Resolución Nº 0027-2021 - Que aprueba la nueva estructura organizativa del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
صدر في 2021-07-16 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- جمهورية الدومينيكان
- الموضوعات
- Environment, Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- governance, institution, legal proceedings/administrative proceedings, environmental planning, procedural matters, protection of environment, protection of habitats, policy/planning, biodiversity, ecosystem conservation
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RESOLUCIÔN NÚM.0027-2021 t ,.� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES. CONSIDERANDO: Que la Ley núm . 64-00, dei 18 de agosto dei 2000, General sobre Media Ambiente y Recursos Naturales, creó la Secretaria de Media Ambiente y Recursos Naturales, {hoy Ministerio) como el organismo rector de la gestión dei media ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales, para cumplir con las atribuciones que de conformidad con la legislación ambiental en general corresponden ai Estado, para alcanzar el desarrollo sostenible; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales tiene como Misión: Regir la gestión dei media ambiente, los recursos naturales, los ecosistemas y sus servicios, para conservar el patrimonio natural de la Nación, alcanzar el desarrollo sostenible y así garantizar el derecho de la sociedad a un ambiente sano; CONSIDERANDO: Que el artículo 27 de la precitada ley, dispone que los instrumentos para la gestión dei media ambiente y los recursos naturales son: la planificación ambiental, la propia ley, núm. 64-00, las leyes especiales y sectoriales, los convenios y tratados internacionales, las disposiciones legales destinadas a la protección dei media ambiente y los recursos naturales (incluidas las normas técnicas), el ordenamiento territorial, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), las autorizaciones ambientales, la evaluación de impacto ambiental estratégica, el sistema nacional de información ambiental y recursos naturales, la vigilancia e inspección ambientales, la educación y divulgación ambientales, el desarrollo científico y tecnológico, los incentivos y el Fondo Nacional para el Media Ambiente y los Recursos Naturales; CONSIDERANDO: Que el artículo 28 de la Ley núm. 64-00, establece que la planificación dei desarrollo nacional, regional y provincial dei país deberá incorporar la dimensión ambiental por media de un proceso dinámico, permanente, participativo y concertado entre las diferentes entidades involucradas; CONSIDERANDO: Que constituyen prerrogativas indelegables dei Ministerio de Media · Ambiente y Recursos Naturales de la dirección dei Sistema Nacional de Gestión Ambie�t• x;:1�-�-i/<-..:.: . Recursos �a turales en ma teria de polític�s. públicas de media ambie�te y recursos na�,yt8te1; Y 1<:>/·< \ · .. la de administrador de b1enes de dom1rno dei Estado, la normativa, para estabJ!i'� 1-,�""�... % reglamentaciones técnicas para la conservación, protección y mejoramiento d��me � 1 ambiente y los recursos naturales, la de fiscalización dei cumplimiento de políticas y né:gm � e: ambiental y la de regulación, para adaptar medidas preventivas y correctivas en benéffçio iiJ. sistema de gestión ambiental y los recursos naturales; }t t:1; y�� ERANDO: Que la Constitución de República, en su articulo 147, consagra los pri�1pi<ls �v, ;/ �v . .. ·� � ..... ,�e� �; �ficie�cia y transparencia de los �ervicios públ!cos prestados por el Estado, los lf /t w�;j; S, � n destinados a sat1sfacer las neces1dades de los mtereses colect1vos; ,f.,,l •.,.,,,,. T.i/1 (�,"•6.k ,::: '.:: ll AvfÍl'ld;t:éayetano Germosén esquina Avenida Gregorio.Luperón Ensanche E! Pedregal Santo Domingo República Dominicana • ,\ 1 .r ,-, .. .,,, ., TELÊFON0 809 567 4300 LINEAVERDE (WHATSAPP) 849 35Ei 6400 809 200 �400 AMB.lli!NTE,008,DO t GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE CONSIDERANDO: Que una estructura organizativa adecuada contribuye de manera indefectible ai logro de la misión, objetivo y estrategia institucionales; CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 41-08, de Función Pública, dei 16 de enero dei 2008, que crea la Secretaria de Estado (hoy Ministerio) de Administración Pública (MAP), establece que "Corresponde a este Ministerio propiciar el fortalecimiento institucional, garantizar el más alto nivel de efectividad, calidad y eficiencia de la función dei Estado y asignar el respeto de los derechos de los servidores públicos; así como también, evaluar y proponer las reformas de las estructuras orgánicas y funcional, revisar y aprobar los manuales de procedimiento y de organización y organigramas que eleven para su consideración los órganos y entidades de la Administración Publica"; CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Administración Pública, núm. 247-12, dei 9 de agosto dei 2012, establece los principies que fundamentan el análisis y disefio organizacional en la administración pública; CONSIDERANDO: Que tal y como lo dispone el Regiamente núm. 527-09, dei 21 de julio dei 2009, de Estructura Organizativa, Cargos y Política Salarial, en su artículo 5, la estructura organizativa es un instrumento para desarrollar una estrategia efectiva de gestión en todos los órganos de la administración pública; CONSIDERANDO: Que el Regiamente de Estructura Organizativa, Cargos y Política Salarial, núm. 527-09, en su artículo 6, establece que el objetivo dei disefio de estructuras organizativas es optimizar el aparato estatal, reorientándolo para prestar un mejor servido a los usuarios, de forma que acompafie eficazmente los cambies que se producen en el plano económico, social y tecnológico; CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Administración Pública, dispone en su artículo 27, que la organización interna de los ministerios será establecida mediante regiamente y que la propuesta de organización deberá ser realizada por el Ministerio de Administración Pública (MAP) en coordinación con el ministerio correspondiente; CONSIDERANDO: Que la estructura organizativa actual dei Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales data dei afio 2017 y fue aprobada mediante la Resolución núm.0020-2017, dei 01 de junio dei afio 2017; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales está llevanc:Jo.a� •. ..,� .. cabo un proceso de r�f?rmay �ort . :alecimi ento institucion�I teniendo como prioridad la . m.����1�-ê���'\ la cahdad de los servIcIos publlcos ofrec1dos a los usuanos; .. , /:"y,- .,.,,.,, Y t,...\'·• .. , "''� ?�""'• � \' ���ON�ID�RANDO: Que de I� �nte�ior se c�lig� la. necesidad de, modificar 1i,j�tr���".- � \ #"�\\J\lNlSJkó� arnzatIva y de cargos dei M1n1steno de Med10 Ambiente y Recurs9s Naturales, p9ra �(/�,, t / ( !'� � a esté alineada con la misión, estrategias institucionales y objetiyos y metas oriey,tà.,$Q.'tt f /. , oç �-re� dos, en beneficio de los ciudadanos, la sociedad, el desarrollo sostenibfi y -los �-$:. . "'�m: , , .1 ::7 iJl �1 temas; • o n • ., -· e. � ,'g ''•:�·.,,/. < (\ Y:,.r;· , ·� � --0' �., � '¾1:>; ./): · enida Cayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensam:he El Pedregal Santo Domingo República Dominicana �'>� , M' •;.f.' , ' TELl:FONO 809 567 4300 l:.INEAVERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBfENTE,GOB,DO GOBIERNO OE LA REPÚBLICA DOMINICANA · MEDIO AMBIENTE 1 CONSIDERANDO: Que atendiendo a to�o lo expuesto anteriormente, mediante la Resolución núm. 04-2015 dei 30 de enero dei 2015, 191 Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales creó el Comité Ad-Hoc de Análisis y Disefío de Estructura, con el propósito de analizar y disefíar la estructura organizativa y de cargos; CONSIDERANDO: Que para garantizlr la efectividad de la alineación de la estructura organizativa dei Ministerio de Media A�biente y Recursos Naturales, es necesario que en lo adelante la misma se enmarque dentro dei ámbito de las disposiciones contenidas en la Estrategia Nacional de Desarrollo (END),I el Plan Estratégico Institucional (PEI), la Ley núm. 64 00 y la Ley Orgánica de la Administracióp Pública, núm. 247-12. VISTOS: La Constitución de la República Domi icana, dei 13 de junio de 2015; La Ley núm. 64-00, General sobre M dia Ambiente y Recursos Naturales, dei 18 de agosto dei 2000; La Ley núm. 247-12, Orgánica de la dministración Pública, dei 9 de agosto de 2012; La Ley núm.1-12, que establece la E trategia Nacional de Desarrollo 2030, dei 25 de enero dei 2012; La Ley núm. 41-08, de Función Públi�a y crea la Secretaría de Administración Pública (hoy MAP), dei 16 de enero dei 2008; 1 La Ley núm. 66-07, que declara la R�pública Dominicana como Estado Archipielágico, dei 22 de mayo dei 2007; t,' La Ley núm. 202-04, Sectorial de Áre s Protegidas, dei 30 de julio de 2004; La Ley núm. 200-04, de Libre Acceso a la lnformación Pública, dei 28 de julio de 2004; Ley núm. 567-05, Ley de Tesorería N � cional, dei 13 de dicjembre dei 200�; ; , Ley núm. 423-06, sobre el Presupues o para el Sectq·r· R.úblic·o • ', dei 17 de nqvie·'.�bre de 2006; Ley. núm. 449-06, dei 06 de diciem re dei 2006, que mo'difica la Ley Num} 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes Servicios, Obra$ y Qoncesiones dej E*ado; , Ley núm. 498-06, que establece él �istema Nacion1al 'de Plfmificación e ,nversión Pública, dei 28 de diciembre de 2006; 1 • . ,. · • 1 ! • .· , .... , ........ - Ley núm. 5-07, que crea el Sistema l�tegrado de Admi;nistr9ción Financiefra dei Es,�@@�'i;;;·1,�<� .. 8 de enero de 2007· 1 • 1 1 ,. • •.. \'\ rfl� '·· ' 1 , . , 1 •, 1 • · ·-�º . ❖. '- Ley núm. 10-07, que instituye el Sist�ma Nacional . de:Cop� rol Interno, de O�. !d, . �e�JJêP:""�-21: %\ 2001· 1 , 1 • : I : 1 I � y· �, Ley �úm. 481-08, General de Archivo�, que dispon$ la:;creaçión de una u�id�d� jan É-' i i��;� ncione como Archivo cen '. ral er cada orga � iSm1 de!: Í stado, dei 1 �I; d�i Ntb. • .� �· · J} •""' �;itr� j:� 2��1�g;�; Educac1on y l º � umcac,on Am : b1e rt de . la Repurhm �� :: // ;:,,4�� i' .. 225-20, Ley General de Ge,t1on Integral y Coprop�sam1ento de Re�1du9si Sol1�os;- · · � 1yv ·· dei 2 tubre 2020; 1 . i : 1 li 1 • i) , '· filo --� ,., •,, ú® , · 90, sobre lncen,ivo ai Des rrollo Forestal y sus,rriodificacionesl, d�l!28i:d� agosto . .;.ífo:,1r .85. z . . . . , ! i 1' . ,: , , �,J· r,-.i1 , 1:· 1 , i� �-G-;,d{ '2? 1, ' . V). �'\-e. . .. 'ô-/ • ,·1:>1 ' t;:· l : i "� : ,,.J� -�.J'J l/ J ' '\�-::''·•-, " },,,/! .,..,, D "" -� . )F�� ' 1 . . ' '"·: :· .Av:e;ntdá..�ayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Iluperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo República Dominicana TEL:ÊFONO 809 567 4300 LINEA VERDE (�HATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AHBJENTE,0011,00 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE Ley núm. 123, que Crea la Comisión de Concesiones o Permisos para la Extracción, Remoción o Dragado de los Componentes de la Certeza Terrestre, dei 1 O de mayo de 1971; Ley núm. 487, de Contrai de la Explotación y Conservación de las Aguas Subterráneas, dei 15 de octubre de 1969, y su Regiamente núm. 2989, dei 20 de mayo de 1977; Ley núm. 6, que crea el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), dei 8 de septiembre de 1965; Ley núm. 5914, de Pesca, dei 22 de mayo de 1962; Ley núm. 5852, sobre Dominio de Aguas Terrestres y Distribución de Aguas Públicas y sus modificaciones, dei 29 de marzo de 1962; Decreto núm. 56-1 O, mediante el cual dispone el cambio de denominación de Secretarías de Estado por Ministerio, dei 8 de febrero 201 O; Decreto núm. 668-05 que declara de interés nacional la profesionalización de la función pública, y el disefío de estructuras homogéneas que sirvan de integración y coordinación transversales en las áreas responsables de las funciones jurídico-legales, administrativo financieras, recursos humanos, información y estadísticas, planificación, coordinación y ejecución de proyectos de cooperación internacional y tecnologías de la información y comunicación, dei 12 de diciembre de 2005; Decreto núm. 153-15, que crea el Programa Nacional de Consumo y Producción Sostenible como Unidad dei Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales, dei 29 de abril dei 2015; Decreto núm. 323-12, dei 25 de junio de 2012, que aprueba el Regiamente de Aplicación de la Ley núm. 66-07; Decreto núm. 212-10, dei 15 de abril dei afio 2010, que Modifica el artículo 1 dei Decreto núm. 136-92, que Creó e lntegró el Comité Nacional EI Hombre y La Biosfera, Comité MAB Dominicano y deroga el Decreto núm. 800-02; Decreto núm. 441-12, que crea e integra el Comité Nacional de Biodiversidad, dei 14 de agosto dei 2012; Decreto núm. 10-12, que Crea e Integra la Comisión Nacional Antirruido, dei 18 de enero dei 2012; . - Decreto núm. 783-:09, que Regula el Funcionamiento dei Fondq Nacional para el Media Ambiente y los Recursos Naturales (FONDOMARENA), dei 21 de :octubre dei 2009; Decreto núm. 527-09, que establece el Regiamente de Estructura Organizativa, Cargos y Política Salarial, dei Sector Público Dominicano, dei 21 de julio dei 2009; Decreto núm. 601-08, que Crea el Consejo Nacional para el Camtjio Climático y Mecanismo . de Desarrollo Limpio, dei 20 de septiembre dei afío 2008; ; . Decreto núm. 789�04, que crea el Programa Nacional de Producyipn Más Limpia, dei 9 de agosto dei 2004; . · i. ! . 1 • Decreto núm. 28-04, que aprueba el Regiamente para la <Dperabón dei GnJpo Tétt1Jco.: 1 ' : ' :' 1 1 ' .• -- • ' ,.,, lnterin�t ituci �nal (GTI) de l a Convención de las Nac iones qrnidas;para la Luch� 96nJra1l"áiient�>< Desert1f1ca,c1on (U�CCD), qel 14 de enero dei 200�;, : 1 : i . /':,.lY' • ·€. c�1""'., t,\: - D�creto num. 356.; 9?, que Crea e Integra el Com1te Gubern�me�tal dei Ozonoí�Ô r;;lr,:,��� t i \ ,,f�Ls ' Icta Otras D1spos1c1ones, dei 12 de agosto de 1999; ' 1 ' 1 ;' .2 , 1 ,, e t ::i�,- 'f:, ', t,�J � �· 1� solución núm. 0p-09, que modifica el lnstructivo para el A�álisis: y Disefíp de, 1$trq • '.9� � ; O,ç � anizativas en �I Sect6 r Público, dei 4 de marzo dei 2009, aprobado ppr la:\�so •. : · - ,,,, "{: !. ;::, :m;.rr��.·,:.#1-r-\ . 78-06, dei 23 de nov1embre de 2006; \� .. /// , fjJ :iY:JJ:1'dl�,J�1& \. • e,· · . f ,.1 �:i1. ';l; 1.: i ' R / it l f\ ����� ',, .o • ✓' ,, ' \\\\� '-ef-;fifi:l:� ·' :-"�-M-.. : . ..- .,� ,., 1 ,,,,. /,?, \'¾.',½ ,.[)"-'(':�t: :.:··· .. t . · ·:·.f . : • ·- ·.· ... :·.· -� . � venida Cayetano Germosén esquina Avenida GregodoLuperón Ensanche EI Pedregal Santo Domingo República Dominicana • . . :: : ·-~ TELIÊFONO 809 S67 4300 LINEA VERDE (WHAJSAPP) 849 356 6400. 809 200 ;6400 AHBIENTE,GOB,00 ,.� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE Resolución núm. 194-2012, que aprueba la Estructura Organizativa y de Cargos de las Oficinas de Acceso a la lnformación Pública, dei 01 de agosto de 2012; Resolución núm. 30-2014, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa de las Unidades Jurídicas en el Sector Público, dei 01 de julio de 2014; Resolución núm. 51-2013, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa de las Unidades de Tecnologías de la lnformación y Comunicación (TIC), dei 03 de diciembre de 2013; Resolución núm. 14-2013, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa de las Unidades lnstitucionales de Planificación y Desarrollo (UIPyD), dei 11 de abril de 2013; Resolución núm. 068-2015, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa para las Unidades de Recursos Humanos, dei 01 de septiembre de 2015; Resolución núm. 08-2016, que aprueba la nueva estructura organizativa dei Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales, dei 08 de agosto de 2016; Resolución núm. 0020/2017, que modifica la estructura organizativa dei Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales aprobada mediante resolución 08-2016 de fecha 8 de agosto dei 2016, dei 01 de junio de 2017; Clasificador de Unidades Organizativas para el Sector Público Centralizado. En virtud de las atribuciones conferidas ai Ministro de Media Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de la Administración Pública núm. 247-12, dei 9 de agosto dei 2012 y la Ley General sobre Media Ambiente y Recursos Naturales, de fecha 18 de agosto dei 2000, se emite la presente: R E S O L U C I Ó N: ARTÍCULO 1: Se aprueba la nueva Estructura Organizativa dei Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales (Ministerio Ambiente), la cual queda integrada por las Unidades Organizativas siguientes: UNIDADES DE MAXIMA AUTORIDAD • Despacho dei Ministro , z;•':;;::·:.:.:;�:.::::�:� .... �· ... � '.' ./ �\\ID1ente ---. .., ,;r• �,o )' 1,'...:. UNIDADES CONSULTIVAS · · /�q , ::Y"'t�-® � ,,. �� "\ • Consejo Nacional de Media Ambiente y Recursos Naturales; : / � � -,fJiJYJ/1 .. � \ • Fondo N?ci�nal par� el Me?io Ambiente y los Recursos Naturales (Fondd1 R 1 ·. t�j ?{• Grupo Tecrnco lntennst1tuc1onal de la UNCCD; • \\ :b- , '"'.�Jfj)'l f • Comisión Naciç,nal �ntiruido; ;\�t- "i� • Com�t� G�9�rn�m9.�tal cte;Qzono (�?GO); • . ··.\, • R.D. •//• Com1te lntennst1tuc1onal d� Producc1on y Consumo Sosternble; . : ':--.. .. / �--�...... • Comité N�cional Eli Hom��e:iy la Biosfera (Comité MAB Dominicano). 1 1 1 1 ! DE COORDINACIÓN OOERNA I i : : , , ; · � i : !, · 1 ,: :: < : , i i , , ";·•�-,, tona Gubernam�ntal;, .: , • 1 • � 1: • �- ' ' : :' ',: 1 : i ; ' '' ' ' ,' ,, : , , ,, 1 · 1.Jradu�ía para la �efep?� cie,I Media Ambiente y Re;cursos Natur�l�s;i • itio Naçional de Protecc;ión :Ambiental (SENPA). i ; ! , i '· A • da Cayetano Germosén esquina Avenida. Gregorio.Luper6n Ensanche EI Pedregal Santo Domingo :R�;úbli�a Dominicana • .'l'ELÊF0N0 809 567 4300 LINEAVERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6.40.0 AMBIENTE,�0B,DO ' UNIDADES ASESORAS GôBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE • Dirección de Revisión y Análisis de las Operaciones. • Oficina de Acceso a la lnformación (OAI). • Dirección Jurídica, con: • Departamento de Elaboración de Documentos Legales; • Departamento de Gestión de Sanciones Ambientales; • Departamento de Litigios; • Departamento Ordenamiento Registral. • Dirección de Recursos Humanos, con: • Departamento de Evaluación dei Desempeno y Capacitación; • Departamento de Organización dei Trabajo y Compensación; • Departamento de Reclutamiento y Selección; • Departamento de Registro, Contrai y Nómina; • Departamento de Relaciones Laborales y Sociales. • Departamento de Seguridad. • Dirección de Comunicaciones, con: • Departamento de Gestión Portales y Redes Sociales; • Departamento de Protocolo y Eventos; • Departamento de Publicaciones; • Departamento de Relaciones Públicas. • Dirección de Planificación y Desarrollo, con: • Departamento de Calidad en la Gestión; • Departamento de Cooperación lnternacipnal; • Departamento de Desarrollo Institucional; • Departamento de Formulación, Monitoreo y Evaluación de Planes, Programas y Proyectos. ' · · • Dirección de Relaciones lntemacionales. UNIDADES AUXILIARES O DE APOYO : ; 1 ! '1 : j I : / t GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA ME.DIOAMBIENTE • Dirección de Ventanilla Única de Servicios Ambientales, con: • Departamento de Atención ai Usuario; • Departamento de Seguimiento de Servidos. • Dirección Financiara, con: • Departamento de Tesorería; • Departamento de Contabilidad; • Departamento de Presupuesto. • Dirección Administrativa, con: • Departamento de Compras y Contrataciones; • Departamento de Contrai de Bienes; • Departamento de lngeniería y Arquitectura. • Departamento de Servicios Generales, con: • División de Transportación; • División de Correspondencia; • División de Almacén y Suministro; • División de Mantenimiento y.Mayordomía; , • Departamento de Archivo Centrai. UNIDADES SUSTANTIVAS U OPERATIVAS • Dirección de Participación Social, con: • Departamento de Género y Desarrollo; • Departamento de Proyectos Comunitarios. • Departamento de Recepción y Trámite de DenunciasAmbientales, con: • División de Gestión de Conflictos; • División Línea Verde. • Departamento de lntegración de la Ciudadanía ! a Planes, Programas. y ...... . Proyectos COn■ 1 i 1 1 '' •• • ·"'-- ..... � : .., • ..... � ' • • 11 i · . ' ,; . i • .• ·< '·l,.) f-\:ilÜ!f'/\'· ·•, ... • División de Següimientos a 1;as AsociacionE3s:Si,h iFi�es' de Lucr9�·�,})' "'"'i:,or,{? l"..t,1c�\ . • División de Consultas Públi . cas. •, . 1,' , , .. 1 •. / � .,::."'i . �:.i:; ��-,,�.·;:(;!, � <� \ g�,, ,� V'\ 1 i' .; o (' '1 .. ,�: /',,'��/t� (.) ■ ■ ■ ■ ', : ', 1 i : •;:: :i. \.,.. ; ) . IIJ"i C • Direcc16n de Educac16n Ambiental, con: : ' '. , ; . ; ,. . . -� fii,, 2 • Departamento de Promoción Ed1Ücativa y Cultura Âi�bientat i . . , ::?/. � i;:!J /. • Departamento de Capacitación Ambiental y Educacipn Ambiental', co&' ,{f?/· • División dei Elaboración de!!�i:iteriales y C9rrí�ylo Educativo;�mbíe�I.R.o. �-�>./ · , . • ! i : . • J !: 1 1 [ ' • , 1 -�-·--; .. ·-< �==�cc� ión de lnformación �mbiental y �� R;ecursos N�tu 1 t�1 1 bs, con: ; 1 tS'MIN� entro de pocumen�ación. : ' •., :i1: ', :' ' , �� • � artam�nto de lnyentario y qrde�ación de ��cu��s �aturales, con: o � •"'ó ·visión de Zonifi1cación; , ' i' 1 , , : , , ' ,, � .: 1, @ ; • visión de hwentario de Re�llJrsos Naturales. , , �:l �-\;��,, & \/.- � :;;/;,,�rti�r.e.�12 mosên esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche E! Pedregal Santo Domingo :República Dominicana ,,,,;���:.:::;;:.! • ONO 809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE,GOB;OC;I 7 t ,.� GOBIERNO OE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE • Departamento de Estadísticas Ambientales, con: • División de Análisis y Difusión de la Producción Estadística; • División de Consolidación de la Producción Estadística. • Departamento de Geomática, con: • División de Sistema de lnformación Geográfica; • División de Cartografia; • Dirección de Regulaciones Ambientales, con: • Departamento de Elaboración Instrumentos Regulatorios; • Departamento de Análisis de Instrumentos Regulatorios. • Dirección de lnvestigación de Recursos Naturales, Media Ambiente y Cambio Climático. • Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos, con: • Departamento de Gestión de Riesgos Ambientales; • Departamento de Atención a Emergencias y Danos Ambientales. • Departamento de Fiscalización, con: • División de Inspectores. • Viceministerio de Gestión Ambiental, con: • Departamento de Autorizaciones Aduanales Ambientales. • Direcc,ión de Evaluación de Impacto Ambiental, con: • • Departamento de Análisis Previa; • Departamento de Revisión de Estudios de Impacto Ambiental; • Departamento de Emisión de Licencias, Permisos, ;Constancias y CRIM. • Direcqión de Calidad Ambiental, con: • ' Departamento de Sustancias Peligrosas; , , • · Departamento de Monitoreo y Seguimiento de lc:1 Gestión ,4.rnbiental; • • Departamento de Calidad de Agua; • � Departamento de Galidad de Aire; • ! Laboratorio de Análisis Ambiental. • Direcçión de Producción y Consumo Sostenible, con: • ! Departamento .de E�aluación de Producción Más Limpia; . • :1 Departam�nto qe l�plementación de Producción.Sosteniblé .. • Directión de Gestjón Ambi,ental Municipal, con: , . : : , � \\hlN = IS == l', � • ' · Departam1nto de F ! bmento de la Ge�tión Am b�ental Muniqipal; >-::::"·:""·'�::.>,,"' L,.-D l?. .. 1 1'"'\ . Departam�.·nto de Desarrollo Sosternble Municipal;. ,' , ! , ·.>· ·•··1,t>1ern ', .... N "r . �L /�\o pi e ;, n "-\,. Ú� �.·· .. i.�,' 1 : • •• �,. :: ·,·�nr� , ma Nac·1ona,' 1 de Ozono·, ,: · 1 /�z; gct:��. -revci;�\ ;:;:, ...r•·i\1/\•I .- 4ij i/;g Í., ey'S;'l·n,�;� � \\h � \ ,�;� •� · rcj , ma para la Gestión Integral de Residubs Sólidos> , (� �t :.' 1 :- 111 ' �, Si , 1 : '\\\1.>..,,À á' , , .n(; ,; , : '-1 � ' �Y�� r::./ 'tf i �),'?'h. • ..:. , 1 ... L1 � :� '\ ;¾"'" E?/i '\:'�V t'l , ::11 1:\�: 1 ' r,', ..... ,���- • Mi'.\r 1 , .... · , , ,, , '.':t. , . ., "'/. � ""' ' ' ' ' ' '' . �' 'fé 'C>' ,: .,. ,.�;;!,1:�� Cayetand,' Germo$én esquina Avenida GregorioLuperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo ) !!'�.• ekút�i1�oo�c.tna R � • : .. // 11 1 1 1 1 1 ,: 1, . , , ....... .tJ ,,, .··' , TELJ;'FONO 809 567 4300 LINEA VERDE {WHATSAPP) 84.9 356 6400 809 200 MOO AMBIENT!,,GOB,Pi;>i 1 ':----,-- �---< . li' 1 i li 1' t ,., GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE • Departamento de Estadísticas Ambientales, con: • División de Análisis y Difusión de la Producción Estadística; • División de Consolidación de la Producción Estadística. • Departamento de Geomática, con: • División de Sistema de lnformación Geográfica; • División de Cartografia; • Dirección de Regulaciones Ambientales, con: • Departamento de Elaboración Instrumentos Regulatorios; • Departamento de Análisis de Instrumentos Regulatorios. • Dirección de lnvestigación de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Cambio Climático. • Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos, con: • Departamento de Gestión de Riesgos Ambientales; • Departamento de Atención a Emergencias y Danos Ambientales. • Departamento de Fiscalización, con: • División de Inspectores. • Viceministerio de Gestión Ambiental, con: • Departamento de Autorizaciones Aduanales Ambientales. • Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, con: • Departamento de Análisis Previa; • Departamento de Revisión de Estudios de Impacto Ambiental; • Departamento de Emisión de Licencias, Permisos, Constancias y CRIM. • Dirección de Calidad Ambiental, con: • Departamento de Sustancias Peligrosas; • Departamento de Monitoreo y Seguimiento de la 1 Gestión Ambiental; • Departamento de Calidad de Agua; • Departamento de Calidad de Aire; • Laboratorio de Análisis Ambiental. • Dirección de Producción y Consumo Sostenible, con: • Departamento de Evaluación de Producción Más Limpia; • Departamento de lmplementación de Producçió� Sostenible. • Dirección de Gestión Ambiental Municipal, con: . : 1 : #�\\i'UN = IS�l);i�. � • Departamento de Fomento de la Gestión Am9ie,1t . � ! 1Municip91; >::;·;--."···-<:�,,,, (/� ,P ·"1Q Departamento de Desarrollo Sostenible Muniyip,I; : >t,� \\í1itllente ;, ";:;�\ •.Íit} �h 1 N . 1 d o ' ,/�� ��" .. , 'f���\ ;::;;, �"' r-r4ij ma aciona e zona; , : / q , • ., �n · .. \\. \. �. . rcj ma para la Gestión Integral de Residuos Sólidps.) . i g .: t·1 ;1J 1�V .:: � •' "t <{\ , , r::. , 1 1 . , ·;,: tj'"r o : v ,, l \i. � � � : ,:1) ! �. ·-: i.('1 .. --'·\ '- \ '\',. ✓0 ri . !i ·1-, : ,\�.� ;Jl �!' '., f!:?. , ,\\.,' ?A O '-4 r • � . • . •,\ \.,A ,: �lii;,n"''"""'' e:•/·· \.",, T • M f�:Ç} ·• ! \ é:'� 1 �r�- , -OJ;· .:' '·�·,.,, ' ' ,·' .. ,,.· �-r.. ,e-.'. . .. '""-!:��1·,e,.,,m,� ; \ //, c,li \. ,·' Ave11ida Cayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche E\ Pedregal. Santo Domingo Repúbfü:J Do��na R. D • /.: ✓ .<·; TE.LÊFONO 809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMSJENTE.G�S,DO 1 ' -..... :.-�.,.< . • GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE • Viceministerio de Áreas Protegidas y Biodiversidad, con: • Dirección de Áreas Protegidas, con: • Departamento de Ordenación de Áreas Protegidas, con: • División de Elaboración y Evaluación de Planes de Manejo de Áreas Protegidas; • División de Catastro de Áreas Protegidas. • Departamento de Gestión de Áreas Protegidas, con: • División de Contrai y Vigilancia de Áreas Protegidas; • División de Co-manejo y Áreas Protegidas Privadas; • División de Mantenimiento de lnfraestructuras en Áreas Protegidas; • División lnfraestructuras de Protección, Vigilancia y Uso Público. • Departamento de Ecoturismo y Uso Público, con: • División de Regulación dei Uso Público; • División de Desarrollo de Potencialidades Ecoturísticas. • Dirección de Biodiversidad, con: • Departamento de Regulación y Contrai de Vida Silvestre, con: • División de Uso y Comercio de Vida Silvestre; • División de lnspección de Vida Silvestre. • Departamento de Recursos Genéticos y Bioseguridad, con: • División de Acceso a Recursos Genéticos; • División de Bioseguridad; • División de Contrai de Especies Exóticas Invasoras. . ., �..:.::..:.:::�:::�,----�� • Departamento de Vida Silvestre, con: /",,,..�,o /\rnbie���:�., • División de Flora,· /. -"-� ;, --� li�· •1'' \'t • División de Fauna; l -i§' ., � "�, %, \\;\ • División de Ecosistemas y Restauración Ecológica; f -8 t;t �; , i • División de Reservas de Biosfera y Corredores Biológicos,: � ,,. - · i; }',i : \\ ° :;:, - � . Viceministerio de Recursos Forestales, con: --�� /f/" •,' • C.:Ci" ... ,.// �,, R.o • .>{/• Diretción de Reforestación y Fomento Forestal, con: · ·- · '.>-. : :, .:--•':> · , • Departamento de Producción de Plantas Fo�e�tales,' coo:, • Viveras Forestales. · · Departamento de Reforestación, con:, • División de Establecimiento de Plantacion�s Forestales; : 1 ' i '� ,1 ,1 , 1 , ': : ' · ' : • División de Evaluación y Seguimientd>;de f?lantaciones; ', ' 1 '1, ;, ,, 1 ,, 1 ': .. Banco de Semillas Endémicas y Nativas. !. ·· i i ;' 1 ' \·\ 'e"; ,\{,.\ •�:2''. . � no Germosén esquina Avenida GregorioLuperón Ensanche EI Pe<hegal , Santo D<imingo . República Dominicana �'' '.�J,.,,,. M : --"".,.- , : TELÊFONO 809 567 4300 LINEAVERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 ;e�g 20 : 0.6400 AMIIENTE,GOB,DO "'·� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE • Dirección de Bosques y Manejo Forestal, con: • Departamento de lndustrialización y Comercio de Productos Forestales. • Departamento de Manejo Forestal, con: • División de Plantaciones Forestales; • División de Bosque Natural. • Departamento de Protección de Bosques, con: • División de Gestión y Manejo dei Fuego; • División de Guardabosques; • División de Sanidad Forestal. • Unidad Técnica Ejecutora de Desarrollo Agroforestal (UTEPDA). • Viceministerio de Suelos y Aguas, con: • Dirección de Aguas, con: • Departamento de Aguas Subterráneas; • Departamento de Aguas Superficiales. • Dirección de Suelos, con: • Departamento de Conservación de Suelos; • Departamento de Regulación dei Uso de Suelos; • Departamento de Ordenamiento Territorial. • Dirección de Recursos Mineres, con: • Departamento de Asistencia Técnica y Regulación de Minería No Metálica; • Departamento de Manejo Integrado de Recursos Mineres. • Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Sequía. • Viceministerio de Recursos Costeros y Marines, con: • Dirección de Manejo Integrado de la Zona Costera Marina, con: • Departamento de Manejo Integrado de Ecosistemas Costeros y Marines; • Departamento de Ordenamiento en Recursos Costeros y Marines; • Departamento de Gobernanza y Alianzas de Recursos Costeros y Marines. • Dirección de Gestión, Conservación y Protección de Ecosistemas Costeros y Marines, con: • Departamento de Contrai y Vigilancia de Zonas Costero y Marinas; • Departamento de Restauración de Ecosistemas Costeros y Marines; • Departamento de Gestión y Conservación de Ecosistemas Costeros y Marines. ����Q� /��ili\\� · isterio de Cooperación Internacional, con: ,,-:: ;.�1�·1bitn,téj. (/�4-; · ",•"!!�� ÕJr. ión de Convenios y Tratad�s l �ternacio�a les, c�n: . /�'./ > ' "�vI"i.'k.� /�<ç, u ,o Q· ,z,. Departamento de Nego��ac1on y Adm1rnst�ac1on d� Convernos �<grata -,, -r/U;;;'; \/ :� �--, \! ffi it�}�\lJ � Departamento de Soluc1on de Controvers1as Amb1entales. • .g� · 31;!;)> ·· ·,1 � \\ � �� ·, � ,, . · '';,.fk l-, '(�,'.1;11/ ' Ave/iida o Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo Repúbl�-.(�mi O f// '<:-,"' • M,�Ç) ' l;L.ÊFONO 80.9 5674300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE,GOB,00� ª c,'<)t; GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE • Dirección de Mecanismos Financieros y Manejo de Portafolio. • Dirección de Adaptación y Mitigación dei Cambio Climático, con: • Departamento de Métrica y Transparencia dei Cambio Climático; • Departamento de Vulnerabilidad y Adaptación ai Cambio Climático; • Departamento de Mitigación dei Cambio Climático y Mecanismo dei Desarrollo Limpio. UNIDADES DESCONCENTRADAS • Instituto Técnico de Estudios Superiores de Media Ambiente y Recursos Naturales. • Dirección Región Cibao Norte, con: • Departamento Provincial Dajabón; • Departamento Provincial Monte Cristi; • Departamento Provincial Santiago Rodríguez; • Departamento Provincial Valverde; • Departamento Provincial Puerto Plata; • Departamento Provincial Santiago; • Departamento Provincial Espaillat; • Dirección Región Cibao Central, con: • Departamento Provincial Maria Trinidad Sánchez; • Departamento Provincial Samaná; • Departamento Provincial Hermanas Mirabal; • Departamento Provincial Duarte; • Departamento Provincial La Vega; • Departamento Provincial Monsefíor Nouel; • Departamento Provincial Sánchez Ramirez. • Dirección Región Metropolitana, con: • Departamento Provincial Distrito Nacional; • Departc;:imer,to Provincial Monte Plata; • Oepartamento Provincial San Cristóbal; • Depart�mer,to Provincial San José de Ocoa; • Depart��ehto Provincial Peravia; • b�part�me:nto Provincial Santo Domingo. ', : ! ! : • Dirección Región E$te, con: 1, : ' 1 : • Departam�nto Provincial San Pedro de Macorís; be�art�mento Provincial La Romana; 1: '1 1: :·, : ' ; Pépartam�nto Provincial La Altagracia; bepartkhl�mfo Provincial EI Seibo; i, , 1 l•,::i::· 1:: Departamento Provincial Hato Mayor. 1 , ! :,,, I' etano Germosén esquina Avenida Gregorio Luper(m Ensanche EI Pedregal Santo Domingo República Dominicana TELÊFON0 .809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIEi,&T&.GOB,DO t ,.� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE • Dirección Región Sur-Oeste, con: • Departamento Provincial Elias Pifía; • Departamento Provincial San Juan; • Departamento Provincial Az-ua; • Departamento Provincial Barahona; • Departamento Provincial Bahoruco; • Departamento Provincial lndependencia; • Departamento Provincial Pedernales. UNIDADES DESCENTRALIZADAS 1. Parque Zoológico Nacional "Arq. Manuel Valverde Podestá" 2. Acuario Nacional 3. Museo Nacional de Historia Natural "Prof. Eugenio de Jesús Marcano" 4. Jardín Botánico Nacional 'Vr. Rafael María Moscoso" 5. Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) 6. Gabinete Presidencial para el Media Ambiente y Recursos Naturales. ARTÍCULO 2: Se crea el Departamento de Administración de Proyectos TIC, bajo la dependencia de la Dirección de Tecnologías de la lnformación y Comunicación, conforme ai modelo A, en cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución núm. 51-2013, que aprueba los modelos de estructura organizativa para las unidades de tecnologías de la información y comunicación. Dicho Departamento tendrá el objetivo de planificar, coordinar, administrar, dar seguimientos e implementar los proyectos TIC, así mismo, debe identificar posibles riesgos que puedan afectar los proyectos e identificar acciones de mitigación de riesgos. ARTÍCULO 3: Se suprime la División de Radiocomunicación y Telemetria, y se transfieren sus funciones y cargos a la Dirección de Tecnologías de la lnformación y Comunicación. ARTÍCULO 4: Se eleva el nivel jerárquico de la Oficina de Acceso a la lnformación (OAI), a Dirección, conforme a las disposiciones de la Resolución núm. 194-2012 que aprueba la estructura organizativa y de cargos de las oficinas de acceso a las informaciones. ARTÍCULO 5: Se modifica la dependencia dei Departamento de Cooperación Internacional, de la Dirección de Relaciones lnternacionales para que pase a depender de la Dirección de Planificación y Desarrollo, conforme ai modelo A, dispuesto por la Resolución núm. 14-2013, que aprueba los modelos de Estructura Organizativa de las Unidades lnstitucionales de Planificación y Desarrollo (UIPyD), art. 7 numeral 2 de los subsistemas de la gestión de •. planificación y desarrollo institucional. ·· . ,;:-·:-;i�� A;;};><�:::� .. / ,�, e/J. ·, ·.,. �� 6: Se eleva el nivel jerárquico, y se readecua la dependencia y nomencl�� ri.. �a .,,, ''\." <:.t-� '..ç4.> �ió�°\ � ortales y Red es �ociales, para qu� en lo adelante pase a depen�;r di�cta · g \'} . 8, ����Dir� on de Comurncac1?nes y a denommarse Depart amento d� (!est,on 1�ª ,;;;s � 1 . í:J /es, con el objetivo de establecer un conterndo estrategIco que giran ;: . / \{\ a-li' k °' -.\,. �'1 � � �� �qi,, .{:! •. \..., R.o s-a\\/· � MA \:A��n � ayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo República Domini�..,: : ..:::::-::·"•· "';;;;:�•• -�•� TELÊFONO 809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE,GOB,00 · .. · ., · ·· t �.� GOBIERNO OE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE cobertura nacional y proyección de las actividades institucionales, y así mantener una línea de comunicación directa con la ciudadanía. ARTÍCULO 7: Se modifica la nomenclatura dei Departamento de Relaciones Públicas y Prensa, por Departamento de Relaciones Públicas, conforme a las funciones definidas para dicha unidad. ARTÍCULO 8: Se eleva el nivel jerárquico, y se readecua la dependencia de la División de Publicaciones, para que pase a depender directamente de la Dirección de Comunicaciones y a denominarse Departamento de Publicaciones, conforme ai volumen de trabajo que realiza. ARTÍCULO 9: Se eleva el nivel jerárquico, y se readecua la dependencia de la División de Protocolo y Eventos, para que en lo adelante pase bajo la dependencia directa de la Dirección de Comunicaciones, se denomine Departamento de Protocolo y Eventos, conforme a la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 10: Se crean las siguientes áreas bajo la dependencia de la Dirección Jurídica, con el objetivo de asesorar a la máxima autoridad de la institución, en los asuntos administrativos, civiles, penales y laborales, con estricto cumplimiento a las normas vigentes. ARTÍCULO 11: Se crea el Departamento de Gestión de Sanciones Ambientales, bajo la dependencia de la Dirección Jurídica, con el objetivo de realizar las gestiones jurídico administrativas en lo referente a las aplicaciones de sanciones administrativas requeridas por las diferentes áreas temáticas y departamentos provinciales. ARTÍCULO 12: Se crea Departamento de Ordenamiento Registral, bajo la dependencia de la Dirección Jurídica, con el objetivo de supervisar y coordinar las actividades inmobiliarias referentes ai deslinde, saneamiento y actualización de mensura que se encuentran en áreas protegidas. ,�J�:;bi�i��� l �\)· �,e,� ARTÍCULO 13: Se cambia la dependencia dei Departamento de Seguridad, par - �� ��{')""' ?;; ·�� \. ade lante pase a depender directamente dei Despacho dei Ministro, conf �� e sus [ :f on f lPJPI}f \ \ ARTÍCULO 14: �� readecua la dependenc1a dei Departamento de lngem�ma ��rq 1. 1�ct�{[�.m;y0?r, <f. Despacho dei Ministro, para que en lo adelante pase a depender de la D1recc1on Aâft!iJJistflifM/J,"R) . .:.f · conforme a su naturaleza. ·· \, • '-? · ',. R.O. • ARTÍCULO 15: Se modifica la nomenclatura de la Dirección de Servicios por Ventanilla Úriiêa, pasando la misma a denominarse Dirección de Ventanilla Única de Servicios Ambientales, ����o�rme a su naturaleza. N\11\JJs� � · ART '--.LI.'-':, 16: Se .readecua la nomenclatura de la Dirección de Supervisión y Fiscalización 2 �ft- ·�n · asando la misma a denominarse Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos, fü .;,;.:,•WJ · . rm sus funciones y como se establece en la Ley 64-00, fomentando, la � J � Q, �> � , /�1, , t,.,j /\ pAN� ay�tano Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche EI Pedregal Santo Domingo República Dominicana TELÊFON0 809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE,GOB,DO t GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE transversalización de la gestión de riesgos y la respuesta ante danos y emergencias ambientales. ARTÍCULO 17: Se crea el Departamento de Fiscalización, bajo la dependencia directa de la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley núm. 64-00, con el fin de proteger el medioambiente, prevenir danos y buscar su remediación. ARTÍCULO 18: Se modifica la dependencia de la División de Inspectores dei Departamento de Atención a Emergencias y Danos Ambientales, para que en lo adelante pase a depender dei Departamento de Fiscalizacióncon el objetivo de vigilar que se tomen las medidas preventivas y correctivas pertinentes, para evitar que se cometan violaciones a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas. ARTÍCULO 19: Se mantiene la Dirección de Revisión y Análisis de Operaciones, bajo la dependencia dei Despacho dei Ministro, hasta tanto sea emitida una disposición contraria por la Contraloría General de la República, manteniendo el objetivo velar por el fiel cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos institucionales establecidos, controlando las operaciones realizadas y procurando que los registros contables reflejen de manera razonable la situación financiera real de modo que sirvan para la toma de decisiones. ARTÍCULO 20: Se crea la División de Seguimiento a las Asociaciones sin fines de Lucro, bajo la dependencia dei Departamento de lntegración de la Ciudadanía a Planes, Programas y Proyectos, con el objetivo de velar que las ASFL cumplan con la ley 122-05 y su regiamente 40 08 dando seguimiento ai funcionamiento de las mimas con miras a que sus actividades se réalicen conforme a la naturaleza que les dio origen. ARTÍCULO 22: Se crea la División de Consultas Públicas, bajo la dependencia dei Departamento de lntegración de la Ciudadanía a Planes, Programas y Proyectos, con el objetivo ele establecer los pasos y lineamentos a seguir para garantizar una efectiva participación de la qiudanía en el proceso de consulta pública de todo proyecto, industria o actividad que entre ai �roceso de Evaluación Ambiental dando cumplimento ai art. 6 dei Regiamente para Consulta ijública aprobado mediante la Resolución núm. 014-2014. ·-1i i1RTÍCULO 23: Se crea la División de Línea Verde, bajo la dependencia dei Departamento de . �ecepción y Trámite de Denuncias Ambientales, con el objetivo de canalizar la comunicación llamada a encaminar las informaciones relativas a delitos ambientales, incendios forestales y , �tras situaciones de riesgo ai Media Ambiente y los Recursos Naturales hasta los mecanismos i�ternos y/o externos con responsabilidad sobre las determinadas áreas afectadas, alimenta,n.da .... u ::n �istema informático integ ral, que permitirá la supervi�ión y las respuestas º p9)ji1r(�;;;�::::::.:., · . .. �=:;;.; . �:, l.d1tables tanto a los denunciantes como a otros procesos internos de contrai dei M �/ �º. d . e l'trf', ',, .. # <>,NliN •· A. b' t t o"' · -� .. �''i1- ,.,..., .. o\ 1/',<,, -��-, .. ·,·=• m 1en e. .·· 0 . � �,, · �: \ �J49 ,::·-�···-:-=,.,:hf-rij LO 24: Se crea la Dívisíón de Gestíón de Conflíctos, bajo la depJlen ,:,rl?f;Y:,. 1 \ B . pa ento de Recepción y Trámite de Denuncias Ambientales, con el objetivO.ijiJns �-, · . , . . ;; � . ' ·. \--;;;; '· \. )! º ;{\ .·,. ., .ti] ', \ '·' ;;., � �� . . ,. 0 \\�.t . a Çayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche E\ Pedregal Santo Domingo República Domm,�anp ,') e;,,\ ��);!' t• �,A ,�JO TELtFONO 809 567 4300 �INEA VERDE (WHATSAPP) 8-49 356 6400 809 200 6400 AMB,IENTE.008.DO � ···· ,. ·--� · 1o t • GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE desarrollar e integrar métodos de manejo de conflictos para la búsqueda de soluciones y mediación estratégica ante cualquier problema de ámbito medioambiental entre las partes interesadas en el cumplimiento de las atribuciones legales dadas en la Resolución núm. 06/2009 que crea la Dirección de Participación Social y Acceso a la lnformación Pública. ARTÍCULO 25: Se crea el Departamento de Proyectos Comunitarios, bajo la dependencia de la Dirección de Participación Social, con el objetivo desarrollar e implementar proyectos comunitarios a nível nacional en las zonas vulnerables que se encuentran cercanos a las áreas protegidas, bosques, ríos y costas utilizando el programa de voluntariado ambiental como mecanismo de integración social con la institución amparada por la Resolución núm. 0032-2017. ARTÍCULO 26: Se modifica la nomenclatura de la Dirección de Educación y Divulgación Ambiental, para que en lo adelante se pase a denominarse Dirección de Educación Ambiental conforme a sus funciones, dando cumplimiento a las atribuciones legales establecidas en la Ley núm. 94-20, que tiene como objetivo la búsqueda de la integración a la educación formal e información y la educación ambiental con el fin de procurar la sensibilización y concienciación ambiental en toda la sociedad dominicana. ARTÍCULO 27: Se modifica la nomenclatura de la División de Elaboración de Materiales Educativos, para que en lo adelante se pase a denominarse División de Elaboración de Materiales y Currículo Educativo Ambiental, con el objetivo de cumplir con lo establecido en el artículo 15, de elaboración de materiales educativos, elaborará el contenido de los libras de textos y materiales didácticos sobre educación ambiental que se implementará en el sistema educativo dominicano. ARTÍCULO 28: Se readecua la dependencia y nivel jerárquico de la División de Promoción Educativa y Cultura Ambiental, para que en lo adelante pase a depender de la Dirección de Educación Ambiental, y se eleva su nível jerárquico a Departamento, en lo adelante se denominará Departamento de Promoción Educativa y Cultura Ambiental � - • ' "\·::::.�.�:::::-...��.,� �(;<:•nbiene;�,. ARTÍCULO 29: Se readecuar la dependencia y se le asignar el nivel jerár ' d�, •. ;,�. � \', Departamento, ai Centro de Documentaciónde la Dirección Educación y Divulgación i�l�'"''�- % \" (Dirección de Educación Ambiental), para que en lo adelante dependa de la D ció -· ·�fJj t, ln forma�ión Ambie ntal y d� �ecursos Na.tu rales, conforme a la . naturale za de su,. �ci ,1• ,;i.$.)1,::�i[f 'ff) D1cha area tendra el objetivo de servir de gestor de las mformac1ones gen i�a�.i�Yi;i'\i)/ .f / ·cumplimiento ai Sistema Nacional de lnformación Ambiental. • � R.D • ;7/ ARTICULO 30: Se readecua la nomenclatura de la Dirección de Regulaciones e lnvestigaêtone.s.:-: �<-: Ambientales, para que en lo adelante pase a denominarse como Dirección de Regulaciones Ambientales, conforme a sus funciones. �� . : /��� U�O 31: Se �rea -�I Departament� de Anális!s de Instrumentos '!�gulatorio�. ?ajo la c11l1� · pen . 1a de la D1recc1on de Regulac1ones Amb1entales, con el objetivo de realizar la tf (} ..... � .,'":e:. ·, ·cu 'n de impacto regulatorio para examinar de manera sistémica los benefícios;, castos y !!: � �i. to , propuestas regulatorias. V � �······• fi \f\, •. ,"li��., All@iil( Cayetano Germosên esquina Aven. ida Gregorio Luper6n Ensanche El Pedregal Santo Domingo República Dominicana f//1.• � • -4 ', TELÉFONO 809 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBlENTE,008,DO ' ,.� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE ARTÍCULO 31: Se readecua la nomenclatura dei Departamento de Regulaciones Ambientales de la Dirección de Regulaciones Ambientales, para que en lo adelante se denomine Departamento de Elaboración Instrumentos Regulatorios, acorde a sus funciones. ARTÍCULO 32: Se readecua la nomenclatura, dependencia y se eleva el nivel jerárquico dei Departamento de lnvestigación, Tecnología y Transferencia dei Conocimiento de la Dirección de Regulaciones e lnvestigaciones Ambientales (Dirección de Regulaciones), para que en lo adelante se denomine Dirección de lnvestigación de Recursos Naturales, Media Ambiente y Cambio Climático y pasa a depender directamente dei Despacho dei Ministro, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Medio Ambiente, en su artículo 27 numeral 1 O sobre el desarrollo científico y tecnológico y el Sistema Nacional de lnvestigación Ambiental. ARTÍCULO 33: Se modifica la dependencia dei Departamento de Estadísticas Ambientales junto a las unidades bajo su dependencia, dei Despacho dei Ministro, para que en lo adelante pase a depender de la Dirección de lnformación Ambiental y Recursos Naturales, conforme a su naturaleza. Con la finalidad de producir, compilar, integrar y difundir periódicamente, boletines y anuarios con estadísticas e indicadores ambientales, útiles, oportunos, veraces y de calidad, dando cumplimiento ai Sistema Nacional de lnformación Ambiental. ARTÍCULO 34: Se crea el Departamento de Autorizaciones Aduanales Ambientales, bajo la dependencia dei Viceministerio de Gestión Ambiental, con el objetivo de centralizar los permisos de importación, exportación y tránsito de mercancía, a los fines de eficientizar los tiempos de respuesta en la validación documental y la inspección de mercancía en los puntos de entrada dei país, como parte dei proyecto presidencial de Despacho 24 horas. ARTÍCULO 35: Se crea el Programa para la Gestión Integral de los Resíduos Sólidos, con nivel jerárquico de Departamento, bajo la dependencia dei Viceministerio de Gestión Ambiental, conforme a lo que estable la Ley núm. 225-20, con el objetivo de prevenir la generación de residuos, además de establecer el régimen jurídico de su gestión integral para fomentar la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y valorización, así como, regular los sistemas de recolección, transporte y barrido de los residuos sólidos y todas las atribuciones legales que de ella se deriven, para el cumplimiento dei Sistema Nacional de Gestión Integral de Résiduos Sólidos. ARTÍCULO 36: Se suprime el Departamento de Manejo de Resíduos Sólidos, de la Dirección de Gestión Ambiental Municipal y se trasfieren sus funciones y cargos ai Programa para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, conforme a la naturalezc:1 de sus funciones. ··••.-<•.···.··, ,,,.--···-"RTICULO a·r Se ca mbia la dependencia dei Laboratorio de An�JÍi;isAmbf"tal '. de�6�\ .. \ .�MIJ'q. < . pachodel Ministro, para que en lo adelan�e pa�e a depen?r�. ;de la D1re�c1on�Càli�, t\. ):�� A��- 1, cortorme: a su natur�leza. D1�h� unida? t 1ene el obJr�1v� �e r�ah�ar,n;, �1to '/'. �,� � f .. o .,,, �1ts%: fª determinar los parametros f1s1cos, qu1m1cos, m1cro910,log1cos r b1oloQ1�s , .. }t s; ; , , � :;tffi ' ·aa� agua y a ire, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las no'rmas arl;Tla:ien . < lj l=: ��:( '"O . . \."\·% � / \;. ·� t\:i• • ' ;,, ç::, ' -$' / \� �- ''-"''-""'· °'°' Av� ayetano Germo . sé .· n esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche El Pedregal s anto Domingo . República Domi/l�aha c;l ' .. /. \":..,:.� -t)� � TELÊFON0 ao9 567 4300 LINEA VERDE CWHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE;ooa,oo �- R. D. • , �/ ...... ......., , .. ....,. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 38: Se modifica la nomenclatura dei Departamento de Contrai y Seguimiento Ambientales, para que en lo adelante se denomine Departamento de Monitoreo y Seguimiento de la Gestión Ambienta/conforme a la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 39: Se readecua la nomenclatura dei Departamento de Asentamientos Humanos, para que en lo adelante pase a denominarse Departamento de Desarrollo Sostenible Municipal, el mismo continuará bajo de dependencia de la Dirección de Gestión Ambiental Municipal. ARTÍCULO 40: Se crea el Departamento de Fomento de la Gestión Ambiental Municipal, bajo la dependencia de la Dirección de Gestión Ambiental Municipal, con el objetivo de velar por el cumplimiento de las normas ambientales dei Sistema Nacional de Gestión Ambiental y Recursos naturales, asegurando la necesaria coordinación interinstitucional de la gestión ambiental, conforme a lo establecido en la ley 64-00 en su artículo 26. ARTÍCULO 41: Se crea el Departamento de Ordenamiento Territorial, bajo la dependencia de la Dirección de Suelos, con el objetivo de hacer cumplir lo establecido en el artículo 27 de la Ley núm. 64-00, donde se establece el ordenamiento territorial como un instrumento de gestión ambiental considerando el uso de suelo, la adaptación ai cambio climático, los desequilibrios y desigualdades territoriales, la sostenibilidad ambiental, la gestión integral de riesgos, la competitividad económica, y la calidad de vida de la población. ARTÍCULO 42: Se readecua la dependencia y nomenclatura de la Dirección de Cambio Climático dei Viceministerio de Gestión Ambiental, junto con sus dependencias, para que en lo adelante pasen a depender dei Viceministerio de Cooperación Internacional y a denominarse Dirección de Adaptación y Mitigación dei Cambio Climático, con el objetivo de transversalizar el cambio climático, adaptando medidas de coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas, programas y proyectos de cooperación técnica y financiera no reembolsable, articulando la oferta y la solicitud de cooperación internacional, fortaleciendo las relacione,s cór{'i'::���, ..los sistemas de integración regional así como con los organismos, agencias y pai, , , 12,(fúVF'o:nte;, ,?�, otorgan cooperación no reembolsable para el cumplimiento Plan Estratégico lnstituci : ,,��{����� (')%\ ARTÍCULO 43: Se readecua la nomenclatura dei Departamento de Adaptación ( -�ª l •ji�itJ!�i � \ Climátic�,, para que ?n 1� a9�1ante pase � ?enominarse. D epartamento de Vuln -, f!i . · �it��1/�ffr l} I:Adaptac,on ai Cambio Cltmattco con el obJet1vo con el obJet1vo de fortalecer las ca��da i••, .,-1,1 ,.f. {' nacionales en la gestión pública y privada dei media ambiente y los recursos natural�$,'...ffara la • ",,f adaptación ai cambio climático, así como también proveer de información referent��laRD. /·::'··· vulnerabilidad, incluyendo una gestión de riesgos con enfoque climático. · ·· ..... , · ,.� GOBIERNO OE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDI O AMBIENTE ARTÍCULO 45: Se readecua la nomenclatura dei Departamento de Mitigación ai Cambio Climático, para que en lo adelante pase a denominarse Departamento de Mitigación dei Climático y Mecanismo de Desarrollo Limpio, con el objetivo de implementar estrategias dirigidas a la reducción de las emisiones de los gases de efecto invernadero mediante el fomento de proyectos de mecanismos de desarrollo limpio MDL y mitigación de gases de efecto invernadero. ARTÍCULO 46: Se readecua la dependencia de la Dirección de Relaciones lnternacionales, pasando la misma a depender directamente dei Despacho dei Ministro. Esta Dirección tendrá la finalidad de fomentar las relaciones internaciones, con el objetivo de promover un adecuado posicionamiento, a nivel de imagen, apoyo interinstitucional y la participación en eventos y actividades de carácter internacional. ARTÍCULO 47: Se crea la Dirección de Mecanismos Financieros y Manejo de Portafolio, bajo la dependencia de la Viceministerio de Cooperación Internacional, con el objetivo de promover las acciones necesarias para identificar portafolio de proyectos públicos y privados que sean compatibles con los compromisos nacionales ante el cambio climático, fomentando proyectos para la presentación que generen actividades de inversión para la mitigación y adaptación ai cambio climático. ARTÍCULO 48: Se readecua la dependencia y nomenclatura dei Departamento de Comercio y Ambiente de la Dirección de Relaciones lnternacionales, para que en lo adelante pase a depender de la Dirección de Convenios y Tratados y a denominarse Departamento de Solución de Controversias Ambientales, conforme a sus funciones. ARTÍCULO 49: Se crea el Departamento de Negociación y Administración de Convenios y Tratados, bajo la dependencia de la Dirección de Convenios y Tratados, con el objetivo de fungir como ente regulador para velar por los intereses de la preservación de los recursos naturales, el media ambiente y la mitigación dei cambio climático. Así como también, el seguimiento de las metas trazadas en los acuerdos, convenios y tratados establecidos en conjunto con las organizaciones internacionales. ARTÍCULO 50: Se fusionan la Dirección de Recursos Costeros y la Dirección de Recursos Marinas, en la Dirección de Manejo Integrado de la Zona Costera Marina con el objetivo de régularH:1 conservación y uso de sostenible de los espacios y ecosistemas de la Zona Costero Marino, la cual comprende las franjas terrestres y acuáticas dei perímetro costero-marino de la nación. En ese orden, se transfieran sus dependencias, funciones y cargos a dicha Dirección. • .. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 59: Se asigna el nivel jerárquico de División ai Programa de Reservas de Biosfera y Corredores Biológicos para que pase a denominarse División de Reservas de Biosfera y Corredores Biológicos, y pasar a depender dei Departamento de Vida Silvestre, conforme a la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 60: Se readecua la nomenclatura de la División de Ecosistemas, para que en lo adelante pase a denominarse División de Ecosistemas y Restauración Ecológica, conforme a la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 61: Se suprime el Programa de Restauración Ecológica de Ecosistemas Degradados, y transfieran sus funciones y sus cargos a la División de Ecosistemas y Restauración Ecológica, conforme a su naturaleza. ARTÍCULO 62: Se suprime el Programa de Reforestación de Quisqueya Verde, y se trasfieren sus funciones y cargos a la División de Establecimiento de Plantaciones Forestales, conforme a la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 63: Se modifica la nomenclatura y se le asignar nivel jerárquico de Dirección, a la Escuela de Media Ambiente y Recursos Naturales, para que en lo adelante se denomine Instituto Técnico de Estudios Superiores de Media Ambiente y Recursos Naturales, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución núm. 83-2017, de fecha 13 de diciembre dei 2017, dei Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. ARTÍCULO 64: Se readecua la estructuración de las oficinas regionales de gestión dei media ambiente y recursos naturales, para que en lo adelante se distribuyan en las cinco regiones únicas de planificación (Cibao-Norte, Cibao Central, Metropolitana, Este y Sur-Oeste). En respuesta a los requerimientos de la Ley núm. 1-12, Estrategia Nacional de Desarrollo, con el objetivo de hacer una gestión eficaz para el rnanejo de los recursos naturales. ARTÍCULO 65: Se cambia de denominación de la Dirección Regional Norte, para que en lo adelante se denomine Dirección Regional Cibao Norte, con el objetivo de responder a la regionalización establecida para su correcta fiscalización y supervisión. Con los siguientes Departamentos Provinciales: • Departamento Provincial Dajabón; • Departamento Provincial Monte Cristi; • Departamento Provincial Santiag9 Rodríguez; • Departamento Provincial Valverde; • Departamento Provincial Puerto Plata; • Departamento Provincial Santiagp; ,·· ::-;-.. --;.,, .:.:..·:.:.:. ,., • Departamento Provincial Espaillat. ,. )Ço p..rnDientti�<: �'« --:-� �-�� .Y,LJ \ . �N���� 66: Se cambia de denominación de la Dirección Regional Central, para · ri e '., '"" ";,� 'icvi � / ç"' A.:!!!�t�'� denomine Dirección Regional Cibao Central con el objetivo de respo O) er · 't? 11 � • \ � !' 9 7,,., aht'a ión establecida para su correcta fiscalización y supervisión. Con los ��uie 11:.: �z J � a� b:J , tos Provinciales: · \,%,.� "". "· ,,f:J '. � � '.tv, ' •• • .� 1 . ,,,, ...,' '%; k""trJJI t-,:. i \ �'.;: /. � "I ' ' ''•, • e, /? Ave�,, yetano Germosên esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo República Dominica��-. R. D. • .,,,:. "/ ., ,.,, • /{,,'' TE.LÉFONO 8()9 567 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 809 200 6400 AMBIENTE,GOB,DO :--.�. ----:' .... ,., GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE • Departamento Provincial María Trinidad Sánchez; • Departamento Provincial Samaná; • Departamento Hermanas Mirabal; • Departamento Provincial Duarte; • Departamento Provincial La Vega; • Departamento Provincial Monsefíor Nouel; • Departamento Provincial Sánchez Ramírez. ARTÍCULO 67: Se cambia de denominación de la Dirección Regional Sur, para que en lo adelante se denomine Dirección Regional Sur-Oeste con el objetivo de responder a la regionalización establecida para su correcta fiscalización y supervisión. Con los siguientes Departamentos Provinciales: • Departamento Provincial Elías Pina; • Departamento Provincial San Juan; • Departamento Provincial Azua; • Departamento Provincial Barahona; • Departamento Provincial Bahoruco; • Departamento Provincial lndependencia; • Departamento Provincial Pedernales. ARTÍCULO 68: Se reasignan las dependencias bajo la Dirección Región Este, con el objetivo de responder a la regionalización establecida para su correcta fiscalización y supervisión, con los siguientes Departamentos Provinciales: • Departamento Provincial San Pedro de Macorís; • Departamento Provincial La Romana; • Departamento Provincial La Altagracia; • Departamento Provincial EI Seibo; • Departamento Provincial Hato Mayor. ARTÍCULO 69: :Se crea la Dirección Regional Metropolitana, bajo la depehdencia dei Despacho dei Ministro, con el objetivo de responder ª• la regionalización estableeida para su correcta fiscalización y supervisión. Con los siguientes,: Departamentos Provincial�s: .,,,....:.-- 1,: 0 • << .,, .. ,,.,- ':,r\11;id1te "-··,, • Departamento Provincial Distrito Nacional; :i ,/<,{> 1 }'/,-..:..�" • Departamento Provincial Monte Plata; •. i'·�V:/ ��t�-"''Zt •,�ç:.\\ • Departamento Prov!nc!al S�n Cris�óbal; :; . ij / ; i"�\-·· � t Y·. • Departamento Pro��nc�al San J?se de Qcoa; !i i .g ,i!.,);· t-/; • Departamento Prov1nc1al Perav1a; 1 i. \ � '�tr•"" . ? )f • Departamento Prorincial S�nto Domingo. ,: 1 • \[� • � • 1�;/ i, 1 , ·i. ! , :i :: : , i I • • :,..... • .. ,,,/•ít ARTÍCULO 70: Se integrar la Unidad Técnica Ejecutora de Desarrollo Agrôforestal (UTE-eD�l.?·�-<::.,·,.. � nigr�n:1ª, • . ide .. 1 Minis�e . r . :io. Cor . . forme a su n . atu . r . alez . a e . . sta uni�ª? e . stará . ;b ' . : ª . ,j . o, I� · . . �epe�d�nêTà ·· ��·�cfê �� mm1steno de ·•·• Recurs9s Forestales, dandoi cumphm1ento I a ;1 las ! d1spos1c1ones � ç �blSS s e� el D�crtto nú�.: 659-20 qu�!,cr�a la U?idad Técnica Eje�uto�.:de Desarrollo . � �! ,. fora 1, 8 . ;a�a . e�ecw,f la 1m�lemen�ac1p . • íl d . .. e lo . s !! proyectos de 9e�arr9qo agrpforestal :A �i �-\ 'º a bJ or yl M1rnstenó de Med10 Amb1en�e y8ecursos Naturales. · i ii ·�'-. :-1 .. , .. ) . '<"-'"' � '• i i' \\ ,,"\ �- I , '� , 11 'i· < ·'\, A� ayetano,'Germosên esquina Avenida Gregorio Luperón Ensanche EI I:'edregal Santo Domingo , j : República Dominicana '·:",, TELÉFONO �09 567' 4300 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849. 356' 6400 809 200 8400 AMBIE��E,GOB,DO GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 71: Se mantienen igual las demás unidades aprobadas mediante resolución anterior núm. 0020/2017, de fecha 01 de junio dei ano 2017. ARTÍCULO 72: A los fines de lograr coherencia, uniformidad y claridad en la estructura organizativa de esta institución, se establecen cuatro (4) niveles jerárquicos identificados por las siguientes nomenclaturas, conforme a las normas trazadas por el Ministerio de Administración Pública y aprobados mediante la Ley núm. 247-12, dei 09 de agosto dei 2012, Ley Orgánica de Administración Pública. a) Viceministerio; b) Dirección de Área; c) Departamento; d) División; e) Sección. ARTÍCULO 73: En los casos que, como consecuencia de la implantación de esta nueva estructura organizativa, se requiera de la reubicación de un servidor de carrera, deberán realizarse las coordinaciones correspondientes con la Dirección de Sistemas de Carrera dei Ministerio de Administración Pública (MAP). ARTÍCULO 74: Con el objetivo de facilitar la implantación de la organización interna de esta lnstitución, se elaborarán y pondrán en vigencia los manuales de organización y funciones y de clasificación de cargos con la asesoría y co�peración dei Ministerio de Administración Pública. ARTÍCULO 75: Se instruye a la Dirección de Planificación y Desarrollo y a la Dirección de Recursos Humanos la realización de las :icoordinaciones iY, gestiones pertinentes a fin de implementar efectivamente y en el menor tiefnpo posible la e?tructura organizativa aprobada en la presente resolución, de acuerdo a un1 Plan: 1:de lmplementaqión dei Diseno Organizacional que deberá desarrollar y cumplir a cabalidad, as(iicomo la actuali�ación dei Manual de Organización y Funciones. ' . :, 1: ' 1::1 ARTÍCULO 76: Se instruye a la Direcqión d� Recursos Humanos realizar la actualización dei M.anual de Clasificación de cargos,: co�I la asesoría � �ooperación dei Ministerio de Administración Pública (MAP), con e! objetiv* de facilita�: la irr)Pl�mentación de la reorganización interna dei Ministerio de Media Ambiente �: I Recursos Nat�raies que implica la emisión de la presente resolución. '1 ! � ; ! 1 . i 1 : ARTÍCULO 77 Se instruye coordinar con la tjirección de/Aná!isis dei Trabajo y Remuneraciones dei Ministerio de Administración Pública MAW, la estructura de cargos que requier� cada unidaçL�.:-· ... ,,,.;i<;.,., ... = �- · nal y el manual de cargos que deberá!:11sustentarlal 1! . · -�<��rt'bien·i;·;< ... , ,:,;,r1' t-,AlNl..)r ·. : 1! i , , /b\0 .r -9� "· �l' ,, ' O 78: C�n(onn e a los �am bio� li seiialad�s :! meqiante la presente Res<f �i'ó�";'",,, '<--;,\ o i� ani . . ma dei M1msteno de Med10 Amb1 1 1 nte yRecursos )N�turales se cons1gn . a ftº\tÍt�t , � µ'.\ ��-�-' ai;::-, ' 'ii, ! :. ' .: ' •• Q) r"-�·1,,::;J.7 e., 1�'1'. �!:: R! ··•· \ -� ',f- ';-J�:,,,;;;,,- ·"• J, é:!; '� � � ·. \ ··?, � �· � I '-i, J ,'!,.,, /"'J . . \/. �/ \:;:ti11 AS\éc a. Cayetano Germosén esquina Avenida Grego rio Luperón Ensanche El Pedregal Santo Domingo República DomiÀ{�ª e.,'?,,/ '•·,��":'.,L,.: i TELtFONO 809 567 430.0 LINEA VERDE (WHATSAPP) 849 356 6400 80,9 200 6400 AMBIENTE.GOB,00 \., • fl. I) • , ./ t ,.� GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 79: La presente Resolución deroga y sustituye cualquier otra Resolución o parte de ella que le sea contraria. Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días dei mes de julio dei afio dos mil veintiuno (2021 ). Aprobada por: Refrendada por: Dario Castillo Lugo Ministro de Administración Pública ANEXO 1. Organigrama orgánico y funcional Avenida Cayetano Germosén esquina Avenida Gregorio Lup�rón E��anche E\ Pedregal Santo Domingo República Dominicana! TELÊFONO 809 567 4300 LINEAVERDE (WH)\TSAPP) ?49 356 6400 809 200 6400 AHBIENTE.GOB,DO !l !� �: 41=1 • �: 1 1 1 L j J l � j r l 1 i < z < u 5� w ::E ºo ºo < u ..J "' .:, "-"' a: / w 1 z w ãi ::E <!'. o o w :E íl ;J ll íi-, 1 11: ,r, 1,11 , , 'tJ: :!l� Í-1 ,,i r j;r 1 ,, , , Í1-I ,1,: ,t i , , L i d1 iH,. i ,-, ".•l 1 1iHl'' l1,1'J '- j ,, 1· ' iií11 ,, lpJ il J ! i! !Lili i'j lf ;J: t! ,J 1 i� 1 1 p1 1,. ,,1, , 1J !ll I" Jil