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Acuerdo Nº 103 - Guía de requisitos y procedimientos para la primera fase del Sistema de Registro Obligatorios, Identificación de Actividades y Proyectos REDD+ en Ecuador

صدر في 2013-10-23 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
الإكوادور
الموضوعات
Air and atmosphere, Forestry
الكلمات المفتاحية
forest management/forest conservation, policy/planning, afforestation/reforestation, institution, climate change, registration, access-to-information, governance, air quality/air pollution, emissions, environmental planning, clean development mechanism, pollution control

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  1. Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 -- 9 No. 103 Lorena Tapia MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados; Que, el numeral 2 y 4 del artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que las ecuatorianas y ecuatorianos gozan el derecho a participar en los asuntos de interés público y ser consultados; Que, el inciso tercero del artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que el Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema; Que, el artículo 74 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado; Que, el inciso segundo del artículo 85 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que en la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; Que, el numeral 11 del artículo 261 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el Estado Central tendrá competencia exclusiva de los recursos energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales; Que, el numeral cuatro del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como uno de los objetivos del régimen de desarrollo el recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural; Que, el artículo 414 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que el Estado adoptará medidas adecuadas y transversales para la mitigación del cambio climático, mediante la limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de la deforestación y de la contaminación atmosférica; tomará medidas para la conservación de los bosques y la vegetación, y protegerá a la población en riesgo; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1815 del 01 de julio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 636 de 17 de julio de 2009, declara como política de Estado la adaptación y mitigación al cambio climático, dispone que el Ministerio del Ambiente estará a cargo de la formulación y ejecución de la estrategia nacional y el plan que permita generar e implementar acciones y medidas tendientes a concienciar en el país la importancia de la lucha contra este proceso natural y antropogénico y que incluyan mecanismos de coordinación y articulación interinstitucional en todos los niveles del Estado; Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 495 del 08 de octubre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 304 de 20 de octubre de 2010, establece que el Estado, a través 10 -- Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 del Ministerio del Ambiente, registrará las acciones nacionales de mitigación e impulsará medidas de compensación que permitan apalancar recursos financieros adicionales y promuevan la desagregación tecnológica y el desarrollo de capacidades locales, los proyectos de inversión pública que tengan el potencial de reducir emisiones de gases de efecto invernadero potenciarán el aprovechamiento de las oportunidades que ofrecen los mercados internacionales de carbono y otros mecanismos nacionales e internacionales que faciliten la reducción de emisiones; Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 095 de fecha 19 de julio de 2012, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 9 del 17 de junio del 2013, se expidió la Estrategia Nacional de Cambio Climático como una herramienta de planificación intersectorial, cuyos mecanismos de implementación son los planes nacionales de: Mitigación, Adaptación, Creación y Fortalecimiento de condiciones; Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 33 de 5 de abril de 2013, publicado en Registro Oficial No. 17 del 18 de junio del 2013 se expidieron las normas que regulan la implementación del mecanismo REDD+ en Ecuador, donde se dispone que la Autoridad Nacional REDD+, AN REDD+, expedirá las normas técnicas específicas, necesarias para la implementación del mecanismo REDD+ y de sus actividades, de acuerdo al ámbito y objeto de dicho acuerdo ministerial, entre las cuales constan los requisitos y procedimientos para registro, aprobación e implementación de actividades REDD+; Que, el presente Acuerdo es expedido para garantizar una efectiva implementación del mecanismo REDD+ en el país, de acuerdo con las circunstancias e intereses nacionales. En uso de la atribución establecida en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. Acuerda: EXPEDIR LA GUÍA DE REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PRIMERA FASE DEL SISTEMA DE REGISTRO OBLIGATORIO, IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS REDD+ EN EL ECUADOR. Artículo 1.- Objeto: El objeto del presente instrumento normativo es la implementación de la primera fase del Sistema de Registro Obligatorio del mecanismo REDD+, en todo el territorio nacional, como una herramienta para gestionar y clasificar la información requerida y reportarla cuando sea necesario para transparentar y dar a conocer una actividad o proyecto REDD+ y sus resultados. Las actividades y proyectos REDD+ dentro del Ecuador deberán registrarse con la Autoridad Nacional REDD+, para que esta pueda, dependiendo de su objetivo, llevar una contabilidad nacional de la reducción de emisiones y verificar el cumplimiento de normas que son de interés para el país, como el cumplimiento de salvaguardas sociales y ambientales, o el seguimiento de metodologías específicas, protocolos o directrices nacionales para el desarrollo de actividades o proyectos REDD+. El proceso de registro corresponde a proponentes de proyectos o actividades REDD+ quienes a nombre propio o en representación de personas naturales o jurídicas individuales o colectivas propietarias de tierras, tengan la intención de desarrollar e implementar una o varias actividades o proyectos REDD+. Artículo 2.- Ámbito: En esta normativa se regulará la primera fase del Sistema de Registro Obligatorio, la cual incluye la identificación del proponente, identificación de sus socios, identificación del área forestal donde se realizará efectivamente la actividad o proyecto REDD+, así como de sus propietarios, perfil del proyecto REDD+ e información sobre fuentes de financiamiento. Artículo 3.- Objetivos: Los objetivos del Sistema Obligatorio de Registro REDD+ en el Ecuador son: 1. Reconocer de manera oficial las actividades o proyectos REDD+, a través de la verificación de la información y del cumplimiento de los requisitos nacionales; y, si los proponentes cumplen con los requisitos nacionales, aprobar las actividades o proyectos REDD+ que se desarrollan en el Territorio Nacional, y; hacer un seguimiento y monitoreo de las actividades o proyectos REDD+ aprobados por la Autoridad Nacional REDD+ 2. Registrar y contabilizar las Unidad de Reducción de Emisiones (URE´s) generadas por actividades o proyectos REDD+ aprobadas y los pagos por la reducción de emisiones; 3. Facilitar la gestión de la información sobre actividades y proyectos REDD+; 4. Verificar a nivel de actividades y proyectos REDD+, el cumplimiento de los requisitos nacionales sobre Salvaguardas Sociales y Ambientales adoptadas en el país y la utilización de metodologías reconocidas por la AN REDD+ para contabilización de reducción de emisiones y aumento de reservas de carbono. Del Sistema de Registro Obligatorio del mecanismo REDD+ Artículo 4.- Sistema de Registro Obligatorio del mecanismo REDD+: El registro de las actividades REDD+ en el Sistema Nacional de Registro, se organiza en tres fases: 1. Identificación del proyecto REDD+ 2. Aprobación 3. Implementación Al final de la fase de Aprobación se obtiene una Carta de Aprobación que habilita al proponente implementar la actividad o proyecto. Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 -- 11 El proponente de proyecto podrá avanzar entre fases una vez cumplidos los requerimientos establecidos por la AN REDD+ para cada una de ellas. En la fase de implementación la AN REDD+ verificará el cumplimiento de las Salvaguardas Ambientales y Sociales y metas de reducción de emisiones o aumento de reservas de carbono establecidas para los proyectos en dicha fase y se pronunciará sobre los beneficios que correspondan a la actividad o proyecto en base al mecanismo de distribución de beneficios definido por la AN REDD+. Primera Fase: Identificación del Proyecto REDD+ Artículo 5.- Fase de Identificación del Proyecto REDD+: La fase de identificación debe ser entendida como un proceso de intercambio entre el proponente y la ANREDD+, debido a que la información debe ser entregada y evaluada por secciones. Deberán registrarse ante la AN-REDD+ todas las actividades y proyectos REDD+, para lo cual el proponente debe facilitar información para verificar lo siguiente: a) Identificación del proponente y socios de la actividad o proyecto. b) Identificación del área forestal donde se realizará efectivamente la actividad o proyecto REDD+. c) Identificación de los propietarios del bosque donde se realizarán actividades o proyectos REDD+ d) Perfil del proyecto REDD+ e información sobre fuentes de financiamiento En caso que el proponente del proyecto tenga socios o representantes en la preparación, diseño e implementación, que participen directa o indirectamente en las actividades y/o proyectos REDD+ que se llevaran a cabo en Ecuador, estas personas sean naturales o jurídicas deberán proporcionar la misma información solicitada al proponente del proyecto, por cada uno de ellos. 5.1 Requisitos para la Identificación del proponente y socios de la actividad o proyecto 5.1.1 Personas Naturales: a) Nombres y apellidos b) Nacionalidad del proponente c) RUC, cédula de identidad o pasaporte d) Datos de contacto: e) Dirección completa (Provincia, Cantón, Parroquia,) f) Número de teléfono g) Dirección(es) de correo electrónico 5.1.2 Personas jurídicas constituidas en el Ecuador, sean organizaciones, instituciones o empresas, de carácter público o privado: a) Nombre de la organización, institución o empresa que se identifica como proponente del proyecto. b) Copia de los estatutos y documentos de constitución de la organización, institución o empresa. c) Copia del RUC de la organización, institución o empresa. d) Ubicación domiciliaria de la organización, institución o empresa (Provincia, Cantón, Parroquia) e) Apellidos y Nombres del representante legal de la organización, institución, o empresa que se califica como proponente del proyecto. i. Copia de la cédula o pasaporte del representante legal. ii. Copia del nombramiento del representante legal de la organización, institución o empresa que se identifica como proponente del proyecto. iii. Datos de contacto:  Dirección domiciliaria completa  Número de teléfono de oficina  Dirección(es) de correo electrónico 5.1.3. Empresas extranjeras no domiciliadas en Ecuador: La empresa extranjera deberá domiciliarse en Ecuador para ejercer actividades o proyectos REDD+ en el Ecuador, en cumplimiento a los artículos 415 y 419 Sección XIII de la Ley de Compañías. Una vez domiciliadas o constituidas en el Ecuador, deberán cumplir con los requisitos descritos en el numeral anterior. 5.2 Identificación del área forestal donde se realizará efectivamente la actividad o proyecto REDD+ El proponente del proyecto o actividad previamente debe haber identificado el área forestal donde se realizarán las actividades o proyectos REDD+, con información georeferenciada y la extensión expresada en hectáreas. Proporcionando la siguiente información: a) Ubicación (Provincia/s, Cantón/es, Parroquia/s) del polígono de bosque a incluir dentro del proyecto. b) Documento que acredite la tenencia o propiedad del predio (Registro de la Propiedad) c) Identificar tipo de propiedad de áreas colindantes. Adjuntar mapa georeferenciado según propuesta Anexo 1. 12 -- Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 d) Extensión (en hectáreas) del área forestal a incluir dentro del proyecto. e) Certificado de Intersección que indica si la actividad o proyectos intersectan o no con áreas correspondientes al Programa Socio Bosque o del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores Públicos o plantaciones forestales. f) Identificar el tipo de vegetación boscosa dentro del proyecto entre los tipos de bosque reconocidos oficialmente por el Ministerio del Ambiente. Si el proponente del proyecto o actividad REDD+ fuera el Ministerio del Ambiente, el área del proyecto podrá estar ubicada también dentro del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado - PANE y Bosques Protectores Públicos. Si el proponente del proyecto es un Gobierno Autónomo Descentralizado, el área del proyecto podrá estar ubicada también dentro del Subsistema de Gobiernos Autónomos Descentralizados, siempre y cuando corresponda al ámbito de su jurisdicción. En los casos establecidos en los dos párrafos anteriores si existieren comunidades, pueblos o nacionalidades indígenas asentadas en el área de influencia de la actividad o proyecto REDD+ y se consideren posibles afectaciones a sus derechos colectivos, se realizará el proceso de consulta que la AN REDD+ establezca para el efecto. 5.3 Identificación de los propietarios del bosque donde se realizarán actividades o proyectos REDD+ El proponente de la actividad o proyecto debe haber identificado previamente el tipo de propietarios tanto individuales como colectivos del área forestal donde plantea realizar las actividades REDD+ y debe contar con el debido acuerdo sobre el inicio del proceso de consulta o negociación, para la implementación de actividades dentro de las áreas que no son de su propiedad. El proponente del proyecto proporcionará la siguiente información por propietario del bosque dentro del perímetro del proyecto: 5.3.1 Personas naturales: a. Nombres y Apellidos. b. Número de Cédula, RUC o Pasaporte (Adjuntar copia certificada). c. Dirección domiciliaria. d. Número de teléfono de referencia. e. Dirección(es) de correo electrónico de referencia. f. Copia certificada de la Escritura Pública que contenga el Título de Propiedad con la razón de inscripción en el Registro de la Propiedad. g. Mapa georeferenciado de la propiedad según en formato Anexo 1. h. Certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad actualizado. 5.3.2 Personas jurídicas, sean organizaciones, instituciones o empresas, de carácter público o privado: a. Nombre de la organización, institución o empresa. b. Copia certificada del Estatuto. c. Copia del RUC de la organización, institución o empresa. d. Nombres y Apellidos del representante legal. Adjuntar copia de la cédula o pasaporte. e. Copia certificada del documento que acredita la representación legal conferida de acuerdo a los estatutos y legalmente registrado ante la autoridad competente. f. Dirección de la organización. g. Número de teléfono. h. Dirección(es) de correo electrónico. i. Copia certificada del Título de Propiedad, a nombre de la organización, con la razón de inscripción en el Registro de la Propiedad. j. Mapa georeferenciado de la propiedad según en formato Anexo 1. k. Certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad actualizado. l. Certificado de existencia legal y/o personería jurídica otorgado por el ente regulador de la organización, institución o empresa. En el caso de tierras de propiedad de terceros, se debe presentar Carta de Interés (ver Anexo 2) firmada por el/la titular de la propiedad, donde manifiesten su interés de participar en las actividades REDD+ a ser implementadas por el proponente del proyecto. En el caso de tierras de propiedad colectiva se debe verificar el cumplimiento de proceso que la AN REDD+ establezca para el efecto. 5.4 Perfil del proyecto REDD+ e información sobre fuentes de financiamiento El proponente del proyecto, sus socios y los titulares de derechos acordarán los objetivos del proyecto en base a un análisis de las causas de la deforestación de los bosques que están dentro del perímetro del proyecto y evaluarán la factibilidad del proyecto en términos de carbono, financieros, ambientales y sociales. Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 -- 13 El proponente del proyecto proporcionará la siguiente información sobre el proyecto REDD+: a. Nombre del Proyecto REDD+. b. Objetivos del Proyecto REDD+. c. Resumen ejecutivo del proyecto. d. Área total del proyecto (límites del proyecto). e. Duración del proyecto y período de acreditación. f. Principales causas y agentes de la deforestación del área del proyecto g. Descripción general de las posibles actividades REDD+ a implementar. h. Recursos financieros necesarios estimados para el diseño e implementación de la actividad o proyecto REDD+ (Adjuntar presupuesto estimado en rubros principales: Registro, Aprobación, Monitoreo, Verificación). i. Posibles fuentes de financiamiento con las que ha tomado contacto para el diseño e implementación de la actividad o proyecto REDD+: nombre del financista, experiencia previa en actividades similares, número de proyectos financiados y descripción general de los mismos j. Indicación preliminar de los impactos sociales y ambientales en el área del proyecto por la implementación de las actividades REDD+. Artículo 6.- Entrega de la información: Para todos los casos la información deberá ser entregada en forma física y digitalizada, formalmente a la AN-REDD+, mediante oficio, al cual deberán adjuntarse todos los documentos e información que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos anteriores. Si el proponente del proyecto o actividad REDD+ es el Ministerio del Ambiente, la unidad a cargo del área de ubicación del proyecto será quien remita para su análisis la información correspondiente mediante oficio. Artículo 7.- Participación plena y efectiva de los actores, la consulta o negociación: En el caso de que el proyecto o actividad REDD+ se vaya a realizar sobre tierras de propiedad colectiva, o existan indicios de que se podrían afectar a sus tierras o recursos, se deberá acreditar como un requisito esencial para la fase de aprobación, el consentimiento y la participación plena y efectiva de la comunidad o comunidades involucradas, a través de la aplicación del proceso que la AN REDD+ establezca para el efecto. Artículo 8.- Carta de Registro: La AN-REDD+ luego de un análisis pormenorizado de la documentación presentada, en el plazo máximo de sesenta días contados a partir de la fecha de ingreso del trámite, determinará si el proponente cumple con todos los requisitos, y expedirá mediante acto administrativo la Carta de Registro. Para lo cual, recibida la documentación, el funcionario asignado verificará primero los requisitos de forma, si está completo realizará la revisión del cumplimiento de los requisitos de fondo. Si está incompleto, el funcionario asignado, notificará al proponente otorgándole el plazo de diez días contados a partir de la fecha de notificación, a fin de que entregue la documentación faltante. En caso de observaciones sustanciales se devolverá el expediente con oficio de observaciones, debidamente fundamentado. Una vez completados los requisitos de forma, el funcionario asignado revisará la documentación y en el plazo de treinta días a partir de la fecha de ingreso se pronunciará. Si no cumple lo solicitado, se devolverá el expediente con oficio de observaciones. Artículo 9.- La AN-REDD+ podrá verificar en todo momento la veracidad de la información y documentación presentada, por los medios que considere más adecuados, pudiendo inclusive hacer inspecciones de considerarlo pertinente. En este caso se suspenderá el plazo del que habla el artículo anterior, por los días adicionales que tome realizar la inspección. Artículo 10.- El plazo de duración de la Carta de Registro es de dos (2) años contados a partir de la fecha de su expedición. Artículo 11.- La revocatoria de la Carta de Registro opera si cambian las condiciones del proyecto bajo las cuales se otorgó la Carta de Registro perdiendo su validez. Las condiciones de cambio a ser consideradas serán respecto del proponente, del predio, de la propiedad y del perfil del proyecto. Artículo 12.- La Carta de Registro emitida por la AN REDD+, bajo ningún concepto constituye aprobación de las actividades REDD+. Una vez emitida la Carta de Registro, corresponde al proponente acreditar el cumplimiento de los requisitos para la fase de aprobación y solicitar a la AN REDD+ la emisión de una Carta de Aprobación; que permitiría al proponente localizar posibles fuentes de financiamiento. Artículo 13.- Glosario: Para efectos de la total comprensión y aplicación de la presente normativa, se considerarán las siguientes definiciones, sin perjuicio de las que estén previstas en la legislación nacional y los tratados internacionales ratificados por el Ecuador:  Actores clave: personas naturales o jurídicas que directa o indirectamente están vinculadas con los Procesos Homogéneos de Deforestación. 14 -- Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014  Agente de deforestación: son los actores que inciden o toman la decisión sobre el cambio de uso del suelo bosque a no bosque.  Causa de la deforestación: son los factores que motivan los cambios de uso del suelo. Estas pueden ser: directas, indirectas o subyacentes.  Pedido de información adicional y/o aclaración: documento de proceso emitido por la AN REDD+ en cualquiera de las fases del Sistema de Registro Nacional REDD+, para solicitar información adicional y/o aclaración, incluida documentación de respaldo.  Socio/a implementador: Se llama socio/a a cada una de las partes (sean personas naturales o jurídicas) que trabajan conjuntamente en el diseño, preparación, implementación o financiamiento del proyecto REDD+, cualquiera sea el nivel responsabilidad de los mismos y el tipo de forma jurídica utilizada. Artículo 14.- Anexos: Formarán parte del presente instrumento, los siguientes Anexos: Anexo 1: Método para Levantamiento Geo referenciado de Predios Anexo 2: Formato carta de interés y sus respectivos documentos de respaldo Anexo 3: Formato de perfil de proyecto para REDD+ DISPOSICIÓN TRANSITORIA. Dentro de los 180 días posteriores a la vigencia de este acuerdo Ministerial se expedirán las normas para las fases de aprobación e implementación que incluyan sus respectivos requisitos, procedimientos y procesos. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en Quito, a 23 de octubre de 2013. Comuníquese y publíquese. f.) Lorena Tapia Núñez, Ministra del Ambiente. Anexos Anexo 1: Método para Levantamiento Geo referenciado de Predios Anexo 2: Formato carta de interés Anexo 3: Formato de perfil de proyecto para REDD+ Anexo 1: Método para Levantamiento Geo referenciado de Predios 1. Metodología: El levantamiento planimétrico geo referenciado, tiene como objetivo el generar planos o mapas, donde, se aprecie las características del lugar y su ubicación geográfica. La información obtenida en el campo se debe presentar en un plano digital e impreso en formato *shp (shape file), en un sistema de coordenadas planas. 2. Geo referenciación en Coordenadas UTM WGS-84: La geo referenciación de los puntos obtenidos en el levantamiento de campo se encuentra ligada al sistema de referencia y zona en donde fueron tomados. Es decir, el levantamiento se hará en coordenadas planas UTM, en el Datum WGS-84, para el Ecuador continental según la zona que corresponda. El levantamiento planimétrico será elaborado con métodos topográficos convencionales y/o GPS diferenciales para garantizar un error máximo de +/- 2m. Para más detalle técnico, basarse en el Artículo 2 y 5 de la Resolución Administrativa No. 009 expedida el 27 de diciembre del 2012, por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, referente a levantamiento planimétrico; documento que podrá proporcionar el personal técnico del MAE. Este procedimiento se debe presentar según el formato de los anexos de la Resolución Administrativa No. 009. 3. Presentación y Entrega de la Información Se entregará a la AN REDD+ una copia impresa en formato A1, una copia digital del levantamiento planimétrico geo referenciado con su respectivo sistema de coordenadas, en formato shp (shape file), bajo un proyecto (MXD) del área de estudio, esta información debe ir junto a un informe técnico y la respectiva monografía de puntos. De existir presunción de inconformidad del plano e informe técnico con el predio inspeccionado, el técnico que aprueba el plano e informe podrá exigir la presentación de hojas de campo y cálculo; y proceder a la comprobación en campo para aprobar o rechazar el plano e informe técnico. Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 -- 15 Anexo 2: Formato carta de interés Señor Fecha Subsecretario de Cambio Climático Ministerio del Ambiente Ciudad. De mis consideraciones: Yo, (nombre y apellido del representante titular de derecho), portador de la CI , manifiesto conocer que (Nombre del Proponente del Proyecto), está preparando un proyecto de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Forestal REDD+ que incluirá actividades dentro del territorio de mi propiedad y es de mi conocimiento. Con estas consideraciones, informo a ustedes mi interés de participar en la preparación y futura implementación del Proyecto REDD+ que el (nombre del Proponente del Proyecto) está impulsando en (provincia, cantón, parroquia) y en nuestro territorio. Con esta Carta de Interés adicionalmente acepto participar en un proceso de información y generación de capacidades para conocer a profundidad el mecanismo REDD+, bajo los lineamientos que establezca para el efecto el Ministerio del Ambiente, como la Autoridad Nacional REDD+, durante las fases de preparación e implementación de la actividad / proyecto REDD+, respectiva. Entiendo que la presente carta constituye una expresión de interés en los términos que aquí constan. Nombre del propietario de la tierra Número de documento de identidad Anexo 3: Formato de perfil de proyecto para REDD+ 1. Información de la organización: Información institucional de la organización / organizaciones proponentes (para propuestas conjuntas, se deberá aportar la información referida a la organización líder que será la que asuma la responsabilidad legal del proyecto como entidad que presenta esta propuesta, adjuntando como Anexo a la misma información referente a las demás organizaciones participantes). Adicionalmente, incluya información sobre la comunidad o comunidades propietarias de los territorios en donde se va a implementar el proyecto. Nombre de la organización proponente: Dirección: Números de teléfono/fax (incluyendo el código del país): Correo electrónico (y dirección de la página web, si la hubiera) Nombre y Apellido de la persona de contacto: Tipo de organización (seleccione uno): 1) ONG, 2) Organización de Base, mixta, 3) Red, 4) Otra (especificar que tipo). Estatus jurídico y registro (favor especificar si es una organización sin fines de lucro y adjuntar la aprobación legal de la institución): Objetivo, mandato y estrategias de la organización: 2. Datos generales del Proyecto: Título del proyecto REDD+ (exponer de manera clara y concisa el nombre del proyecto en relación a la actividad REDD+ establecida). 16 -- Registro Oficial Nº 156 -- Martes 7 de enero de 2014 Duración del proyecto REDD+ (fecha de inicio / fecha de fin aproximado): Duración del período de acreditación (fecha de inicio / fecha de fin aproximado): Área total del proyecto REDD+ (límites del proyecto) 3. Análisis del Contexto y Justificación. Una descripción breve de la problemática que pretende abordar la propuesta: principales causas y agentes de la deforestación. Una descripción de la forma en que el proyecto abordara las salvaguardas sociales y ambientales, a saber, lineamientos de Consulta Previa, Libre e Informado, distribución de beneficios, potenciación de beneficios múltiples, transversalización del enfoque de género. 4. Actividad REDD+ Una descripción breve de la actividad REDD+, sus posibles impactos en términos de reducción de emisiones. 5. Objetivos, Resultados y actividades previstas Una descripción breve de lo que se intenta conseguir con la propuesta (principales resultados/efectos/productos) y las actividades principales). 6. Estudio de impacto social y ambiental Una descripción breve de los posibles impactos positivos y negativos en términos sociales y ambientales. 7. Presupuesto definido para compensaciones Detalle sus fuentes de financiamiento previstas para el diseño de proyecto.

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