Decreto Nº 37779-MINAET-MEIC-TUR ─ Modifica el Decreto Nº 36012-MINAET-MEIC-TUR, Reglamento para el otorgamiento del Certificado de Sostenibilidad Turística
صدر في 2013-05-09 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- كوستاريكا
- الموضوعات
- Environment
- الكلمات المفتاحية
- tourism, institution, non-governmental entity, legal proceedings/administrative proceedings, environmental standards, standards, protection of environment, governance
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Pág 22 La Gaceta Nº 131—Martes 9 de julio del 2013Artículo 2º—Adiciónese un inciso h) al artículo 5 delTurística , Decreto Ejecutivo N° 36012<MINAET<MEIC<TUR del 7de abril del 2010, para que se lea como sigue:“Artículo 5º—La CNA estará integrada p or unrep resentante de cada una de las s iguientes entidades y sussup lentes:(…)(CANAECO) ”.Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el DiarioLa Gaceta.Dado en la Presidencia de la República .—San José, a losnueve días del mes de mayo del dosmil trece .LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra deMinistro de Turismo,Allan FloresMoya y elMinistro deAmbiente yEnergía ,René Castro Salazar.—1vez.—O.C.Nº 15362.—SolicitudNº 32861.—C<80860.—(D37749<IN2013042402) .N° 37761<COMEXLA PRESIDENTADE LAREPÚBLICAY LAMINISTRADE COMERCIO EXTERIORDe conformidad con las facultades y atribuciones que lesconceden los artículos 50, 140 incisos3) , 8) , 10), 18) y 20) y 146 de2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública , Ley N°de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de1, 3 , 4, 6 , 7 , 13 , 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el RégimenArancelario y Aduanero Centroamericano , Ley de Aprobación N°38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de IntegraciónEconómica Centroamericana,Ley deAprobación N°7629 del 26 deConsiderando:I .—Que el Consejo de Ministros de Integración EconómicaCentroamericana , mediante Resolución N° 301<2013 (COMIECO<EX) de fecha 15de mayo de 2013,aprobó lasaperturas, supresionescontenidosen dicha Resolución , loscuales forman parte integral delAnexo “A” del Convenio sobre el RégimenArancelario yAduaneroCentroamericano .II .—Que en cumplimiento de lo indicado en dicha Resolución,se procede a su publicación. Por tanto,DECRETAN :Publicación de la Resolución N°301<2013 (COMIECO<EX)de fecha 15 de mayo de 2013:Aperturas, Supresiones yArtículo 1º—Publíquese la Resolución N° 301<2013(COMIECO<EX) del Consejo de Ministros de IntegraciónEconómica, de fecha 15de mayo de 2013:Aperturas, Supresionesycontinuación se transcribe:RESOLUCIÓN N°301<2013 (COMIECO<EX)ELCONSEJODEMINISTROSDEINTEGRACIÓNECONÓMICAConsiderando:Que de conformidad con losartículos38,39 y 55del Protocoloal Tratado General de Integración Económica CentroamericanaArancelario y Aduanero Centroamericano , es competencia de esteConsejo adoptar las decisiones que requiera el funcionamientola Importación (DAI) contenidos en el Arancel Centroamericano deImportación,Anexo “A” del Convenio sobre el RégimenArancelario DECRETOSN°37779<MEIC<MINAE<TURLA PRESIDENTADE LAREPÚBLICA,LAMINISTRADE ECONOMÍA, INDUSTRIAY COMERCIOY LOSMINISTROSDEAMBIENTE Y ENERGÍAY EL DE TURISMOCon fundamento en las atribuciones y facultades conferidasen el artículo 140, inci sos 3) y 18) y 146 de la Constitución Políticadel 7 de noviembre de 1949, el artículo 28 de la Ley General dela Administración Pública , Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 ysus reformas, los artículos 2° y 4° de la Ley Orgánica del InstitutoCostarricense de Turismo, Ley N° 1917 del 30 de julio de 1955, elReglamento Orgánico del Poder Ejecutivo , Decreto Ejecutivo N°34582<MP<PLAN del 4 de junio del 2008 y el Reglamento para elEjecutivo N°36012<MINAET<MEIC<TUR del 7 de abril del 2010.Considerando:1º—Que de conformidad con la Ley Orgánica del InstitutoCostarricense de Turismo, Ley N° 1917 del 30 de julio de 1955, elente rector en materia de turi smo es el Instituto Costarricense deTuri smo, al cual le compete promover y vigilar la actividad privadade atención al turismo.2º—Que la estrategia planteada por el Plan Nacional dede Sostenibilidad Turí stica (CST) otorgado por el InstitutoCostarricense de Turi smo a través de la Comisión Nacional deAcreditación ( en adelante CNA) <órgano colegiado adscrito a éste<, como una herramienta para la promoción de la sostenibilidad enya que éste ha demostrado ser de fundamental importancia comoelemento diferenciador de la industria turística nacional .3º—Que la Cámara Nacional de Ecoturismo y Turi smoSostenible (en adelante CANAECO), esuna organización del sectorprivado que agrupa a empresas con alta sensibilidad y compromisopor la implementación de procesos de sostenibilidad en el seno de4º—Que CANAECO ha dado impulso a un esquema decapacitación que fortalece el tema de la sostenibilidad y enriquecea las empresas que participan en los talleres, en virtud de quelos conferencistas o expositores son de reconocida capacidadprofesional .5º—Que se considera prioritario para el mejor desarrollodel trabajo de la CNA, el que esta cuente entre sus miembros conla representación de CANAECO, como un socio estratégico queapoye la labor de esa comisión en relación con la divulgación ypromoción del CST con un enfoque directamente relacionado consostenibilidad y con el objetivo adicional de alcanzar una mayorPor tanto: DECRETAN :REFORMAPARCIALAL REGLAMENTO PARAELOTORGAMIENTO DELCERTIFICADO DE SOSTENIBILIDADTURÍSTICA PARA LAINCLUSIÓN DE CANAECO ENLACOMISIÓN NACIONALDEACREDITACIÓNArtículo 1º—Modifíquese el párrafo primero del artículo 7 delTurí stica ,Decreto Ejecutivo N° 36012<MINAET<MEIC<TUR del 7de abril del 2010, para que se lea como sigue:“Artículo 7º—La CNA se reunirá ordinariamente comonecesario.Habrá quórum con la asis tencia de al menos cincomiembros .(…) ”