Acuerdo Nº 121 - Plan para la implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre
صدر في 2005-12-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- الإكوادور
- الموضوعات
- Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- internal trade, wildlife products, transport/storage, forest service, forest management/forest conservation
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Acuerdo No. 121 Ab. Anita Albán Mora MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, el doctor Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, mediante Decreto No. 998 expedido el 28 de diciembre del 2005, declara en estado de emergencia el control y la supervisión del sector forestal ecuatoriano; Que, las distintas unidades administrativas y operativas del Ministerio del Ambiente han diseñado un Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre (SNCF y TVS), para enfrentar el estado de emergencia, el cual forma parte integrante de este acuerdo; Que, la ejecución del referido Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre (SNCF y TVS), es de altísima prioridad para esta Cartera de Estado; Que, el citado Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre (SNCF y TVS), prevé la adquisición de bienes y servicios necesarios para su ejecución; Que, el artículo 22 del Decreto No. 2568, publicado en Registro Oficial No. 534 de 1 de marzo del 2005, faculta a la máxima autoridad a determinar de imprescindible necesidad la adquisición de bienes que contribuyan al normal desempeño de las instituciones; Que, es política de esta administración eficientizar el uso de los escasos recursos de que dispone el Ministerio del Ambiente, por lo que en lo que considere necesario, se acogerá a los beneficios contemplados en la Ley de Fomento Industrial; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución No. 701211 de 14 de diciembre del 2005, aprueba el incremento del presupuesto del Ministerio del Ambiente (Planta Central), con el propósito de atender las necesidades de adquisición de bienes y servicios para precautelar el manejo sustentable de recursos, conforme consta en la Resolución No. 068 de 20 de diciembre del 2005 suscrita por esta Cartera de Estado; y, En uso de las atribuciones que le confiere los artículos 179 numerales 1 y 6 de la Constitución Política de la República y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Art. 1.- Declarar la ejecución del referido Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre (SNCF y TVS), de imprescindible necesidad para cumplir con los objetivos de esta Cartera de Estado; y, por tanto la adquisición de bienes y servicios definidos en el citado plan. Art. 2.- Acogerse a los beneficios contemplados en la Ley de Fomento Industrial para la adquisición de siete (7) vehículos de fabricación nacional, necesarios para realizar el control y supervisión del sector forestal del país y que a su vez se encuentran contemplados en el citado plan. Art. 3.- Responsabilizar a las subsecretarías de Capital Natural y de Desarrollo Organizacional, dentro de las áreas de su competencia, de la ejecución integral del Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Control Forestal y Tráfico de Vida Silvestre (SNCF y TVS). Art. 4.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y prevalecerá sobre cualquier otro documento emitido con anterioridad respecto del mismo tema. Dado en Quito, a 28 de diciembre del 2005. f.) Anita Albán Mora, Ministra del Ambiente.