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قوانين كوستاريكا

Decreto Nº 36.732/G - Crea un Comité técnico adscrito a la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa

صدر في 2011-08-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
كوستاريكا
الموضوعات
Land and soil
الكلمات المفتاحية
institution, land-use planning, land commission, land subdivision, public land, governance, land tenure

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  1. Pág 2 La Gaceta Nº 171 — Martes 6 de setiembre del 2011 PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº 36732-G LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 y la Ley Sobre División Territorial Administrativa Nº 4366. Considerando: I.—Que el artículo 1 de la Ley sobre División Territorial creó de asesorar a los poderes públicos en asuntos de División Territorial Administrativa. II.—Que se hace necesario promover la efectiva organización administración y el desarrollo nacional, regional y local. III.—Que es fundamental que las propuestas de nuevas unidades territoriales promuevan una adecuada distribución territorial administrativa de las provincias, cantones y distritos del país para no generar una mayor desagregación inadecuada de los espacios territoriales. IV.—Que existe la necesidad de un ordenamiento administrativo-espacial en todo el territorio nacional con criterio funcional actualizado. V.—Que la labor de estudiar y proponer las soluciones tendientes a lograr el mejoramiento sistemático de la administración territorial del país fue encomendada al Comité Técnico de Mejoramiento de División Territorial Administrativa el cual estaba adscrito a la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa; lo anterior de conformidad con el Decreto N° 15779 del 15 de setiembre de 1984. VI.—Que dicho Comité fue derogado con otras comisiones y consejos mediante Decreto N° 33504 del 1º de noviembre de 2006, considerándose que muchas comisiones gubernamentales que fueron creados se cumplieron, no responden a las condiciones del entorno actual o por que duplican funciones, no obstante esa no es la realidad del Comité Técnico de Mejoramiento de División Territorial Administrativa. VII.—Que existen y se siguen generando solicitudes de creación de unidades territoriales en el país y se ha manifestado una preocupación en el sector municipal en lo que concierne a límites cantonales y distritales, por lo que se hace indispensable la participación del Comité Técnico de Mejoramiento de División comunidades en el tema de división territorial y crear un mejoramiento. Por tanto, DECRETAN: Artículo 1º—Constitúyase un comité técnico, adscrito a la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, con la prioridad de que estudie y proponga las soluciones tendientes a lograr un mejoramiento sistemático de la administración territorial del país. Artículo 2º—El Comité, estará integrado por: a) Un representante del Ministerio de Gobernación y Policía, quien presidirá. Política Económica. c) Un representante del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. d) Un representante del Instituto Nacional de Estadística y Censos. Dicho representante será elegido por el jerarca de cada Institución Artículo 3°—Dicho comité tendrá además, un miembro suplente por cada organismo antes mencionado y será elegido de la misma forma que su titular. Artículo 4º—El comité, acordara los días y horas de las sesiones, así como el lugar de las mismas. Artículo 5º—Los miembros del comité serán AD Honórem. será separado del Comité Técnico. Artículo 6º—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los tres días del mes de agosto de dos mil once. LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 11196.—Solicitud Nº 31119.—C 23420.—(D36732-IN2011068208). El Alcance Digital Nº 60 a La Gaceta Nº 170 circuló el lunes 5 de setiembre del 2011 y contiene proyectos del Poder Legislativo. CONTENIDO Pág Nº PODER EJECUTIVO Decretos .................................................................... 2 Acuerdos ................................................................... 3 Resoluciones ............................................................. 9 DOCUMENTOS VARIOS ...................................... 10 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Resoluciones ........................................................... 48 Edictos .................................................................... 51 Avisos ..................................................................... 55 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 61 REGLAMENTOS ................................................... 67 REMATES ............................................................... 77 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 78 RÉGIMEN MUNICIPAL ..................................... 102 AVISOS................................................................... 102 NOTIFICACIONES.............................................. 108 2296 9570 Licda. Alexandra Meléndez Calderón Lic. Isaías Castro Vargas Licda. Marcela Chacón Castro Ministerio de Gobernación y Policía, Presidente Representante Editorial Costa Rica Jorge Luis Vargas Espinoza Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa Representante Ministerio de Cultura y Juventud Teléfono: 2296 9570 Fax: 2220 0385 Apartado Postal: 5024-1000 www .imprentanacional.go.cr

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