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قوانين جمهورية الدومينيكان

Decreto N⁰ 27-21 – Modifica el artículo 1 del Decreto N⁰ 659-20, que modificó el artículo 1 del Decreto N⁰ 10-17. Crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Modifica el artículo 3 del Decreto No⁰ 659-20

صدر في 2021-01-15 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
جمهورية الدومينيكان
الموضوعات
Agricultural and rural development, Forestry
الكلمات المفتاحية
institution, agricultural development, agro-forestry, sustainable development, governance, afforestation/reforestation, forest management/forest conservation

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  1. 105 Dec. No. 27-21 que modifica el artículo 1 del Dec. No. 659-20, que modificó el artículo 1 del Dec. No. 10-17. Crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Modifica el artículo 3 del Dec. No. 659-20. G. O. No. 11007 del 22 de enero de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 27-21 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Queda modificado el artículo 1 del Decreto núm. 659-20, del 23 de noviembre de 2020, que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 10-17, que crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal de la Presidencia de la República, del 19 de enero de 2017, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera: “Artículo 1. Se crea la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, unidad adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para coordinar y supervisar la implementación de los proyectos de reforestación y desarrollo sostenible diseñados por el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Dicha unidad estará integrada por: (i) el ministro, quien la presidirá; (ii) un viceministro del Ministerio Administrativo de la Presidencia; (iii) un viceministro de Agricultura; y (iv) un asesor medioambiental, forestal o agroforestal del Poder Ejecutivo, quien será designado por el presidente de la República.” ARTICULO 2. Queda modificado el artículo 3 del Decreto núm. 659-20, del 23 de noviembre de 2020, para que en lo adelante diga y disponga de la siguiente manera: “ARTICULO 3. Se transfieren todos los activos, pasivos y proyectos en proceso de ejecución a la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal y la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, adscritos al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”. 106 ARTICULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER

Decreto N⁰ 27-21 – Modifica el artículo 1 del Decreto N⁰ 659-20, que modificó el artículo 1 del Decreto N⁰ 10-17. Crea e integra la Unidad Coordinadora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal, adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Modifica el artículo 3 del Decreto No⁰ 659-20 · Nelum