Resolución 57/2022 del Ministerio de Planificación y Economía, en la cual se establecen las bases del sistema de trabajo para la gestión de los Macroprogramas del Plan
صدر في 2022-04-18 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- General
- الكلمات المفتاحية
- business/industry/corporations, social protection, data collection/reporting, innovation, institution, monitoring, procedural matters, governance
- الفئات
- *
أين تقرؤه
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
1. Diseñar el proyecto, tomando en consideración los criterios que han sido previamente establecidos: a) Título del proyecto. b) Jefe del proyecto. c) Participantes del proyecto (nombre y apellidos, cargo, organismo/entidad, categoría científica, correo electrónico, etc.). d) Miembros del grupo de expertos (nombre y apellidos, cargo, organismo/entidad, categoría científica, correo electrónico, etc.). e) Objetivos (generales y específicos). f) Problemas a abordar, identificación de causas y jerarquización de problemas según su relevancia e impacto a corto, mediano y largo plazo. g) Principales resultados a lograr y su alcance por etapas. h) Objetivos e indicadores del macroprograma al que da respuesta. i) Indicadores y metas por etapas 2022-2026 y 2027-2030. j) Actividades a desarrollar para la obtención de los resultados y cronograma de fechas. k) Planificación de fechas de salidas parciales y finales y cronograma de rendición de cuentas. l) Información disponible y requerida. m) Alineación con los Lineamientos, medidas de la Estrategia Económica y Social, las políticas aprobadas y las metas e indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
2. Organizar, coordinar y establecer el sistema de trabajo.
3. Planificar, ejecutar y monitorear las acciones que forman parte del proyecto.
4. Planificar, gestionar y controlar los recursos necesarios para el desarrollo de las acciones.
5. Asignar responsabilidades a cada miembro.
6. Motivar, evaluar y controlar al equipo de trabajo.
7. Establecer métodos, técnicas y herramientas a utilizar por el equipo. Anexo de la Resolución No. 57/2022
8. Implementar los acuerdos tomados en las diferentes instancias donde el proyecto se presente y controlar su ejecución.
9. Circular una semana antes a la Secretaría Técnica, Consejo Interinstitucional y Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, los documentos que serán presentados en estas instancias.
10. Rendir cuenta a la Secretaría Técnica, Consejo Interinstitucional y Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, sobre la marcha del proyecto, sus avances y retrocesos, así como de los acuerdos tomados.
11. Proponer a la Secretaría Técnica y otras instancias la modificación o actualización de los aspectos contenidos en el proyecto, con la debida argumentación.
12. Preparar líneas de mensajes a comunicar sobre los avances y resultados alcanzados, en los casos que corresponda. Se faculta a los jefes de proyecto para:
1. Convocar a los organismos de la Administración Central de Estado, en lo adelante OACE, entidades nacionales y los territorios que se relacionan con el área de competencia del proyecto. 2. Crear subgrupos de trabajo para tratar los temas específicos que deban abordarse en el proyecto.
3. Solicitar información que sea relevante para implementación del proyecto a los OACE y entidades nacionales.
4. Introducir información actualizada del proyecto en el sistema informático diseñado para la gestión del macroprograma. Para los proyectos que no son dirigidos por organismos, se define por el Ministro de Economía y Planificación un OACE que conduce y acompaña al jefe del proyecto en la implementación de las acciones previstas en el mismo. El acompañamiento incluye también las cuestiones logísticas y de recursos que sean necesarios para el funcionamiento del proyecto. Anexo de la Resolución No. 57/2022 El Ministerio de Economía y Planificación conduce la conciliación de los temas en común, los puntos de contacto o lazos comunicantes entre los proyectos, logrando su aseguramiento y el establecimiento de alianzas. Determina las prioridades y la secuencia de las acciones y transformaciones. Los jefes de programas tienen las siguientes funciones: a) Convocar encuentros sistemáticos con los Jefes de los proyectos que integran el programa para el seguimiento de las acciones previstas y el cumplimiento de los acuerdos. Levantar acta de los encuentros. b) Organizar, coordinar y establecer el sistema de trabajo para el cumplimiento de los objetivos planteados en cada proyecto. c) Rendir cuenta en la Secretaría Técnica del avance y los resultados alcanzados en el Programa, así como las problemáticas que podrían estar afectando el buen funcionamiento de los proyectos. Elaborar un informe trimestral en este sentido. Se faculta a los jefes de programas para:
1. Convocar a los OACE, entidades nacionales y los territorios que se relacionan con el área de competencia del programa.
2. Crear subgrupos de trabajo para tratar los temas específicos que deban abordarse en los proyectos.
3. Solicitar información que sea relevante para la implementación de los proyectos, a los OACE y entidades nacionales. III. VÍNCULOS ENTRE EL SISTEMA DE TRABAJO DE LOS MACROPROGRAMAS, PROGRAMAS Y PROYECTOS CON LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS Los Lineamientos aprobados en el VIII Congreso del Partido Comunista de Cuba para el período 2021-2026, trazan las principales direcciones de trabajo para la segunda etapa del PNDES 20301, encauzando las prioridades de la economía, los recursos disponibles y las transformaciones a acometer 1 Comprende un año de la primera etapa del PNDES 2030 (2019-2021) y la segunda etapa (2022-2026). Anexo de la Resolución No. 57/2022 como parte de la actualización del modelo económico. Constituyen un marco de actuación, cuya materialización práctica en términos de resultados concretos, se logra a través de los proyectos. Todos los Lineamientos tienen algún grado de relación (directa e indirecta) con los proyectos de los macroprogramas, lo que demuestra el carácter integrador y multidimensional del sistema de trabajo. Un Lineamiento puede tener incidencia en más de un macroprograma. Para la evaluación de la implementación de los Lineamientos a través del sistema de trabajo, se ha identificado para cada macroprograma los Lineamientos bajo su responsabilidad2 (Figura 1). Los jefes de los macroprogramas son los responsables de liderar la conducción e implementación de los Lineamientos, de conjunto con los organismos, entidades nacionales, academia y territorios que conforman los Consejos Interinstitucionales, reforzándose la horizontalidad e integralidad que propone este sistema (Tabla 1). El sistema de evaluación de la implementación de los Lineamientos hace énfasis en los resultados alcanzados a través de los proyectos, con una mirada integradora en el cumplimiento de sus objetivos, líneas de acción, indicadores y metas, políticas a diseñar e implementar, entre otros aspectos. Aunque los organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales, tuvieron una mayor participación en el proceso de elaboración o actualización de los Lineamientos, en la evaluación jugará un papel relevante los resultados de los proyectos de los macroprogramas, lo cual le impregna al proceso una mayor integralidad, transversalidad, coherencia y coordinación, con una visión científica e innovadora. 2 Estos han sido seleccionados teniendo en cuenta el peso que tiene en el macroprograma, los programas y proyectos que lo integran. Debido a que la responsabilidad de un Lineamiento solo debe estar en un macroprograma, la cantidad de Lineamientos totales si se corresponde con el total de Lineamientos aprobados en el VIII Congreso del PCC (201). Nota: Que la responsabilidad de un Lineamiento esté solo en un Macroprograma, no significa que este Lineamiento no tenga incidencia en otros Macroprogramas. Anexo de la Resolución No. 57/2022 Para el chequeo de la implementación de los Lineamientos, se propone modificar la metodología de evaluación anteriormente utilizada3, dado en lo fundamental por el énfasis que ahora se hace en la evaluación de los resultados alcanzados a través de los proyectos. Se dispone, de esta forma, de una base metodológica como estrategia general, y su instrumentación práctica a través de una evaluación con escala de semáforo, que tiene como centro los proyectos, expresados en metas e indicadores cuantitativos y metas cualitativas. Los organismos de la Administración Central del Estado que conducen Lineamientos concilian con los Jefes de proyectos, cuáles son los proyectos clave que tributan a la implementación de cada Lineamiento, así como los indicadores relevantes a tener en cuenta en la medición, sin los cuales el Lineamiento no puede evaluarse como cumplido. Lograr este consenso es fundamental para avanzar en el sistema de evaluación propuesto. En los casos que se considere, se examinará también la participación en los Consejos Interinstitucionales de otros expertos, organismos y entidades que puedan tributar al cumplimiento del Lineamiento en cuestión y que hoy no se tengan identificados. Una vez reconocidas estas interrelaciones, se presenta en los Consejos Interinstitucionales para su validación preliminar. Posteriormente, los indicadores que permitirán evaluar el avance en el cumplimiento del Lineamiento y los proyectos claves involucrados se aprueban en el grupo de dirección. 3 Esta metodología propone medir el grado de implementación de los Lineamientos, apreciando los resultados de las políticas y de otros trabajos realizados por los OACE. Para ello, los Lineamientos se clasifican en 4 categorías: implementados (los que como resultado de la política aprobada han concluido en lo esencial la etapa de su implantación, aunque puedan requerir futuros perfeccionamientos), en proceso de implantación (los que como resultado de cualquiera de las 2 vías explicadas en el punto anterior, se encuentran en proceso de implantación), en etapa de propuesta o aprobación (aquellos cuyo proceso de implementación está en las etapas de propuesta o aprobación y sin implementar (los que no han comenzado su implementación). Anexo de la Resolución No. 57/2022 Figura 1. Lineamientos bajo la responsabilidad de cada macroprograma Anexo de la Resolución No. 57/2022 Tabla 1. OACE que conducen la implementación de los Lineamientos Organismo/entidad Lineamientos para el período 2021 – 2026 Cantidad MEP 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 20, 21, 28 23, 35, 53, 62, 67, 68, 69, 71, 72, 90, 187, 198 MINCEX 49, 50, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 59, 60, 63, 64, 65, 14 66 MFP 6, 22 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 13 BCC 19, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 61 13 MINEM 135, 136, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 13 152, 153, 186 CITMA 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 85, 86, 87, 88, 89 12 MINAG 115, 117, 118, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 11 127 MITRANS 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170 10 MINDUS 132, 133, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143 9 MINCIN 112, 113, 114, 184, 185, 188, 189, 190 8 MTSS 11, 94, 105, 106, 107, 108, 109, 110 8 MINTUR 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160 7 MICONS 171, 172, 174, 175, 176, 178 6 INRH 179, 180, 181, 182, 183 5 MINSAP 58, 96, 97, 98, 99 5 MINCOM 81, 82, 83, 84 4 MINCULT 102, 103, 104 3 AZCUBA 129, 130 2 INDER 100, 101 2 MES 95, 191 2 MINAL 128, 131 2 BCF 134 1 CGR 197 1 Dirección de Cuadros del 196 1 Estado y el Gobierno INOTU 70 1 Instituto de Información y 194 1 Comunicación Social MINED 93 1 MINJUS 200 1 ONEI 199 1 TSP 201 1 Responsabilidad conjunta MEP– MFP 17, 18, 25, 193 4 MEP – DPSOD 192, 195 2 MINED – MES 91, 92 2 MEP-MICONS 73 1 BCC – MEP 24 1 Anexo de la Resolución No. 57/2022 Organismo/entidad Lineamientos para el período 2021 – 2026 Cantidad MFP – MINAG 116 1 MICONS – MFP 173 1 MICONS – INOTU 177 1 MTSS – MINAG 119 1 MTSS – MFP 111 1 TOTAL 201