Resolución Nº 56/96 - Funciones y estructura de la Dirección Forestal en provincias y municipios
صدر في 1996-02-06 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Forestry
- الكلمات المفتاحية
- afforestation/reforestation, policy/planning, non-governmental entity, forest management/forest conservation
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IIINIS"l'KRIO DK LA AGRIWLTURA OFICIJIA YIClillINISJ'RO FDRKS'.rAL, CAn Y l.3CMJ Ciudad de la Habana, 22 de Febrero de 1996. ·~o del Centenario de la Caida. en C<JJiJbate de Antonio Maceo" DE: ASUNTO: PRESI/JKN'l'KS DE LAS ruDSIONliS PHOVINCIALES DKL P£MI TURllUIJKJ 1/ANATI, D.ELKaA.I.XJS T'f!Rf:' 1 Jf:HfilLES DKL l:IIJIAG, SllBI11ILKGAIXJ FORKS'rALiiS Y DIRKCIDRKP' 1JK Kl1FRKSAS FC:ill!S1'jj£[(S ' FIDEL RAKX; PKRKRA. SKCRrl'AR.1O DE LA <XMISICN NACI<MAL PIM 'JT.IRIJUIIV --IIANATI. INKRJIJClat fx1BRK LA RKWU/Clal !}KL IIINA.G 56.,116 M naIA 8 a TKBRKRO DK 1996. Estimados compaiieros, para sus conociJDientos y el ~yo correspondienttt ltta acompaiio: la resolucion 58/98, que se explica par si sola; copia de las funcwnes de la Direccion Foresta] en Provincia y Hunic~pios y las ca tegorias de manicipios; asi como las plantillaa de cargos provicionales. En proxiJDos dias se les comunicara la fecha en q11e la Camision de Jmplantaci6D visitara cada provincia para analizar eata y conocer la propuesta del personal qtc:.: ejercera estas fu.r1cion e.o: -, eada nivel. Ya esta aproba.do por el tfiniaterio de Flnanzas y Precios el nuevo sist81DlJ de financiamiento de las actividades s .i lvicolas, el cual sin dudas servira de instrumento y estimulo para el desarrollo forestal de cada territorio. Saludos, Fidel Ramos Perera VicBJDinistro 1 IIINISTIIRIO D6 LA AGRIWLTURA BKSQLUCTQN l>tv"BB HM afAN1P: El Decrt1to Ley 67 "De la Administraci6n Central del Estado" en su articulo 64 establece que el l1inisterio de la Agricultura es el QI'8aJ:Ji8lllo encargado de dlrigir, ejecutar y controlar la aplicaoion de la Politica del Estado y Bl Gobierno BD cuanto al fondo de tierra agropecuaria y forestal de propit1dad estatal, colectiva e individual, asi camo las actividades agricolas no caileras, aanadera y forestales y de la fauna silvestre. Jal QIAN'IV; El Decreto Ley No. 136 "Del Patr:Lmonio Foresta] y la Fauna Silvestre" dt1l 3 de /1<irzo de 1993 en su Disposici6n Final Primera, faculta al que resuelve para dictar las disposiciones camplementarias a esa norma. Bil aJANffJ; El Decreto No. 197 "Sobre las Comisiones del Plan J'Urquino Hanati" faculta al l1inistro de la Agricultura en mi aond1ci6n del Pt-t,sidtuJttJ de la Comisi6n Nacional pa.r.:1 eml tir laB Jl.:JpoBiciones que se contddaron necesarias para el logro de los objetivos p.lante:ados en dicha norma. HJR CIMl£Jl.:. [,a Resoluci6n 15-95 del 1° de Abril de 1995 del l1inistro do la Agricu 1 ,· ,ra cre6 .la Direcci6n Foresta] en el OrganiSJDo Central, regulando sus facul ta ,:es .las que se refieren a las actividades de caracter estatal en la aplicac i6n y control de la politica del Estado y el Gobierno en cuanto al patrimonlo forestal y la fauna cinegetica, y el uso racional de sus prodt1c-c 1 ones. 1J6Lfl/AN1V: Se bace necesario estructurar en todo el pais la actividad estata.1 en la actlvidad foreBtlJ.l y de la fauna clneaetica, - Bt;IJNJ8aIJdola de l :J. .1 actividades de caracter empresarial. H1 .' TAH7I}: En uso de las facultades, funciones y atribuciones que lD8 est.frJ co 1·, feridas. R6SUKliKJ: fflTHllRQ- Facultar al Vice-l1inistro gue atiende la actividad forestal para estudlar y proponer la organizac16n y estructura eJDPresarial de las actlvidades de fomento, mantenimiento, protecci6n, producci6n forestal y de la f awia cinegetica que se ejecutan aotualmente en laa EIDpreaas ForestalttB IntelP'aleB, Empresas l'funicipales Agropecuarias y otras EIDpre84S Agropecuarias del pais, segregando de estas las actividades de caracter t1statal, las guc, estaran a cargo de la Direcc.t6n ForestlJ.1 y de los organos que a tal efBcto BtJ COllBtitwen e11 Provincias y l1rmicipios. $IGlllilll - Facul tar al Vice-l11nistro que atiende la actividad forestal y al Director de la Direcci6n Foresta], para que simultaneamente con la pro~esta dt1 oraanizac16n empresarial forestal, se ejecute la BBJP"86ac16n de las actividlJ.des estatales, separandolas de las emprebas y constitwttndo con 3 ~aracter provisional los 6rganos del servicio estatal forestal en Municipios y Provincias. TIIRCKRO. - En cada municipio deber.i efectuarse para su aprobaci6n por el Delegado Territorial la propuesta del fondo de tierras necesario para el incremento del patrimonio forestB.l. El fondo deberlI garantizar la necesidad de tierras para el desarrollo, fomento e lncremento del patrlmonio forestal y debera ser propuesto y aprobado antes del 36 de Junia de 1996, el cual sera administrado y utilizado por la organizaci6n empresarial forestal que se proyecta. aJAR7tJ. - El Director de la D1recc16n Forestal propondra para su aprobac16n sobre la base de la racionalidad y optimizaci6n de recursos materiales y fuerza de trabajo, las ftmc .tones a ejecutar por el servicio forestal estatal en Provincias y Municipio~ y su plantilla de cargos provisional. Ql[IJ11,'Q.. - Es responsB.bilidad de la Direcci6n Foresta], ade.111Bs de lB.s funclones asil/lladas en la Resoluc16n No.15-95 del 1r0 de Abril de 1995, la elaboraci6n, puesta en ejecuci6n y control de: • El plan director de reforestaci6n a nivel de municipio, provincia y naci6n, en el que se tendr.§ en cuenta las necesidades y potencialidades de cada territorio y del pa.is, sustentandose en convenios pactados con cada tenedor de tierra de las distinttJ.s formas de producci6n eJC.istente. • El programa para el desarrollo de los frutales en arboledas yen mezclas con plantaciones forestales en condiciones de suelo y clima que lo permitan, ftmdMenttJ.lmente con fines de autoabastecimiento, para el desarrollo de la fatma y de interes para la defensa. SfflP.. - El incumplimiento del progrB.ma de reforestac16n -que se convenie con cada tenedor de tierrB, tendra caracter obligatorio y de producirse incwoplimlentos se procedera B imponer la multa estB.bleclda en el inclso (1) del articulo 1 del Decreto 203 del 21 de Noviembre de 1995. cuenta con copia certificada de esta resoluc16n a los Viceministros, Director Foresta], Delegados Terrltorlales, Consejos de Admin1strac16n Provinciales y Municipales, Banco Nacional de Qiba ya cuantas otras personas naturales y Juridicas proceda. Dada en la Ciudad de LB. Habana 6 de Febrero de 1996 ·~o del Centensrio de la Caida en Combate de Antonio !1aceo" Alfredo Jordan Morales !finistro de la Agrlcultura 4 FUN'CIONBS Y RHSPONSABILILlA.DBS DB LA D:CRHCiCION FORBS'TAL A N:CVBL DE F'.RCJV:CNC:IA Y HUN:CC:CP:COS IVNCialKS DKL S6RVICIO ~ HlOVINCIAL El Servicio Forestal Provincial es el organo estatal de este soctor gue exiate e.D todos las provincias del pais. El JDiSIIJo estara constituido por un Jefe y sus especialistas, los cuales eP. todos loa casos ttstaran subordinados a la Delegacion Provlncial dtt la A.,r.i cul tura. • Orienta y controla el cumplimiento de la politica del Estado pu-a cl fOlll8nto, maneJo y utilizaci6n sostenible de los recursos del Patrimonio Forestal y la Fauna Cinegetica, asi co.mo el uso racional de sus productos. • Controla el cumpl.imiento de las instrucciones y re11Ulacianes t6cnicas par,i la ejecuci6n de los trabajos dB Inventario y Ordenaci6n de bosques, RtJ.f:>restaci6n, Reconstrucci6n de Bosgues, Trata/lJ.ientos Silviculturales y Ap1 ·ovechamientos Forestales • Controla los trabajos de Inventario y 0rdenaci6n de Bosques y de 0rdenaci6n dB Cliencas Hidrograficas, que se eJecutan c,n su tttrritorio. Controla el cumpl.imiento de la eJecuc16n de los proyttctos que BB derivan de los 11JiS11JOs. Participa en la aprobaci6n de los miS11Jos. • EJerce el control de la dina.mica forestal del Patrimoi,io Forestal de la provincia, asi como de la actualizaci6n de los Proyectos de Ordenacion de Bosgues. · · 1 • Certifica las autorizaciones y permisos emitidos por las instancias .municipales del Servicio Foresta], asi camo emite las Guias Generalsts, sobre la 'base de las autorizaciones municipales elaboradas y las evaluaciones correspondientes. • Ccntrola el cU111Plillliento de la politica de Reforestaci6n, exige por el CWDPlimiento del Proyeoto de Reforestac16n, incluida la producc'16n de se11Jillas, especies y obJetivos, de acuerdo a los intereses econ0111icos y sociales del pais; asi oomo la politica sobre los trata/lJientoB silvicolas (recconstrucc16n y rehabilitaci6n de bosgues de,radadoa, trata/lJientos ailviculturales, podas, raleos, etc) de acuerdo a los propositos de producci6n o protecci6n gue se fiJen para las difcrenttts categorias de bosques. 5 • Supervisa y controls. en coordinacion con quien corresponda, el establecimiento de medidas par!a la proteocion de la vegetaci6n costera y las cuencss hidrograficas, mediante la conservacion, el JIJ6Jor1J1Ditmto o establecillli6nto de macizos forestales en la provincia. • Controla el cumplimlento de las normas complementarias y su apl1caci6n, teniendo en ouenta la proteccion del Patrimonio Foresta] y la Fauna cinegetica. • Exige en coordinaci6n con el a1erpo de GuMYiabo1Jqut,1J dt,l HININT, el cumplimiento de los calendarios de oaza y vt1da y dt,111lB rt111Ulaoiones vigentes en materla clneptica. • En coord1nac16n cor la Federaoi6n a1bana de Caza Deportiva Provincial y las instanclas mimicipales, adoptar las medidas necesarias enclllllinadas al manejo y utilizaci6n sostenible de la fauna cinegetic~, asf COIIJO regular y controlar su aprovechamiento con fines deportivos y comerciB.les. • Supervisa y controla el cumplimlento de la aplicac16n en la provincia de los programas clentifico-tecnicos para la actividad forest.!]. • Participa en la decis16n de los C0111pafleros que ocupar411 responsabilidades en las direcciones municlpales del Servicio Foresta]. • Partlcipa a nivel provincial en la elaborac16n de cuBlquler cambio de categoria en las areas del Patrlmonio Forestal de la Provinoia y es el responsable de la emis16n de dicha propuesta a la instancia nacional. • Organiza y controla en conjzmto con la Direoo16n de Finan.zas y el B.N.C. a la instanoia Provincial y exige a los munioipios pc--:- las aooiones del perfecoionamiento silvicola. · • Reallza los controles correspondientes al Servioio Forestal Hunicipal er. las exigencias para el control y aplicaci6n del Impuesto Foresta]. • Represent.! al Servioio Forestal en la provincia. FUIKJIUIES DKL SKRVICIO FDRXS1'AL NJNICIPAL El servicio forestal mzmioipal es el organo estatal de base o primario de estt sector que existe en todos los municipios del pais excepto los municipio~ centros de Ciudad de la Habana.. El miB11Jo estara oonstituido por tm Jefe y sus especialistas, los cuales e1 todos los casos estaran subordinados a la Delegaoi6n Municipal de li Agricultura. r, • Dirigir, instrumentar, orientar y controlar la politica del Estado para el fOJDento del patrimonio forestal y la fauna cinegetica asi camo el uso racional de sus productos en su territorio. • Controlar el cumplimiento de las instrucciones y regulaclones tecnicas para la ejecuc16n de los trabajos de ordenaclon de bosgues, · reforestaci6n, reconstrucc16n de bosques, trata1Di«ntos ailviculturaltu, y a,provechamiento forestal en correspondencia con la politica para la protecc16n del medio ambiente. • Certificar las evaluaciones tecnicas para la ejecuci6n de los maneJos derivados de los 1-,royectos de ordenaci6n de bosques (cortas finalas,de JDeJoras y sanitarias, tratamientos silvicolas y usos cQJDP18JD81Jtarios de las tierras forestales), asi como el otorga1JJiento de las autori~ciones y permisos para la realizaci6n de los miBIDOB, tanto en el sector estatal co.mo en el no est ·. cal. Kstas certificaciones siempre tendran el vis to bueno del Jefe del servicio de la provincia. • Dirigir, instrumentar, orientar y controlar l a politlca de reforestaci6n, incluida la producci6n de se.millas, especies y objetivos de acuerdo a los intereses econ6micoa, ambien tales y sociales del municipio. • Aprobar, supervisar y cor1trolar los proyectos de reforestaci6n, tl·~tam !entos silvicolas y medidas de protecci6n 9.ue Be elaboren en BU t t'ritorio, asi como derogarlos cuando no se corresponda.n con los fines y politicas establecidos por el estado. • Certificar el cumplimiento y calldad de loB proytJCtoB de reforestac16n aprobados en su territorlo, teniendo en cuenta las l'tlgulaciones tecnlcas existentes para eBtos propositoB. Esta certificac16n siempre tendra el visto bueno del Jefe del Bervicio de la provincia. • En coordlnaci6n con la Federa.ci6n Ct,bana de Caza veport.iva Hunicipal adoptar las medidas necesarlas encamlnadas al maneJo y utilizacion sostenible de la fauna cinegetica, aai co.mo reJIUla.r y controlar au aprovechamiento con fines deportivos y comerciales. • Supervisar y controlar la aplicacion de las medidas biotecnicas encaminadas al fomento de la fauna silvestre. • SuPt,rvisar y coordi~ar los programaa cientifico-tecnicos en tt,rri torio para la actividad forestal. BU • Controlar y supervisar la ejecuci6n de la rehab111tac16n de las areas foreBtales afectadas por otros usos en su terrltorio. • RepreBtmta al Servicio Forestal en el Hunicipio. 1 ESTRUCTURA DE LA D:CR.Bc::<;:CON BVRHSTAL EN :P.ROVTNC:CAS Y HUN:CCIPIOS. Entre las fwiciones estatales que eJecutara la Direcci6n Foresta], a nivel Provincial y Hunicipal, incluye todas las actividades estatales de wi territorio que C0111J?6te a la legislaci6n existente para la Actividad Foresta], la Fawia y Flora, el ejercicio de la caza cinegetica, cuidado, conservaci6n, mansJo del recurso forestal existente y su adecuado uso; asi Ca/DO laB verif1cac1ones de cualquic:r forma y metodo de aprovechamiento forestal y los pemisos correspondientes. A lo anterior se adicionan las acciones que ejecutat>a el CUerpo de Guardabosques sobre permi ~os y autorizaciones de tala al Sector Privado, inventario pato16gico, que imido a las autorizaciones de aorta al sector estatal, asi co.mo los conteos y verificaciones de la fawia silvest,re tiene que ejecutar la Direcci6n Foresta]. EJercera el control del Patrimonio Foresta], ci.:alguiera gue sea el tenente o usufructuario de la tierra, asi coma la definici6n y ver1ficaci6n del uso de los suelos forestales que admita.n mezclaa con arboles frutales fwidamentalmente en la montaiia. C-ontrol •. c-:i la aplicacion de la politica para la elaboracion de los proyectos dt1 inven ,ario y ordenaci6n de bosques y su dinamica. Se BWM en cada territorio ademas las ftmciones de control, verificaci6n del Plan 11Mati a todas las entidades que operan en el territorio y prestan el asesor.illiento tecnico a los orgar1i81Dos y organizaciones gue lo solicitan jXU'a la reforestaci6n, que no poseen plan tecnico econ6mico; asi como la exigencia por el trat>ajo y verificaciones en la eJecuci6n de los corteos de logros y supervivencia de todas las entidades. · Exi "ir por la reforestaci6n obligatoria de todo lo que se tale y exigiendo la re.l-' .. "Oduccion ampliada. En coordinacion con el Banco Nacional de CU't>a y la Direcci6n de Finanzas y Prt,cios en cada territorio ejercera las verificaciones tecnicas del presupussto utilizado en los fomentos de plantaciones e inversiones forestales y cualquier forma aplicada en las inversiones silvicolas en el territorio. Debido a lo anterior y el c1iamlo de tareas a desarrollar, teniendo en cuenta el uso racional de la fuerza de trat>ajo y el personal tecnico necesario p.,.ra realizarlo se ha decidido: • Dejar establecido las .direcciones forestales a nivel de provincia y mwiicipios. • Los integrantes de la Direcci6n Jorestal a nivel de P.rovincia y Hunicipios tienen la responsabilidad de cumplimentar las fwiciones que se adjwitan con el objetivo de establecer el control, conservaci6n, y 9 desarrollo de lo estableoido en la legislaci6n forestal vigente y funoionarAn integrahrtente oomo un grupo de trabajo que abarque todas las funcione8 y pote8tad correspondiente de acuerdo a lo que estableoe la ley. • El personal que lo integrara debera ser experimentado, con d0111inio y conocimiento de la activids.d forestal, preferiblemente Jngeniero o Tecnico Hedio Foresta]. • TransitoriB.11Jente el personal que integrara la direccion forestal municipal se1111ira recibiendo su salario a traves de la Bhu>resa FoNJstal, El1A o la Empress. Agricola en que actuahrtente trabaja. El personal estara subordinado a la Direcci6n Forestal Provincial. Los Hunicipios se clasifican en CompleJos, HedianB.JDente Com,pleJos y Poco CompleJos . . CompleJos hasta 4 funcionarios . . HedianlJ.JIJente complejos hasta 3 . . Poco compleJos hasta 2. La Direcc16n Forestal del HINAG conJuntBlllente con ls.s Delegaciones Provinciales realizarAn el analisis y evaluaci6n para establecer el traba.Jo del Servi :Jio Forestal en cada Provincia; el cual sera revisado al termino de.l J•r anode aplicac16n. La Direcci6n Foresta] Provincial con las funciones y responsabilidades que se acompalian tendra basts. 4 compafieros. Estos funcionarios seran subordinados al Delegs.do de la Agricultura y uno de ellos sera el Jefe · a esa instancia, elegido de acuerdo a los requisitos correspondientes. ~IFI<JACiat , ILJ5 JJUNICIPI<S: CDIPLEJOS IEOIAIA#EITE CO#PLEJOS ,aco COl'LEl0$ liaas-Sta. Lucia S. Jaaa y lartiatz Saa Lu is Cudehria hlfaa Bahia llnda Arfnisa Gilira dt .fl,u Saadi10 Los Palacios hhbno Cai1ito Goan Sn Cristohl hriel Sta. Craz del I. la Paha rinalu hdru9a Inn hz Piur del Rio Co1s0Iacio1 del S. Guaujay AI4uinr Cil1aga de Zapata Giiites laafa Sat A. d, Ios lanos lahnzas lhi 61 dt Reyu Bejucd Qvi,ich Suta Clara larti Saa Josi de las Lajas lelna deI Sur Cinfuegos Los Arabos Jar11co Sat licolls de I. Cuuuyagua CorraliIIo Boyuos Phya 10 COllfLEJOS IEOIA#AIIE#TE COIPLEJOS ,,ca CS#PLEJOS SiCtt i Spi r itus Caibirih luiauo 11 de Octubr, Ciego de A,ih lfiltiCarilgUil Lil Lisa Arroyo larujo Ci1ugii1y Agu•da de P•saj1ros 6uaaibacoa Cotorro Lu Tutas PlacetilS Saa lliguel del Padro• ffabana del Estt Holfui• Yaguajay Carde1H Li101ar liiyar i Triaidad Jagu,y Cali uh hyuo Fneato Jovtllnos Varadtro hrtolo14 lluo Bali via Pedro 8eta1court Perico II Frntt Baragua Cola• Qu11ado dt 6ui11s Stgo. de Cuh lloroa Cifuntes Raachutlo 6uu~ Si,rra dt Cubitas hcruci jada Cuajuui Buacoa Florida Reaedios S,1gua Ia Grude 6uutau10 6diuro Sta. D01i1go Lajas I. de la Juv. Puerto Padre Palaira Cruces raaati Abreus Rodas 6ibara La Sierpe Cabaigu~• Baguaao Taguasco Jilt i boai co Fralk ,a,s 1'0 dt £1tro Chubu Sagua de U1i110 ruuuela flortacia lfoil Esuralda lajagua Bates Ciro Redotdo Carlos II. de C4spedes Hiquero Sibaaicu lfius Guisa Huevitas h; .sa Pi lo• Stil. 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