Resolución Nº 94/15 - Autoriza captura de los recursos cibi y cojinúa en zona nororiental
صدر في 2015-06-01 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, seasons, fishing area, artisanal fisheries, marine fishes, fishing gear/fishing method, fishery management and conservation, aquatic animals
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
GACETA OFICIAL 10 de julio de 2015 950 RESOLUCIÓN No. 94/2015 POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 164 de fecha 28 de Mayo de 1996, “REGLA MENTO DE PESCA”, artículo 4, estable ce que la Comisión Consultiva de Pesca es el máximo órgano consultivo del extinto Ministerio de la Industria Pesquera en ma teria de ordenamiento y administración de los recursos acuáticos de las aguas marí timas y terrestres, siendo asumidas estas atribuciones por el Ministerio de la Indus tria Alimentaria. POR CUANTO: Teniendo en cuenta que las especies Caranx ruber (cibí) y C. crysos (cojinúa) realizan migraciones durante los meses de mayo a septiembre por la zona nororiental de Cuba, asociadas a procesos reproductivos y de alimenta ción y en correspondencia con los objeti vos planteados por el Código de Conducta para la Pesca Responsable, la Comisión Consultiva de Pesca acordó establecer regulaciones encaminadas a la ordenación de la captura de estos recursos, siendo necesario dispones lo que se expresa en la parte resolutiva de la presente. POR CUANTO: La que resuelve ha si do designada ministra del Ministerio de la Industria Alimentaria en virtud del Acuer do del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009. POR TANTO: En el ejercicio de las fa cultades que me han sido conferidas en Apartado Tercero, numeral 4 del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Con sejo de Ministro, de fecha 25 de noviem bre de 1994, R e s u e l v o : PRIMERO: Autorizar a la Empresa Pes quera Industrial de Santa Cruz del Sur (EPISUR); a la Empresa Pesquera Indus trial de Granma (EPIGRAN); a la Empresa Pesquera Industrial de Niquero (EPINIQ) y a la Empresa Pesquera de Holguín (PESCAHOL), a calar tranques destinados a la captura de las especies Caranx ruber (cibí) y C. crysos (cojinúa), en la zona Nor oriental de Cuba durante los meses de julio, agosto y septiembre. SEGUNDO: Las artes de pesca referidas, serán colocadas en las coordenadas y canti dades que se relacionan a continuación: 10 de julio de 2015 GACETA OFICIAL 951 TERCERO: Los tranques de Punta Pie dra Mangle y Caletones serán operados de manera alternativa por 30 pescadores del asentamiento Caletones con el empleo de tres (3) embarcaciones. CUARTO: Cumplir rigurosamente con las medidas regulatorias referidas al uso de un paso malla no menor de 30 mm y la prohibición del calado de tranques cerrando canalizos o pasas. QUINTO: Responsabilizar a la Direc ción de Regulaciones Pesqueras y Ciencias y a la Oficina Nacional de Inspección Estatal, para el control del cumplimiento de lo que la presente dispone. DESE CUENTA al Secretario del Co mité Ejecutivo del Consejo de Ministros; a los ministros del Ministerio del Interior; Turismo y de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; a los presidentes de la Federa ción Cubana de Pesca Deportiva y el Insti tuto Nacional de Deportes, Educación Fí sica y Recreación, respectivamente. COMUNÍQUESE a los viceministros, a la Directora de Regulaciones Pesqueras y Ciencias; a la Presidenta del Grupo Em presarial de la Industria Alimentaria, a los directores de las empresas pesqueras dedicadas a la actividad extractiva de la especie; al Director de la Oficina Nacio nal de Inspección Estatal y al Director del Centro de Investigaciones Pesqueras. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original de la presente en la Dirección Jurídica. Dada en La Habana, a primero del mes de junio de 2015. María del Carmen Concepción González Ministra de la Industria Alimentaria Empresas No. de tranque UEB Lugar de calamento Coordenadas Latitud Longitud EPISUR 2 Nuevitas Punta Piedra Sabinal 21°45'08 N 77°19'08 W Punta Ganado S. Lucía 21°31'06 N 76°59'04 W EPIGRAM 3 Puerto Padre Corella 21°16'87 N 76°29'57 W Covarrubia 21°21'23 N 76°40'54 W Manatí Punta Brava 21°25'27 N 76°51'13 W PESCA HOL 6 Conchazul Vita 21°06'09 N 75°57'12 W Corona de Vita 21°06'13 N 75°56'26 W Ens.Guayacanes 21°08'30 N 75°40'00 W Punta Lucrecia 21°05'00 N 75°38'00 W Punta Piedra Mangle 21°15'06N 76°18'47 W Caletones 21°12'40 N 76°14'37 W PESCA HOL 5 Pescanipe Playa Téneme Canal 20°43'06 N 75°17'05 W Carenerito 20°45'22 N 75°25'00 W Playa Canal 20°44'08 N 75°23'32 W Yaguaneque 20°42'08 N 75°04'32 W Yamaniguey 20°35'00 N 74°43'06 W EPINIQ 5 Baramar Navas 20°29'11 N 74°37'48 W Manglito 20°18'02 N 74°19'00 W Nibujón 20°32'00 N 74°40'00 W Boca de Miel 20°20'30 N 74°29'01 W Yumurí 20°18'40 N 74°17'10 W TOTAL 21