Resolución Nº 369/05 - Norma técnica NRIAL 337 sobre temperatura de congelación de los aromáticos químicos
صدر في 2005-12-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, food additives, standards
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
2 de marzo de 2006 GACETA OFICIAL 203 RESOLUCION No. 369/05 POR CUANTO: El Acuerdo del Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, con mimero para control administrativo 2817 de conformi dad con 10 establecido por el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, y mediante el inciso 4 de su apartado tercero, faculta a los Jefes de los Organismos de la Adminis traci6n Central del Estado a dictar, en ellimite de sus facul tades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras 2 de marzo de 2006 GACETA OFICIAL 204 disposiciones de obligato rio cumplimiento para el Sistema delOrganismo. POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 182 de Normaliza ci6n y Calidad, de fecha 23 de febrero de 1998 establece que corresponde a los Organismos de la Administraci6n Central del Estado desarrollar las tareas de Normalizaci6n Ramal. POR CUANTO: A los fines de garantizar en este Minis terio de la Industria Alimenticia el desarrollo de la actividad de Normalizacion, Metrologia y Control de la Calidad, re sulta necesario establecer con caracter obligato rio la Norma Tecnica Ramal que se relaciona en la parte dispositiva de la presente. POR CUANTO: El que resuelve ha sido designado Mi nistro de la Industria Alimenticia en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de junio de 1980. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Establecer con caracter obligato rio la Nor ma Tecnica Ramal que se relaciona a continuacion, para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y de mas dependencias, asi como para aquellas entidades no subordinadas a este Organismo cuyas actividades estan relacionadas con el cumplimiento de dicha norma. COdigo Titulo NRIAL 337 Arornaticos Quimicos. Determinaci6n de la Temperatura de Congelaci6n. SEGUNDO: La revision, modificacion, sustituci6n 0 de rogaci6n de la norma a la que se contrae la presente, se solicitaran conforme a la metodologia establecida por el Centro Nacional de Inspecci6n de la Calidad, perteneciente a este Ministerio, el que luego del estudio y analisis de la solicitud y con su dictamen, los sometera a la consideraci6n del Ministro 0 del funcionario en quien este delegue expre samente. TERCERO: El Viceministro Tecnico de este Organismo queda responsabilizado con la publicaci6n y distribuci6n de la norma tecnica ramal que se establece por medio de la presente. CUARTO: Esta Resoluci6n entrara en vigor tres dias despues de su publicaci6n en la Gaceta Oficial. Notifiquese al Viceministro Tecnico de este Ministerio, al que se refiere el Apartado Tercero de la presente, a la Directora del Centro Nacional de Inspecci6n de la Calidad y a los Directores de las entidades del Sistema del Organismo y de las entidades no subordinadas al mismo cuyas activida des estan relacionadas con el cumplimiento de la presente. Comuniquese a los demas Viceministros del Organismo y a cuantas personas naturales y juridicas deban conocer de lamisma. Dese cuenta a la Oficina Nacional de Normalizaci6n. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica a los efectos procedentes. DADA en Playa, a los 21 dias del mes de diciembre del 2005. Alejandro Roca Iglesias Ministro de la Industria Alimenticia