Acuerdo Nº 132 - Reglamento de la Dirección de Areas Protegidas de Galápagos
صدر في 1999-09-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- institution, protected area, legal proceedings/administrative proceedings, governance
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2 Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 Yolanda Kakabadse Navarro MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, es politica de! Estado impulsar los procesos de modernizaci6n, descentralizaci6n, desconcentraci6n y simplificaci6n de la administraci6n y reducci6n de! gasto publico con el fin de racionalizar e incrementar la eficiencia de! sector publico, creando condiciones para un adecuado desarrollo sostenible de! pais; Que, mediante Acuerdo Ministerial N° 92 de! 11 de junio de I 999, esta Cartera de Estado, conforme a la Ley de Modernizaci6n de! Estado dispuso la reestructuraci6n y modemizaci6n administrativa de! Parque Nacional Galapagos, como Unidad Administrativa desconcentrada dependiente de! Ministerio de! Ambiente, correspondiendole en ta! proceso un nuevo regimen organico y funcional, con revalorizaci6n de puestos y distributivo de sueldos de su personal; Que, la Direcci6n de! Parque Nacional Galapagos ha presentado para su aprobaci6n por parte de! Ministerio de! Ambiente los documentos que contienen el Reglamento Organico Funcional, que reflejan la nueva estructura de la Unidad Administrativa de! Parque Nacional Galapagos y de la Reserva Marina de Galapagos; y, Que, es competencia de esta Cartera de Estado aprobar las normas legales relativas a la Estructura Organica y Funcional de! Parque Nacional Galapagos, Acuerda: Articulo 1.- Aprobar la Estructura Organica Funcional de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, como Unidad Administrativa desconcentrada dependiente de! Ministerio de! Ambiente: REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DE LA DIRECCION DE AREAS PROTEGIDAS DE GALAPAGOS TITULO 1 DE LA ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULOI DE LA ORGANIZACION Art. 1 La estructura Organica de la Unidad Administrativa de! Ministerio de! Ambiente, denominada "Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos", esta conformada por los siguientes niveles: I. Directivo; 2. Ejecutivo; 3. Asesor; 4. Operativo; y de 5. Apoyo Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 3 CAPITULOII DEL NIVEL DIRECTIVO Art. 2 El Nivel Directivo constituye la mas alta instancia de autoridad encargada de establecer y hacer cumplir las politicas de gesti6n que corresponde a la administraci6n del Parque Nacional y Reserva Marina de Galapagos (Areas Protegidas de Galapagos). Este nivel esta constituido por: El Ministro de! Ambiente. CAPITULO III DEL NIVEL EJECUTIVO Art. 3 El Nivel Ejecutivo es el 6rgano responsable de ejecutar, controlar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades directivas de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, aplicando las politicas emanadas del Nivel Directivo. Este nivel esta constituido por: El Director de Areas Protegidas de Galapagos CAPITULOIV DEL NIVEL ASESOR Art. 4 El Nivel Asesor es la instancia de Asesoria de! Director y de todas las Unidades que conforman la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, mediante la asistencia tecnica en areas especializadas. Integran este nivel: a) El Departamento de Planificaci6n y su Unidad de Informatica; b) El Departamento Juridico y su Unidad de Coordinaci6n y Control Juridico; y, c) Unidad de Auditoria Interna. CAPITULOV DEL NIVEL OPERA TIVO Art. 5 El Nivel Operativo es el encargado de ejecutar los planes y programas de trabajo de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos y esta integrado por: a) El Departamento Tecnico y sus Unidades de: Protecci6n de Especies Nativas y Endemicas; Control y Erradicaci6n de Animales Introducidos; de Uso Publico; de Recursos Marinos; de Control y Vigilancia Terrestre; de Educaci6n Ambiental e Interpretaci6n; y de Comunicaci6n; y, b) Las Oficinas Tecnicas de San Cristobal, lsabela y Floreana. CAPITULOVI DEL NIVEL DE APOYO Art. 6 El Nivel de Apoyo es el encargado de prestar apoyo a los demas niveles de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, a fin de que estos cumplan a cabalidad con sus funciones. Esta conformado por: a) El Departamento Administrativo/Financiero, y sus Unidades de: Recursos Humanos; Contabilidad; Presupuesto; Tesoreria y Recaudaci6n; Adquisiciones; y, Almacen y Control de Bienes. TITULO 2 DE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL CAPITULOI FUNCIONES Art. 7 Las funciones de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos son: a) Cumplir y hacer cumplir dentro de su jurisdicci6n en la provincia de Galapagos: la Ley F orestal y de Conservaci6n de Areas Naturales y Vida Silvestre; la Ley de Creaci6n de! Ministerio de! Ambiente; la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos; y las demas disposiciones legales y reglamentarias de la materia, y el presente Reglamento Organico Funcional; b) Cumplir y hacer cumplir los Planes de Manejo, , lanes Operativos relativos al Parque Nacional Galapagos ya la Reserva Marina de Galapagos; c) Ejercer a traves de su Director la jurisdicci6n que le otorga la Ley Foresta! y de Conservaci6n de Areas Naturales y Vida Silvestre y la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos, para el juzgamiento y sanci6n de infracciones a dicha ley; y, d) Aprobar, coordinar y dar seguimiento a la ejecuci6n de proyectos de entidades publicas y privadas, nacionales v extranjeras, relacionados con el manejo y conservaci6n de los recursos naturales de! Parque Nacional y Reserva Marina de Galapagos; y vigilar la realizaci6n de obras de desarrollo social dirigidas a evitar o dismmuir los impactos ambientales negativos en la region. Art. 8 CAPITULOII DEL NIVEL DIRECTIVO MINISTERIO DEL AMBIENTE Corresponde al Ministro de! Ambiente: a) Aprobar los Planes Operativos y Planes de Manejo de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; b) Designar al Director de Areas Protegidas de Galapagos; 4 Registro Oficial N° 286 c) Autorizar comisiones de servicios en el exterior; d) Controlar y supervisar la correcta ejecuci6n de los Planes de Manejo y Planes Operativos de! Parque Nacional Galapagos y de la Reserva Marina de Galapagos; y, e) Las demas que establece la Ley y los Reglamentos. CAPITULO III DEL NIVEL EJECUTIVO DIRECCION DE AREAS PROTEGIDAS DE GALAPAGOS Art. 9 El Director de Areas Protegidas de Galapagos sera nombrado por el Ministro de! Ambiente. Para ser Director de Areas Protegidas de Galapagos se reqmere: a) Ser ecuatoriano de nacimiento: b) Poseer titulo profesional a nivel universitario en Biologia o ramas afines; y, c) Reconocida experiencia en actividades relacionadas con la administraci6n de areas naturales y vida silvestre. Art. 10 Son funciones de! Director de Areas Protegidas de Galapagos: a) Ejercer la representaci6n legal, judicial y extrajudicial en los asuntos concemientes a la Dirccci6n de Areas Protegidas de Galapagos; b) Presentar propuestas de politicas y estrategias para la administraci6n de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos: obtener su aprobaci6n, y ejecutarlas; c) Presentar proyectos de reglamentos y demas norrnas secundarias necesarias para la Administraci6n y Manejo de! Parque Nacional y de la Reserva Marina de Galapagos; y de los Recursos Naturales de! area colonizada; d) Planificar, administrar, manejar, desarrollar y controlar la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, y coordinar el manejo y administraci6n de las Areas Protegidas de Galapagos; e) Identificar y obtener fuentes de financiamiento para la ejecuci6n de Planes de Manejo y Planes Operativos; f) Elaborar el Plan Operativo anual sobre la base de los Planes de Manejo de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos y de la Reserva Marina de Galapagos; ponerlo en conocimiento de! Ministro de! Ambiente para su aprobaci6n y ejecutarlos; g) Establecer en coordinaci6n con entidades gubemamenta!es y no gubemamenta!es, las necesidades y prioridades de investigaci6n a fin de que respondan a los requerimientos de los Planes de Manejo y de los Planes Operativos; Martes 28 de Septiembre de 1999 h) Aprobar los planes, programas y proyectos de investigaci6n de las ONG's y de cientificos visitantes, a desarrollarse en el Parque Nacional, y en la Reserva Marina de Galapagos, supervisar su ejecuci6n, evaluar sus resultados y procurar su difusi6n y aplicaci6n. i) j) En el caso de planes y proyectos de investigaci6n de la Fundaci6n y Estacion Cientifica Charles Darwin, la aprobaci6n se dara dentro de! proceso de forrnulaci6n de los planes operativos que de manera conjunta se realizan con la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos: esto sin perjuicio de las competencias que el Acuerdo suscrito con la Fundaci6n otorga a la Cancilleria Ecuatoriana; Integrar la administraci6n y maneJo de la Direcc16n de Areas Protegidas de Galapagos en los procesos de desarrollo local, provincial y nacional, propiciando la participaci6n de organizaciones particulares y de la poblaci6n en general, a traves de proyectos de desarrollo socio-econ6mico que beneficien a la poblaci6n insular sin incidir en deterioros del area natural protegida; Fomentar la participaci6n de organizaciones particulares y de la poblaci6n por medio de proyectos especiales y actividades concretas, en la ejecuci6n de los Planes de Manejo y Planes Operativos; y supervisar el avance y cumplimiento de tales acciones; k) Dirigir el servicio de control y vigilancia en la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, para precautelar los limites de estas areas, proteger sus recursos natura!es, y controlar la utilizaci6n de sus productos y servicios; I) Cumplir dentro de la jurisdicci6n regional y en coordinaci6n con las Direcciones de! Ministerio de! Ambiente, todas las funciones tecnicas, legales, administrativas y financieras que correspondt;n a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; e infonnar semestralmente al Ministerio de Medio Ambiente sobre las actividades cumplidas; m) Dirigir la Secretaria Tecnica de la Autoridad de Manejo de la Reserva Marina de Galapagos, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos; n) Renovar patentes de operaci6n turistica, y de pesca, perrnisos para realizar investigaci6n cientifica, filmaciones y demas autorizaciones previstas en las nonnas juridicas que regulan la administraci6n de! Parque y Reserva, y conferir las licencias de Guias Naturalistas, con sujeci6n a las disposiciones que para estos efectos establecen las norrnas legales v reglamentarias, y demas contenidas en Decretos Ejecutivos relacionados con la materia; o) Norrnar el manejo de los Recursos Naturales en las Areas de! Parque Nacional Galapagos, deterrninadas como de uso especial, sin que ello implique alteraci6n de los Planes de Manejo; Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 5 p) Seleccionar, nombrar, promover y remover al personal que preste servicios en la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, suscribir los contratos de servicios personales y especializados; y firmar las acciones de personal y demas disposiciones relacionadas con el mismo, incluidas las relativas a comisiones de servicios dentro de! Pais. Solamente para las comisiones de servicio en el exterior se requerira ademas la autorizaci6n de! Ministro de! Ambiente; q) Autorizar la participaci6n de! personal de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos en cursos, seminarios, conferencias, y otros eventos en el Pais, siempre que tengan relaci6n con las funciones especificas que prestan; r) Dirigir y autorizar las inversiones y gastos presupuestarios de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, con sujeci6n a las normas legales y reglamentarias correspondientes a la materia; s) Suscribir !os contratos de adquisici6n de bienes, prestaci6n de servicios y demas que se requieran para el cumplimiento de los planes y programas de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; t) Mantener bajo su responsabilidad el Libro de! Registro de! Parque y la Reserva Marina de Galapagos concemiente a inscripci6n de cupos, patentes, permisos, licencias y demas asuntos sefialados en la Ley Foresta! y de Conservaci6n de Areas Naturales y Vida Silvestre, y la Ley de Regimen Especial para la Conservaci6n y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galapagos; u) Expedir las guias de movilizaci6n de madera con sujeci6n a la Ley Foresta! y de Areas Naturales y Vida Silvestre y reglamentos intemos de la Unidad Administrativa. Esta atribuci6n puede ser delegada al Jefe de la Unidad de Recursos Naturales y a los Jefes de Oficinas Tecnicas; v) Aprobar la proforma presupuestaria y distributivo de sueldos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; w) Informar y evaluar anualmente al Ministerio de! Ambiente sobre el cumplimiento de! Plan Operativo Anual y avance de los Planes de Manejo de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; x) Disponer el remate de bienes obsoletos conforme lo establece el Reglamento General de Bienes de! Sector Publico; , y) Disponer la baja de bienes obsoletos, extraviados o hurtados y perdidos fortuitamente previo al tramite de Ley establecido en el Reglamento General de Bienes de! Sector Publico; y, z) Las demas funciones que le asigne el Ministro de! Ambiente. CAPITULO IV DEL NIVEL ASESOR PARRAFO 1 DEL DEPART AMENTO DE PLANIFICACION Art. 11 Son funciones de! Departamcnto <le Planificaci6n, las siguientes: a) El Jete de Planificaci6n de Areas Protcgi<las de Galapagos subrogara automaticamente al Director de Areas Protegidas de Galapagos, en calidad de Director Subrogante, en caso de falta o ausencia del titular; b) Ccntralizar y analizar la informaci6n v elaborar conjuntamcnte con las Unidades Administrativas y bajo los lineamientos de! Director de Areas Protegidas de Galapagos, cl Plan Anual de Jnvcrsiones v el Plan Operativo Anual de las Areas Protcgidas de Galapagos: c) Asesorar a las Unidadcs Operativas en lo relac10nado a los gastos de inversion para la elahoraci6n de la Proforma Prcsupuestaria Anual; d) Dirigir y supervisar la elaboraci6n de los estudios orientados al Desarrollo Institucional, acordes con los objetivos, politicas, programas y proyectos de la Direcci6n de Areas Protegi<las de Galapagos: e) Sugerir al Director la formulaci6n y aplicaci6n de politicas, estrategias y lineamientos para el desarrollo de las actividades de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos: f) Elaborar y validar metodologias para formulaci6n de Planes de Manejo, programas, proyectos v planes operativos de la Dirccci6n de Areas Protcgidas de Galapagos, g) Sistematizar los proyectos y planes opcrativos que scan elabora<los por las Oficinas Tecnicas y las Unida<les Operativas, en relaci6n con los Planes de Manejo de la Unidad Administrativa, detenninar su prioridad, y los mecanismos de ejecuci6n: h) Coordinar y evaluar la elaboraci6n y ejecuci6n de los programas y pro:1ectos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, para sugerir los correctivos que scan necesarios: i) Dirigir la elaboraci6n de los informes anualcs y peri6dicos de las actividades de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos: j) Analizar, sistematizar y actualizar la informaci6n relacionada con los programas y proyectos de la Direcci.on de Areas Protegidas de Galapagos: / k) Organizar y administrar las estadisticas de los recursos naturales, productos, y servicios de las Areas Protegidas de Galapagos: I) Jnformar a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos sobre los avances en la ejecuci6n <lei Plan Operativo de 1'b Oficinas Tecnicas y Unidades de Apoyo Tecnico: 6 Registro Oficial N° 286 m) Dirigir la elaboracion de normas, metodologias y procedimientos para la formulacion, ejecucion y evaluacion de los programas y proyectos de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; y, n) Las demas funciones que le asigne el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF02 UNIDAD DE INFORMATICA Art. 12 Son funciones de la Unidad de Informatica, las siguientes: a) Disefiar, proponer, implementar el Plan Informatica de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos y la sistematizacion de los procesos de las diferentes areas de gestion: b) Irnplementar bancos de datos actuaiizados y mantener una red intema de infonnacion tecnica, econom1ca, contable y administrativa; c) Capacitar en el uso y manejo de los equipos de computacion y de los correspondientes programas al personal que constituye puntos de enlace de! sistema; d) Preparar y presentar infonnes periodicos y los demas que sean requeridos por la Direccion de Areas Protegidas; e) Anaiizar, desarrollar y actualizar prograrnas especificos para los Departarnentos, Unidades Operativas y Oficinas Tecnicas de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; f) Colaborar en la produccion de informacion requerida por las diversas Unidades de la entidad; g) Controlar y verificar el buen funcionamiento de los sistemas y programas utilizados; h) Preparar estadisticas sabre el uso publico de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; i) Entrenar al personal en la utilizacion de equipos y programas; j) Racionaiizar el uso de los equipos de computacion en cada area para garantizar su eficiente aprovechamiento; k) Disefiar e irnpiementar sistemas de informacion geografica para las Areas Protegidas de Galapagos; y, I) Cumpiir con las dernas funciones que le asigne su Jefe inmediato y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAFO 3 DEL DEPARTAMENTO JURIDICO Art. 13 Son funciones de! Departamento Juridico las siguientes: a) Asesorar en materia de orden juridico y legal a la Direccion y demas Unidades Administrativas y Tecnicas de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; Martes 28 de Septiembre de 1999 b) Patrocinar ante ios jueces y Tribunaies de la Region, la defensa administrativa, judicial y extrajudicial de los asuntos de interes de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; y de sus empleados, en casos exclusivamente relacionados con el ejercicio de sus funciones; y en los demas casos permitidos por las !eyes; c) Absolver consultas y emitir dictamenes de caracter legal, por pedido de la Direccion de Areas Protegidas: d) Estudiar y emitir criterios de caracter juridico v legal sobre asuntos que sean sometidos a consulta por parte de las dependencias adrninistrativas y tecnicas de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos: e) Ernitir c:-iterios legales sabre proyectos de Reg!amentos presentados por el Departarnento de Planificacion y otras Unidades Administrativas y Tecnicas de la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; f) Compilar y analizar la Legis!aciou Foresta! y de Areas Naturales y Vida Silvestre y en general de los recursos naturales de la region y de ser necesario proponer su actualizacion; g) Participar en el Comite de Contratacion Publica y otros en los que por disposiciones legales y reglamentarias debe intervenir; h) Coordinar las actividades de! Departarnento con los demas Departamentos de! Parque Nacional; i) Coordinar las actividades con la Direccion de Asesoria Juridica de! Ministerio de! Ambiente, en lo que fuerc necesario; j) Presentar informes periodicos y los demas que le sean requeridos; y, k) Las demas funciones que le asigne el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF04 UNIDAD DE COORDINACION Y CONTROL JURIDICO Art. 14 Son funciones de la Unidad de Coordinacion y Control Juridico, bajo direccion y supervision de! Jefe de! Departarnento Juridico, las siguientes: a) Colaborar en la preparacion de proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, reg!amentos y demas instrumentos legales necesarios para la administracion de! Parque Nacional y la Reserva Marina de Galapagos; b) Faciiitar la elaboracion de providencias judiciales, decretos, autos y sentencias, dentro de los procesos de juzgamiento por infracciones a la ley; c) Colaborar en ios procesos de licitaciones y concursos de ofertas publicas y privadas, de precios y e!aboracion de las correspondientes bases, contratos y rninutas; d) Llevar el archivo especializado de los actos juridicos de! Parque y la Reserva Marina; Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 7 e) Intervenir en los procesos de baja y remate de bienes de la Instituci6n que se encuentran en estado de deterioro; t) Intervenir en representaci6n de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos en los procesos de constataci6n fisica de activos fijos de la instituci6n; g) Apoyar a la Unidad de Control y Vigilancia en las actividades de patrullaje de! Parque y Reserva Marina de Galapagos; h) Colaborar en la preparaci6n de proyectos de convenio, contratos, y demas cuerpos juridicos para finna de la Direcci6n; e, i) Las demas que disponga el Jefe inmediato y el Director de Areas Protegidas. PARRAF05 UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Art. 15 Son funciones de la Unidad de Auditoria Interna las siguientes: a) Verificar las transacciones, registros, infonnes y estados financieros correspondientes al periodo examinado; b) Deterrninar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, politic,ilS y demas norrnas aplicables; c) Revisar y evaluar el control interno financiero; d) Exarninar y evaluar la planificaci6n, organizaci6n, direcci6n y control interno administrativo; e) Revisar y evaluar la eficiencia, efectividad y economia con que se han utilizado los recursos humanos, materiales y financieros; t) En el examen posterior de las operaciones financieras y administrativas de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, que las verifique y evalue, debera elaborarse el correspondiente inforrne con los comentarios, conclusiones y recomendaciones de la auditoria; g) Prestar la asesoria tecnica y administrativa necesaria para mejorar la administraci6n interna de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; y corregir las irregularidades, errores o desviaciones o deficiencias de sus operaciones; h) Inforrnar peri6dicamente al Jefe de Departamento de Planificaci6n, al Jefe de! Departamento Tecnico y al Director de Areas Protegidas de Galapagos sobre las actividades realizadas, e; i) Cumplir las demas funciones que le asigne el Director de Areas Protegidas de Galapagos. Art. 16 La Unidad de Auditoria Interna es directamente dependiente de! Director de Areas Protegidas de Galapagos. Art. 17 Los mecanismos que utilice la Auditoria Intenia estaran basados en las norrnas de Auditoria Gubernamental, que establece la Contraloria General de Estado. Art. 18 La designaci6n y remoci6n de! Auditor Interno se efectuara con sujeci6n a las disposiciones de la Ley Organica de Administraci6n Financiera y Control. CAPITULOV DEL NIVEL OPERA TIVO PARRAFO l DEPARTAMENTO TECNICO Art. 19 Son funciones de! Departamento Tecnico las siguientes: a) Dar seguimiento al cumplimiento y evaluaci6n de planes de manejo, programas, proyectos y planes operativos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; b) Disefiar procedimientos y tecQjcas para el manejo de recursos naturales, productos y servicios de! Parque, y de la Reserva Marina de Galapagos, asi como para. la vigilancia de esas areas, y el control de las- actividades que en ellas se realizan con el apoyo de las Oficinas Tecnicas y Unidades Operativas; c) Realizar con el apoyo de los Departamentos y sus Unidades la calificaci6n de proyectos de investigaci6n a ejecutarse en las Areas Protegidas de Galapagos; d) Identificar, fonnular y proponer proyectos de cooperaci6n tecnica o financiera nacional e internacional, para el maneJo de! Parque, y de la Reserva Marina de Galapagos; e) Analizar, sistematizar, y presentar inforrnes tecnicos a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, sobre manejo de la Direcci6n de Areas Protegidas en base a los inforrnes de las Oficinas Tecnicas y de las Unidades Operativas; t) Coordinar y apoyar la ejecuci6n de provectos de investigaci6n, cducaci6n, turismo y monitoreo ambiental, que provengan de instituciones publicas, organismos privados, personas naturales nacionales o extranjeras, y ONG's naciona!es o internacionales; g) Coordinar con las Unidades de Apoyo, cursos de capacitaci6n para el personal de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, y desarrollar programas de educaci6n ambiental, interpretaci6n, y manejo de recursos marinos y terrestres; h) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque y la Reserva Marina de Galapagos, y para la obtenci6n de financiamiento; e, i) Cumpl~ las demas funciones que le asigne el Director de Areas Protegidas de Galapagos. 8 Registro Oficial N° 286 PARRAF02 UNIDAD DE PROTECCION DE ESPECIES NA TIV AS Y ENDEMICAS Art.20 Son funciones de la Unidad de Protecci6n de Especies Nativas y Endemicas, las siguientes: a) Elaborar las propuestas de los Planes de Manejo, proyectos y planes operativos concernientes al manejo, control y protecci6n de los recursos naturales de! Parque Nacional Galapagos y de! area colonizada; h) Realizar el maneJo de los recursos naturales del Parque Nacional C,alapagos, con enfasis en su protecci6n de las especies nativas y endemicas; c) Ejecutar actividades de manejo tendiemes a minimizar los cambios ecol6gicos ocasionados por las especies introducidas, prevenir la introducci6n de nuevos organismos a las islas para asegurar la supervivencia de las especies nativas y endemicas de Galapagos; d) Proteger en especial las especies nativas y endemicas en peligro de extinci6n; e) Apoyar a las Oficinas Tecnicas en la e1ecuci6n de actividades inherentes al manejo de especies nativas, y erradicaci6n de especies de flora introducida; f) Coordinar con la Unidad de Recursos Humanos la capacitaci6n permanente del personal de la Unidad; g) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque Nacional Galapagos, y para la obtenci6n de financiamiento; h) Manejar sustentablemente la extracci6n de recursos naturales para atender las necesidades de los habitantes de Galapagos; 1) Infonnar peri6dicamente al Jefe de! Departarnento Tecmco, al Jefe de! Departamento de Planificaci6n y al Director de Areas Protegidas de Galapagos sobre las actividades realizadas; y, j) Cumplir las demas funciones que le asigne el Jefe inmediato. PARRAF03 UNIDAD DE CONTROL Y ERRADICACION DE ANIMALES INTRODUCIDOS Art. 21 Son funciones de la 1Jnidad de Control y Erradicaci6n de Animales lntroducidos, las siguientes: a) l]aborar las propuestas de los Planes de Manejo, proyectos y planes operativos conccrnientes al manejo, control y erradicaci6n de las especies de fauna introducidas al Parque Nacional Galapagos; h) ldentificar, planificar y ejecutar actividades tendientes a minimizar los camb10s ecol6gicos ocasionados por los animales introducidos, con enfasis y mayor amplitud en el control y erradicaci6n de especies de mamiferos introducidos; Martes 28 de Septiembre de 1999 c) Coordinar con la Unidad de Protecci6n de Especies Nativas y Endemicas Ia ejecuci6n de actividades tendientes a prevenir la introducci6n de nuevos organismos a las islas; d) Apoyar a las Oficinas Tecnicas en la ejecuci6n de actividades inherentes al control y erradicaci6n de animales introducidos; e) Coordinar con la Uni dad de Recursos Humanos la capacitaci6n permanente del personal de la Unidad; f) Elaborar proyectos tecnicos para Galapagos asi como para financiamiento; el Parque Nacional la obtenci6n de g) lnformar peri6dicamente al Jefe de! Departarnento Tecnico, al Jefe de! Departamento de Planificaci6n y al Director de Areas Protegidas de Galapagos sobre las actividades realizadas; y, h) Cumplir las demas funciones que le asigne el Jete inrnediato. PARRAF04 UNIDAD DE USO PUBLICO Art. 22 Seran funciones de la Unidad de Uso Publico, las siguientes: a) Organizar, planificar y supervisar la operaci6n turistica en las Areas Protegidas de Galapagos; b) Controlar el curnplirniento de los itiner:ifios, cupos, capacidades de operaci6n, y demas obligaciones de los operadores turisticos autorizados; c) Cumplir y hacer curnplir las disposiciones vigentes referentes al sisterna de guias naturalistas que operan en las Areas Protegidas de Galapagos; d) Efectuar el control de ingreso de visitantes a las Areas Protegidas de Galapagos, en coordinaci6n con las autoridades locales competentes; e) Llevar las estadisticas y evaluar continuamente la operaci6n turistica en las Areas Protegidas de Galapagos; f) Velar por el rnantenimiento, control y manejo de los sitios de visita actuales y potenciales de las Areas Protegidas de Galapagos; g) Coordinar y eJecutar los procedimientos de otorgamiento y renovaci6n de patentes, licencias y similares de acuerdo a las disposiciones vigentes; h) Proponer a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, acciones, normas, regulaciones, politicas y lineamientos para el control, manejo y mejoramiento de la operaci6n turistica en las Areas Protegidas de Galapagos; i) Supervisar el estado y mantenimiento de senderos para el transito de visitantes en Areas de! Parque, en base a los disefios proporcionados por la Unidad de Educaci6n Arnbiental e lnterpretaci6n; Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 9 j) Coordinar con las demas Unidades Operativas y Oficinas Tecnicas de la Direcci6n de las Areas Protegidas de Galapagos las actividades directas y relacionadas con el control y manejo turistico; k) Autorizar los cambios de itinerario de visita turistica en las Areas Protegidas de Galapagos, previo el analisis tecnico pertinente; I) Controlar y proteger las areas de uso publico de! Parque y de la Reserva Marina de Galapagos en coordinaci6n con las Unidades de Recursos Marinos y Control y Vigilancia Terrestre; m) Coordinar con las Oficinas Tecnicas la administraci6n y funcionamiento de los Centros de Visitantes, en las islas Santa Cruz, San Cristobal e Isabela; n) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque Nacional y la Reserva Marina de Galapagos, y para la obtenci6n de financiamiento; o) Informar al Departamento Juridico sobre los casos que ameriten la iniciaci6n de acciones judiciales o administrati vas; p) Informar peri6dicamente al Director de Areas Protegidas de Galapagos, al Jefe de! Departamento de Planificaci6n y al Jefe de! Departamento Tecnico sobre las actividades realizadas; y, q) Cumplir las demas funciones que le asigne el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF05 UNIDAD DE RECURSOS MARINOS Art. 23 Son funciones de la Unidad de Recursos Marinos, las siguientes: a) Apoyar a la Secretaria Tecnica para el Manejo de la Reserva Marina de Galapagos; b) Definir en coordinaci6n con las demas Unidades y Oficinas Tecnicas las necesidades de investigaci6n, para alcanzar los objetivos de manejo de la Reserva; c) Asegurar la integridad de la Reserva Marina y sus recursos; d) Vigilar y asegurar el uso adecuado de la Reserva Marina de Galapagos; e) Mantener activo el servicio de control y patrullaje de la Reserva Marina de Galapagos para precautelar y proteger los recursos naturales y controlar su uso dentro de la provincia de Galapagos; f) Elaborar e implementar en coordinaci6n con Jo·s Departamentos, Unidades Operativas y Oficinas Tecnicas un reglamento para el control y vigilancia de la Reserva Marina de Galapagos; g) Patrullar la Reserva Marina de Galapagos y sus linderos; h) Coordinar con la Armada de! Ecuador la ejecuci6n de patrullajes en la Reserva Marina de Galapagos; i) Impulsar el cumplimiento de! Plan de Manejo de la Reserva Marina y eventualmente identificar posibles errores y las altemativas de correcci6n; j) Coordinar el manejo de la Reserva con la Subsecretaria de Pesca, Comandancia de la II Zona Naval, la Autoridad Interinstitucional de Manejo, la Junta de Manejo Participativo, y demas organismos involucrados con la utilizaci6n de los recursos marinos dcl Archipielago; k) Dar el impulso necesario para el funcionamiento cabal de la Reserva; I) Coordinar con la Subdirecci6n de Pesca de Galapagos y con el Instituto Nacional de Pesca la ejecuci6n de proyectos de investigaci6n para regular y controlar la explotaci6n de los recursos marinos; m) Elaborar proyectos tecnicos para la Reserva Marina de Galapagos, asi como para la obtenci6n de financiamiento; n) Informar peri6dicamente al Director de Areas Protegidas de Galapagos, al Jefe de! Departamento de Planificaci6n y al Jefe de! Departamento Tecnico sobre las actividades realizadas; y, o) Cumplir las demas funciones que sefiale el Jefe inmediato y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF06 UNIDAD DE CONTROL Y VIGILANCIA TERRESTRE Art. 24 Son funciones de la Unidad de Control y Vigilancia Terrestres, las siguientes: a) Asegurar la integridad de! Parque Nacional Galapagos y sus recursos; b) Vigilar y asegurar el buen uso de! Parque Nacional Galapagos y las areas forestales anexas; c) Mantener activo el servicio de vigilancia y patrullaje de! Parque Nacional Galapagos para precautelar y proteger los recursos naturales y controlar su uso dentro de la provincia de Galapagos; d) Elaborar e implementar en coordinaci6n con los Departamentos, Unidades Operativas y Oficinas Tecnicas un reglamento para el control y vigilancia <lei Parque Nacional Galapagos; e) Patrullar las areas de! Parque Nacional Galapagos y sus linderos; f) Controlar y proteger la Zona de Uso Especial, la Subzona de Extracci6n de Recursos de! Parque Nacional Galapagos; g) Controlar la movilizaci6n de especies maderables; 10 Registro Oficial N° 286 h) Coordinar con la Unidad de Recursos Humanos la capacitacion permanente de! personal de la Unidad; i) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque Nacional Galapagos, y para la obtencion de financiamiento; j) Coordinar con la Policia Nacional la ejecucion de patrullajes en las areas de! Parque Nacional Galapagos; k) Supervisar periodicamente los campamentos de! personal de! Parque Nacional Galapagos, la Estacion Cientifica Charles Darwin y cientificos visitantes; I) Revisar los equipos y provisiones de! personal de! Parque Nacional Galapagos, de la Estacion Cientifica Charles Darwin y de cientificos visitantes previa su salida de campamento, a fin de evitar el transporte de especies agresivas; m) Realizar actividades de control y erradicacion de especies de flora introducida; n) Ejecutar actividades de manejo tendientes a rninimizar los cambios ecologicos ocasionados por las plantas introducidas; o) Apoyar a las Oficinas Tecnicas en la ejecucion de actividades inherentes al control y erradicacion de especies de flora introducida; y, p) Las demas funciones que le asigne el Jefe inmediato y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF07 UNIDAD DE EDUCACION AMBIENTAL E INTERPRETACION Art 25 Son funciones de la Unidad de Educacion Ambiental e Interpretacion, las siguientes: a) Mantener una constante coordinacion con autoridades educativas para implementar la Reforma Curricular Educativa en la provincia de Galapagos; b) Aplicar el Plan General de Educacion Ambiental e Interpretacion de! Parque; c) Coordinar con la Unidad de Uso Publico la adrninistracion y funcionamiento de los Centros de Visitantes, en las Islas Santa Cruz, San Cristobal e Isabela, en coordinacion con las respectivas Oficinas Tecnicas; d) Coordinar los cursos de capacitacion para el personal de Guardaparques y de formacion de Guias Naturalistas de! Parque, con apoyo de los Departamentos, sus Unidades y Oficinas Tecnicas; e) Actualizar y producir folletos informativos y educativos dirigidos )l la comunidad galapagueil.a y visitantes de las Areas Protegidas de Galapagos; t) Diseflar y elaborar letreros interpretativos en las Areas de! Parque Nacional Galapagos; Martes 28 de Septiembre de 1999 g) Diseflar y elaborar exhibiciones interpretativas y de Educacion Ambiental, dirigidas a la comunidad en general; h) Coordinar el diseflo de senderos naturales autoguiados en las areas de uso publico de! Parque Nacional Galapagos; i) Coordinar actividades de voluntariado y cooperacion en el manejo de las areas protegidas de Galapagos, con los Guias Naturalistas, Universidades de! pais y con la comunidad local; j) Mantener una coordinacion constante de las actividades y funciones con las diversas Unidades y Oficinas T ecnicas de la entidad; k) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque y la Reserva Marina de Galapagos para la obtencion de financiamiento; I) Promover la creacion de la biblioteca de! Parque Nacional Galapagos, asi como la actualizacion del archivo fotografico previa coordinacion con la Unidad de Comunicacion; m) Informar periodicamente al Director de Areas Protegidas de Galapagos, al Jefe de! Departamento de Planificacion y al Jefe de! Departamento Tecnico sobre las actividades realizadas; n) Cumplir las demas funciones que le asigne el Jefe inmediato y el Director de Areas Protegidas de Galapagos; o) Dictar char las y conferencias sobre acti vidades educativas para preservar el medio ambiente; y, p) Organizar periodicamente eventos culturales con la participacion de otros organismos gubernamentales y no gubernamentales. PARRAF08 UNIDAD DE COMUNICACION Art. 26 Son funciones de la Unidad de Comunicacion, las siguientes: a) Realizar la produccion, ejecucion y difusion de spots televisivos y programas radiales de Educacion Ambiental e Interpretacion, dirigidos principalmente hacia la comunidad de Galapagos; b) Difundir a traves de la radio y television local y nacional las actividades de conservacion y proteccion que realiza la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; c) Dar a conocer por medio de la difusion el conj unto de normas aplicables por la Direccion de Areas Protegidas de Galapagos; d) Controlar y verificar el buen funcionamiento de los equipos de! Centro de Produccion de Radio y Television de! Parque; Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 11 e) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque y la Reserva Marina de Galapagos, y para la obtenci6n de financiarniento; f) Mantener una constante coordinaci6n con autoridades de la provincia para lograr una constante annonia y cooperaci6n interinstitucional; g) Disefiar y elaborar audiovisuales; h) Mantener una constante coordinaci6n de las diversas actividades y funciones con las diversas Unidades de la entidad; i) Coordinar con la Unidad de Educaci6n Ambiental el disefio de folletos, libretos, revistas, etc., para lograr una bue'na comunicaci6n intema y extema; asi como tambien promover la realizaci6n de seminarios, talleres y charlas; j) Promover y organizar la creaci6n de una videoteca, en coordinaci6n con la Unidad de Educaci6n Ambiental e Jnterpretaci6n; k) Promover publicaciones de prensa, radio y television; I) Analizar y emitir criterios sobre propuestas de filmaciones presentadas a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; m) Disefiar proyectos de comunicaci6n intema y extema de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos previa coordinaci6n con la Unidad de Recursos Hwnanos; n) Jnformar peri6dicamente al Director de Areas Protegidas de Galapagos, al Jefe del Departamento de Planificaci6n y al Jefe del Departamento .Tecnico sobre las actividades realizadas; y, o) Cwnplir las demas funciones que le asigne el Jefe inmediato. PARRAF09 OFICINAS TECNICAS Art. 27 Seran funciones de las Oficinas Tecnicas, las siguientes: a) Representar a le Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos en la respectivajurisdicci6n insular; b) Cwnplir las disposiciones tecnicas y administrativas que se originen en la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos y los Departamentos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; c) Fomentar actividades para la ejecuci6n y desarrollo de los Planes de Manejo, planes operativos, programas y proyectos de las Areas Protegidas de Galapagos; d) Identificar necesidades de investigaci6n, capacitaci6n y extensi6n que faciliten la ejecuci6n de planes, programas y proyectos dentro de ta jurisdicci6n de cada Oficina Tecnica; e) Coordinar con instituciones publicas, organiz.aciones privadas y en general con la poblaci6n, la ejecuci6n de proyectos y actividades concretas para el manejo del Parque, de la Reserva Marina Galapagos, y del area colonizada; f) ldentificar los elementos tecnicos, administrativos, y financieros, dentro de la jurisdicci6n de cada Oficina Tecnica, soluciones altemativas para fortalecer el servicio de vigilancia y protecci6n del Parque; y la Reserva Marina de Galapagos, en coordinaci6n con la Unidad de Control y Vigilancia; g) Realizar el manejo de los recursos naturales del Parque y Reserva Marina de Galapagos con enfasis en el control y erradicaci6n de especies introducidas de flora y fauna, el control del turismo, y desarrollo de proyectos de educaci6n e interpretaci6n ambiental; h) Informar peri6dicamente a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos sobre el avance de las actividades desarrolladas, asi como sobre los problemas, necesidades y novedades existentes; i) Elaborar proyectos tecnicos para el Parque y la Reserva Marina de Galapagos, y para la obtenci6n de financiamiento; y, j) Cwnplir las demas funciones que le asigne el Jefe del Departamento Tecnico, el Jefe de Planificaci6n y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. CAPITULOVT DEL NIVEL DE A.t'OYO PARRAFO 1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO Art. 28 Son funciones del Departamento Administrativo y Financiero, las siguientes: a) Planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y supervisar las actividades administrativas, financieras, contables y de Recursos Humanos de! Parque y Reserva Marina de Galapagos; b) Supervisar la correcta y oportuna utilizaci6n de los recursos materiales, financieros y humanos de! Parque y Reserva Marina de Galapagos; c) Coordinar y supervisar las funciones y procedimientos administrativos y financieros del Parque y Reserva Marina de Galapagos; d) Cumplir y hacer cwnplir las disposiciones contenidas en la LOAFYC, Ley de Servicio y Carrera Administrativa, asi como otras !eyes generales y especiales y reglamentos de la administraci6n financiera, de personal y bienes; e) Organizar y mantener actualizados los sistemas integ:,:ados de contabilidad y presupuesto, adecuados a las necesidades de! Parque y Reserva Marina de Galapagos; 12 Registro Oficial N° 286 f) Establecer procedimientos de control prev10 y concurrente y cumplir con las normas tecnicas de control intemo; g) Establecer mecanismos id6neos para la determinaci6n y recaudaci6n de los recursos financieros; h) Proporcionar apoyo e informaci6n oportuna en las areas de su competencia a los niveles de autoridad de! Parque y Reserva Marina de Galapagos y a las demas Unidades que lo requieran; i) Organizar, establecer y aplicar los sistemas contables, de control y ejecuci6n presupuestaria, recaudaci6n de recursos financieros, adquisiciones, tesoreria, custodia, administraci6n de bienes y administraci6n d.: los recursos humanos; j) Participar con la Jefatura de Planificaci6n en la elaboraci6n de la Proforma Presupuestaria anual de! Parque y en coordinaci6n con los Departamentos, Unidades y Oficinas Tecnicas y .presentarlo al Director de las Areas Protegidas de Galapagos; k) Participar en los procesos de avaluos, bajas y remates de bienes de la instituci6n; l) Organizai el sistema de archive, flujo de documentos y correspondencia; y velar por su custodia y conservaci6n; m) Gestionar la impresi6n de especies valoradas y responsabilizarse de la adecuada utilizaci6n de cstas y recaudar los valores correspondientes; n) Recaudar los ingresos econ6micos que se originen en la utilizaci6n de productos y servicios de! Parque y de la Reserva Marina de Galapagos; o) Organizar y supervisar la distribuci6n, identificaci6n, mantenimiento y control de los vehiculos de! Parque y Reserva Marina de Galapagos; p) Proponer a la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, sistemas eficientes de optimizaci6n de recursos financieros, fisicos y humanos; q) Presentar informes peri6dicos y las demas que le sean requeridos par el Director de Areas Protegidas de Galapagos; y, r) Cumplir las demas funciones que le asigne la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF02 UNIDAD DE CONTABILIDAD Art. 29 Son funciones de la Unidad de Contabilidad, las s1guientes: a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades contables; b) Asesorar a los diversos niveles sabre aspectos contables; Martes 28 de Septiembre de 1999 c) lmplantar y mantener actualizado el Sistema de Contabilidad, descrito en el Manual General de Contabilidad Gubemamental v las dermis nonnas relacionadas con esta materia, cuidando que exista una adecuada separaci6n de funciones; d) Verificar la documentaci6n fuente de origen intemo y extemo, para determinar si se han cumplido las procedimicntos vigentes; e) Participar en la elaboraci6n de! presupuesto \ sus reformas; f) Presentar un informe diario de disponibilidad de! efectivo que contenga el saldo inicial, las recaudaciones, egresos efectuados y el saldo final obtenido; g) Interpretar y contabilizar las diversas transacc10nes, utilizando las registros contemplados en el Manual General de Contabilidad Gubemamental; h) Efectuar las registros contables y ejecutar el control intemo financiero previo al compromiso, obligaci6n v pago, a fin de determinar la propiedad, legalidad, veracidad y confonnidad de las operaciones v de la documentaci6n de soporte; i) Formular informes peri6dicos qu~ incluyan las estados financieros mensuales y las informes de flujo de efectivo, que seran entregados al Jefe Administrative/Financiero: j) Elaborar los estados financieros, sus anexos y notas aclaratorias y someterlos a conocimiento y aprobaci6n de! Jcfe Administrati vo/Financiero y de! D!fector de Areas Protegidas y Reserva Marina de Galapagos para el envio a las entidades sefialadas en las normativas emitidas por la Contraloria General de! Estado, dentro de los plazas establecidos en las disposiciones vigentes: k) Llevar el registro de! movimiento de las cuentas bancarias: l) Conciliar mensualmente los saldos de las mayores generales con las mayores auxiliares; m) Elaborar los analisis financieros que perm1tan oportunamente determinar las variaciones significalivas de las planes financieros y sus causas, asi como realizar las analisis requeridos por los superiores: n) Velar por la permanente capac1taci6n v actualizac16n de conocimientos del personal de la unidad, princ1palmente en la aplicaci6n de procesos automatizados; o) Preparar y emitir las cheques comprobantes para el pago de las obligaciones legalmente contraidas y las que corresponden a fondos aJenos, a base de la documentaci6n aprobada par el Jefe Administrativo/Financiero; p) Fonnular proyectos de procedimientos, instructivos \ otras normas especificas relacionadas con el desenvolvimiento de las actividades contables. especialmente a base de procesos automatizados y someterlos a conocimiento de las niveles 3erarquicos superiores, previo a la aprobaci6n de la Contraloria General de! Estado; Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 13 q) Mantener actualizados los archivos de la docwnentaci6n sustentatoria y de los registros patrimoniales y presupuestarios; r) Actualizar y mantener las debidas protecciones de los archivos automatizados que contengan informaci6n financiera; s) Participar en la elaboraci6n de! plan anual de adquisiciones; y, t) Cwnplir las demas funciones que le as1gne el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF03 UNIDAD DE PRESUPUESTO Art. 30 Son funciones de la Unidad de Presupuesto las siguientes: a) Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades presupuestarias; b) Elaborar el anteproyecto de presupuesto, a base de los planes y requerimientos de las distintas Unidades Administrativas; c) Elaborar la proforma presupuestaria y someterla a la aprobaci6n correspondiente; d) Formular, conjuntamente con las Unidades Tecnicas correspondientes, el plan anual de inversiones; e) Recopilar la informaci6n relacionada con los ingresos, a fin de formular las diferentes proyecciones; t) Formular conjuntamente con la Unidad de Recursos Hwnanos, el proyecto de distributivo de sueldos; g) Recopilar los requerimientos de los recursos hwnanos, materiales y financieros, de las distintas Unidades Administrativas, en concordancia con el distributivo de sueldos, el plan anual de adquisiciones, el plan anual de inversiones; h) Proyectar los egresos, con sujeci6n a la estructura programatica; i) Evaluar pennanentemente la ejecuci6n de! presupuesto, a traves de la medici6n de los resultados fisicos y financieros obtenidos y formular los informes para uso de las Unidades correspondientes; j) Mantener registros relacionados con la ejecuci6n fisica de los proyectos de inversion y evaluar el cwnplimiento de las metas previstas; k) Sugerir y tramitar las modificaciones del presupuesto, asi como someterlas a la aprobaci6n legal respectiva; l) Formular hasta el 31 de marzo de cada afio, la liquidaci6n del presupuesto; m) Elaborar el presupuesto mensual de caja; n) Evaluar los informes de flujo de efectivo y formular los planes de inversiones temporales, a base de los recursos que no se requieran, para atender necesidades del Parque inmediatas, en coordinaci6n con Tesoreria; o) Participar en la elaboraci6n del plan anual de adquisiciones; y, p) Cwnplir con las demas funciones que le asigne el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAF04 ALMACEN Y CONTROL DE BIENES Art. 31 A esta Unidad corresponden las siguientes funciones: a) Organizar, programas, dirigir, ejecutar y controlar las actividades inherentes a la Unidad de Almacen y Control de Bienes de acuerdo con la normativa legal y tecnicas vigentes; b) Mantener registros actualizados sobre los articulos para stock ( swninistros, materiales y repuestos ), que permitan establecer la ubicaci6n de Ios bienes, los responsables de la custodia, asi como los costos unitarios y totales por cada clase de bienes y conciliar peri6dicamente estos registros; c) Participar en las tomas fisicas, bajas, remates, transferencias y donaciones de activos e inventar1os, velando por el cumplimiento de lo que determina el Reglamento General de Bienes del Sector Publico; d) Determinar los niveles maximos y minimos de articulos en existencias; e) Swninistrar los informes peri6dicos, relacionados con las existencias; t) Mantener el control contable sobre los activos fijos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos de conformidad a la estructura presentada en el plan de cuentas especificas y conciliar peri6dicamente sus saldos con el subsistema de administraci6n y control de los activos fijos; g) Recabar la informaci6n pertinente sobre los smiestros ocurridos, a fin de efectuar el correspondiente registro con table; h) Codificar los activos fijos, de conformidad al subsistema especifico de manera que pennita identificar la ubicaci6n, en funci6n de Ia Unidad Administrativa, el servidor responsable de la custodia, las diversas clases de bienes y el bien especifico; i) Elaborar informes sobre las depreciaciones, revalorizaciones de los activos fijos y llevar a cabo los ajustes por correcci6n monetaria; j) Informar mensualmente a la Unidad de Contabilidad sobre los movimientos de inventarios; y, q) Las demas funciones que le as1gne el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. 14 Registro Oficial N° 286 PARRAF05 UNIDAD DE ADQUISICIONES Art. 32 A esta Unidad corresponden las siguientes funciones: a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la realizaci6n de obras, provision de bienes y prestaci6n de servicios para la Instituci6n; b) Ejecutar el Plan Atma) de Adquisiciones, ejecuci6n de obras y prestaci6n de servicios en coordinaci6n con el Departamento Administrativo Financiero; c) Preparar la documentaci6n de la fase precontractual de los wntratos de ejecuci6n de obras, adquisici6n de bienes y prestaci6n de servicios requeridos por la instituci6n y someterlos a conocimiento del Comite de Contrataciones, comisi6n de apoyo de contrataciones o de) Director de Areas Protegidas; d) Ejecutar los contratos u 6rdenes de tramites relativos a la adquisici6n de bienes y suministros de oficina de la Instituci6n; e) Precautelar que las adquisiciones de bienes y suministros de oficina, ejecuci6n de obras y prestaci6n de serv1c1os se realicen de acuerdo con las especificaciones tecnicas y de calidad previstas en los contratos o en las 6rdenes de tramite; t) Responder por los bienes adquiridos, hasta su ingreso a la secci6n de almacen y control de bienes; y de su conservaci6n; g) Mantener actualizado el registro de proveedores de bienes y servicios; h) Mantener actualizado la vigencia de las garantias que respaldan los procesos contractuales de la instituci6n; y, r) Cumplir con las demas funciones que le asigne el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAFO 6 TESORERIA Y RECAUDACION Art. 33 A la Unidad de Tesoreria y Recaudaci6n le corresponde cumplir con las siguientes funciones basicas: a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la recaudaci6n de los ingresos, de conformidad a la ley, reglamentos, contratos y convenios; b) Depositar los valores recaudados, sea en efectivo y cheques, en forma intacta e inmediata, de conformidad con los reportes diarios de recaudaci6n; c) Presentar el reporte diario de recaudaci6n a la Unidad de Contabilidad, adjuntando las respectivas notas de dep6sito para su registro; Martes 28 de Septiembre de 1999 d) Entregar los cheques directamente al beneficiario, previo a la verificaci6n de la documentaci6n sustentatoria y del cumplimiento de las disposiciones legales; e) Efectuar la custodia de los val ores recaudados pendientes de dep6sito y de otros conceptos, tales como: especies valoradas, titulos de credito, garantias y demas documentos que amparan los ingresos del Parque y Reserva Marina, verificando su contenido, c6mputo y legalidad; t) Establecer salvaguardas fisicas para proteger los recursos financieros y demas documentos bajo su custodia; g) Suscribir, conjuntamente con el Jefe Administrativo/Financiero, los titulos de credito, especies valoradas y demas documentos, para el cobro de tributos, que debe percibir la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; h) Suscribir los cheques conjuntamente con el Jefe Administrativo/Financiero; i) Preparar informes diarios sobre garantias, p61izas y demas documentos que se encuentren pr6ximas a su vencimiento, con 20 dias de anticipaci6n; j) Participar en bajas de titulos de creditos, espec1es valoradas y otros valores que se encuentren bajo su custodia, de conformidad a las disposiciones legales y efectuar las entregas-recepciones respectivas; k) Observar por escrito y dentro del plazo establecido, ante el Jefe Administrativo/Financiero, las 6rdenes de pago que considere ilegales o que contravienen disposiciones legales y normativas; l) Ejercer, de conformidad con la Ley, las funciones y actividades inherentes a los agentes de retenci6n; m) Coordinar las funciones y actividades con las demas secciones de la Jefatura Administrativa/Financiera; n) En general, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, procedirnientos tecnicos y administrativos, inherentes a la Tesoreria y emanadas de autoridad competente; o) Verificar la informaci6n relacionada con los beneficios a favor de los funcionarios y servidores del Parque; p) Obtener de la Unidad de Recursos Humanos, la documentaci6n sustentatoria sobre sueldos y salarios, retenciones judiciales, establecer los descuentos y deducciones de los servidores del Parque, para la elaboraci6n del rol de remuneraciones; q) Verificar, previo al pago que las remuneraciones del personal, se hayan liquidado con las variaciones establecidas en !eyes, decretos, acuerdos, etc .. legalmente aprobados; y, Registro Oficial N° 286 Martes 28 de Septiembre de 1999 15 r) Las demas funciones que asigne el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. PARRAFO 7 UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS Art. 34 Son funciones de la Unidad de Recursos Hwnanos, las siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con el manejo de los recursos hwnanos de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; b) Proponer politicas de desarrollo de recursos hwnanos, de acuerdo con el diagn6stico y proyecciones de los planes de investigaci6n de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; asi como tambien, para el reforzarniento de las areas de gesti6n institucional; c) Desarrollar y aplicar mecanismos adecuados para el reclutamiento, selecci6n, evaluaci6n, promoci6n e incentivos del personal de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; d) Administrar y mantener actualizado el sistema de remuneraciones de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, que incluya un sistema de clasificaci6n de puestos, descripci6n de las funciones, valoraci6n de puestos, beneficios e incentivos basados en la productividad y calidad de la labor profesional; e) Coordinar con la Jefatura de Planificaci6n y con la Unidad de Informatica la implementaci6n de un sistema de manejo de informaci6n de recursos hwnanos; f) Elaborar en coordinaci6n con los demas Departamentos, Unidades y Oficinas Tecnicas planes de adiestramiento, capacitaci6n y desarrollo para el personal de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, asi como identificar candidatos para cursos, becas y promociones, de acuerdo con la planificaci6n estrategica de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; g) Coordinar, controlar y evaluar el adiestramiento y los estudios academicos del personal de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos, en el pais y en el exterior; h) Presentar informes peri6dicos y los demas que le sean requeridos por el Jefe inmediato; i) j) Coordinar las actividades de la Unidad con las demas Unidades de la Direcci6n de Areas Protegidas de Galapagos; y, Las demas funciones que le fueren asignadas por el Jefe Administrativo Financiero y el Director de Areas Protegidas de Galapagos. Articulo 2.- Comuniquese esta Resoluci6n al Ministerio de Finanzas y Subsecretaria de Presupuestos para los fines de Ley. Cumplase y publiquese en el Registro Oficial. Dado en Quito a los trece dias del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve. f.) Yolanda Kakabadse Navarro, Ministra del Ambiente.