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قوانين كوبا

Resolución Nº 297/11 - Extingue el Grupo Empresarial Pesquero Industrial (PESCACUBA)

صدر في 2011-05-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
كوبا
الموضوعات
Food and nutrition, Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
institution, marine fisheries, internal trade, non-governmental entity, governance, beverages

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  1. GACETA OFICIAL 24 de junio de 2011 538 CUARTO: Disponer que el Director General del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria presente la propues ta de distribución de los inmuebles de la Unión que median te la presente se extingue, la que con la aprobación previa del ministerio se elevará al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros para su aprobación definitiva. QUINTO: Culminado el proceso de liquidación de la Unión de Empresas de Cervecerías; las obligaciones no depuradas o que no cuentan con respaldo se transfieren al Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria. SEXTO: Responsabilizar al Director General de la Unión de Empresas de Cervecerías con la ejecución del procedimiento aprobado para la extinción de la referida entidad en el término legalmente establecido. DESE CUENTA a los ministros de Economía y Planifi cación y del Comercio Interior; a las ministras de Justicia, Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios; al Mi nistro Presidente del Banco Central de Cuba, a los presiden tes del Consejo de la Administración de La Habana, y de la Oficina Nacional de Estadísticas respectivamente. COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Organismo, a los directores generales del Grupo Empresa rial de la industria Alimentaria y de la Unión de Empresas de Cervecerías y a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes. ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. Dada en La Habana, a los 19 días del mes de mayo del año 2011. María del Carmen Concepción González Ministra de la Industria Alimentaria RESOLUCIÓN No. 297/11 POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Indus tria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los ministerios de la Industria Alimenticia y de la Industria Pesquera que, al amparo del mismo cuerpo legal, se extinguen. POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, con número para control administrativo 2817 de conformi dad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, y mediante el inciso 20 de su Apartado Tercero, faculta a los jefes de los organismos de la Adminis tración Central del Estado, para disponer según el procedi miento establecido la creación, fusión, extinción o traslado de sus entidades subordinadas y de su esfera de atención. POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 280/01 de fecha 7 de noviembre de 2001, dictada por el Ministro del extinto Ministerio de la Industria Pesquera, se creó el Gru po Empresarial Pesquero Industrial, en forma abreviada PESCACUBA, subordinado al Ministerio de la Industria Alimentaria. POR CUANTO: El Ministro de Economía y Planificación mediante la Resolución No. 256/11 de fecha 9 de mayo de 2011 autorizó la extinción del citado Grupo, siendo necesario disponer lo que se expresa en la parte resolutiva de la presente. POR CUANTO: La que resuelve ha sido designada Mi nistra de la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas, R e s u e l v o : PRIMERO: Extinguir el Grupo Empresarial Pesquero Industrial, en forma abreviada PESCACUBA, subordinado a este Ministerio de la Industria Alimentaria. SEGUNDO: Facultar al Grupo Empresarial de la Indus tria Alimentaria para que de acuerdo al procedimiento esta blecido, distribuya los bienes y recursos del Grupo, que mediante la presente se extingue, excepto los medios de transporte y los inmuebles. TERCERO: Disponer que el Director General del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria presente al Ministe rio para su aprobación la propuesta de distribución de los medios de transporte del Grupo que mediante la presente se extingue. CUARTO: Disponer que el Director General del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria presente la propues ta de distribución de los inmuebles del Grupo que mediante la presente se extingue, la que con la aprobación previa del Ministerio se elevará al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros para su aprobación definitiva. QUINTO: Culminado el proceso de liquidación del Grupo Empresarial Pesquero Industrial, en forma abreviada PESCACUBA; las obligaciones no depuradas o que no cuen tan con respaldo se transfieren al Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria. SEXTO: Responsabilizar al Director General del Grupo Empresarial Pesquero Industrial, en forma abreviada PES CACUBA con la ejecución del procedimiento aprobado para la extinción de la referida entidad en el término legal mente establecido. DESE CUENTA a los ministros de Economía y Planifi cación y del Comercio Interior; a las ministras de Justicia, Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios; al Mi nistro Presidente del Banco Central de Cuba, a los presiden tes del Consejo de la Administración Provincial de La Haba na y de la Oficina Nacional de Estadísticas respectivamente. COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Organismo, a los directores generales del Grupo Empresa rial de la industria Alimentaria y del Grupo Empresarial Pesquero Industrial, en forma abreviada PESCACUBA y a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes. ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. Dada en La Habana, a los 19 días del mes de mayo del año 2011. María del Carmen Concepción González Ministra de la Industria Alimentaria RESOLUCIÓN No. 303/11 POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Indus tria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los ministerios de la Industria Alimenticia

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