reservas de agua y otros factores cíclicos que pongan en riesgo la producción; b) Recopilar y analizar la información disponible en las diferentes instituciones públicas o privadas y acoplar al sistema sobre inundaciones y sequías, cambios de temperatura, de recursos naturales, plagas y enfermedades; y otros que pongan en riesgo o afecten a la producción; c) Organizar y actualizar un archivo sobre la información recopilada y/o generada y responsabilizarse de su buen uso; d) Proponer, en coordinación con el área de riesgos de mercados, nuevas zonas geográficas y/o productos que puedan ingresar al mercado de seguros agrícolas; e) Consolidar, analizar y preparar informes relacionados a: cambios climáticos, inundaciones y sequías, cambios de temperaturas, entre otras variables relacionados con los riesgos naturales, que lleve a la conformación de un mapa de riesgos agrícolas del país con las coberturas requeridas en cada caso, segmentando por regiones específicas, tipo de actividades y tipo de productores; f) Impulsar y participar en el diseño técnico de productos de seguros que atiendan las necesidades de protección de los productores agropecuarios del país con énfasis en las áreas y cultivos de mayor relevancia económica y social; y, g) Cumplir con las demás disposiciones que emane de la Coordinación General de la UNISA. Art. 8.- Son funciones del Area de Análisis sobre Riesgos de Mercado: a) Diseñar e implementar un Sistema Integrado de Información y Análisis sobre costos de producción y precios de los productos agropecuarios en cada eslabón de la cadena agro productiva; b) Recopilar, actualizar y analizar la información disponible en las diferentes instituciones públicas o privadas y acoplar al sistema sobre costos de producción y precios de los productos agropecuarios; c) Generar modelos de estimación anticipada o proyecciones de precios, a fin de prevenir los impactos futuros, especialmente originados por estacionalidades o comportamientos históricos de la producción; d) Identificar y, en su caso, promover mecanismos de cobertura de precios en el mercado internacional de futuros y opciones para productos agropecuarios; e) Proponer, en coordinación con el Area de Riesgos Climáticos, nuevas zonas geográficas y/o productos que puedan ingresar al mercado de Seguros Agrícolas; f) Consolidar y preparar informes relacionados a: coberturas, valores de crédito, valores de prima, costo de seguro, entre otras variables relacionadas con el mercado de seguros agropecuarios; y, g) Cumplir con las demás disposiciones que emane de la Coordinación General de la UNISA. Art. 9.- Son funciones del Area de Promoción y Capacitación: a) Elaborar un programa de difusión y promoción del seguro agrícola entre los productores ecuatorianos sobre los beneficios que implica la contratación del seguro agropecuario. El programa incluirá la gestión para atraer a las compañías de seguros a participar en este servicio; b) Capacitar al personal de UNISA en temas relacionados con el seguimiento, administración y negociación del seguro agrícola; c) Transferir a los productores el conocimiento necesario para el manejo de riesgos de sus propias unidades productivas; d) Promover el desarrollo de los mercados de seguros e instrumentos de cobertura, con énfasis en las zonas de menor desarrollo; e) Establecer y mantener canales de interrelación con los principales actores del mercado de seguros: aseguradoras, reaseguradoras, brokers, productores agropecuarios, gobiernos locales, organismos internacionales y todos aquellos que tengan interés y relación con el tema. El objeto principal será concretar y generar un proceso de expansión de las operaciones del seguro agrícola en beneficio de los productores agropecuarios de Ecuador; f) Prestar servicios de cooperación y asistencia técnica en materia de riesgos y seguros agrícolas a todos los participantes del Sistema de Seguro Agrícola y a otros interesados en la experiencia ecuatoriana; y, g) Las demás funciones que emane de la Coordinación General. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Para optimizar los recursos humanos disponibles el personal técnico, administrativo y de servicios que conforme la UNISA de ser del caso, previa consulta y aprobación provendrán del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; y de la creación de las partidas para nuevos puestos y de la contratación de personal de trabajo según los requerimientos de la UNISA. SEGUNDA.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de manera inmediata proveerá de la infraestructura básica, equipos y materiales necesarios para el funcionamiento de la UNISA.