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Resolución Nº 32/99 - Procedimiento para aprobar o modificar los parámetros técnicos de una obra hidráulica

صدر في 1999-07-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
كوبا
الموضوعات
Water
الكلمات المفتاحية
waterworks, standards, legal proceedings/administrative proceedings, equipment

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  1. INS'!Tl'DTOS INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HID RA ULICOS RESOLUCION N9 32/99 POR CUANTO: El Decreto-Ley M'? 147, "De reorgani zaci6n de los organismos de la Administracion Central del Estado, de fecha 21 de abril de 1994, ratific6 la exis tencia de] Instituto Nacional de Recursas Hidraulicos cotno un organismo de la Administraci6n Central del Estado y por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 19 de julio de 1989 fue designado quien resuelve como su Presidente. FOR CUANTO: La Resoluci6n N'? 102/89, de fecha 25 de diciembre de 1989, dictada por quien resuelve, esta bleci6 el procedimiento para aprobar las modificaciones de los parametros tecnicos de las obras hidraulicas en explotaci6n. POR CUANTO: La practica ha demostrado que es ne cesa.rio ampliar el contenido de la antes citada resoluci6n de modo que abarque los diferentes supuestos para apro bar los para.metros tecnicos de las obras hidraulicas y actualizar el procedirrtiento para la modific-aci6n de los mismos,. FOR CUANTO: El Acuerdo N'? 2817 adoptado con fe cha 25 de noviembre por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su apartado TERCERO, numeral cuatro autori2:a a los jefes de organismos de la Administraci6n Central del Estado para dicta.r en el Jimite de sus fa cultades y competencia reglamentos, resoluciones y otras diSposicione.s de obligatorio cumplimiento para. el si,stema del organistno; y ,en su caso para los demas orga.rtismos, los 6rganos locales del Foder Popular, las entidades es tatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la pobla cl6:i. I POR TANTO: E:i uso de las facultades que me estan co11fcridas, Rcsuelvo: PRlMERO: Eslablecer que para aprobar o modificar las parcimetros tecnicos de una obra hidraulica relacio nados con su capacidad de embalse, el volumen muerto, el gas to sani tario o ecol6gico, entrega garantizada, capa cidad de conducci6n, asi como cualquier otro que pueda tracr limitaciones Cl! los bcneficios o c;1 la seguridad y que esten contenidos en la documentaci6n oficial de la ob:ra, sea requisito indispensable cumplir el procedimien to que para cada caso a continuaci6n se expresa: Prim2r caso: Para aprobar los para.metros tecnicos de una obra hidraulica incluida en el plan de inversiones del lnstituto Nacional de Recursos Hidraulicos: a) el Dcpc1rtamento lndepcndiente de Inversiones debe enviar a la consideraci6n de la Direcci6n de Obras Hidraulicas lm paramC:tros a aprobar acompafiado de uu pa:;aporte tecnico de la obra, b) la Direcci6n de Obras Hidraulicas, luego de los ana lisis pertinerttes, elevara el dictamen final al Presi dente del Instituto para su consideraci6n. Segundo caso: Para aprobar los parametros tecnicos de las obras hidraulicas cuya capacidad de embalse sea su perior a 0.1 hect6metros cubicos, o la altul'a de Ia cortina sea superior a 5 metros, o canales de. drenaje con salida al mar o a cualquier cauce pero que su conexion este por debajo de la cota 5 y que esten contempladas en el plan de inversiones de o·.:·;~~ cntidades no subordinadas al Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos: a) la entidad inversionista solicitara al Director Provin cial de Recursos Hidraulicos la aprobacion de los parametros tecnicos, para lo cual debe adjuntarle co pia del proyecto y de los calculos necesarios para po der hacer una revision de los mismcis. Ademas adjun tara copia del acta del consejo tecnico y un pasaporte tecnico de la obra, b) la Direcci6n Provincial de Recursos Hidraulicos remi tira a la Direccion de Obras Hidraulicas del nivel central del organismo toda la documentacion esta blecida y el acta del consejo tecnico de ese nivel, c) la Direccion de Obras Hidraulicas una vez recibida y analizada la propuesta elaborara un dictamen con las recomendaciones que estime pertinentes se deban adoptar, d) dicho dictam.en con los antecedentes correspondientes sera puesto a consideracion del Presidente del or ganismo. Tercer ca.so: Para aprobar los parametros tecnicos de las obras hidraulicas construidas, cuya inversi6n no fue fi nanciada por el lnstituto Nacional de Recursos Hidrau licos: a) la Direcci6n Provincial de Recursos Hidraulicos con tratara con la Uni6n de Investigaciones y Proyectos Hidrauiicos la revision del proyecto o la ejecucion de las investigaciones y calculos necesarios para poder dictaminar la veracidad o confecci6n de Ios para metros tecnicos de la obra sometiendolos a consejo tecnico en el territorio, bl la Direccion Provincial de Recursos Hidraulicos re mitira a la Direcci6n de Obras Hidraulicas el expe diente complete con el acta del consejo tecnico y los parametros a aprobar acompafiando el pasaporte tec nico de la obra; c) la Direcci6n de Obras Hidraulicas despues de revisar la documentaci6n, sometera la propuesta al Pil'esidente para su c«insideraci6n. Cuarto caso: Para aprobar la modificacion de los para metros tecnicos aprobados de las obras hidraulicas en explotacion: a) la Direccion Provincial de Recursos Hidraulicos so metera a la consideraci6n de la Direccion de Obras Hidraulicas la propuesta de modificaci6n de: Ios para metros tecnicos de la obra hidraulica acompafiada de los calculos, estudios, pianos y otros documentos que lo justifican, ademas del acta del consej1,rtecnico donde se discuti6 y aprob6 la misma, b) la Direccion de Obras Hidraulicas, una vez recibida la propuesta la evaluara y elaborara el dictamen correspondiente y las recomendaciones pertinentes, c) el citado dictamen con los antecedentes · necesarios sera elevado al Presidente para su consideraci6n. SEGUNDO: Encargar a la Direcci6n de Obras Hidrau licas de la reproducci6n y distribucion de la presente re solucion, asi como de poner en conocimiento de cuantas entidades sea procedente de las decisiones adoptadas por quien resuelve con los casos que sean sometidos a su consideracion. TERCERO: Derogar la Resolucion N'? 102/89, de fecha 25 de diciembre de 1989, del Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos. CUARTO: Notifiquese la presente resoluci6n a los vi cepresidentes, directores y jefes de departamentos inde pendientes del aparato central del instituto, a los direc tores provinciales de Recursos Hidraulicos, al Director- de la Union de Investigaciones y Proyectos Hidraulicos, y a cuantas personas naturales o juridicas sea procedente. Publiquese en Ia Gaceta Oficial de la Republiea para general conocimiento. DADA en Ciudad de La Habana, a 19 de julio de 1999: Jorge L. ,Aspiolea Roig Presidente del Institute Nacional de Recurses Hidraulicos

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