Resolución Nº 43/06 - Designa la entidad encargada de realizar los estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo de desastres
صدر في 2006-03-30 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Environment
- الكلمات المفتاحية
- institution, hazards, environmental impact assessment (EIA), early warning system, governance
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8 de agosto de 2006 GACETA OFICIAL 1010 RESOLUCION No. 43/2006 POR CUANTO: Por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnologia y Medio Am biente. POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, "De la Organizaci6n de la Administraci6n Central del Estado" en su Articulo No. 33 establece que los Jefes de Organismos de la Administraci6n Central del Esta do seran sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros. POR CUANTO: La Ley No. 75 "De la Defensa Nacio nal" de fecha 21 de diciembre de 1994 en su Disposici6n Final Primera, establece que los 6rganos y organismos esta tales, en 10 que a cada uno corresponde, quedan facultados para dictar cuantas disposiciones complementarias conside ren necesarias para la ejecuci6n y cumplimiento de 10 que esa Ley establece. POR CUANTO: La Directiva No.1, de fecha primero de junio de 2005, del Vicepresidente del Consejo de Defen sa Nacional "Para la planificacion, organizaci6n y prepara ci6n del pais para situaciones de desastres" en su Apartado Noveno, faculta a los jefes de los organismos de la Adminis traci6n Central del Estado, para emitir las indicaciones, 8 de agosto de 2006 GACETA OFICIAL 1011 instrucciones y regulaciones sobre las actividades de reduc ci6n de desastre segun la designaci6n establecida en su inciso 11 a nuestro Ministerio. POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Designar a la Agencia de Medio Ambiente perteneciente al Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, como la entidad encargada, a nombre de este Ministerio, de ejercer las funciones de organizar, dirigir y ejecutar las actividades relacionadas con la realizaci6n de los estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo de desastres, asi como la evaluaci6n del impacto ambiental en situaciones de desastre, con el empleo del potencial cientifico del pais. SEGUNDO: Para el cumplimiento de esta responsa bilidad, la Agencia de Medio Ambiente tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Elaborar las propuestas de los documentos normativos y metodo16gicos para la realizaci6n de estudios de pe ligro, vulnerabilidad y riesgo y evaluaci6n de impacto ambiental. b) Establecer las coordinaciones necesarias con los centros del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medo Ambiente y de otros organismos de la Administraci6n Central del Estado que resulten necesarios para la realizaci6n de los estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo de desastres, asi como de evaluaci6n del Impacto Ambiental de los de sastres. c) Realizar la preparaci6n del personal de las instituciones que intervienen en los citados trabajos para garantizar el cumplimiento de las tareas. TERCERO: La Agencia de Medio Ambiente debe crear un Gmpo Tecnico Asesor, integrado por representantes de las instituciones que tengan participaci6n en la realizaci6n de los trabajos de estudio de peligro, vulnerabilidad y riesgo de desastres, centrando su actividad en la evaluaci6n inte gral de las condiciones ambientales. Dicho Gmpo se debe mantener vinculado a todas aquellas actividades y valora ciones relacionadas con los riesgos sanitarios, mediante la determinaci6n del estado de los factores bi6ticos y abi6ticos del ambiente. CUARTO: La Agencia de Medio Ambiente, a partir de la puesta en vigor de la presente Resolucion, asume la orga nizaci6n y direcci6n de la ejecuci6n del Programa Nacional Cientifico Tecnico Especial de Perfeccionamiento de las medidas de Defensa Civil para la protecci6n de la economia y la poblaci6n. QUINTO: La Agencia de Medio Ambiente, anualmente, y en coordinaci6n con el Estado Mayor Nacional de la Defen sa Civil, establece los lineamientos de trabajo para el afioy el programa de realizaci6n de los estudios, en los territorios mas vulnerables a la acci6n de los diferentes peligros, la magnitud de sus riesgos e importancia econ6mica. SEXTO: Las Delegaciones Territoriales de este Minis terio donde se ejecuten estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo, asi como de evaluaci6n de impacto ambiental, apo yan con sus instituciones la realizaci6n de los trabajos orga nizados por la Agencia de Medio Ambiente. SEPTIMO: La presente Resoluci6n surte efectos legales a partir de los tres dias habiles siguientes al de su publica ci6n en la Gaceta Oficial. Comuniquese a los Ministros de los organismos de la Administraci6n Central del Estado, a los Presidentes de los Consejos de la Administraci6n provinciales, a los delegados territoriales del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente y a cuantas personas naturales deban conocer de lamisma. Archivese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Direcci6n Juridica de este Ministerio de Ciencia, Tecno logia y Medio Ambiente. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba. Dada, en la Sede del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 30 dias del mes de marzo de 2006. Dr. Fernando Mario Gonzalez Bermudez Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente