Decreto Nº 41849-MAG ─ Deroga diversos Decretos en materia de emergencias fitosanitarias
صدر في 2019-06-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- كوستاريكا
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant protection, pests/diseases, early warning system
- الفئات
- agriculture
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Pág 2 La Gaceta Nº 158 — Viernes 23 de agosto del 2019 PODER EJECUTIVO DECRETOS N° 41849-MAG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y artículo 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; Ley N° 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria FODEA y Orgánica del MAG y Ley N° 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria, Considerando: I.—Que por mandato de ley, le corresponde al Poder Ejecutivo la Declaratoria de Estado de Emergencias Fitosanitarias y debido que en su oportunidad el Servicio Fitosanitario recomendó la promulgación de una serie de decretos ejecutivos con el objetivo de atender de manera oportuna y eficaz el control de plagas fitosanitarias y al haber perdido actualidad estos estados de emergencia, se hace necesario la derogatoria de estos decretos. II.—Que es necesario para el Servicio Fitosanitario del Estado solicitar la derogatoria de decretos que en la actualidad no pueden ser aplicados debido a que ya cumplieron el objetivo para el cual habían sido promulgados. III.—Que alguna normativa del Sector ha sido tácitamente derogada por otras normativas más generales y recientes, por lo que es necesario realizar su derogación expresa a fin de evitar la confusión jurídica en su aplicación, al tener dos o más regulaciones para el mismo fin. IV.—Que, el Gobierno de la República, considera por razones de conveniencia y oportunidad derogar los Decretos Ejecutivos que se detallan a continuación: Decreto Ejecutivo N° 34791-MAG, “Declara estado de emergencia fitosanitaria para los cantones de Pérez Zeledón y Buenos Aires en la Zona Sur, y San Carlos y Los Chiles en la Zona Norte, por presencia de la plaga Puccinia kuehnii (Roya Naranja) en cultivo de caña de azúcar Saccharum spp” del 06 de octubre del 2008; Decreto Ejecutivo N° 35398-MAG, “Estado de emergencia Fitosanitaria en la provincia de Guanacaste y en el Pacífico Central y Norte de la provincia de Puntarenas por la plaga de Rata de Campo (Sigmodon spp)” del 17 de julio del 2009; Decreto Ejecutivo N° 37501 MAG, “Emergencia Fitosanitaria Nacional por Epifitia y daño severo causado por la Roya (Hemileia vastatrix Berk &Br), en el cultivo del café”, del 22 de enero del 2013; Decreto Ejecutivo N° 38008-MAG, “Declara estado de emergencia fitosanitaria nacional por la presencia de las plagas Diaspis Boisduvalli y Pseudococcus elisae”, del 10 de octubre de del 2013; Decreto Ejecutivo N° 27531-MAG-MEIC, “Declara de interés público la eliminación y/o mitigación de los efectos de las distorsiones sobre la actividad productiva agropecuaria y agroindustrial y crea Comisión sobre las Distorsiones en la Actividad Productiva Agropecuaria y Agroindustrial”, del 15 de diciembre de 1998; Decreto Ejecutivo N° 28852-MAG, “Reglamento Importación Insumos Agropecuarios Alimentos Animales Previamente Registrados”, del 12 de agosto del 2000. V.—Que de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC del 22 de febrero de 2012; la presente propuesta normativa no contiene trámites, requisitos ni procedimientos, por lo que se determinó que no se requería proseguir con el análisis regulatorio de cita. Por tanto, Decretan: DEROGATORIA DE LOS DECRETOS EJECUTIVOS N° 34791 MAG, N° 35398-MAG, N° 37501-MAG, N° 38008-MAG, N° 27531-MAG-MEIC Y N°28852-MAG Artículo 1°—Deróguese los Decretos Ejecutivos que se detallan a continuación: Decreto Ejecutivo N° 34791-MAG, “Declara estado de emergencia fitosanitaria para los cantones de Pérez Zeledón y Buenos Aires en la Zona Sur, y San Carlos y Los Chiles en la Zona Norte, por presencia de la plaga Puccinia kuehnii (Roya Naranja) en cultivo de caña de azúcar Saccharum spp” del 06 de octubre del 2008; Decreto Ejecutivo N° 35398-MAG, “Estado de emergencia Fitosanitaria en la provincia de Guanacaste y en el Pacífico Central y Norte de la provincia de Puntarenas por la plaga de Rata de Campo (Sigmodon spp)” del 17 de julio del 2009; Decreto Ejecutivo N° 37501-MAG, “Emergencia Fitosanitaria Nacional por Epifitia y daño severo causado por la Roya (Hemileia vastatrix Berk &Br), en el cultivo del café”, del 22 de enero del 2013; Decreto Ejecutivo N° 38008-MAG, “Declara estado de emergencia fitosanitaria nacional por la presencia de las plagas Diaspis Boisduvalii y Pseudococcus elisae”, del 10 de octubre de del 2013; Decreto Ejecutivo N° 27531-MAG-MEIC, “Declara de interés público la eliminación y/o mitigación de los efectos de las distorsiones sobre la actividad productiva agropecuaria y agroindustrial y crea Comisión sobre las Distorsiones en la Actividad Productiva Agropecuaria y Agro industrial”, del 15 de diciembre de 1998; Decreto Ejecutivo N° 28852 MAG, “Reglamento Importación Insumos Agropecuarios Alimentos Animales Previamente Registrados”, del 12 de agosto del 2000. Artículo 2°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil diecinueve. CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Renato Alvarado Rivera.—1 vez.—O. C. N° 4000022400.—Solicitud N° PI.007-2019.—( D41849 - IN2019369882 ). CONTENIDO Pág N° PODER EJECUTIVO Decretos ................................................................... 2 Acuerdos .................................................................. 3 DOCUMENTOS VARIOS........................................ 3 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Avisos ..................................................................... 21 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 23 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ....... 24 RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 26 AVISOS .................................................................... 28 NOTIFICACIONES ............................................... 48 FE DE ERRATAS ................................................... 52