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قوانين كوبا

Resolución Nº 673/13 - Amplía el objeto social de las cooperativas de producción agropecuaria que comprende las actividades de producción, prestación de servicios y comercialización

صدر في 2013-11-04 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
كوبا
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
cooperative/producer organization, agricultural commodities, internal trade, fiscal and market measures

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  1. CUARTA: El jefe de la Comisión Permanente para social que comprende las actividades de producción, la Implementación y Desarrollo, a partir de la expe- prestación de servicios y comercialización siguientes: riencia obtenida durante la aplicación del presente a) Producir y comercializar las producciones agrícolas, Reglamento, presentará al Consejo de Ministros las ganaderas, forestales, cañeras y otras producciones; propuestas que sean necesarias para extender su apli- b) comercializar producciones agrícolas, ganaderas, cación a otras provincias o regiones, así como los ajus- forestales y cañeras de otras formas productivas y tes que se requieran para su mejor funcionamiento. agricultores pequeños, a los diferentes destinos se- PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Repú- gún sean contratadas con las personas naturales o blica de Cuba. jurídicas; DADO en La Habana, en el Palacio de la Revolu- c) comercializar a personas naturales miembros de estas ción, a los 20 días del mes de octubre de 2013. y a los usufructuarios de tierra vinculados, según sea el caso, insumos productivos para las producciones Presidente del Consejo de Ministros agrícolas, ganaderas, forestales y cañeras; y d) prestar servicios agropecuarios y otros necesarios a sus miembros y usufructuarios de tierra vinculados MINISTERIO a esta según sea el caso, en razón de la producción. ______ SEGUNDO: Cada cooperativa agropecuaria asume y responde por su actividad principal en corresponden- RESOLUCIÓN No. 673/2013 cia con la línea fundamental de producción o servicios POR CUANTO: Conforme a lo dispuesto en la Ley a ella aprobada en su constitución. No. 95 “Ley de Cooperativas de Producción Agrope- TERCERO: A propuesta de la Junta Directiva de cuaria y de Créditos y Servicios”, de 2 de noviembre cada cooperativa agropecuaria, mediante acuerdo previo de 2002, y la Resolución No. 574 de fecha 13 de agos- de la Asamblea General de miembros, se aprueban to de 2012: Reglamento General de las unidades bási- aquellas actividades secundarias o eventuales de pro- cas de Producción Cooperativa, emitida por el Minis- ducción, comercialización y servicios, así como activida- tro de la Agricultura, se les definió y aprobó el objeto des de apoyo a la producción, que con fines económicos social propio a cada una de estas cooperativas acorde a y sociales deban realizarse en beneficio de la cooperativa las características de los procesos productivos y de agropecuaria, la comunidad y sus miembros. servicios que han venido desarrollando, los que me- CUARTO: La realización de las actividades secunda- diante las resoluciones Nos. 971 de fecha 25 de noviem- rias, eventuales y de apoyo antes referidas, no pueden ir bre de 2008, 1210 de fecha 28 de diciembre de 2011 y la en detrimento del cumplimiento de la línea fundamental 1122 de fecha 14 de noviembre de 2011 emitidas por el para la que fue creada la cooperativa agropecuaria y en Ministro de la Agricultura, fueron ampliados. ningún caso se ejercerán de modo contrario a la legisla- POR CUANTO: La Resolución No. 134 de fecha ción vigente. 30 de abril de 2013, emitida por el Ministro de Eco- QUINTO: Derogar las resoluciones Nos. 971 de fe- nomía y Planificación, resuelve poner en vigor las cha 25 de noviembre de 2008, 1210 de 28 de diciem- Indicaciones para la definición y modificación de los bre de 2011, la 1122 de fecha 14 de noviembre de objetos sociales y establece en su artículo 4 que el 2011, todas emitidas por el Ministro de la Agricultura objeto social se aprueba por el organismo u órgano que y cuantas más disposiciones de igual o inferior jerar- autoriza la creación de la persona jurídica. quía se opongan a lo dispuesto en esta norma. POR CUANTO: La política aprobada para el perfec- SEXTO: Se faculta a la Dirección de Desarrollo cionamiento de la base productiva requiere la actualiza- Cooperativo del Ministerio de la Agricultura para la ción de los objetos sociales de las unidades básicas de implantación y control de la presente resolución, la Producción Cooperativa, cooperativas de Producción que informará semestralmente al Consejo de Dirección Agropecuaria y cooperativas de Créditos y Servicios, del Ministerio de la Agricultura de los resultados de su con el propósito de que los mismos estén en correspon- aplicación. dencia con las transformaciones en este sector. SÉPTIMO: La presente resolución entra en vigor a POR TANTO: En ejercicio de las facultades, atri- partir de los quince (15) días posteriores a su publica- buciones y funciones que me están conferidas en vir- ción en la Gaceta Oficial. tud del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del ARCHÍVESE el original en el protocolo de resolu- Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, en ciones a cargo de la Dirección Jurídica del Organismo. su Apartado Tercero, numeral 4, PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República R e s u e l v o: de Cuba. PRIMERO: Aprobar para las unidades básicas de DADA, en La Habana, a los 4 días del mes de no- Producción Cooperativa, cooperativas de Producción viembre de 2013. Agropecuaria y cooperativas de Créditos y Servicios, en lo adelante cooperativas agropecuarias, el objeto Ministro de la Agricultura

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