Decreto Ley Nº 179/97 - Ley del Servicio Hidrográfico y Geodésico
صدر في 1997-10-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- كوبا
- الموضوعات
- Land and soil, Water
- الكلمات المفتاحية
- institution, survey/mapping, legal proceedings/administrative proceedings, governance, navigation
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546 GACETA OFICUI; 13 de noviembre de 1997 la República Federal de Alemania ante el Gobierno de la República de Cuba. La Habana, 24 dc actubre de 1997.-Angel Reigosa de la Cruz, Director de Protocolo. A lo5 ll:40, a.m. del día 23 de d u b r e de 1997 y de acuerdo con el ceremoiiial diplomAtico vigente. fue reci bido en audiencia solemne por el co~aaiiero Juan Al meida Bosque, V,icopresiden6e del Consejo de Fisiado de la Rapública de Cuba, el Excmo. Sr. Rabah ICerouaz, para el acto de presentación de sus cartas credemiales como bajador Extraordinasio y Plenimatenciario de la Re pública Argelina Dcmocrática y Popular ante el Gobierno de la Repúbbca de Cuba. La Habana. 24 de octubre de 1997.-Angel Reigosa de la Cruz, Dirfctor de Protocoio. A las 12:20 pm. del dia 23 de &ubre de 1987 y de acuerdo con el ceremonial diplomático vigente, fue i-ci bid0 en audiencia solemne por e: compañero Juan Al meida Bosque, V k p m i d e n t e del Consejo de Estado de la República de Cuba. el Excmo. Sr. Carlyle Dunkley, para el aato de presentación de sus cartas credenciales como Fnnbajador Extraordinario y Plenipotenciarw de Jamaica ante el Gobierno de la Repeblica de Cuba. La Habana, 24 de octubre de 1997.-Angel Reigma de la Cruz, Diredor de Protocalo. F J D m CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República. de Cuba. HAGO SABiEüt Que el Consejo de Estado ha a,cordado lo siguiente: POR CUANTO: La b y número 121.1 de 19 de julio de 1967 creó el Instituto Cubano de Wesia y Carto graIia como arganivno del Estado Cubano bab la direc ción del Ministerio de las Fuenas Armadas Revoluciona rias. adscribiéndose a éste posteriormente en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 1976 P(311 CUANTO: La Ley número 1227 de 29 de sep tiembre de 1969 creó el I'nstituto Cubano de Hidrograüa como Onganismo de la Administración Central del Estado, el cual fue extinguido al amparo del Decreto-Ley número 67 de 19 de abril de 1983, que dispuso a d h , la trans ferencia al Ministerio de las Fuerzas lirmadas Revolucio narias dc las atribuciones y funciones que estaban legal rnmk asignadas a ducho Instit,uto, asi como de las obliogarioiies y drncchos de toda índole que hubiera con traido o adquirido. POR CUANTO: Las resultados de los estudios realiza dos sobre el pei.fcccionamiento de las funciones de ambos inst i tulns han aconsejado la convenienria de integrar las actividades geodesicas. cariográficos, hidrograficas y de ayuda a la navegaci6n en un sistema de dirección y eje cución estatal y otro de carácter empresarial, formando ambm parte del Ministerio de las Fuerzas Armadas Re voiucionarias. POR TAIVTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que ie estan conferidas en el Articulo 90, inciso c) de la Constitución de la República. resuelve diciar el siguiente DECRETO-LEY NUMERO 179 DEL SERVICIO HJDROGRAFICO Y GEODESICO DE LA REPUBLICA DE CUBA ARlliCzmxY 1 4 r e a r el Servicio Hidrográfico y Geo d 6 s h de la República de Cuba, que estará formado por un órgano de di-wn que ejercerá las funciones de repramtaclóln y ejeexibn &ata1 y un gmw emprecanwl que Nevará a cabo lai actividades productivas y de co mrcializwión. AiRl3iOUM 2.-1El grupo empresarial G W U B A llevará a cabo las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito de su competencia y en correqwnden~cia con la politka tramda 'par el Sistama Nacional de Ciencia Y Thnica. AR?nCUIX> 5-9 Servicio Hidrográfico y Geodésico de la República de Cuba ebtard adscrlpto al Ministerio de las Fuerzas Amadas Revolucionarias y comprenderá las acü vidadel gwdésicas. hidrográficas, catastraies. cartográficas, topográficas, de señalización &tima y de uniformación de nombres geográficos. DIBPOBICIONES FINALES PRúIMmRk: Se fad ta al comité Ejecutivo del Consejo de Mini.stros para que dicte cuantas dispasi'cio,nes sean n-Ti,as con la finalidad de ejecutar las actividades que comprende el Servicio Hidrografico y Geodésico de la República de Cuba, así como e s t a b k e r el rtgimen de contravr,nciones qume carrespnda. SEGUNDA: El MinisCeno de las Fuerzas Armadas Re volucdonarias queda facultado para establecer la orfani zación y funciones de las entidades que forman el Servicio Hidragráih y Gsdkskn de la República de Cuba. TEUCEWx Se demgan las leyes números 1214 y 1227 de 19 de julio de 1967 y 29 de septiembre de 1969. res w, y urantirs otms dispcsiciones legalas Y reglamentarias se opongan al aunplimiento de lo dis puesto en el presente Decreto-Ley. QlWWi"i': 5@ie Deoreto-ky entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República. D A W en el Palacio de la Revolución. en la Ciudad de La IIobana, a 28 deoctubcede 1987. Fidd Castro Buz Presidenle del Consejo do Estado Consejo dc Wtado de la República de Cuba, en uso de la atribu'ción que le está conferida en el inciso g) del Articulo W de la Constitución de la Rapública y a pm puesta del Buró Politico del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, ha adaptaida el siguiente A C U m O PRIMFIU3. Liberar del cargo de Presidente del Insti tuto Nacional de Deportes. FAucaciún Fisicii y Recreacihn (INDER), al compañero REYNALDO GONZALEZ LOPEZ. SEGWNDO Designar para ocupar el cargo de Prcsi dente del lnatituio Nacional de Deportes, FAdiicación Ficica y Recreación (INDEFL), a l compañero HUMBEFtTO G U I\IERsINDO RODRIGUEZ GUNZALEZ.