Acuerdo Nº 21 - Suspende la expedición de permisos zoosanitarios para la importación de bovinos, ovinos y caprinos vivos, sus productos y subproductos de países que indica
صدر في 2001-01-22 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- animal welfare, pests/diseases, international trade, cattle, sheep/goats, animal by-products, animal health
- الفئات
- *
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N° 021 EL MINISTRO DE AGRICUL TURA Y GANADERJA Consi1Jcrando: Que, conesponde al Ministerio de Agricu!tura y Uanaderfa, a travCs de\ Servicio Ecuatoriano de Sanidad /\gropecuaria ~ SESA, velar por la sanidad agropecuaria de! pais a fin de prevenjr la introducci0n y propagacibn de la Enccfalopatia Espongifonne Bovina REEB, conocida como el Sindrome de Vucas Locas, cnfet111eda<l ex6tica y de importancia cuarenknaria para el Ecuador; Que, existc un alto riesgo de la introducci6n de la EEB, al a~tonzar las importaciones de bovinos, ovinos y caprinos vivos, prodnctos y suhpro<luctos de uso animal tales coma harina de hucso y de came, y aquellos que contcngan protcinas de mamiferos destina<los a la alimentaci6n animal, de paises afectados por dicha enfennedad~ Que, de acuerdo a las reportes de la Oficina Internacional de Epizootias - OIE, los paises afectados por la EEB, son las siguientes: Francia, Repllblica de Irlanda, Portugal, Suiza, Reino Uni<lo (Gran Bretana, Irlanda <let Norte, Jersey y CTuernsey, fsla de Man), Dinamarca, Italia, Alemania, Oman, Belgica, Holanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Espafia, Irlanda, Paises Bajos; Que, con la importaci6n de bovinos, ovinos y caprinos vivas, productos y subproductos de paises afectados par Ia EEB, se corre un alto riesgo de transmisi6n de la enfennedad para la poblaci6n humana y animal del pais; Que, la Resoluci6n 447 de la Comunidad Andina, en el cahllogo bitsico <le plagas y enfermedades, de las animales ex6ticas a la Subregi6n Andina, estableci6 la prohibici6n para la importaci6n de bovinos vivas, productos y subproductos, asf como alimentos concentrados, incluyendo harinas de hueso y de came, y de aquellas que contengan protefnas de mamiferos destinados a la alimentaci6n animal de paises afectados; y, En uso de las atribuciones que le concede la Ley de Sanidad Animal y su reglamento, y la Resoluci6n 447 de · Ia Comunidad Andina, Acuerda: Art. l.~ Suspender temporalmente, la expedici6n de pennisos zoosanitarios para la importaci6n de bovinos, ovinos y caprinos vivas, semen, embriones, productos y subproductos cim.icos, alirnentos concentrados incluyendo harina de hueso y de came y de aquellas que contengan proteinas de mamiferos destinadas a la alimentaci6n animal, asi como leche y derivados IJ.cteos, procedentes de: Francia, Rep\1blica de Irlanda, Portugal Suiza, Reino Uni do ( Gran Bretana, Irlanda dcl Norte, Jersey y Guernsey, Isla de Man), Dinamarca, Italia, Alemania, Oman, Belgica, Rolanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Espana, Irlm1da, Paises Bajos. Art. 2.~ El prcscntc acuerdo entrani en vigencia a partir de su suscripci6n en el Registro Oticial. Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, 22 de enero dcl 2001. Comuniqucsc y publiquese. f) big. Galo Plaza Pallares, Ministro de Agricultura y ( rfmaderia.