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قوانين الإكوادور

Acuerdo Nº 23 - Estatuto orgánico y administrativo de la dirección del Parque Nacional Galápagos

صدر في 2000-05-17 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
institution, protected area, governance

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  1. 2 Registro Oficial N° 86 No. 23 EL MINISTRO DEL AMBIENTE (E) Considerando: Que, el Art 124 de la Constituci6n Politica de la Republica establece que la administraci6n publica se organizara y desarrollani de manera descentralizada y desconcentrada; Que, la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos y su Reglamento de Aplicaci6n, establece que el Parque Nacional Galapagos es un organismo desconcentrado encargado de la protecci6n y conservaci6n de los ecosistemas de la provincia de Galapagos; Que, es necesano establecer la organ1zaci6n y funcionamiento del Parque Nacional Galapagos de acuerdo con su misi6n prevista en la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos y Ley Foresta! y de Conservaci6n de Areas Naturales y de Vida Silvestre; Que, la Oficina de Servicio Civil y Desarrollo Institucional, oscmr, ha conducido la formulaci6n del Estatuto Administrativo y de Procesos del Parque Nacional Galapag')S; y, En ejercicio de sus atribuciones, Acuerda: Expedir el siguiente: ESTATUfO ORGANICO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCION DEL PARQUE NACIONAL GALAPAGOS. CAPITULO I DE LA NATURALEZA, AMBITO, PRINCIPIOS, MISION Y OBJETIVOS Art. I Naturaleza.- La Direcci6n del Parque Nacional Galapagos es una unidad desconcentrada, con autonomia administrativa, financiera y operativa, dependiente del Ministro del Ambiente. Lunes 29 de Mayo del 2000 Art. 2 Ambito.- La Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos con sede en Puerto Ayora Isla Santa Cruz, tiene jurisdicci6n y competencia sobre las areas protegidas de Galapagos. Art. 3 Principios.- La unidad se regira por los siguientes principios: ASIGNACION.- El Di~ector de! Parque Nacional Galapagos es la autoridad de la unidad, y es responsable de la administraci6n, protecci6n y conservaci6n del Parque Nacional y la Reserva Marina de Galapagos. RESPONSABILIDAD.- Los funcionarios de! Parque Nacional Galapagos se comprometen con todas las acciones que emprenda la unidad y responden por las gestiones de su competencia. PARTICIPACION.- La Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos, incorpora a su gesti6n ii los usuanos comprometidos con la misi6n institucional y que tengan objetivos definidos. EQUIDAD.- Las acciones que desarrolle la Direcci6n del Parque Nacional Galapagos se orientaran en forma igualitaria a todos los usuarios intemos y extemos. MANEJO ADAPTATIVO.- Las acciones de protecci6n y conservaci6n se adaptan a los cambios que a traves de! tiempo se definan como resultados de! monitoreo de los ecosistemas de Galapagos y sus usuarios. PRECAUTELACION.- Las decisiones que se adopten son las que ocasionen el minima riesgo de causar daiio, directa o indirectamente, en los ecosistemas. SUSTENTABILIDAD.- Todas las actividades tienden a la conservaci6n de las especies y a su uso sostenible. INTEGRALIDAD.- Las acciones tendientes al desarrollo sustentable de la provincia tienen un tratamiento global en relaci6n directa con los ecosistemas. CREDIBILIDAD.- Los funcionarios de la Direcci6n del Parque Nacional Galapagos son congruentes con lo que dicen, piensan y hacen. HONESTIDAD.- Los funcionarios sustentan sus acciones siempre en la verdad y la integridad. LEALTAD.- Todo funcionario eleva la imagen de la unidad en el contexto en el cual nos desenvolvemos. LIDERAZGO.- El personal comparte su creatividad, capacidad y aptitudes a fin de que la instituci6n sea pennanentemente un organismo productivo. Registro Oficial N° 86 Lunes 29 de Mayo del 2000 3 Art. 4 Mision.- La Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos sera responsable de la protecci6n, conservaci6n, control, interpretaci6n, educaci6n ambiental y uso sustentable de los ecosistemas insulares terrestres y marinos, de confom1idad con lo dispuesto en la Ley Especial par'.! la Conservaci6n y Desarrollo 8ustentable de la Provincia de Galapagos y Ley Foresta! y de Conservaci6n de Areas Naturales y de Vida Silvestre y sus reglamentos. Art. 5 Objetivo.- Proteger y conservar los ecosistemas de! Archipielago y su diversidad biol6gica para el beneficib de la humanidad, las poblaciones locales, la ciencia y la educaci6n. CAPITULOII DEL SISTEMA DE GESTION ORGANIZACIONAL Art. 6 Sistema.- La Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos ejercera su rol mediante una gesti6n sistemica, desconcentrada, con niveles jerarquicos pianos, con administraci6n por procesos. Art. 7 Componentes.- Esta compuesto por el macroproceso: Manejo, cuyos procesos son: a) Protecci6n y conservaci6n de ecosistemas terrestres; b) Protecci6n y conservaci6n de ecosistemas marinos; c) Uso publico; d) Control; e) Aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; f) Educaci6n ambiental; y, g) Comunicaci6n. CAPITULO III DE LOS NIVELES ADMINISTRA TIVOS Y ESTRUCTURA ORGANICA Art. 8 Niveles Administrativos.- La Estructura Organica de la Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos, se compone de los siguientes niveles administrativos: a) Ejecutivo; b) Asesor; c) De apoyo; y, d) Operativo. Art. 9 Nivel Ejecutivo.- Constituye un proceso gobemante y la jerarquia mas alta de autoridad, encargada de establecer la politica, de dirigir, organizar y controlar la gesti6n institucional, esta integrado por: a) La Direcci6n con los procesos de: I. Establecimiento de politicas de gesti6n y los subprocesos de: I. I Determinaci6n de necesidades; 1.2 Priorizaci6n de necesidades; 1.3 Formulaci6n de politicas; y, 1.4 Socializaci6n de politicas. 2. Celebraci6n de contratos y convenios con los subprocesos de: 2.1 Elaboraci6n de propuesta<s; 2.2 Informe legal y financiero; 2.3 Informe tecnico; y, 2.4 Aprobaci6n y legalizaci6n. 3. Legalizaci6n de operaci6n turistica con los subprocesos de: 3.1 Emisi6n de permisos de operaci6n turistica; 3.2 Renovaci6n de patentes de operaci6n turistica; 3.3 Emisi6n y renovaci6n de permisos de pesca; y, 3.4 Emisi6n y renovaci6n de licencias de guias naturalistas. 4. Legalizaci6n de resoluciones administrativas con los subprocesos de: 4.1 Legalizaci6n de resoluciones de recursos humanos; 4.2 Legalizaci6n de resoluciones financieras; y, 4.3 Legalizaci6n de resoluciones tecnicas. 5. Coordinaci6n interinstitucional con los subprocesos de: 5.1 Fonnulaci6n y analisis de propuestas y proyectosi 5.2 Investigaci6n de fuentes de financiamiento; 5.3 Propuestas de convenios de cooperaci6n; y, 5.4 Inlplantaci6n de! convenio. 6. Emisi6n de infonnes, con los subprocesos de: 6.1 Recopilaci6n de informaci6n; 6.2 Analisis; 6.3 Procesamiento; y, 6.4 Elaboraci6n. b) La Coordinaci6n General; con los procesos de: I. Coordinaci6n intema con los subprocesos de: I. I Elaboraci6n de politicas de comunicaci6n interdepartamental; y, 1.2 Control de cumplimiento de politicas. 2. Coordinaci6n interinstitucional con los subprocesos de: 2. I Formulaci6n y analisis de propuestas de proyectos; 2.2 Investigaci6n de fuentes de financiamiento; 2.3 Propuesta de convenios de cooperaci6n; y, 2.4 Ejecuci6n de convenios. 4 Registro Oficial N° 86 3. Asesoramiento en la fonnulaci6n de politicas de gesti6n. de protecci6n y de conscrvaci6n de los ecosistemas con los subprocesos de 3.1 Fonnulaci6n de propucstas: 3.2 Elaboraci6n de infonnes: v. 3.3 Emisi6n de recomen<laciones. Art. JO Nivel Asesor.- Constituvcn proccsos habilitantes yes instancia de consulta y consejo en la toma de <lecisiones, su relaci6n de autorida<l es in<lirecta y su funci6n es canaliza<la a traves de la maxima autori<la<l institucional y de la coor<linaci6n general, esta mtegra<lo por: a) J\scsoria Juri<lica, con los siguientes procesos: I. Asesoramiento legal con los subprocesos de: I. I A..nalisis juri<lico: 1.2 Elaboraci6n de infonnc: y, I. 3 Emisi6n de recomen<laciones. 2. Elaboraci6n de contratos y convemos con los subprocesos de: 2. I Analisis de nonnas legales vigentes en la materia: 2.2 Elaboraci6n de infonnes: :,:. 2.3 Elaboraci6n de propuestas. 3. Patrocinio judicial con los proeesos de: 3.1 l'resentaci6n o eontestaci6n de demandas o recursos a<lministrativos: 3.2 Fvacuaci6n de prucbas: 3.3 Comparceencia en au<liencia pi1blica: 3 .4 Presentaci6n de a legatos: y. 3 5 lnterposici6n de recursos. 4. Elaboraci6n de infonnes con los subprocesos de: 4.1 Recopilacion de infonnaci{m: 4.2 A..nalisis: 4.3 l'rocesamiento: v. 4.4 Elaboraci6n. b) Au<litoria lntema, constitui<la por los procesos: I. Control lntemo: 2. Asesoramiento Tecmco A<lministrativo. Los subprocesos de acucr<lo a la Lev Organica de Administraci6n Financiera \ Control. Art. 11 Nivcl Apoyo.- Constituye proccsos habilitantes que facilitan cl cumplimiento de las activi<la<les de los de1m1s nivclcs para el logro de los objetivos institucionalcs, a traves de la <lotaci6n de rccursos: esta intcgrado por a) Dcsarrollo lnst1tucional. con los proccsos de: ( ,cstion de procesos con los subprocesos de: I. I l'lamlicaci6n: 1.2 Fstablecimiento de estan<larcs: Lunes 29 de Mayo del 2000 1.3 Organizaci6n: 1.4 Evaluaci6n: y. 1.5 Elaboraci6n de informes y propuestas. 2. Gesti6n de recursos humanos con los subprocesos de: 2.1 Selecci6n: 2.2 Evaluaci6n: 2.3 Desarrollo: 2.4 Bienestar Social: y, 2.5 Elaboraci6n de informes y propuestas. 3. Gesti6n tecnol6gica con los subprocesos de: 3.1 J\<lministraci6n y <lcsarrollo de! infonnatico: plan 3.2 Administraci6n y <lesarrollo de los sistemas de infonnaci6n; 3.3 Auditorias de gesti6n tecnol6gica: 3.4 Desarrollo y administraci6n de redes y sistemas de infonnaci6n; 3.5 Administraci6n de! recurso informatico: y, 3.6 Elaboraci6n de informes y propuestas. 4. Gesti6n de bienes con los subprocesos de: 4.1 A<lquisici6n; 4.2 Mantenimiento: 4.3 Inventario; y, 4.4 Elaboraci6n de infonnes. b) Gesti6n financiera con el proccso de: I. Administraci6n financiera con los subprocesos de: I. I Presupuesto: 1.2 Contabilidad: y, 1.3 Caja. Art. 12 Nivel Operativo.- Constituyen procesos generadores de valor. responsablc <lei cumplimiento de politicas, princip10s y de la ejccuci6n de! Plan Estrategico y <lei Operativo Anual, integrados por: a) Manejo, con los procesos de: I. Protecci6n y conscrvaci6n de ecosistemas terrestres con los subprocesos de: 1.1 Fomento de la investigaci6n; 1.2 Estu<lios de impacto ambiental: 1.3 ManeJo de zonas y subzonas: 1.4 Manejo de especies nativas y endemicas; 1.5 Restauraci6n de ecosistemas: 1.6 Diagn6stico y evaluaci6n de! estado de los recursos: 1.7 Sistema Cuarentenario: 1.8 Erra<licaci6n de plantas introducidas; I. 9 Erra<licaci6n de animales introducidos: y, 1.10 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 2. Protecci6n y conservaci6n de ccosistemas mannos con los subprocesos de: 2.1 Fomento de la investigaci6n: Registro Oficial N° 86 Lunes 29 de Mayo del 2000 5 2.2 Estudios de Impacto AmbientaL 2.3 Manejo de Zonas y Sub zonas: 2.4 Manejo de pesquerias: 2.5 Diagn6stico y evaluaci6n de! estado de los recursos: y, 2.6 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 3. Uso pi1blico con los subprocesos de: 3.1 Fomento de la investigaci6n: 3.2 Planificaci6n y monitoreo de la operaci6n turistica y sistema de guias: 3.3 Registro de visitantes: 3.4 Manejo de sitios de visita terrestre y marinas: y, 3.5 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 4. Control con los subprocesos de: 4.1 Patrullaje tcrrestre y control de extracci6n de recursos: 4.2 Patrullaje marino: y, 4.3 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 5. /\provechamiento sustentable de los recursos naturales con los subprocesos de: 5.1 Fomento de la investigaci6n: 5.2 Monitoreo de las actividades socio-econ6micas: 5.3 Monitoreo de especies terrestres y marinas: 5.4 Monitoreo de sitios de visita: y, 5.5 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 6. Educaci6n ambiental con los subprocesos de: 6.1 l'articipaci6n Refonna Curricular: 6.2 Apovo a la Educaci6n Fonnal e lnfonnal: 6.3 Entrenamiento de Guias: 6.4 Manejo de los Centros de visitantes: y, 6 'i Elaboraci6n de infonnes y propuestas. 7. Comunicaci6n con los subprocesos de: 7. l I'roducci6n, 7.2 Difusi6n: 7 .. 3 Coordinaci6n Extema: y, 7.4 Elaboraci6n de infonnes y propuestas. Art. 13 Delegaciones.- Se establece las oficinas tecnicas de San Cristobal, lsabcla y Floreana, las 4ue timcionaran desconcentradamentc v con los niveles y procesos de la planta central. CAPITULO IV DE LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Art. 1~ A la Direcci6n dcl l'arque Nacional Galapagos le corresponde a) Cumplir v hacer cumplir la Ley de Regime1: Especial para la Conservac16n \ Desarrollo Sustentable de la Provincia de ( ialapagcLi, su Reglamcnto de Aplicaci6n y la Ley Foresta] y de Conservaci6n de Areas Naturales y de Vida Silvestre. el presente Estatuto Organico Administrativo v dem{ts disposiciones legales: b) Cumplir y hacer cumplir el Plan Estrategico Institucional, el Plm1 Operativo Anual y los Planes de Manejo de! Parque Nacional y la Reserva Marina, resoluciones y demas nonnas secundarias: y, c) Ejercer a traves de su Direct~r, la jurisdicci6n que le otorga la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos, su Reglamento de Aplicaci6n y la Ley Foresta! y de Conservaci6n de Areas Naturales y de Vida Silvestre y su Reglamento General para efectos de juzgamiento y sanci6n de infracciones a dichas nonnas legales. Art. 15 Director.- Sera nombrado por el Ministro del Ambiente y debera tener los siguientes requisitos: a) Ser ecuatoriano de nacimiento: b) Poseer titulo profesional en biologia o rmnas a fines; y, c) Experiencia en actividades relacionadas con la administraci6n de areas naturales y de vida silvcstre. Art. 16 Al Director de! Parque Nacional Galapagos, le corresponde, a mas de los procesos descritos: a) Ejercer la representaci6n legal de la unidad: b) Integrar y participar, por si o sus delegados los organismos colegiados en los que tenga representaci6n por mm1dato legal y por delegaci6n de! Ministro del Ambiente: c) Nombrar, promover y remover al personal: d) Dictar resoluciones que contengan nonnas secundarias necesarias para optimizar la administraci6n y manejo de] Parque Nacional y de la Reserva Marina de Galapagos y de los recursos naturales de! area colonizada: e) Aprobar la profonna presupuestaria y distributivo de sueldos de la Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos, y dictar resoluciones necesarias para la aplicaci6n y/o modificaci6n de tales instrumentos: y, f) Disponer la baja de bienes obsoletos y perdidos y el remate de bienes obsoletos de acuerdo a las nonnas vigentes. Art. 17 Coordinador.- Le corresponde, ademas de los procesos descritos: a) Subrogar al Director. Art. 18 Asesoria Juridica.- Le corresponde, a mas de los procesos descritos: a) Participar en el Comite de Contrataci6n Publica y otros en los 4ue por disposiciones legales y reglamentarias debe intervenir. 6 Registro Oficial N° 86 Art. 19 Administracion de bienes.- Le corresponde: a) Elaborar aval(10s, bajas v remates de bienes de Ia instituci6n. Art. 20 Gestion Financiera.- Le corresponde, a mas de! proceso dcscri to: a) Participar en cl comite de avaluos, bajas y remates de bienes de la instituci6n; b) Participar en la elaboraci6n de plan anual de adquisiciones; c) Fomrnlar hasta el 31 de marzo de cada afio, la Lunes 29 de Mayo del 2000 GOBERN ANTES I DIRECCION COORDINACION GENERAL HABILIT ANTES ASESORJA JURIDICA AUDITORJA INTERNA DESARROLLO INSTITUCIONAL GESTION FINANCIERA liqui<laci6n <lei presupucsto; y, GENERADORES DE VALOR <l) Fonnular la profonna presupuestaria hasta el 30 de septicmbre de cada afio. CAPITULOV CLASIFICACION DE LOS MACROPROCESOS Art. 21 Clasificacion de procesos.- Los procesos de la Direcci6n <lei Parque Nacional Galapagos se clasificaran de la siguiente manera: DIRECCION COORDINACION GENERAL ASESORIA JURIDICA DESARROLLO INSTITUCIONAL MANEJO 1 2 4 I MANEJO DE LOS ECOSISTEMAS CAPITULOVI Art. 22 Cadena de valor.- Los macroprocesos descritos de la Direcci6n de! Parque Nacional, generaran la siguiente cadena de valor: AUDITORIA INTERNA GESTION FINANCIERA 7 Nota: Los numerales indica<los <lei I a 7 corresponden a los siete procesos que integran el macroproceso: Manejo CAPITULO VII Art. 23 Estructura Organica.- La Estmctura Organica de la Direcci6n del Parque Nacional Galapagos se detalla a continuaci6n: ESTRUCTURA ORGANICA Y DE PROCESOS DESARROLLO ASESORIA - -- INSTITUCIONAL - M JURIDICA A N DIRECCION 1- COORDINACION , E J 0 AUDITORIA GESTION - INTFRNA -- FINANCIERA PROTECCION Y CONSERVACION DE ECOSISTEMAS TERRESTRE~ PROTECCION Y - CONSERVACION DE ECOSISTEMAf. MARINOS USO PUBLICO CONTROL APROVECHAMIENTO - SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES EDUCACION AMBIENT AL COMUNICACION 0 =i r'l [ z 0 N 0 0 0 8 Registro Oficial N° 86 Art. 24 Comumqucsc estc acuerdo al Ministerio de Finanzas \ Credito l'i1hlico v a la Suhsecretaria de Presupuestos para los tines de le\'. Art. 25 De!·<1gase el /\cuerdo Ministerial 132, pub!icado en cl Registro Oficial 286 del 28 de septiemhre de 1999. Disposicion Final.- De la ejecuci6n de este acuerdo que cntrani en v1gcncia a partir de la prcscnte fecha sin perjuicio de su puhlicacion en el Registro Oficia\, encargase a las D!fecc1011es Financicra. Administrntiva y de! Parque Nacional ( ,al:ipagos. Comuniquesc v puhliquese.- Dado en < iuayaquil, a 17 de mavo dcl 2001) Cl Hector Av6n. Ministro de! /\mhientc, (E). Lunes 29 de Mayo del 2000

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