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قوانين الإكوادور

Acuerdo Nº 120 - Modifica el Acuerdo Nº 69, que crea el Consejo consultivo para la cadena agroindustrial cacao y elaborados

صدر في 2008-07-21 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
non-governmental entity, coffee/cocoa/tea, internal trade, international trade, plant production
الفئات
*, agriculture, softs

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  1. Acuerdo N° 120 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 069 del 23 de abril del 2003, publicado en el Registro Oficial No. 091 del 28 de mayo del 2003, se establece el Consejo Consultivo para la Cadena Agroindustrial del Cacao, como instrumento de concertación entre el sector público y privado, relacionados con la producción, comercialización e industrialización de este producto; Que, mediante oficio 093 del 28 de abril del 2003, la Asociación Nacional de Cacaoteros, ASOCACAO solicita al Ministerio de Agricultura y Ganadería su inclusión al Consejo Consultivo de la Cadena del Cacao; Que, mediante oficio s/n del 12 de mayo del 2008, los directivos de la Corporación de Organizaciones Productoras de Cacao Nacional Fino de Aroma del Ecuador, CONCACAO, creada mediante Acuerdo Ministerial del MAGAP No. 288 del 15 de agosto del 2007, solicita su representación en el Consejo Consultivo del Cacao, en nombre de los pequeños y medianos productores de cacao nacional fino y de aroma del Ecuador; Que, con Acuerdo Ministerial No. 223, publicado en Registro Oficial No. 127 de 17 de julio del 2003 se modifica el Art. 2 del Acuerdo Ministerial No. 069 de 23 de abril del 2003; Que, con Decreto Ejecutivo 3609, publicado en el Registro Oficial Suplemento Edición Especial No. 1 del 20 de marzo del 2003, constante en el Libro Tercero Título 24 del citado decreto se expide el Reglamento General de los Consejos Consultivos del MAGAP; y, En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Modificar la integración del Consejo Consultivo para la Cadena Agroindustrial del Cacao y elaborados. Artículo 1.- Reemplazar el Art. 2 del Acuerdo Ministerial No. 223, publicado en Registro Oficial No. 127 de 17 de julio del 2003 por el siguiente: ■ El Ministro de Agricultura y Ganadería o su delegado, quien lo presidirá. ■ Un representante permanente del Ministerio de Industria y Competitividad o su delegado. ■ El Presidente de la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao, ANECACAO, o su delegado. ■ El Presidente de la Federación de Cacaoteros del Ecuador, FEDECADE, o su delegado. ■ El Presidente de la Asociación de Productores de Cacao Fino y de Aroma, APROCAFA, o su delegado. ■ El Presidente de la Corporación de Agroindustriales de Cacao del Ecuador, CORCACAO, o su delegado. ■ El Presidente de la Asociación Nacional de Cacaoteros, ASOCACAO, o su delegado. ■ El Presidente de la Corporación de Organizaciones Productoras de Cacao Nacional Fino de Aroma del Ecuador, CONCACAO, o su delegado. ■ Un representante del CORPEI. ■ Un representante del INIAP. ■ Un representante de los compradores externos (broker). ■ Asociación Nacional de Cacaoteros, gremio de productores. Artículo 2.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 223, publicado en Registro Oficial No. 127 de 17 de julio del 2003. De la ejecución del presente acuerdo encárguese al Subsecretario de Direccionamiento Estratégico de esta Cartera de Estado. Este acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el despacho ministerial, en la ciudad de Quito, 21 de julio del 2008. Comuníquese y publíquese. f.) Econ. Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia de original.- Lo certifico.- f.) Secretario General del MAGAP.- Fecha: 25 de julio del 2008.

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