Resolución Nº 627 - Autoriza internación de cañas de bambú para mueblería
صدر في 1982-04-26 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- تشيلي
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant protection, seeds/planting material, international trade, certification, plant production
- الفئات
- *, agriculture
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النص
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SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISION PROTECCION AGRICOLA AUTORIZA INTERNACION DE CAÑAS DE BAMBU PARA MUEBLERIA. SANTIAGO, 26 de abril de 1982 HOY SE RESOLVIO LO QUE SIGUE: N° 627 VISTO: Lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 3.557 sobre Protección Agrícola, publicado en el Diario Oficial de 9 de febrero de 1981, la Resolución Nº 350 de 1981 y la Resolución Nº 39 de 1981, que delega atribuciones en el Director de la División Protección Agrícola, CONSIDERANDO Que la dispersión de plagas en el mundo se efectúa de preferencia por el intercambio de mercaderías que llevan el problema, Que la prohibición de internar "cañas tropicales" debe considerarse referida a las usadas en la acomodación de carga por algunas naves, Que el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer .las regulaciones fitosanitarias que resguarden el patrimonio nacional, RESUELVO 1. Autorizase la internación de cañas de bambú, destinados a mueblería, cuando vengan amparadas por un certificado fitosanitario oficial del país de origen en el cual conste que la partida ha sido fumigada con bromuro de metilo en dosis de 64 grs./m3 de cámara por un período de 3 horas si la temperatura se ha mantenido entre 32 y 35,5 Cº, a presión atmosférica. De no constar el tratamiento en el certificado fitosanitario, éste deberá realizarse en el país, sin lo cual no se autorizará su ingreso. Anótese, Comuníquese y Publíquese. ORLANDO MORALES VALENCIA INGENIERO AGRÓNOMO DIRECTOR