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قوانين الإكوادور

Acuerdo Nº 35 - Crea la Dirección de Planeamiento de Seguridad para el Desarrollo Nacional (DIPLASEDE)

صدر في 2004-03-22 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Mineral resources
الكلمات المفتاحية
institution, legal proceedings/administrative proceedings, agricultural development, governance
الفئات
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. Art. 1.- Crear la Dirección de Planeamiento de Seguridad para el Desarrollo Nacional, DIPLASEDE, dependiente del Ministro de Energía y Minas. La DIPLASEDE será responsable del Proceso de Seguridad Nacional.

  2. Art. 2.- Reformar el Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Energía y Minas de la manera siguiente: a) Añadir en el numeral 3, correspondiente a los procesos habilitantes, a continuación del numeral 3.2.3, establecido en el artículo 1; así como, en el artículo 3 correspondiente a la estructura básica, del Acuerdo Ministerial No. 176, publicado en el Registro Oficial No. 428 de 8 de octubre del 2001, el siguiente proceso y subprocesos: 3.2.4 Seguridad Nacional 3.2.4.1 Seguridad Nacional 3.2.4.2 Movilización 3.2.4.3 Defensa Civil Responsable: Director de Planeamiento de Seguridad para el Desarrollo Nacional, DIPLASEDE; b) Añadir el siguiente artículo, a continuación del artículo 38 del Acuerdo Ministerial No. 176, publicado en el Registro Oficial No. 428 de 8 de octubre del 2001. “Art. PROCESO: SEGURIDAD NACIONAL. Misión: Organizar, planificar, coordinar y asesorar en asuntos de Seguridad Nacional, Movilización y Defensa Civil, en los ámbitos de responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas. Ambito de Acción: ● Planes de Seguridad Nacional, Movilización y Defensa Civil, su ejecución y evaluación. ● Asesoramiento en asuntos de Seguridad Nacional, Movilización y Defensa Civil. ● Información proporcionada y requerida por la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nacional, el Frente Económico, direcciones nacionales de Inteligencia, de Movilización o de Defensa Civil. ● Capacitación en asuntos de Seguridad Nacional, Movilización y Defensa Civil. El Proceso de Seguridad Nacional tiene una estructura abierta para atender los requerimientos de los siguientes subprocesos: 1. Subproceso de Seguridad Nacional: Responsable de: Realizar y actualizar diagnósticos y apreciaciones estratégicas, elaborar planes nacionales, provinciales y sectoriales, organizar eventos de difusión y capacitación en su ámbito de competencia, coordinar actividades relacionadas con asuntos de seguridad nacional, con la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nacional, con el Frente Económico y/o con la Dirección Nacional de Inteligencia. 2. Subproceso de Movilización: Responsable de: Realizar y actualizar diagnósticos y apreciaciones estratégicas, elaborar planes nacionales, provincia-les y sectoriales, organizar eventos de difusión y capacitación en su ámbito de competencia, y coordinar actividades relacionadas con asuntos de movilización, con la Dirección Nacional de Movilización. 3. Subproceso de Defensa Civil: Responsable de: realizar y actualizar diagnósticos y apreciaciones estratégicas, elaborar planes nacionales, provin-ciales y sectoriales, organizar eventos de difusión y capacitación en su ámbito de competencia, coordi-nar actividades relacionadas con asuntos de defensa civil, con la Dirección Nacional de Defensa Civil; c) Suprimir el numeral 3.2.1.3 del Proceso de Gestión de Planificación del numeral 3, correspondiente a los procesos habilitantes de Asesoría, establecido en el artículo 1, así como del artículo 3 correspondiente a la Estructura Básica, del Acuerdo Ministerial No. 176, publicado en el Registro Oficial No. 428 de 8 de octubre de 2001; y, d) Sustituir el artículo 36 por el siguiente:

  3. “Art. 36 Gestión de Planificación Misión: Proporcionar asesoría y soporte en: aspectos de planificación sectorial e institucional y optimización del funcionamiento organizacional del Ministerio para facilitar su gestión institucional. Ambito de acción: ● Coordinar la formulación de la política energética y minera. ● Elaborar estudios energéticos. ● Coordinar la formulación del plan estratégico institucional, realizar su seguimiento y evaluación. ● Consolidar el plan anual operativo y su evaluación. ● Elaborar informes consolidados de la gestión institucional. ● Evaluar el funcionamiento del modelo organizacional. ● Diseñar y rediseñar procesos institucionales. ● Elaborar términos de referencia para la contratación de servicios tercerizados, administrar los contratos tercerizados, y recibir calificadamente los productos de esos contratos, en el ámbito de su competencia. ● Recolectar, analizar y consolidar la información sectorial. Estructura básica: El proceso de planificación tiene una estructura abierta conformado por equipos de trabajo para atender los requerimientos de los siguientes subprocesos: 1. Planes y estudios. Responsable de elaborar estudios de base para formular y evaluar la política energética y minera; formular políticas institucionales, administrar el sistema de información energética nacional, preparar y difundir balances energéticos y plegables, coordinar la elaboración de planes estratégicos y consolidar planes operativos anuales y su evaluación, elaborar informes consolidados de la gestión institucional y sectorial, consolidar el plan de inversiones, sistematizar información de interés para los ejecutivos. 2. Desarrollo institucional. Responsable de evaluar el funcionamiento del modelo organizacional, diseñar o rediseñar procesos institucio-nales, elaborar y actualizar disposiciones administrativa-financieras, asesorar y asistir en aspectos organizacio-nales para elevar la productividad, eficiencia y eficacia institucional; así como, contribuir para proporcionar servicios de calidad a clientes internos y externos”.

  4. Art. 3.- De la aplicación y ejecución del presente acuerdo ministerial, encárguese al Subsecretario de Desarrollo Organizacional.

  5. Art. 4.- Este acuerdo ministerial, entrará en vigencia desde su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.- Dado, en la ciudad de Quito, D.M., 22 de marzo del 2004. f.) Carlos Arboleda Heredia. MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, a 23 de marzo del 2004.- Gestión y Custodia de Documentación.- f.) Lic. Mario Parra.

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