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قوانين جمهورية الدومينيكان

Resolución No. RES-MA-2017-11 - Declara erradicado el brote de Mosca del Mediterraneo (Ceratitis capitata, Wiedemann) que afectó las Provincias La Altagracia y La Romana, en la Región Este de la República Dominicana

صدر في 2017-07-05 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
جمهورية الدومينيكان
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant protection, pests/diseases, fruits/edible nuts, agricultural commodities
الفئات
agriculture

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النص

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  1. REPUBLICA DOMINICANA ~ de !Jf JCtetdtt//JCa "Ano del Desarrollo Agroforestal" RESOLUCION No. RES-MA-2017-11 EL MINISTRO DE AGRICULTURA CONSIDERANDO: Que el sector agropecuario dominicano es de gran importancia como fuente generador de divisas, empleos y por su participaci6n en el Producto lnterno Bruto (PIB) de! pais. CONSIDERANDO: Que el sector agricola dominicano en los ultimos afios ha incrementado considerablemente las exportaciones de frutas y vegetales a distintos mercados de! mundo, como el de los Estados Unidos de America, la Union Europea, Canaday otras regiones de! mundo. CONSIDERANDO: Que la Republica Dominicana se sirua entre los paises productores de frutas y vegetales, destacandose por la calidad, sanidad e inocuidad de sus productos, asi como tambien por el alto nivel tecnol6gico y la implementaci6n de Buenas Practicas Agrfcolas (BPA) y Buenas Practicas de Manufactura (BPM) en los procesos de producci6n, cosecha y empaque. CONSIDERANDO: Que la Mosca de! Mediterraneo (Ceratitis capitata Wied) se detect6 por primera vez en el continente americano en 1901, cuando se comunic6 su presencia en Brasil y desde entonces se ha extendido hasta abarcar mas de 120 paises en los 5 continentes, y solo ha sido erradicada en 14 paises entre los que hoy se encuentra la Republica Dominicana, segun datos de! Centro Internacional para la Agricultura y la Biociencia (CABI). CONSIDERANDO: Que la Mosca <lei Meditemineo, ataca mas de 418 hospederos diferentes a nivel mundial, por lo que es considerada la especie de mayor importancia econ6mica y una plaga de las de mayor poder destructivo en diferentes cultivos que afecta, poniendo en peligro la producci6n y productividad de los mismos y limitando el comercio. CONSIDERANDO: Que la Mosca de! Mediterraneo fue detectada por primera vez en Republica Dominicana en marzo de! 2015, por lo cual el gobiemo decret6 la emergencia fito-sanitaria para su erradicaci6n inrnediata, como la mejor altemativa estrategica para el pais. CONSIDERANDO: Que por la presencia de esta plaga en el pais, fueron vedadas las exportaciones de 18 frutas y vegetales hacia los Estados Unidos de America mediante la Orden Federal DA-2015-14 y otros paises, causando cuantiosas perdidas a la agropecuaria nacional y reducci6n del empleo rural. CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de marzo del afio 2015, el Ministerio de Agricultura emiti6 la RESOLUCION No. MA-5-2015, mediante la cual se crea el Programa Control y Erradicaci6n Mosca de! Mediterraneo (MOSCAMED-RD), con el objetivo de erradicar el brote de la Mosca del Mediterraneo detectado en Punta Cana, Provincia La Altagracia. . . .I 1 il REPUBLICA DOMINICANA ~te;w de ~JCiettUD/Jca "Ano del Desarrollo Agroforestal" RESOLUCION No. RES-MA-2017-11 CONSIDERANDO: Que producto de la oportuna y efectiva implementaci6n de este programa, en fecha 7 de enero de! 2016, mediante la Orden Federal DA-2016-03 el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA-APHJS) levant6 las restricciones a las exportaciones de frutas y vegetales procedentes de 25 Provincias y subsecuentemente en fecha 10 de agosto del 2016 levant6 las restricciones de dos Provincias adicionales, quedando vedadas (micamente las 7 provincias de la Region Este del pais, las cuales no representan valor econ6mico de importancia en la producci6n de los 18 productos vedados. CONSIDERANDO: Que desde la primera detecci6n de la plaga en marzo del 2015 hasta el mes de enero del afio 2017, el Programa MOSCAMED-RD instal6 un sistema de monitoreo conforrnado por un maximo de 14,500 trampas a nivel nacional, la toma de 10,230 muestras de diferentes frutos en apoyo a la detecci6n de la plaga, la aspersion aerea y terrestre con insecticidas de una superficie de 30,236 Ha., la colocaci6n de 50,822 Estaciones Cebo (EC), el control mecanico de I, 195 toneladas de frutas sospechosas de infestaci6n, Ia poda fitosanitaria de 6,721 arboles hospedantes, la liberaci6n de 4,116 millones de machos esteriles de Mosca de! Mediterraneo, de las cuales 3,208 millones se dispersaron por vfa aerea y el resto terrestre, y finalmente la colocaci6n de un maximo de 9 puestos de cuarentena interna, mas el reforzamiento de los puestos de entradas en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos terrestres. CONSIDERANDO: Que en fecha 09 de enero del 2017 fue detectada la ultima captura de la plaga, por lo que, en base al pron6stico estimado de 24 dias el periodo de un ciclo de vida de la Mosca del Mediterraneo, y de acuerdo a la norma internacional de medidas fitosanitarias NIMF-26 la cual indica que despues de un minimo de tres ciclos de vida de la plaga sin captura en la red de vigilancia oficial aprobada, la plaga ya se considera erradicada. Por lo anterior, el dia 22 de marzo de! 2017, se cumpli6 con el protocolo indicado, al no detectarse ningun adulto ni larva de la plaga. CONSIDERANDO: Que actualmente en la Republica Dominicana han transcurrido mas de 22 semanas, lo que implica mas de 6 ciclos de vida de la plaga sin detectarse capturas de ninguno de los estados biol6gicos de la Mosca del Mediterraneo. VISTA: La Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias NIMF No. 26 de la Secretaria de Ia Convenci6n Internacional de Protecci6n Fitosanitaria (CIPF) sobre los requisitos para el establecimiento de areas libres de plagas para Moscas de la Fruta (Tephritidae). VISTA: La Ley No.4990, del 29 de agosto del 1958, sobre Sanidad Vegetal, sus modificaciones y reglamento de aplicaci6n. VISTO: El Decreto numero 185-15, de fecha 5 de junio del 2015, que declara la presencia de la Mosca del Mediterraneo como situaci6n de emergencia provincial. VISTO: El Acapite (t) del Articulo 3, de la Ley No. 8, de fecha 8 de septiembre de 1965, que faculta al Ministro de Agricultura a "establecer la organizaci6n y a realizar las modificaciones que se consideran pertinentes en la estructura intema de! Ministerio". -2- REPUBLICA DOMINICANA ~JW d/3 !:tineatal/JCa "Ano del Desarrollo Agroforestal" RESOLUCION No. RES-MA-2017-11 En uso de las atribuciones que le confiere el mencionado texto legal, dicta la siguiente: RESOLUCION Articulo 1.: Se Declara erradicado el brote de Mosca de! Mediterraneo (Ceratitis capitata, Wiedemann) que afect6 las Provincias La Altagracia y La Romana, en la Region Este de la Republica Dominicana, a partir de la firrna de la presente Resoluci6n. Articulo 2.: Se declara la Republica Dominicana como pafs libre de la Mosca de la Fruta del Mediterraneo (Ceratitis capitata, Wiedemann), a partir de la firrna de la presente Resoluci6n. Articulo 3.: Comunfquese la presente Resoluci6n a las Agencias competentes de indole intemacional y nacional USDA, CIPF-FAO, OffiSA, IICA, NAPPO, y Ministerios de Agricultura de pafses con los que el pafs mantiene lazos comerciales en materia agropecuaria. Esta Resoluci6n entrara en vigencia a partir de su fecha de publicaci6n. Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los cinco (05) dias de! mes de julio de! afio dos mil diecisiete (2017). AE GMO/RR mare

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