Resolución Nº 173/04 - Norma técnica NRIAL 189 sobre la mortadela
صدر في 2004-12-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, meat, processing/handling
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7 de enero de 2005 GACETA OFICIAL 10 INDUSTRIA ALIMENTICIA RESOLUCION No. 173/04 POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 182 de Normaliza ci6n y Calidad, de fecha 23 de febrero de 1998 establece que corresponde a los Organismos de la Administraci6n Central del Estado desarrollar las tareas de Normalizaci6n Ramal. POR CUANTO: A los fines de garantizar en este Minis terio de la Industria Alimenticia el desarrollo de la actividad de Normalizaci6n, Metrologia y Control de la Calidad, re sulta necesario establecer con caracter obligatorio la Norma Tecnica Ramal que se relaciona en la parte dispositiva de la presente. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Establecer con caracter obligatorio la Nor ma Tecnica Ramal que se relaciona a continuaci6n, para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y de mas dependencias, asi como para aquellas entidades no subordinadas a este Organismo cuyas actividades estan relacionadas con el cumplimiento de dicha norma: Codigo Titulo NRIAL 189:2004 Camey Productos Camicos. Mortadella Novel Especificaciones de calidad. SEGUNDO: La revision, modificaci6n, sustituci6n o de rogaci6n de la norma a la que se contrae la presente, se solicitaran conforme a la metodologia establecida por el Centro Nacional de Inspecci6n de la Calidad, perteneciente a este Ministerio, el que luego del estudio y analisis de la solicitud y con su dictamen, los sometera a la consideraci6n del Ministro o del funcionario en quien este delegue expre samente. TERCERO: El Viceministro Tecnico de este organismo queda responsabilizado con la publicaci6n y distribuci6n de la norma tecnica ramal que se establece por medio de la presente. CUARTO: Se derogan cuantas disposiciones anteriores se opongan al cumplimiento de lo que por la presente se dispone. Notifiquese al Viceministro Tecnico de este Ministerio, al que se refiere el Apartado Tercero de la presente, a la Directora del Centro Nacional de Inspecci6n de la Calidad y a los Directores del Sistema del Organismo que correspon da, asi como a los de las demas entidades no subordinadas al m1smo. Comuniquese a los demas Viceministros del Organismo y cuantas otras personas naturales y juridicas deban conocer de la misma. Dese cuenta a la Oficina Nacional de Normalizaci6n. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica a los efectos procedentes. DADA en Playa a los 8 dias del mes de diciembre del 2004. Teresa Tejo Ramos Ministra de la Industria Alimenticia a.i.