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قوانين جمهورية الدومينيكان

Resolución Nº 9/04 - Norma ambiental sobre calidad de aguas subterráneas y descargas al subsuelo

صدر في 2004 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
جمهورية الدومينيكان
الموضوعات
Water
الكلمات المفتاحية
groundwater, effluent waste water/discharge, water quality standards, ecosystem conservation, pollution control, freshwater pollution, standards

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  1. SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE ÁREAS PROTEGIDAS Y BIODIVERSIDAD “AÑO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL” 1 RESOLUCION QUE ESTABLECE LA NORMA AMBIENTAL SOBRE CALIDAD DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Y DESCARGAS AL SUBSUELO RESOLUCIÓN NO. 09/2004 CONSIDERANDO: Que en virtud de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00, del 18 de agosto del año 2000, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es el organismo rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales y, tiene como una de sus funciones impulsar e incentivar acciones que tiendan al desarrollo y cumplimiento de la presente ley; CONSIDERANDO: que una de las funciones de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ley 64-00), es la de establecer normas y emitir resoluciones para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible. CONSIDERANDO: Que toda persona tiene derecho a utilizar el agua para satisfacer sus necesidades vitales de alimentación e higiene, la de su familia y de sus animales, siempre que con ello no cause perjuicio a otros usuarios ni implique derivaciones o contenciones, ni empleo de máquinas o realización de actividades que deterioren y/o menoscaben de alguna manera, el cauce y sus márgenes, lo alteren, contaminen o imposibiliten su aprovechamiento por terceros. CONSIDERANDO: Que uno de los objetivos de la Ley 64-00 del 18 de agosto del 2000, es la de proteger, conservar y mejorar la calidad de los cuerpos de agua hídricos nacionales, en particular de las aguas subterráneas, para garantizar la seguridad de su uso y promover el mantenimiento de los ecosistemas asociados a las mismas; CONSIDERANDO: Que es misión de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales de acuerdo a evaluaciones y dictámenes garantizar que el uso de las aguas superficiales y la SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE ÁREAS PROTEGIDAS Y BIODIVERSIDAD “AÑO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL” 2 extracción de las subterráneas se realicen de acuerdo con la capacidad de la Cuenca y el estado cualitativo de sus aguas VISTA: La Ley No. 64-00 del 18 de agosto del 2000 que crea la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En virtud de las atribuciones conferidas al Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de Secretarías de Estado No. 4378 del 10 del mes de febrero del año 1956 y la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00 de fecha 18 del mes de agosto del año 2000, emito la siguiente: R E S O L U C Í O N: PRIMERO: Se establece y aprueba, dentro del ámbito de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la “Norma Ambiental Sobre Calidad de Aguas Subterráneas y Descargas al Subsuelo”, la cual forma parte integral de la presente resolución. SEGUNDO: DISPONER, como por la presente SE DISPONE, que la presente Resolución sea publicada de manera íntegra en forma de libro y en la página WEB de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. DADA en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año Dos Mil Cuatro (2004). Dr. Frank Moya Pons Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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